{"id":12526,"date":"2018-02-12T10:33:01","date_gmt":"2018-02-12T09:33:01","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=12526\/"},"modified":"2018-02-12T11:02:20","modified_gmt":"2018-02-12T10:02:20","slug":"ventajas-contrato-formacion-aprendizaje-empresa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/ventajas-contrato-formacion-aprendizaje-empresa\/","title":{"rendered":"\u00bfQu\u00e9 Ventajas tiene el Contrato de Formaci\u00f3n y Aprendizaje para su Empresa?"},"content":{"rendered":"<h2>Le contamos las ventajas para su empresa del Contrato de Formaci\u00f3n y Aprendizaje<\/h2>\n<p>El contrato de formaci\u00f3n es el contrato bonificado que m\u00e1s ventajas puede aportar a la empresa. Entre otros incentivos, las empresas que contraten a trabajadores en formaci\u00f3n y aprendizaje obtendr\u00e1n una reducci\u00f3n en las cuotas empresariales del 100% en empresas de menos de 250 trabajadores y del 75 % en las de m\u00e1s de 250 trabajadores. Tambi\u00e9n las empresas recibir\u00e1n incentivos para la financiaci\u00f3n de la formaci\u00f3n, consistentes en bonificaciones en las cuotas empresariales por un n\u00famero de horas equivalente a los porcentajes de la jornada laboral. Para todo tipo de trabajadores ser\u00e1 del 25 % el primer a\u00f1o y del 15 % en los dos a\u00f1os sucesivos.<\/p>\n<p>Es posible que est\u00e9 a punto de contratar a un trabajador y, pensando en su empresa,\u00a0<strong>no sepa muy bien qu\u00e9 contrato sea el m\u00e1s adecuado<\/strong><strong>.<\/strong> Si la persona que quiere contratar es menor de 30 a\u00f1os, queremos informarles de las <strong>ventajas de hacerle un contrato para la formaci\u00f3n y el aprendizaje, ya que <\/strong>ofrece a la empresa la oportunidad de ahorrar en costes salariales.<\/p>\n<p>El contrato para la formaci\u00f3n y el aprendizaje est\u00e1 destinado a favorecer el acceso al primer empleo de los j\u00f3venes. Uno de sus objetivos es dotar de una cualificaci\u00f3n profesional a los trabajadores en un r\u00e9gimen que alterna la formaci\u00f3n con la actividad laboral retribuida en una empresa. La actividad formativa se enmarca en el sistema de formaci\u00f3n profesional para el empleo (certificados de profesionalidad) o en el sistema educativo (t\u00edtulo de formaci\u00f3n profesional). \u00a0Desde enero de 2016 la normativa establece que la formaci\u00f3n del\u00a0contrato para la formaci\u00f3n y el aprendizaje\u00a0se imparta de manera presencial u online.<\/p>\n<h3>Requisitos de los trabajadores:<\/h3>\n<ul>\n<li>Que no tengan cualificaci\u00f3n para un contrato en pr\u00e1cticas.<\/li>\n<li>Entre 16 y 25 a\u00f1os (menores de 30 a\u00f1os hasta que la tasa de desempleo se sit\u00fae por debajo del 15%.<\/li>\n<li>Sin l\u00edmite de edad para personas con discapacidad, colectivos de exclusi\u00f3n social en empresas de inserci\u00f3n y alumnos de Escuelas-Taller, Casas de Oficio Talleres de Empleo y Programas de Empleo-Formaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Duraci\u00f3n:<\/strong>\u00a0M\u00ednimo 1 a\u00f1o \u2013 m\u00e1ximo 3 a\u00f1os (M\u00ednimo 6 meses por convenio colectivo).<\/p>\n<p><strong>Salario:<\/strong>\u00a0No inferior al Salario M\u00ednimo Interprofesional (SMI).<\/p>\n<h3>Incentivos para la empresa:<\/h3>\n<ul>\n<li><strong>Reducci\u00f3n de las cuotas empresariales\u00a0<\/strong>al 100% para empresas de menos de 250 trabajadores y del 75% para empresas de m\u00e1s de 250 trabajadores. El\u00a0Real Decreto-ley 6\/2016,\u00a0de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garant\u00eda Juvenil establece que en el supuesto de trabajadores inscritos en el\u00a0Sistema Nacional de Garant\u00eda Juvenil,\u00a0este incentivo, en los mismos porcentajes, consistir\u00e1 en una bonificaci\u00f3n.<\/li>\n<li><strong>Financiaci\u00f3n de la formaci\u00f3n:<\/strong>\u00a0Bonificaciones en las cuotas empresariales por un n\u00famero de horas equivalente a los siguientes porcentajes de la jornada laboral:<\/li>\n<\/ul>\n<table width=\"573\">\n<thead>\n<tr>\n<td rowspan=\"2\"><strong>Trabajadores<\/strong><\/td>\n<td colspan=\"3\"><strong>A\u00f1os del contrato<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><strong>Primer a\u00f1o<\/strong><\/td>\n<td><strong>Segundo a\u00f1o<\/strong><\/td>\n<td><strong>Tercer a\u00f1o<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>En general<\/td>\n<td>25%<\/td>\n<td>15%<\/td>\n<td>15%<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<ul>\n<li>Bonificaci\u00f3n adicional para financiar los\u00a0<strong>costes de tutorizaci\u00f3n\u00a0<\/strong>de la empresa, con una cuant\u00eda m\u00e1xima de 1,5 euros por alumno y hora de tutor\u00eda, con un m\u00e1ximo de 40 horas por mes y alumno. En empresas de menos de 5 trabajadores la cuant\u00eda m\u00e1xima podr\u00e1 ser de 2 euros por alumno y hora de tutor\u00eda.<\/li>\n<li>Si se transforma en indefinidos durante 3 a\u00f1os: 1500 \u20ac o 1800 \u20ac para mujeres.\u00a0<strong>En el supuesto de trabajadores inscritos en el Sistema Nacional de Garant\u00eda Juvenil<\/strong>, este incentivo, en los mismos porcentajes, consistir\u00e1 en una bonificaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<h3>Beneficios para el trabajador:<\/h3>\n<ul>\n<li>Reducci\u00f3n del 100% de la cuota del trabajador<\/li>\n<li>Total protecci\u00f3n social<\/li>\n<li>Desempleo<\/li>\n<li>Cualificaci\u00f3n profesional<\/li>\n<\/ul>\n<h3>Distribuci\u00f3n entre actividad laboral y actividad formativa<\/h3>\n<p>La jornada laboral se distribuir\u00e1 seg\u00fan los siguientes porcentajes:<\/p>\n<table width=\"653\">\n<tbody>\n<tr>\n<td><strong>Celda vac\u00eda<\/strong><\/td>\n<td><strong>Actividad laboral<\/strong><\/td>\n<td><strong>Actividad formativa<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Primer a\u00f1o<\/td>\n<td>75%<\/td>\n<td>25%<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Segundo a\u00f1o<\/td>\n<td>85%<\/td>\n<td>15%<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Tercer a\u00f1o<\/td>\n<td>85%<\/td>\n<td>15%<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3>Aspectos formativos<\/h3>\n<p>La actividad laboral desempe\u00f1ada por el trabajador en la empresa deber\u00e1 estar relacionada con la actividad formativa.<\/p>\n<p>El objetivo de la formaci\u00f3n es la cualificaci\u00f3n profesional de las personas trabajadoras:<\/p>\n<ul>\n<li>T\u00edtulos de Formaci\u00f3n Profesional\u00a0de grado medio o superior<\/li>\n<li>Certificados de Profesionalidad\u00a0de nivel 1,2 y 3 de cualificaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Podr\u00e1 incluir formaci\u00f3n complementaria que est\u00e9 incluida en el\u00a0Cat\u00e1logo de Especialidades Formativas.<\/p>\n<p>En el sistema de formaci\u00f3n para el empleo, se podr\u00e1 impartir en modalidad presencial o teleformaci\u00f3n en los\u00a0centros acreditados\/inscritos.<\/p>\n<p>En el sistema educativo se podr\u00e1 impartir en\u00a0modalidad presencial o a distancia.<\/p>\n<p>La actividad formativa del contrato para la formaci\u00f3n y el aprendizaje ser\u00e1 autorizada previamente a su inicio por el Servicio P\u00fablico de Empleo competente.<\/p>\n<h3>Costes de la formaci\u00f3n y su financiaci\u00f3n<\/h3>\n<ul>\n<li>Mediante bonificaciones en las cuotas empresariales de la Seguridad Social.<\/li>\n<li>Los costes financiables de la formaci\u00f3n se calcular\u00e1n seg\u00fan los m\u00f3dulos:\n<ul>\n<li>modalidad presencial: Costes hora\/ participante ser\u00e1n de 8 euros.<\/li>\n<li>modalidad a distancia\/teleformaci\u00f3n: Costes hora\/alumno ser\u00e1 de 5 euros.<\/li>\n<li>Bonificaci\u00f3n adicional por tutor\u00edzaci\u00f3n: cuant\u00eda m\u00e1xima de 1,5 euros por alumno y hora de tutor\u00eda, con un m\u00e1ximo de 40 horas por mes y alumno.<\/li>\n<li>En empresas de menos de 5 trabajadores, el importe de la cuant\u00eda m\u00e1xima anterior ser\u00e1 de 2 euros por alumno y hora.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>Cuant\u00eda m\u00e1xima de la bonificaciones que podr\u00e1 aplicarse la empresa ser\u00e1 la correspondiente a un n\u00famero de horas equivalente al 25 % de la jornada durante el primer a\u00f1o y al 15 % de la misma durante el segundo y tercer a\u00f1o. En el caso de los contratos cuyos beneficiarios est\u00e9n incluidos en el Sistema de Garant\u00eda Juvenil, el importe de los porcentajes anteriores ser\u00e1 del 50% y el 25%respectivamente.<\/li>\n<li>El pago a los centros de formaci\u00f3n acreditados o autorizados, de titularidad privada, la empresa abonar\u00e1 mensualmente al centro el coste de la formaci\u00f3n, pudi\u00e9ndose aplicar por ello las correspondiente bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social.\n<ul>\n<li>El centro emitir\u00e1 a la empresa factura mensualmente especificando: nombre del centro, representante del mismo, datos de los participantes, formaci\u00f3n realizada, n\u00famero de horas de formaci\u00f3n del mes liquidado y fecha de la factura.<\/li>\n<li>El centro de formaci\u00f3n, o la empresa en su caso, comunicar\u00e1n al Servicio P\u00fablico de Empleo Estatal, mediante el Registro Electr\u00f3nico, todos los datos anteriores, peri\u00f3dicamente seg\u00fan se va facturando, o dentro del mes siguiente a la terminaci\u00f3n del ejercicio presupuestario.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<p>La formaci\u00f3n complementaria ser\u00e1 financiable a trav\u00e9s del presupuesto del Servicio P\u00fablico de Empleo Estatal.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Para descargarse el texto de la publicaci\u00f3n, <a href=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/Ventajas-del-contrato-de-formacion-para-su-empresa-259.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">pulse aqu\u00ed<\/a>.<\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Le contamos las ventajas para su empresa del Contrato de Formaci\u00f3n y Aprendizaje El contrato de formaci\u00f3n es el contrato bonificado que m\u00e1s ventajas puede aportar a la empresa. 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