{"id":12869,"date":"2018-07-23T11:19:14","date_gmt":"2018-07-23T09:19:14","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=12869\/"},"modified":"2018-07-23T11:40:21","modified_gmt":"2018-07-23T09:40:21","slug":"desde-el-1-de-agosto-de-2018-se-incentiva-el-empleo-autonomo-en-municipios-con-menos-de-5-000-habitantes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/desde-el-1-de-agosto-de-2018-se-incentiva-el-empleo-autonomo-en-municipios-con-menos-de-5-000-habitantes\/","title":{"rendered":"Desde el 1 de Agosto de 2018 se Incentiva el Empleo Aut\u00f3nomo en Municipios con Menos de 5.000 Habitantes"},"content":{"rendered":"<p>Como ya le hemos ido informando, en el BOE del d\u00eda 4 de julio se ha aprobado la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018, que ha incorporado algunas novedades legislativas en materia laboral y de Seguridad Social. Entre ellas, queremos destacar que con efectos con efectos desde el 1 de agosto de 2018 se ampl\u00eda en 12 meses la aplicaci\u00f3n de la \u00abtarifa plana\u00bb de 50 euros para los aut\u00f3nomos que desarrollen su actividad en un municipio con menos de 5.000 habitantes.<\/p>\n<p>La novedad supone la ampliaci\u00f3n en 12 meses de la aplicaci\u00f3n de la \u00abtarifa plana\u00bb de 50 euros cuando el trabajador por cuenta propia desarrolle su actividad en un municipio en cuyo padr\u00f3n municipal actualizado al inicio de la actividad consten menos de 5.000 habitantes.<\/p>\n<p>Para beneficiarse de estas reducciones durante los 12 meses siguientes al periodo inicial, el trabajador por cuenta propia o aut\u00f3nomo, deber\u00e1:<\/p>\n<ul>\n<li>Estar empadronado en un municipio de menos de 5.000 habitantes, seg\u00fan los datos oficiales del padr\u00f3n en vigor en el momento del alta en el R\u00e9gimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Aut\u00f3nomos que causa el derecho al incentivo.<\/li>\n<li>Estar dado de alta en el Censo de Obligados Tributarios de la Agencia Estatal de Administraci\u00f3n Tributaria o de las Haciendas Forales, correspondiendo el lugar de desarrollo de la actividad declarada a un municipio cuyo padr\u00f3n municipal sea inferior a 5.000 habitantes.<\/li>\n<li>Mantener el alta en la actividad aut\u00f3noma o por cuenta propia en el antedicho municipio en los dos a\u00f1os siguientes al alta en el R\u00e9gimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Aut\u00f3nomos que causa el derecho al incentivo contemplado en este art\u00edculo; as\u00ed como permanecer empadronado en el mismo municipio en los cuatro a\u00f1os siguientes a dicha alta.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Deben tenerse en cuenta dos notas:<\/p>\n<ul>\n<li>Primera, que en estos casos no ser\u00e1n de aplicaci\u00f3n las reducciones y bonificaciones para los meses 13\u00ba a 24\u00ba contempladas para cada supuesto.<\/li>\n<li>Segunda, que en caso de no cumplir los requisitos que acaban de indicarse, el trabajador por cuenta propia o aut\u00f3nomo deber\u00e1 reintegrar la totalidad de las cantidades dejadas de ingresar por la aplicaci\u00f3n del incentivo, a partir del d\u00eda primero del mes siguiente en que quede acreditado tal incumplimiento.<\/li>\n<\/ul>\n<p>La regulaci\u00f3n de la tarifa plana, considerando la modificaci\u00f3n que da lugar a esta \u00abentrada\u00bb, no presenta otras variaciones, de suerte que sigue siendo aplicable:<\/p>\n<ul>\n<li>A los trabajadores por cuenta propia que queden incluidos en el grupo primero de cotizaci\u00f3n del R\u00e9gimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar y a los socios de sociedades laborales y a los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado que queden encuadrados en el RETA o en el R\u00e9gimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, dentro del grupo primero de cotizaci\u00f3n (dej\u00e1ndose pasar, de nuevo, la oportunidad de aclarar el tema de la aplicaci\u00f3n de estos beneficios a los socios de sociedades de capital).<\/li>\n<li>A los aut\u00f3nomos que generen otro empleo, esto es, a los beneficiarios de esta medida que, una vez iniciada su actividad, empleen a trabajadores por cuenta ajena.<\/li>\n<li>Por \u00faltimo, sigue vigente la regla de que en el supuesto de que la fecha de efectos del alta en el RETA no coincida con el d\u00eda primero del respectivo mes natural, el beneficio correspondiente a dicho mes se aplicar\u00e1 de forma proporcional al n\u00famero de d\u00edas de alta en el mismo.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Para descargarse el texto de la publicaci\u00f3n, <a href=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/Desde-el-1-de-agosto-de-2018-se-incentiva-el-empleo-autonomo-en-municipios-especificos-281.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">pulse aqu\u00ed.<\/a><\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Como ya le hemos ido informando, en el BOE del d\u00eda 4 de julio se ha aprobado la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018, que ha incorporado algunas novedades legislativas en materia laboral y de Seguridad Social. 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