{"id":1079,"date":"2013-03-15T11:00:47","date_gmt":"2013-03-15T10:00:47","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=1079"},"modified":"2016-11-10T15:39:29","modified_gmt":"2016-11-10T14:39:29","slug":"control-de-la-agencia-tributaria-en-2013","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/control-de-la-agencia-tributaria-en-2013\/","title":{"rendered":"CONTROL DE LA AGENCIA TRIBUTARIA EN 2013"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: medium;\">En el BOE del d\u00eda 12 de marzo de 2013, se ha publicado\u00a0 la Resoluci\u00f3n de 8 de marzo de 2013, de la Direcci\u00f3n General de la Agencia Estatal de Administraci\u00f3n Tributaria, por la que se aprueban las <strong>directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2013<\/strong>, articul\u00e1ndose el mismo en torno a tres grandes \u00e1mbitos:<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><i><span style=\"font-size: medium;\">\u00a0<\/span><\/i><\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li><span style=\"font-size: medium;\">Comprobaci\u00f3n e investigaci\u00f3n del fraude tributario y aduanero.<\/span><\/li>\n<li><span style=\"font-size: medium;\">Control del fraude en fase recaudatoria<\/span><\/li>\n<li><span style=\"font-size: medium;\">Colaboraci\u00f3n con las Administraciones tributarias de las Comunidades Aut\u00f3nomas.<\/span><\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"color: #000000;\">1. NOVEDADES 2013<\/span><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\">En esta ocasi\u00f3n, el Plan de Control viene claramente marcado por la puesta en marcha de la Ley 7\/2012 de intensificaci\u00f3n de actuaciones para la prevenci\u00f3n y lucha contra el fraude, incluyendo m\u00e1s de una decena de l\u00edneas de actuaci\u00f3n directamente relacionadas con esta norma.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\">La Agencia Tributaria, por tanto, vigilar\u00e1 desde el primer momento el cumplimiento de las nuevas exigencias que marca la Ley 7\/2012, y aprovechar\u00e1 las nuevas herramientas que ofrece para el control tributario. Entre otras prioridades del Plan de Control 2013 relacionadas con la ley antifraude, destacan las siguientes:<\/span><\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li><span style=\"color: #000000;\">\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<strong><span style=\"text-decoration: underline;\">Control de pagos en efectivo<\/span><\/strong>. An\u00e1lisis de las denuncias que se reciban sobre el incumplimiento de la limitaci\u00f3n de pagos en efectivo a 2.500 euros. Tambi\u00e9n se prestar\u00e1 especial atenci\u00f3n a la existencia de transacciones respecto de las que no pueda determinarse el medio de pago utilizado y, de igual forma, se har\u00e1 un especial seguimiento de los movimientos de efectivo en aduanas para detectar cantidades que superen el l\u00edmite autorizado.<\/span><\/li>\n<li><span style=\"color: #000000;\">\u00a0\u00a0\u00a0 <span style=\"text-decoration: underline;\"><strong>Limitaci\u00f3n del r\u00e9gimen de m\u00f3dulos<\/strong>.<\/span>\u00a0Se comprobar\u00e1 la evoluci\u00f3n de los contribuyentes que quedan excluidos del r\u00e9gimen de estimaci\u00f3n objetiva a partir de la entrada en vigor de la ley antifraude para perseguir aquellas actuaciones dirigidas a permanecer artificialmente en el r\u00e9gimen. Habr\u00e1 un especial seguimiento de los empresarios que facturen a otros empresarios una parte significativa de sus operaciones para, cuando proceda de acuerdo con la Ley 7\/2012, promover su exclusi\u00f3n del r\u00e9gimen.<\/span><\/li>\n<li><span style=\"color: #000000;\">\u00a0\u00a0\u00a0 <span style=\"text-decoration: underline;\"><strong>Nueva informaci\u00f3n sobre bienes y cuentas en el extranjero<\/strong>.<\/span>\u00a0La Agencia comprobar\u00e1 la situaci\u00f3n tributaria de contribuyentes que, no habiendo presentado la nueva declaraci\u00f3n informativa, ofrezcan indicios de operaciones con el extranjero que permitan presumir la existencia de bienes y derechos ocultos fuera de nuestras fronteras. En el caso de contribuyentes deudores, la declaraci\u00f3n informativa se aprovechar\u00e1 para impulsar peticiones de asistencia mutua a otros Estados miembros de la Uni\u00f3n Europea al efecto de adoptar medidas cautelares o embargar bienes.<\/span><\/li>\n<li><span style=\"color: #000000;\">\u00a0\u00a0\u00a0 <span style=\"text-decoration: underline;\"><strong>Aplicaci\u00f3n de la inversi\u00f3n del sujeto pasivo en el IVA para la entrega de inmuebles y para subcontratistas<\/strong>.<\/span>\u00a0Para las operaciones previas a la entrada en vigor de la Ley 7\/2012, continuar\u00e1 la persecuci\u00f3n de tramas organizadas que pretenden devoluciones de IVA mediante la transmisi\u00f3n de inmuebles sin contenido econ\u00f3mico real. En las nuevas operaciones, se vigilar\u00e1 el cumplimiento efectivo de la regla de inversi\u00f3n del sujeto pasivo, tanto en las entregas de inmuebles como en el \u00e1mbito de los subcontratistas.<\/span><\/li>\n<li><span style=\"color: #000000;\">\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <span style=\"text-decoration: underline;\"><strong>Impulso a las medidas cautelares para evitar vaciamientos patrimoniales<\/strong>.<\/span>\u00a0Los \u00f3rganos de recaudaci\u00f3n, en colaboraci\u00f3n con las \u00e1reas de Gesti\u00f3n, Inspecci\u00f3n y Aduanas, adoptar\u00e1n las medidas cautelares necesarias para asegurar el cobro de la deuda ante cualquier sospecha fundada de impago. La meta marcada para 2013 es incrementar las medidas cautelares un 20% sobre el objetivo del a\u00f1o anterior, superando las 3.500.\u00a0 En casos de presunto delito fiscal se podr\u00e1 actuar incluso antes del env\u00edo del expediente a la Fiscal\u00eda, seg\u00fan lo previsto en la Ley 7\/2012, y se investigar\u00e1 el patrimonio de los imputados para detectar conductas de vaciamiento patrimonial o insolvencias punibles. Adem\u00e1s, se potenciar\u00e1 la adopci\u00f3n de acuerdos de prohibici\u00f3n de disponer de inmuebles de una sociedad cuando se hayan embargado acciones del deudor.<\/span><\/li>\n<li><span style=\"color: #000000;\">\u00a0\u00a0 <span style=\"text-decoration: underline;\"><strong>Derivaciones de responsabilidad<\/strong>.<\/span>\u00a0Las principales medidas a llevar a cabo para luchar contra el fraude en la fase recaudatoria se centrar\u00e1n en las derivaciones de responsabilidad. En este \u00e1mbito, se enfatizar\u00e1n las actuaciones tendentes a la aplicaci\u00f3n de los supuestos de levantamiento del velo, administradores de hecho y responsables solidarios por ocultaci\u00f3n de bienes, aprovechando las mejoras establecidas por la Ley 7\/2012.<\/span><\/li>\n<li><span style=\"color: #000000;\">\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <span style=\"text-decoration: underline;\"><strong>Actuaciones fraudulentas en el \u00e1mbito concursal<\/strong>.<\/span>\u00a0Aprovechando los cambios normativos establecidos en la ley antifraude, se proceder\u00e1 a la inadmisi\u00f3n inmediata de las solicitudes de aplazamiento de deudas que sean consideradas cr\u00e9ditos contra la masa (posteriores a la fecha de declaraci\u00f3n del concurso) y se vigilar\u00e1 la necesaria declaraci\u00f3n separada de las cuotas de IVA devengadas antes y despu\u00e9s de la fecha del concurso, as\u00ed como la total compensaci\u00f3n de los saldos pendientes antes de dicha fecha.<\/span><\/li>\n<\/ul>\n<p><strong><span style=\"color: #000000;\">2. Control de la fiscalidad internacional<\/span><\/strong><\/p>\n<p><span style=\"color: #000000;\">Otra novedad es la puesta en marcha de la <strong>Oficina Nacional de Fiscalidad Internacional (ONFI<\/strong>), que prestar\u00e1 especial atenci\u00f3n a la tributaci\u00f3n de grupos empresariales multinacionales y la comprobaci\u00f3n de precios de transferencia. Tambi\u00e9n en el \u00e1mbito internacional, ser\u00e1n objeto de atenci\u00f3n preferente las personas o entidades que localizan de manera ficticia su residencia fiscal en otros pa\u00edses.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #000000;\">Pero, junto a ello, se prestar\u00e1 tambi\u00e9n especial inter\u00e9s a las operaciones que se realicen con territorios o pa\u00edses que han dejado de figurar en la lista de para\u00edsos fiscales por haber firmado los correspondientes convenios o acuerdos. Al respecto, la Agencia Tributaria practicar\u00e1 requerimientos de informaci\u00f3n selectivos con objeto de evaluar el grado de efectividad de los acuerdos de intercambio de datos de alcance tributario suscritos con dichos territorios y, si fuera necesario, denunciar su incumplimiento.<\/span><\/p>\n<p><strong><span style=\"color: #000000;\">3. Lucha contra la econom\u00eda sumergida<\/span><\/strong><\/p>\n<p><span style=\"color: #000000;\">Durante 2013, la Agencia Tributaria seguir\u00e1 intensificando su lucha contra la econom\u00eda sumergida y la <strong>presencia de los \u00f3rganos de control en la calle para efectuar controles masivos<\/strong> y actuaciones de captaci\u00f3n de informaci\u00f3n presenciales sobre actividades econ\u00f3micas abiertas al p\u00fablico, recintos aduaneros y establecimientos autorizados.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #000000;\">Continuar\u00e1n las actuaciones presenciales dirigidas a la detecci\u00f3n de alquileres no declarados y se ampliar\u00e1n los controles sobre sectores y actividades m\u00e1s susceptibles de ocultar actividad opaca, al tiempo que se mantiene la persecuci\u00f3n del empleo de facturas falsas.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #000000;\">En concreto, est\u00e1 previsto realizar 17.000 visitas de verificaci\u00f3n del cumplimiento fiscal en el \u00e1mbito de inspecci\u00f3n y 2.600 personaciones de recaudaci\u00f3n en locales propiedad de deudores. En ambos casos la previsi\u00f3n supone elevar en un 19% las actuaciones efectuadas en 2012.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #000000;\">Tambi\u00e9n seguir\u00e1n siendo prioritarias las actuaciones de investigaci\u00f3n contra las tramas organizadas de fraude fiscal o blanqueo de capitales, y muy especialmente las relacionadas con la introducci\u00f3n en territorio aduanero de mercanc\u00edas procedentes de pa\u00edses asi\u00e1ticos.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #000000;\">Igualmente, ser\u00e1 objeto de especial atenci\u00f3n el contrabando de tabaco, toda vez que la combinaci\u00f3n de determinados factores, como la subida de precios y la crisis econ\u00f3mica, ha provocado un aumento del contrabando de tabaco en general y de los cigarrillos en particular que ha supuesto una relevante sustracci\u00f3n de ingresos tributarios.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #000000;\">Adem\u00e1s, se reforzar\u00e1 la presencia efectiva de los \u00f3rganos de recaudaci\u00f3n en locales en propiedad de deudores bajo ciertos supuestos, como la posibilidad de que hayan incumplido diligencias de embargo con una trascendencia recaudatoria relevante. De igual forma, se intensificar\u00e1n los embargos de pagos realizados por terceros al deudor mediante tarjeta de cr\u00e9dito.<\/span><\/p>\n<p><strong><span style=\"color: #000000;\">4. El comercio \u2018on line\u2019 como plan de futuro<\/span><\/strong><\/p>\n<p><span style=\"color: #000000;\">El Plan de Control de 2013 contempla tambi\u00e9n las primeras actuaciones dirigidas de manera integral y ordenada al sector del comercio electr\u00f3nico. Con idea de preparar el terreno para proyectos m\u00e1s amplios y complejos en los a\u00f1os siguientes, la Agencia Tributaria comenzar\u00e1 a catalogar las principales operativas de gesti\u00f3n de negocio asociadas a actividades realizadas exclusivamente a trav\u00e9s de la red.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #000000;\">Se trata de determinar patrones de riesgo fiscal que deban ser objeto de control y de obtener informaci\u00f3n sobre la actividad econ\u00f3mica de los contribuyentes en la red, contrastando las caracter\u00edsticas de los servicios ofertados a trav\u00e9s de p\u00e1ginas web con el perfil tributario de los contribuyentes de acuerdo con la informaci\u00f3n disponible en las bases de datos de la Agencia. Tambi\u00e9n se investigar\u00e1n distintas v\u00edas de obtenci\u00f3n de informaci\u00f3n sobre los medios de pago empleados en la red.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #000000;\">Este a\u00f1o <strong>arrancar\u00e1 tambi\u00e9n la comprobaci\u00f3n de las actividades del juego \u2018on line\u2019<\/strong>, tanto en lo que toca a la tributaci\u00f3n de los premios en IRPF e IVA como en lo referente a la tributaci\u00f3n directa en general de los operadores del juego en la web.<\/span><\/p>\n<p><strong><span style=\"color: #000000;\">5. Planificaci\u00f3n agresiva y comprobaci\u00f3n<\/span><\/strong><\/p>\n<p><span style=\"color: #000000;\">En paralelo a estos focos de actividad, la Agencia Tributaria prev\u00e9 reforzar sus controles relacionados con la planificaci\u00f3n fiscal agresiva y la comprobaci\u00f3n de otras operaciones, reg\u00edmenes y sectores de actividad espec\u00edficos. En ese sentido, y entre otros campos de actuaci\u00f3n, se reforzar\u00e1 la comprobaci\u00f3n de la deducibilidad de gastos financieros, particularmente intragrupo, se fomentar\u00e1 la comprobaci\u00f3n conjunta de grupos familiares y sociedades en que participan para impedir trasvases fraudulentos de rentas entre unos y otros, y se incrementar\u00e1n un 25% las actuaciones sobre profesionales, para descubrir ingresos no declarados y gastos ficticios.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #000000;\">Tambi\u00e9n ser\u00e1 objeto de atenci\u00f3n prioritaria el correcto c\u00e1lculo e ingreso de los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades determinado por el m\u00e9todo de la base imponible del a\u00f1o en curso (el que deben utilizar las grandes empresas).<\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #000000;\">En el marco de sus planes de control, la Agencia Tributaria analizar\u00e1 si los contribuyentes que se han acogido a procesos de regularizaci\u00f3n voluntaria de su situaci\u00f3n tributaria, ya sean estos ordinarios o extraordinarios, se han ajustado a la finalidad prevista en la normativa reguladora de dichos procesos. Asimismo, la informaci\u00f3n obtenida en estos procesos ser\u00e1 cedida a las CCAA cuando resulte de inter\u00e9s para la gesti\u00f3n de los tributos respecto de los que sean competentes.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #000000;\">Al mismo tiempo, la Agencia Tributaria ha decidido incrementar la participaci\u00f3n de Vigilancia Aduanera en las actuaciones de lucha contra el fraude fiscal. De esta manera, la lucha contra el fraude tributario podr\u00e1 contar en mayor medida con las t\u00e9cnicas de investigaci\u00f3n y operativa policial, as\u00ed como las estrategias de investigaci\u00f3n patrimonial y localizaci\u00f3n de activos propias de la lucha contra el blanqueo de capitales.<\/span><\/p>\n<p><strong><span style=\"color: #000000;\">6. Otras medidas y actuaciones a tener en cuenta<\/span><\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><span style=\"color: #000000;\">\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <strong>Intercambio de informaci\u00f3n\u00a0con las\u00a0Comunidades Aut\u00f3nomas<\/strong>, con la\u00a0Tesorer\u00eda General\u00a0de las Seguridad Social y la Inspecci\u00f3n de Trabajo\u00a0y Seguridad Social para detectar actividades econ\u00f3micas no declaradas, y con la\u00a0Direcci\u00f3n General\u00a0del Catastro\u00a0sobre titularidades y transmisiones de inmuebles o derechos sobre los mismos. Acceso telem\u00e1tico al Registro de Veh\u00edculos de la Direcci\u00f3n General de Tr\u00e1fico\u00a0(para obtener datos sobre matriculaci\u00f3n, transferencias y bajas), as\u00ed como a\u00a0los Registros Mercantiles y de la Propiedad y al \u00cdndice \u00danico Notarial\u00a0(para obtener informaci\u00f3n sobre las escrituras p\u00fablicas formalizadas ante Notario con trascendencia tributaria).<\/span><\/li>\n<li><span style=\"color: #000000;\">\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Control sobre los esquemas de\u00a0planificaci\u00f3n fiscal agresiva\u00a0utilizados por\u00a0entidades residentes, especialmente grupos multinacionales, con el prop\u00f3sito de minorar artificiosamente bases imponibles generadas en Espa\u00f1a y evitar as\u00ed su tributaci\u00f3n en nuestro pa\u00eds.<\/span><\/li>\n<li><span style=\"color: #000000;\">\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Las\u00a0<strong>actividades profesionales\u00a0<\/strong>seguir\u00e1n siendo objeto de atenci\u00f3n preferente as\u00ed como la comprobaci\u00f3n conjunta de grupos familiares y sociedades en las que participan.<\/span><\/li>\n<li><span style=\"color: #000000;\">\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Continuaci\u00f3n de las actuaciones dirigidas a la\u00a0detecci\u00f3n de <strong>alquileres no declarados<\/strong>.<\/span><\/li>\n<li><span style=\"color: #000000;\">\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Control dirigido a la detecci\u00f3n de emisores de\u00a0<strong>facturas irregulares\u00a0<\/strong>destinadas a reducir la tributaci\u00f3n del receptor de dichas facturas, prest\u00e1ndose especial atenci\u00f3n a la\u00a0utilizaci\u00f3n indebida del r\u00e9gimen de m\u00f3dulos\u00a0con esta finalidad.<\/span><\/li>\n<li><span style=\"color: #000000;\">\u00a0\u00a0\u00a0 Control dirigido a\u00a0evitar la aparici\u00f3n de tramas de fraude del Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido en operaciones intracomunitarias\u00a0con una estrategia orientada a la detecci\u00f3n temprana de dichas tramas, que se desarrollar\u00e1 mediante la realizaci\u00f3n de actuaciones de investigaci\u00f3n y de control preventivo del Registro de Operadores Intracomunitarios.<\/span><\/li>\n<li><span style=\"color: #000000;\">\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 An\u00e1lisis y\u00a0<strong>selecci\u00f3n de contribuyentes a partir de signos externos de riqueza\u00a0<\/strong>en los casos en los que dichos signos no resulten acordes a su historial de declaraciones de renta o patrimonio preexistente.<\/span><\/li>\n<li><span style=\"color: #000000;\">\u00a0\u00a0\u00a0 Comprobaci\u00f3n de la\u00a0correcta aplicaci\u00f3n de <strong>beneficios fiscales<\/strong>, as\u00ed como la procedencia de la\u00a0aplicaci\u00f3n de deducciones y ajustes al resultado contable en el <strong>Impuesto sobre Sociedades<\/strong>.<\/span><\/li>\n<li><span style=\"color: #000000;\">\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Comprobaci\u00f3n y el seguimiento de los\u00a0<strong>ajustes contables\u00a0<\/strong>derivados de la\u00a0primera aplicaci\u00f3n del Plan General de Contabilidad.<\/span><\/li>\n<li><span style=\"color: #000000;\">\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Realizaci\u00f3n en los\u00a0<strong>recintos aduaneros\u00a0<\/strong>actuaciones de prevenci\u00f3n y control con la doble finalidad de, por un lado, asegurar la correcta liquidaci\u00f3n de los derechos arancelarios\u00a0y dem\u00e1s tributos que recaen sobre el comercio exterior y, por otro, garantizar la\u00a0protecci\u00f3n de las fronteras\u00a0y la\u00a0seguridad de la cadena de suministros\u00a0impidiendo la entrada de mercanc\u00edas de tr\u00e1fico il\u00edcito o potencialmente peligrosas para la salud de los consumidores o el medio ambiente.<\/span><\/li>\n<\/ul>\n<p><span style=\"color: #000000;\">\u00a0<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"color: #1c1c1c;\"><b>CSF Consulting Abogados y Economistas<\/b><\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el BOE del d\u00eda 12 de marzo de 2013, se ha publicado\u00a0 la Resoluci\u00f3n de 8 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