{"id":12573,"date":"2018-03-05T15:10:13","date_gmt":"2018-03-05T14:10:13","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=12573\/"},"modified":"2018-03-05T15:22:11","modified_gmt":"2018-03-05T14:22:11","slug":"nos-traera-la-proxima-ley-secretos-empresariales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/nos-traera-la-proxima-ley-secretos-empresariales\/","title":{"rendered":"\u00bfQu\u00e9 nos Traer\u00e1 la Pr\u00f3xima Ley de Secretos Empresariales?"},"content":{"rendered":"<h2>Anteproyecto de Ley de Secretos Empresariales.<\/h2>\n<p>Los secretos empresariales son uno de los activos inmateriales de mayor relevancia para las empresas. Hasta ahora, sin embargo, su protecci\u00f3n legal era bastante limitada y quedaba normalmente relegada al \u00e1mbito contractual.<\/p>\n<p>Pues bien, el Consejo de Ministros ha recibido un informe del ministro de Justicia sobre el Anteproyecto de Ley de Secretos Empresariales, que se encuentra en fase de audiencia e informaci\u00f3n p\u00fablica, por la que se traspone al ordenamiento jur\u00eddico espa\u00f1ol una Directiva comunitaria de 2010, la Directiva relativa a la protecci\u00f3n de los secretos comerciales. La Ley est\u00e1 incluida en el\u00a0Plan Anual Normativo 2018 del Gobierno.<\/p>\n<p>Esta Directiva tiene por objeto armonizar la legislaci\u00f3n en esta materia de los Estados miembros de la Uni\u00f3n y fomentar la competitividad, al establecer normas m\u00ednimas comunes en materia de protecci\u00f3n de los titulares de secretos empresariales, frente a la obtenci\u00f3n, utilizaci\u00f3n y revelaci\u00f3n il\u00edcitas de los mismos y frente a la explotaci\u00f3n no consentida de mercanc\u00edas infractoras.<\/p>\n<p>Y aborda el mandato de la\u00a0Directiva UE 2016\/943 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativa a la protecci\u00f3n de los conocimientos t\u00e9cnicos y la informaci\u00f3n empresarial no divulgados (secretos comerciales).<\/p>\n<p>La norma modifica, simplific\u00e1ndolo, el tenor del art\u00edculo 13 de la Ley 3\/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal, que pasar\u00e1 a remitirse, en materia de violaci\u00f3n de secretos, a lo dispuesto en la legislaci\u00f3n sobre protecci\u00f3n de los secretos empresariales.<\/p>\n<p>En su fase a\u00fan de anteproyecto,\u00a0est\u00e1 previsto que la ley entre en vigor, una vez aprobada, a los veinte d\u00edas de su publicaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial del Estado.<\/p>\n<h3>\u00bfQu\u00e9 novedades incluye?<\/h3>\n<p>El marco jur\u00eddico se refuerza con medidas en tres aspectos:<\/p>\n<ul>\n<li>Incorpora una serie de reglas al objeto de preservar el tratamiento confidencial de la informaci\u00f3n que se aporte o se genere en el proceso y que pueda constituir secreto empresarial.<\/li>\n<li>Ofrece un marco normativo para que el demandante pueda preparar el ejercicio de su acci\u00f3n. Se garantiza, as\u00ed, el derecho a la tutela judicial efectiva a trav\u00e9s del desarrollo de diligencias de comprobaci\u00f3n de hechos, medidas para acceder a las fuentes de prueba en poder del futuro demandado o de terceros y, en su caso, de medidas de aseguramiento de las mismas.<\/li>\n<li>Incorpora reglas singulares en materia de medidas cautelares para asegurar la eficacia de su acci\u00f3n y evitar de manera inmediata la revelaci\u00f3n, uso u obtenci\u00f3n il\u00edcita del secreto empresarial.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Entre otras novedades, destaca la protecci\u00f3n de los secretos empresariales que se extiende a las llamadas \u00abmercanc\u00edas infractoras\u00bb, definidas como aquellos productos y servicios cuyo dise\u00f1o, caracter\u00edsticas, funcionamiento, proceso de producci\u00f3n, o comercializaci\u00f3n se benefician de manera significativa de secretos empresariales obtenidos, utilizados o revelados de forma il\u00edcita. Tambi\u00e9n se regula las acciones de defensa de los secretos empresariales, con especial atenci\u00f3n a la indemnizaci\u00f3n de da\u00f1os y perjuicios, que se extiende tanto a su contenido econ\u00f3mico como a la facilitaci\u00f3n de su c\u00e1lculo y liquidaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El anteproyecto establece que la <strong>protecci\u00f3n de los secretos no se extender\u00e1<\/strong> a casos en los que:<\/p>\n<ul>\n<li>se ejerza leg\u00edtimamente la libertad de expresi\u00f3n e informaci\u00f3n;<\/li>\n<li>se descubra alguna actividad ilegal en defensa del inter\u00e9s general;<\/li>\n<li>se desvelen secretos a representantes de los trabajadores, en el marco del ejercicio leg\u00edtimo de sus funciones;<\/li>\n<li>se proteja un inter\u00e9s leg\u00edtimo reconocido por la Ley (por ejemplo suministrar informaci\u00f3n a las autoridades administrativas o judiciales).<\/li>\n<\/ul>\n<p>Tambi\u00e9n establece que se <strong>vulnera un secreto comercial <\/strong>cuando sin consentimiento de su titular mediante pr\u00e1cticas comerciales desleales se accede al mismo, se utiliza o se revela. Igualmente, ser\u00e1 il\u00edcito explotar el secreto cuando se accede al mismo mediante un acuerdo de confidencialidad. La norma tambi\u00e9n contempla la vulneraci\u00f3n indirecta del secreto, por ejemplo, cuando se accede al mismo a trav\u00e9s de una persona que lo hab\u00eda obtenido de forma il\u00edcita, en atenci\u00f3n a las circunstancias del caso; cuando se explota, ofrece o produce un producto que supone una utilizaci\u00f3n il\u00edcita del secreto, siempre que la persona debiera haber sabido que el secreto empresarial se hab\u00eda obtenido de forma il\u00edcita.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Para descargarse el texto de la publicaci\u00f3n, <a href=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/Informaci\u00f3n-Ley-Secretos-Empresariales-262.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">pulse aqu\u00ed.<\/a><\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Anteproyecto de Ley de Secretos Empresariales. 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