{"id":12702,"date":"2018-04-30T12:37:40","date_gmt":"2018-04-30T10:37:40","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=12702\/"},"modified":"2018-04-30T13:00:04","modified_gmt":"2018-04-30T11:00:04","slug":"hacienda-envia-cartas-a-declarantes-de-iva-anunciando-posibles-revisiones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/hacienda-envia-cartas-a-declarantes-de-iva-anunciando-posibles-revisiones\/","title":{"rendered":"Hacienda Env\u00eda Cartas a Declarantes de IVA Anunciando Posibles Revisiones"},"content":{"rendered":"<h2>La AEAT ha iniciado una campa\u00f1a para comprobar la informaci\u00f3n facilitada por los bancos con los importes declarados en el IVA.<\/h2>\n<p>En l\u00ednea con las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2018, aprobadas por la Resoluci\u00f3n de 8 de enero de 2018, de la Direcci\u00f3n General de la Agencia Estatal de Administraci\u00f3n Tributaria (AEAT), Hacienda est\u00e1 llevando a cabo una campa\u00f1a de informaci\u00f3n del total de entradas en las cuentas bancarias, en relaci\u00f3n con el seguimiento de las obligaciones de IVA.<\/p>\n<p>En el marco de esta campa\u00f1a, el Departamento de Gesti\u00f3n Tributaria de la AEAT ha enviado a determinados contribuyentes una comunicaci\u00f3n cuyo objeto es informarle de que la Agencia Tributaria dispone desde 2016 de la informaci\u00f3n de las entradas y salidas totales de todas las cuentas bancarias de los contribuyentes, tanto de personas f\u00edsicas como de entidades.<\/p>\n<p>En dichas comunicaciones, que no inician ning\u00fan procedimiento tributario y en las que no se solicita documentaci\u00f3n alguna, se informa de la posible incoherencia entre las cuant\u00edas declaradas en las autoliquidaciones del IVA con la suma de los cargos y de los abonos en las cuentas bancarias.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n avisa de que\u00a0<strong>puede cruzar dicha informaci\u00f3n con las declaraciones del IVA del ejercicio 2017<\/strong>\u00a0y c\u00f3mo ser\u00eda utilizado como indicio de riesgo fiscal el hecho de que los importes no coincidan con las bases imponibles del IVA o los ingresos declarados de la actividad econ\u00f3mica de los contribuyentes.<\/p>\n<p>Aprovecha para\u00a0<strong>comunicar los importes acumulados en 2017 de las entradas en las cuentas bancarias<\/strong>\u00a0de las que una persona o entidad es titular o autorizado.<\/p>\n<p>Ya hace una a\u00f1o, tambi\u00e9n llev\u00f3 a cabo una campa\u00f1a de seguimiento del cumplimiento de las obligaciones de IVA, en la que envi\u00f3 cartas a determinados contribuyentes en los casos en que las cuant\u00edas declaradas en sus autoliquidaciones de IVA de 2016 pod\u00edan no resultar coherentes con los datos de que dispon\u00eda la Agencia en cuanto a entradas y salidas bancarias.<\/p>\n<p>En ella se advert\u00eda de que a lo largo de 2017 la Agencia Tributaria realizar\u00eda un especial seguimiento de aquellos contribuyentes que presentaran posibles incoherencias. Parec\u00eda una advertencia para que en el 2017 se evitaran las incoherencias detectadas en 2016.<\/p>\n<p>En la carta de este a\u00f1o, al igual que en la del a\u00f1o pasado, se advierte de que\u00a0<strong>es una mera comunicaci\u00f3n de datos, por lo que no se debe enviar documentaci\u00f3n ni justificar<\/strong>\u00a0el importe de los abonos o cargos en las cuentas bancarias de las que ha sido informado, siendo simplemente informaci\u00f3n recibida por la AEAT que se pone a su disposici\u00f3n.<\/p>\n<p>Parece que con esta carta, Hacienda trata de disuadir a los contribuyentes de que eviten cometer irregularidades en sus IVAS declarados, con la advertencia de la facilidad de detecci\u00f3n de fraudes, al tener acceso a los datos de sus cuentas bancarias. Eso, a\u00f1adido a que la puesta en marcha del SII ha supuesto la recepci\u00f3n de gran cantidad de informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Puede que existan diferencias entre los movimientos bancarios y los datos declarados en el IVA, que pueden llamar la atenci\u00f3n de Hacienda, y que no implican necesariamente la existencia de ventas no declaradas. En ese caso,\u00a0<strong>convendr\u00eda tener preparada toda la documentaci\u00f3n que justifique la existencia de las discrepancias<\/strong>, para tenerlo todo preparado en el caso de ser objeto de actuaciones de comprobaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\"><strong>Atenci\u00f3n.<\/strong> Si este es su caso, antic\u00edpese y documente el motivo de dichas discrepancias. As\u00ed, si es objeto de comprobaci\u00f3n, ya lo tendr\u00e1 todo preparado. Los mayores cobros en bancos seguramente tendr\u00e1n su origen en operaciones no sujetas a IVA: dividendos de filiales, intereses de pr\u00e9stamos efectuados, aportaciones de socios, etc.<\/p>\n<p>Por eso debe tener mucho cuidado con este tema, y dejarse asesorar por un profesional experto en la materia.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Para descargarse el texto de la publicaci\u00f3n, <a href=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/Hacienda-envia-cartas-a-declarantes-de-iva-anunciando-posibles-270.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">pulse aqu\u00ed.<\/a><\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas, S.L.<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La AEAT ha iniciado una campa\u00f1a para comprobar la informaci\u00f3n facilitada por los bancos con los importes declarados en el IVA. 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