Gestionamos tu control de jornada laboral en Torrejón de Ardoz

Inspección de trabajo y Seguridad social han endurecido la revisión de todos los aspectos que tengan que ver con los empleados y el horario de trabajo a través del control de la jornada laboral obligatoria.

Estos registros, que deben conservarse por 4 años, deben estar a disposición de los trabajadores, representantes legales, y ante posibles inspecciones laborales.

En caso de que no se realice correctamente el control de la jornada laboral, la empresa puede ser multada con sanciones económicas desde 600€ a 6.250€

Desde CSF Consulting te asesoramos y ponemos a disposición sistemas que te permitirán cumplir con la ley, mejorar el absentismo laboral y evitar problemas en el futuro.

¿Quieres más información sobre el control de la jornada laboral en Torrejón de Ardoz?

Control de jornada


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    ¿Qué método ponemos a tu disposición para el control de la jornada laboral?

    Desde nuestro despacho ponemos a tu disposición soluciones tanto para controlar las jornadas laborales de los trabajadores tanto como para evitar posibles sanciones por no lleva un control correcto. Con nuestras medidas ganarás efectividad y productividad en tu negocio.

    • Gestión de tiempos de presencia
    • Informes adaptados a la Ley
    • Datos de absentismo y presencia

    El método para controlar la jornada

    A pesar de que la ley requiere de forma obligatoria a un control de la jornada laboral, se puede escoger el método que más convenga a la empresa, siempre debe ser una única fórmula y también deben estar de acuerdo los trabajadores. El registro de jornada debe contener datos como:

    • El nombre de empresa y del trabajador.
    • Horario desde que se empieza la jornada hasta que se acaba.
    • Especificación de la jornada de trabajo estipulada en el contrato de trabajo.
    • Detallar las horas laborales ordinarias, complementarias y extras, realizadas, desglosadas por cada día de trabajo.
    • Firma diaria del trabajador y hora de entrada y salida del centro de trabajo.
    • Firma del representante legal de la empresa.