{"id":12884,"date":"2018-07-30T17:46:28","date_gmt":"2018-07-30T15:46:28","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=12884\/"},"modified":"2018-07-31T09:00:22","modified_gmt":"2018-07-31T07:00:22","slug":"en-que-casos-las-sociedades-mercantiles-deberan-contar-con-un-letrado-asesor","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/en-que-casos-las-sociedades-mercantiles-deberan-contar-con-un-letrado-asesor\/","title":{"rendered":"\u00bfEn qu\u00e9 Casos las Sociedades Mercantiles Deber\u00e1n Contar con un Letrado Asesor?"},"content":{"rendered":"<p>En el \u00e1mbito empresarial existe, por lo general, gran desconocimiento de que la Ley obliga, a ciertas empresas, a disponer de letrado asesor (abogado en ejercicio colegiado), para el asesoramiento del administrador o del consejo de administraci\u00f3n.<\/p>\n<p>La figura del Letrado Asesor en las Sociedades Mercantiles tiene cabida en la normativa espa\u00f1ola desde la aprobaci\u00f3n de la Ley 39\/75 y de su Reglamento de desarrollo RD 2288\/1977. La importancia del cumplimiento de la Ley radica, no solo en que los administradores reciban el adecuado asesoramiento jur\u00eddico, para que las decisiones y acuerdos adoptados por los \u00f3rganos sociales, respeten la normativa legal y los estatutos sociales sino tambi\u00e9n por las consecuencias negativas del incumplimiento de la misma.<\/p>\n<p>El incumplimiento de esta obligaci\u00f3n jur\u00eddica es sancionado legalmente al establecer que la infracci\u00f3n ser\u00e1 objeto de expresa valoraci\u00f3n en todo proceso sobre responsabilidad derivada de los acuerdos o decisiones del \u00f3rgano administrador, lo cual puede cobrar especial importancia considerando el incremento de delitos societarios que actualmente se puede constatar.<\/p>\n<p>La importancia de que los \u00f3rganos sociales de la empresa que est\u00e1n obligadas a ello, dispongan de Letrado asesor, es a\u00fan mayor desde la reforma del C\u00f3digo Penal del a\u00f1o 2010 que convierte a las personas jur\u00eddicas en sujetos del derecho penal susceptibles de cometer delitos, al margen de las personas f\u00edsicas que la integren, y que pueden condenadas a importantes multas econ\u00f3micas e incluso a la disoluci\u00f3n.<\/p>\n<h3>\u00bfEn qu\u00e9 casos las Sociedades mercantiles deber\u00e1n contar, con car\u00e1cter obligatorio, con un Letrado asesor?<\/h3>\n<ul>\n<li>Cuando su capital sea igual o superior a trescientos mil euros (300.000,00);<\/li>\n<li>Cuando el volumen normal de sus negocios, seg\u00fan el balance y la documentaci\u00f3n contable correspondiente al \u00faltimo ejercicio fiscal, alcance la cifra de seiscientos mil euros (600.000,00 euros);<\/li>\n<li>Cuando la plantilla de su personal fijo supere los cincuenta trabajadores.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Trat\u00e1ndose de Sociedades domiciliadas en el extranjero:<\/p>\n<ul>\n<li>Cuando el volumen de sus operaciones o negocios en las sucursales o establecimientos que tengan en Espa\u00f1a sea igual o superior a trescientos mil euros (300.000,00) o<\/li>\n<li>Cuando su plantilla de personal fijo supere los cincuenta trabajadores.<\/li>\n<\/ul>\n<h3>Funciones<\/h3>\n<p>El Letrado que se designe deber\u00e1 pertenecer como ejerciente al Colegio de Abogados donde la Sociedad tenga su domicilio o donde desenvuelva sus actividades, a elecci\u00f3n de la Compa\u00f1\u00eda que lo nombre. Si en el lugar elegido no existe Colegio de Abogados, el Letrado habr\u00e1 de estar incorporado al Colegio que corresponda.<\/p>\n<p>Corresponder\u00e1 al Letrado asesor, adem\u00e1s de las funciones propias de su cargo asignadas por los Estatutos de la Sociedad, asesorar en Derecho sobre la legalidad de los acuerdos y decisiones que se adopten por el \u00f3rgano que ejerza la administraci\u00f3n y, en su caso, sobre las deliberaciones a las que asista, debiendo quedar, en la documentaci\u00f3n social, constancia de su intervenci\u00f3n profesional.<\/p>\n<p>La figura y las funciones del Letrado asesor son distintas e independientes a las propias del Secretario del Consejo de Administraci\u00f3n, que podr\u00e1 o no ser Letrado y que es el encargado de levantar el Acta de las reuniones del consejo de administraci\u00f3n. No obstante la ley permite que cuando la sociedad obligada cuente con un Secretario o alg\u00fan miembro de su direcci\u00f3n o de administraci\u00f3n, que sea Abogados en ejercicio, cualquiera de ellos podr\u00e1 asumir las funciones atribuidas al Letrado asesor.<\/p>\n<p>Espec\u00edficamente, sus principales funciones son:<\/p>\n<ul>\n<li>Control, asesoramiento, asistencia y en caso de ser adem\u00e1s secretario, formalizaci\u00f3n, de las Juntas Generales de Socios o Accionistas de la sociedad y de las decisiones de administradores o de las sesiones del Consejo de Administraci\u00f3n.<\/li>\n<li>Redacci\u00f3n, revisi\u00f3n y asesoramiento sobre contratos mercantiles y civiles.<\/li>\n<li>Asesoramiento sobre la estructura del capital social y gesti\u00f3n empresarial.<\/li>\n<li>Llevanza del libro registro de socios.<\/li>\n<li>Llevanza del Libro de Actas.<\/li>\n<li>Formalizaci\u00f3n e inscripci\u00f3n de acuerdos en el Registro Mercantil.<\/li>\n<li>Control de dep\u00f3sito de cuentas.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Para descargarse el texto de la publicaci\u00f3n, <a href=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/En-que-casos-las-sociedades-mercantiles-deberan-contar-con-un-letrado-asesor-282.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">pulse aqu\u00ed.<\/a><\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el \u00e1mbito empresarial existe, por lo general, gran desconocimiento de que la Ley obliga, a ciertas empresas, a disponer de letrado asesor (abogado en ejercicio colegiado), para el asesoramiento del administrador o del consejo de administraci\u00f3n. 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