En CSF Consulting contamos con un equipo de expertos profesionales en la domiciliación de sociedades. Tener una empresa no significa comprar un local ni siquiera alquilarlo. Pero sí que es necesario disponer de un domicilio social y fiscal. Una opción puede ser el domicilio propio de uno de los socios o del autónomo. Pero, en muchos casos, Sociedades y Profesionales no desean que figure en los documentos de empresa sus domicilios particulares. Hay diferentes motivos para ello:
Cubrimos tus necesidades para la domiciliación de sociedades
- Están en un proceso de cambio de ubicación de la sede social y necesitan uno provisional.
- Pueden tener su centro de operaciones fuera del territorio español y desean tener presencia en España.
- Quieren contar con una dirección en una zona de prestigio.
- O, sencillamente, no quieren tener un domicilio social propio, porque llevan la oficina a cuestas, trabajan desde casa, están atendiendo a sus clientes, etc.
¿Cómo trabajamos?
Con la domiciliación de sociedades en Madrid, en CSF Consulting disponemos de un servicio de prestigio y alta imagen representativa en pleno centro. Nuestro personal cualificado atiende en todo momento tanto la recepción de la correspondencia corporativa como cualquier llamada que pueda recibir su empresa. Además, le avisamos inmediatamente de los asuntos importantes que puedan influir en el negocio.
¿Qué ofrecemos?
En CSF Consulting no sólo constituimos sociedades, sino que, además, gestionamos su domiciliación social, fiscal y comercial (por cambio de ubicación, apertura en Madrid, introducción en España…) y, para aquellos que no tengan una sede, damos la opción de la domiciliación en nuestras oficinas, para que sea la sede de la empresa (o del autónomo) a todos los efectos.
Aquellos clientes que se domicilian en CSF Consulting, pueden:
- Utilizar nuestra dirección en su papel impreso
- Recibir la correspondencia y pequeña paquetería.
- Recibir faxes.
- Reenviar la correspondencia y faxes a la dirección que nos especifique para tal fin o bien recogerla por la persona que para ello autorice.
- Recibir avisos nuestros ante la recepción de cartas o notificaciones urgentes.
- Disponer de un número de teléfono en el que recibir llamadas.