Existen innumerables causas por las cuales la Agencia Tributaria puede realizar una inspección a usted o a su empresa, (devolución de IVA, impuestos mal cuadrados, verificar gastos deducibles, etc…), pero para ello, lo primero a tener en cuenta es el alcance de dicha inspección.
Por todo ello, ¿cómo debemos proceder ante una comprobación?
En primer lugar, deben de saber que las comprobaciones pueden ser de carácter general o parcial. Si la administración no se pronuncia en contrario se entenderá que la comprobación tiene carácter general.
De igual modo, deben de saber que si la comprobación tiene carácter parcial, se podrá solicitar ampliar a carácter general. Esta solicitud deberá de realizarla el obligado tributario en el pazo de 15 días respecto del impuesto y periodo objeto de comprobación.
Si el obligado tributario solicita que la comprobación sea de carácter general, una vez que se emita el acta de la inspección, la administración no podrá volver a comprobar los impuestos y periodos comprobados
Es aconsejable realizar el siguiente proceso a fin de enfocar, con las mayores garantías posibles, una inspección de la Agencia Tributaria:
- Se deberá de realizar un análisis de la situación fiscal de la empresa, así como de la documentación contable que obra en su poder con el fin de identificar, anticipadamente, los posibles riesgos que pudiesen ser detectados e intentar subsanarlos.
- Si existiesen operaciones de carácter especial deberían de revisarse con el fin de comprobar la existencia o no de riesgos fiscales frente a la comprobación.
- Preparación de toda la documentación fiscal y contable, con el fin de crear buen clima y colaborar con la administración.
- Revisión y estudio de las diligencias que se reciban durante el proceso de comprobación, con el fin de dar conformidad a su contenido o de lo contrario tenerlo en cuenta para los posibles recursos posteriores.
¿Es necesario contar con un asesor y un representante?
La respuesta es no, pero resulta recomendable contar con el apoyo de un experto en materia fiscal que ayuden durante el desarrollo de actuaciones de la inspección.
Dicho soporte podrá realizarse de dos maneras:
- Contando con un asesor sin presencia durante la comprobación.
- Nombrar al asesor como representante de la empresa objeto de comprobación.
Independientemente del modo de trabajar, hay que tener en cuenta que se debe de colaborar de un modo muy estrecho para lograr el objetivo de obtener un resultado satisfactorio del proceso de inspección.
Como recomendación, se deberían de seguir las siguientes pautas:
- Se deberá de revisar la situación fiscal y explicar al asesor con la máxima claridad posible de los riesgos fiscales existentes.
- Colaboración y participación durante todo el proceso de comprobación.
- Se definirá conjuntamente la estrategia y opciones fiscales
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CSF Consulting Abogados y Economistas,