{"id":10068,"date":"2017-03-06T09:21:35","date_gmt":"2017-03-06T08:21:35","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=10068\/"},"modified":"2017-03-06T09:21:35","modified_gmt":"2017-03-06T08:21:35","slug":"nueva-prorroga-la-ayuda-400450e-parados-larga-duracion-plan-prepara-15-agosto-2017","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/nueva-prorroga-la-ayuda-400450e-parados-larga-duracion-plan-prepara-15-agosto-2017\/","title":{"rendered":"Nueva Pr\u00f3rroga de la Ayuda de 400\/450\u20ac a Parados de Larga Duraci\u00f3n (Plan PREPARA): Hasta el 15 de Agosto de 2017"},"content":{"rendered":"<div class=\"wpb-content-wrapper\"><p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]<\/p>\n<h2>El plan PREPARA vuelve a prorrogarse durante seis meses. Es decir, al menos seguir\u00e1 vigente hasta el 15 de agosto de 2017. Este plan que se puso en marcha a comienzos de 2011, y est\u00e1 destinado a los parados de larga duraci\u00f3n sin ingresos, que pueden recibir entre 400 y 450 euros, en funci\u00f3n de sus obligaciones familiares. Para poder tener acceso a \u00e9l, es necesario haber estado inscrito como demandante de empleo en una oficina p\u00fablica en 12 de los \u00faltimos 18 meses y no tener rentas superiores a una cantidad equivalente al 75% del salario m\u00ednimo interprofesional.<\/h2>\n<p>[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row][vc_row][vc_column][vc_empty_space][\/vc_column][\/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]En el BOE del d\u00eda 16 de febrero de 2016, se ha publicado la Resoluci\u00f3n de 1 de febrero de 2017,, del Servicio P\u00fablico de Empleo Estatal, por la que se prorroga la vigencia de la Resoluci\u00f3n de 1 de agosto de 2013 (modificada por la de 30 de julio de 2014), por la que se determina la forma y plazos de presentaci\u00f3n de solicitudes y de tramitaci\u00f3n de las ayudas econ\u00f3micas de acompa\u00f1amiento incluidas en el programa de recualificaci\u00f3n profesional de las personas que agoten su protecci\u00f3n por desempleo prorrogado por el Real Decreto-ley 1\/2013, de 25 de enero, que establece la pr\u00f3rroga autom\u00e1tica de la vigencia de dicho programa, por periodos sucesivos de 6 meses, siempre que la tasa de desempleo sea superior al 18% seg\u00fan la \u00faltima Encuesta de Poblaci\u00f3n Activa (EPA) publicada con anterioridad a la fecha de la pr\u00f3rroga.<\/p>\n<p>En el cuarto trimestre de 2016 esa tasa ha sido del 18,63 %.<\/p>\n<p>Dicho programa es de aplicaci\u00f3n a las personas desempleadas por extinci\u00f3n de su relaci\u00f3n laboral e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo que, dentro del per\u00edodo comprendido <strong>entre los d\u00edas 16 de febrero y 15 de agosto de 2017<\/strong>, ambos inclusive, agoten la prestaci\u00f3n por desempleo de nivel contributivo y no tengan derecho a cualquiera de los subsidios por desempleo establecidos, o bien hayan agotado alguno de estos subsidios, incluidas sus pr\u00f3rrogas, y re\u00fanan el resto de los requisitos establecidos en el Real Decreto-ley 23\/2012, de 24 de agosto, por el que se prorroga el programa de recualificaci\u00f3n profesional de las personas que agoten su protecci\u00f3n por desempleo.[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row][vc_row][vc_column][vc_empty_space][\/vc_column][\/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]<\/p>\n<h3>\u00bfEn qu\u00e9 consiste la ayuda?<\/h3>\n<p>Se concede una\u00a0subvenci\u00f3n de 2.400 o 2.700 euros por parado, que se cobra en 6 pagas de 400 o 450 euros mensuales, con el compromiso de recibir formaci\u00f3n para poder optar a otras salidas laborales.<\/p>\n<h3><\/h3>\n<p>[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]<\/p>\n<h3>\u00bfQui\u00e9n puede solicitar el nuevo Plan Prepara?<\/h3>\n<p>Podr\u00e1n solicitarlo aquellos desempleados que agoten sus prestaciones y subsidios y cumplan estos requisitos:<\/p>\n<p>En primer lugar, cumplir una de estas dos condiciones:<\/p>\n<ul>\n<li>O bien ser\u00a0parado de larga duraci\u00f3n, inscrito como demandante de empleo al menos doce de los \u00faltimos dieciocho meses.<\/li>\n<li>O bien\u00a0tener responsabilidades familiares (tener a uno o varios miembros de tu familia que dependan del solicitante y que la familia tenga en su conjunto unos ingresos muy bajos).<\/li>\n<\/ul>\n<p>Y cumplir adem\u00e1s el resto de requisitos:<\/p>\n<ul>\n<li>Haber agotado una prestaci\u00f3n o subsidio por desempleo y pedir esta ayuda antes de que hayan pasado dos meses desde esa fecha.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>No tener derecho a prorrogar la prestaci\u00f3n ni el subsidio,\u00a0ni a beneficiarse de ning\u00fan otra ayuda por desempleo. El Prepara es la \u00faltima de las ayudas posibles.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>No haber cobrado con anterioridad ninguna prestaci\u00f3n de este tipo, como por ejemplo, el PRODI (\u201cla ayuda de los 426 euros\u201d), el anterior plan Prepara, la Renta Agraria, o la Renta Activa de Inserci\u00f3n (RAI).<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Tener carencia de rentas, de modo que no superen el 75% del Salario M\u00ednimo Interprofesional.\u00a0 Aunque el solicitante carezca de rentas,\u00a0si convive con sus padres, c\u00f3nyuge o hijos menores de 26 a\u00f1os\u00a0o mayores discapacitados, o menores acogidos,\u00a0habr\u00e1 que sumar las rentas de todos y dividirlas entre el n\u00famero de miembros de la unidad familiar\u00a0y que el resultado no supere los 483,98 euros mensuales por miembro.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Se deber\u00e1\u00a0firmar un acuerdo con el orientador laboral de los servicios p\u00fablicos de empleo, comprometi\u00e9ndose a participar en un Itinerario Personalizado de Inserci\u00f3n (IPI). El orientador es quien valida la formaci\u00f3n y asistencia a los cursos y el enlace entre la administraci\u00f3n y el desempleado.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Se exige que el solicitante\u00a0acredite haber buscado activamente trabajo durante al menos 30 d\u00edas\u00a0desde la p\u00e9rdida de otras prestaciones durante el plazo de solicitud, con el objetivo de reforzar el seguimiento del compromiso de actividad. Esta obligaci\u00f3n se mantiene durante todo el programa.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Plazo de presentaci\u00f3n<\/strong>. Hay un m\u00e1ximo de\u00a0<strong>2 meses<\/strong>\u00a0que empiezan a contar a partir de la fecha en que se agota la prestaci\u00f3n por desempleo. Es importante este plazo, pues si se supera, se pierde el derecho a la ayuda. En la nueva regulaci\u00f3n se exige que durante esos dos meses el solicitante busque activamente empleo durante al menos 30 d\u00edas.<\/p>\n<p>[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row][vc_row][vc_column][vc_empty_space][\/vc_column][\/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Para descargarse la publicaci\u00f3n,<a href=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/Nueva-prorroga-de-ayuda-a-parados-de-larga-duracion-215.pdf\" target=\"_blank\"> pulse aqu\u00ed.<\/a><\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong>[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column][vc_column_text] El plan PREPARA vuelve a prorrogarse durante seis meses. Es decir, al menos seguir\u00e1 vigente hasta el 15 de agosto de 2017. 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