El pacto parasocial

¿Estás interesado en una asesoría para pactos de socios en Torrejón de Ardoz? ¿Pero… para qué sirven los pactos parasociales? ¿Qué son?

La respuesta es concisa y objetiva. Los pactos parasociales son aquellos que se dan entre los socios que forman una sociedad. Estos pactos sirven para aclarar y concretar aspectos, relaciones legales que no quedan establecidas en el estatuto, entre otros.

Dicho pacto parasocial tiene la misma importancia que un contrato impuesto por la ley. Estos pactos solo afectarán a los socios de la sociedad. Estas son sus utilidades:

  • Reforzar la posición de socios minoritarios
  • Regular la participación de socios inversores
  • Valorar aportaciones “intangibles” (como el know-how)
  • Determinar los objetivos perseguidos (qué constituye el interés de los socios, etc).

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Pactos de socios

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    Tipos de pactos parasociales

    • Pactos de relación: Son aquellos relacionados con el reparto de beneficios, al derecho de adquisición o venta de acciones, cumplimiento de requisitos sociales, etc. 
    • Pactos de atribución: en la que los socios atribuyen ventajas a la sociedad.
    • Pactos de organización: estos sirven para que quede regulado el funcionamiento de una sociedad.
    • Pactos sobre la administración: composición y competencias del órgano de administración, entre otros.
    • Pactos sobre la Junta: quórums reforzados, sindicación de voto, etc.

    ¿Cómo acordar un pacto parasocial?

    Para acordar un pacto parasocial existen distintas formas. Por un lado se puede pactar de forma verbal o mediante un documento que puede ser privado o público. Desde nuestro despacho siempre aconsejamos a nuestros clientes que los pactos que se acuerden de forma escrita se hagan mediante un documento público, ya que garantiza la seguridad jurídica, sin embargo, el documento privado no.