{"id":10279,"date":"2017-04-28T11:07:43","date_gmt":"2017-04-28T09:07:43","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=10279\/"},"modified":"2017-08-21T17:43:31","modified_gmt":"2017-08-21T15:43:31","slug":"sabe-puede-solicitar-se-embarguen-las-cuentas-bancarias-deudor-tenga-pais-la-ue","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/sabe-puede-solicitar-se-embarguen-las-cuentas-bancarias-deudor-tenga-pais-la-ue\/","title":{"rendered":"\u00bfSabe que puede Solicitar que se Embarguen las Cuentas Bancarias que su Deudor tenga en otro Pa\u00eds de la UE?"},"content":{"rendered":"<div class=\"wpb-content-wrapper\"><p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]La orden europea de retenci\u00f3n de cuentas (OERC) deja a los jueces\u00a0 de la UE (Uni\u00f3n Europea)\u00a0 embargar fondos depositados en la cuenta corriente de un deudor en otro pa\u00eds de la Uni\u00f3n Europea. Si un usuario extranjero le debe una factura, puede pedir que se embarguen las cuentas corrientes que su deudor tenga en otro pa\u00eds de la Uni\u00f3n Europea (salvo R. Unido o bien Dinamarca). El procedimiento es veloz y se hace sin informar al deudor. Este \u00abefecto sorpresa\u00bb impide que los deudores trasladen, escondan o bien gasten el dinero.<br \/>\nDesde el pasado dieciocho de enero de dos mil diecisiete, una nueva normativa, la orden europea de retenci\u00f3n de cuentas (OERC) deja a los tribunales de la Uni\u00f3n Europea embargar fondos depositados en la cuenta corriente de un deudor en otro pa\u00eds de la Uni\u00f3n Europea. El procedimiento va a poder emplearse solamente en casos transfronterizos, lo que implica que el \u00f3rgano jurisdiccional que substancia el proceso o bien el domicilio del acreedor deben encontrarse en un Estado miembro diferente de aquel en que el deudor tenga la cuenta.<br \/>\nPor consiguiente, si tiene un cliente del servicio extranjero que le debe una factura, puede pedir que se embarguen las cuentas corrientes que su deudor tenga en otro pa\u00eds de la Uni\u00f3n Europea. Puede pedirlo de forma cautelar aun ya antes de presentar la demanda contra \u00e9l.<br \/>\nVentajas<br \/>\nEl procedimiento es veloz y se realiza sin informar al deudor. Este \u00abefecto sorpresa\u00bb impide que los deudores trasladen, escondan o bien gasten el dinero.<br \/>\nSin embargo, se va a deber prestar una garant\u00eda (para eludir abusos y tambi\u00e9n indemnizar posibles perjuicios).<br \/>\n\u00bfEs de aplicaci\u00f3n en todos y cada uno de los pa\u00edses de la Uni\u00f3n Europea?<br \/>\nNo. La regla no se aplica ni en Dinamarca ni en el R. Unido. Esto significa que:<\/p>\n<p>Los acreedores situados en Dinamarca o bien el R. Unido no pueden pedir una OERC.<br \/>\nNo es posible conseguir una OERC relativa a una cuenta corriente danesa o bien brit\u00e1nica.<\/p>\n<p>De qu\u00e9 manera presentar la petici\u00f3n<br \/>\nEl procedimiento para conseguir una OERC se recoge en el Reglamento (Uni\u00f3n Europea) n.\u00ba 655\/2014.<br \/>\nEl procedimiento se comienza presentando un formulario de petici\u00f3n, en el que debe apuntar, entre otros muchos conceptos, sus datos y los del deudor, como la cantidad y la cuenta corriente que debe retenerse. Si no se dispone del n\u00famero de cuenta, se puede pedir al Tribunal que lo descubra.<br \/>\nAtenci\u00f3n. Recuerde que no est\u00e1 obligado a administrar datos espec\u00edficos sobre la cuenta que deba ser embargada (por servirnos de un ejemplo, el n\u00famero de cuenta) si no dispone de exactamente los mismos \u2013 solo el nombre del banco en que se haya abierto la cuenta. Si no conoce el nombre del banco en que se haya abierto la cuenta del deudor puede , en raz\u00f3n del Reglamento, pedir al Tribunal que lo descubra.<br \/>\nEl contenido de todos y cada uno de los formularios relacionados con la OERC se establece en el Reglamento de Ejecuci\u00f3n (Uni\u00f3n Europea) 2016\/1823 de la Comisi\u00f3n.<br \/>\nPuede localizar todos y cada uno de los formularios de petici\u00f3n y m\u00e1s informaci\u00f3n\u00a0ac\u00e1.<br \/>\nPueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o bien aclaraci\u00f3n que puedan tener a este respecto.<\/p>\n<p>Para descargarse el documento de la publicaci\u00f3n <a href=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/sabe-que-puede-solicitar-que-se-embarguen-las-cuentas-bancarias-que-su-deudor-tenga-en-otro-pa\u00eds-de-la-ue-223-2.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">pulse aqu\u00ed<\/a>.<\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas.<\/strong>[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]La orden europea de retenci\u00f3n de cuentas (OERC) deja a los jueces\u00a0 de la UE (Uni\u00f3n Europea)\u00a0 embargar fondos depositados en la cuenta corriente de un deudor en otro pa\u00eds de la Uni\u00f3n Europea. 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