{"id":10085,"date":"2017-03-07T17:12:02","date_gmt":"2017-03-07T16:12:02","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=10085\/"},"modified":"2017-09-01T11:57:09","modified_gmt":"2017-09-01T09:57:09","slug":"como-sobrevivir-a-la-movilidad-internacional-de-un-trabajador-y-no-morir-en-el-intento","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/como-sobrevivir-a-la-movilidad-internacional-de-un-trabajador-y-no-morir-en-el-intento\/","title":{"rendered":"C\u00f3mo Sobrevivir a la Movilidad Internacional de un Trabajador y No Morir en el Intento"},"content":{"rendered":"<div class=\"wpb-content-wrapper\"><p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]Hoy en d\u00eda cada vez es m\u00e1s com\u00fan que las empresas tengamos que desplazar a un trabajador\u00a0 a otro pa\u00eds temporalmente \u00a0como parte de un plan estrat\u00e9gico de expansi\u00f3n, para controlar nuestra actividad en otro pa\u00eds, o incluso como parte de un plan de desarrollo profesional y tambi\u00e9n es com\u00fan que nos perdamos entre los requisitos legales que hay que cumplir para llevarlo a cabo con \u00e9xito.<\/p>\n<p>Este art\u00edculo intentar\u00e1 arrojar un poco de luz resumiendo las principales cuestiones que hay que valorar y tener en cuenta si este es tu caso.[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row][vc_row][vc_column][vc_empty_space][\/vc_column][\/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]El ciclo vital\u00a0 de la expatriaci\u00f3n cuenta de 3 momentos diferenciados;<\/p>\n<h3>1.\u00a0En pa\u00eds de origen<\/h3>\n<ul>\n<li>Seleccionar qu\u00e9 trabajador es el adecuado; habr\u00e1 que valorar las competencias t\u00e9cnicas, experiencia internacional, conocimiento de idiomas, flexibilidad familiar, experiencia profesional del candidato id\u00f3neo.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Pactar las condiciones de compensaci\u00f3n, que sean adecuadas y consistentes y de f\u00e1cil administraci\u00f3n y comprensi\u00f3n. Deben suponer una continuidad salarial v\u00e1lida durante todo el tiempo que el trabajador est\u00e9 desplazado, que contemple el cambio de residencia y que ofrezca beneficios destinados a la adaptaci\u00f3n en el pa\u00eds de destino; ayuda en idiomas, asistencia sanitaria, mudanza, ayuda instalaci\u00f3n, vivienda, seguro de vida, ayuda veh\u00edculo, educaci\u00f3n de los hijos y todo tipo de gestiones y obligaciones que requiera cumplirse para la entrada y estancia en el pa\u00eds de destino; asesor\u00eda fiscal y laboral, tramitaci\u00f3n de permisos legales, apertura de cuentas bancarias\u2026<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Las condiciones acordadas deber\u00e1n plasmarse por escrito mediante <strong>La Carta de Asignaci\u00f3n o Transfer Letter<\/strong>, que deber\u00e1 recoger entre otros; la fecha de inicio y duraci\u00f3n, las condiciones retributivas, los beneficios pactados, la fiscalidad y normativa laboral aplicable, horarios, vacaciones, t\u00e9rminos y condiciones de trabajo, motivos de retorno anticipado, indemnizaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row][vc_row][vc_column][vc_empty_space][\/vc_column][\/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]<\/p>\n<h3>2. En el pa\u00eds de destino<\/h3>\n<ul>\n<li>El momento de m\u00e1s estr\u00e9s es la adaptaci\u00f3n, para superarlo ser\u00e1 elemento clave la planificaci\u00f3n y organizaci\u00f3n que se haya llevado a cabo previamente en el pa\u00eds de origen.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Durante el tiempo que dure el desplazamiento tendremos que realizar un control y seguimiento de la expatriaci\u00f3n; ajuste de monedas, mantenimiento de coberturas de Seguridad Social, pago de impuestos donde corresponda, gesti\u00f3n de n\u00f3minas.<\/li>\n<\/ul>\n<p>[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row][vc_row][vc_column][vc_empty_space][\/vc_column][\/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]<\/p>\n<h3>3. Repatriaci\u00f3n;<\/h3>\n<ul>\n<li>Consiste en gestionar la transici\u00f3n y facilitar la integraci\u00f3n del trabajador, prestando un servicio de reubicaci\u00f3n para facilitar las gestiones relativas a vivienda, colegios y gestiones administrativas en el pa\u00eds de origen.<\/li>\n<\/ul>\n<p>[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row][vc_row][vc_column][vc_empty_space][\/vc_column][\/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]Este proceso conlleva la planificaci\u00f3n y an\u00e1lisis de diversas materias antes, durante y tras la reincorporaci\u00f3n de un expatriado, desde el \u00e1mbito laboral, fiscal y de seguridad social, pasando por un an\u00e1lisis migratorio del pa\u00eds de destino, as\u00ed como un an\u00e1lisis previo de compensaci\u00f3n y costes del desplazamiento que se quiera realizar.<\/p>\n<p>En materia laboral habr\u00e1 que acordar el desplazamiento mediante la <strong>Carta de Expatriaci\u00f3n<\/strong> que deber\u00e1 recoger las condiciones adoptadas y garantizar a los desplazados las condiciones de trabajo y empleo aplicables a su pa\u00eds sin perjuicio de aplicar las condiciones de trabajo m\u00e1s favorables derivadas de lo dispuesto en la legislaci\u00f3n espa\u00f1ola seg\u00fan Directiva 96\/71\/CE.<\/p>\n<p>Igualmente deber\u00e1 recoger las condiciones de retorno, expectativas de vacante, movilidad funcional, movilidad geogr\u00e1fica o incluso extinci\u00f3n de la relaci\u00f3n laboral, en cuyo caso qu\u00e9 salario regulador habr\u00e1 que tenerse en cuenta para el c\u00e1lculo de la debida indemnizaci\u00f3n, si el de antes de la expatriaci\u00f3n o el durante.<\/p>\n<p>Dependiendo del pa\u00eds de origen y de destino, en materia de Seguridad Social nos regiremos por <strong>Los Reglamentos Comunitarios<\/strong>, dentro del \u00a0<strong>\u00e1mbito comunitario, <\/strong>o por<strong> Convenios Bilaterales<\/strong> en un <strong>\u00e1mbito extracomunitario.<\/strong><\/p>\n<p>Conforme a la normativa comunitaria, los trabajadores desplazados deber\u00e1n estar sujetos a una \u00fanica legislaci\u00f3n de Seguridad Social. Seg\u00fan los Reglamentos, el r\u00e9gimen aplicado ser\u00e1 el establecido por la legislaci\u00f3n del pa\u00eds de destino, con una excepci\u00f3n, el trabajador podr\u00e1 estar sujeto a la legislaci\u00f3n del pa\u00eds de origen a condici\u00f3n de que la duraci\u00f3n del desplazamiento no exceda de 24 meses y que la persona no sea enviada en sustituci\u00f3n de otra persona.<\/p>\n<p>El desplazamiento ser\u00e1 inicialmente de 12 meses prorrogado por 12 meses m\u00e1s y tendr\u00e1 un per\u00edodo m\u00e1ximo de 5 a\u00f1os, y se exigir\u00e1 una carencia previa de cotizaci\u00f3n en el pa\u00eds de origen de 1 mes en los \u00faltimos tres meses.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, cada pa\u00eds puede tener sus propias especialidades.<\/p>\n<p>Dependiendo del pa\u00eds de origen y destino habr\u00e1 que estar a la existencia de los mismos, o no, en cuyo caso, se puede dar el escenario de que No exista Convenio Internacional. En estos casos se aplicar\u00e1 a los trabajadores desplazados la <strong><em>Orden de 27 de enero de 1982<\/em><\/strong> por la que existe obligaci\u00f3n de mantener las cotizaciones en Espa\u00f1a, pudiendo existir doble cotizaci\u00f3n si tambi\u00e9n es aplicable la legislaci\u00f3n del pa\u00eds de destino.<\/p>\n<p>Dependiendo de la fecha y de la duraci\u00f3n del desplazamiento la residencia fiscal del expatriado estar\u00e1 determinada en Espa\u00f1a, o en el pa\u00eds de destino, dependiendo de que la estancia sea de m\u00e1s de 183 d\u00edas del a\u00f1o natural, por tanto, si el desplazamiento se produce durante el primer o segundo semestre del a\u00f1o, el expatriado tendr\u00e1 o no la residencia fiscal en Espa\u00f1a y existir\u00e1 obligaci\u00f3n de declarar las rentas del trabajo en Espa\u00f1a o a trav\u00e9s del Impuesto de la Renta de los No Residentes<\/p>\n<p>En caso de duda habr\u00e1 que aplicar unas reglas de desempate, en funci\u00f3n de donde se encuentre el centro de intereses econ\u00f3mico, de donde est\u00e9 el v\u00ednculo familiar, la residencia habitual, o la nacionalidad del desplazado.<\/p>\n<p>Para evitar problemas, es conveniente solicitar siempre un <strong>Certificado de Residencia Fiscal.<\/strong><\/p>\n<p>Es posible disfrutar de una exenci\u00f3n fiscal por los trabajos realizados en el extranjero por aplicaci\u00f3n del Art\u00edculo 7p de la LIRPF, siempre que se cumplan una serie de requisitos para los d\u00edas que el trabajador efectivamente ha estado desplazado en el extranjero, con un l\u00edmite de 60.101,21 \u20ac por ejercicio econ\u00f3mico. Pueden solicitarse medios de prueba para justificar esa exenci\u00f3n; contrato con la empresa extranjera, justificantes del desplazamiento, alojamiento, etc.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, antes de llevar a cabo la expatriaci\u00f3n de un trabajador, debe realizarse un an\u00e1lisis de los aspectos migratorios necesarios para entrar y ejercer la actividad en el pa\u00eds de destino que se pretenda, de tal manera que se tiene que evaluar cuestiones diversas como; vacunaciones, cursos culturales de inmersi\u00f3n, apostillas\/legalizaciones, perfil del expatriado, certificado de antecedentes penales, Empresa Sponsor en el pa\u00eds de destino, documentos b\u00e1sicos necesarios, licencias, permisos, etc..<\/p>\n<p>Este an\u00e1lisis migratorio ser\u00e1 necesario realizarse de manera previa, y contemplar\u00e1 los requisitos previos para acceder al pa\u00eds de destino, para permanecer en el mismo, y los requisitos de salida de cara a la repatriaci\u00f3n del trabajador una vez finalice el desplazamiento.[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row][vc_row][vc_column][vc_empty_space][\/vc_column][\/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Para descargarse el texto de la publicaci\u00f3n, <a href=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/Como-sobrevivir-a-la-movilidad-internacional-y-no-morir-en-el-intento-215.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">pulse aqu\u00ed<\/a>.<\/p>\n<p><strong>Eva Espina<\/strong><br \/>\n<em>Directora \u00c1rea Laboral<\/em><br \/>\n[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]Hoy en d\u00eda cada vez es m\u00e1s com\u00fan que las empresas tengamos que desplazar a un trabajador\u00a0 a otro pa\u00eds temporalmente \u00a0como parte de un plan estrat\u00e9gico de expansi\u00f3n, para controlar nuestra actividad en otro pa\u00eds, o incluso como parte de un plan de desarrollo profesional y tambi\u00e9n es com\u00fan que nos perdamos entre los&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":10092,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[102],"class_list":["post-10085","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","tag-laboral-y-seguridad-social","category-1","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10085","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=10085"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10085\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/10092"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=10085"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=10085"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=10085"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}