{"id":13800,"date":"2019-10-04T10:40:59","date_gmt":"2019-10-04T08:40:59","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=13800\/"},"modified":"2019-10-04T10:50:23","modified_gmt":"2019-10-04T08:50:23","slug":"derecho-europeo-ciudadanos-paises-miembro-ue","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/derecho-europeo-ciudadanos-paises-miembro-ue\/","title":{"rendered":"Los Efectos del Derecho Europeo en los Ciudadanos de los Pa\u00edses Miembros de la UE"},"content":{"rendered":"<p>El Derecho de la Uni\u00f3n Europea establece una serie de derechos individuales que se pueden invocar directamente ante los \u00f3rganos jurisdiccionales nacionales, tanto a nivel horizontal (entre personas) como vertical (entre las personas y el Estado).<\/p>\n<p>Es ciudadano de la Uni\u00f3n Europea toda persona que tiene la nacionalidad de un Estado miembro de la UE. Esa condici\u00f3n le garantiza una serie de derechos, muy \u00fatiles en el d\u00eda a d\u00eda, y le ofrece diversos canales para que su voz se oiga en Europa. La legislaci\u00f3n europea defiende desde principios tan fundamentales como el derecho al voto o a la libertad, hasta cuestiones m\u00e1s pr\u00e1cticas como la indemnizaci\u00f3n por el retraso de un avi\u00f3n o el pago de tarifas justas en el sector de la telefon\u00eda m\u00f3vil. Tanto el Tratado de Funcionamiento de la Uni\u00f3n Europea como la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE recogen la lista completa de los derechos de los ciudadanos europeos.<\/p>\n<p>Y esta derivaci\u00f3n es posible a trav\u00e9s de dos principios jur\u00eddicos b\u00e1sicos del derecho europeo: el principio de PRIMAC\u00cdA y el principio de EFECTO DIRECTO, sobre los que tratan estas l\u00edneas.<\/p>\n<h2>\u00bfPor qu\u00e9 es tan importante el derecho europeo para los particulares?<\/h2>\n<p>Aunque el proyecto europeo es fundamentalmente una uni\u00f3n de estados y pueda aparecer como algo muy ajeno a nosotros, ello no quiere decir que no tenga repercusiones legales para los particulares.<\/p>\n<p>As\u00ed, en principio, los ciudadanos espa\u00f1oles, -como los del resto de pa\u00edses miembros de la UE-, estamos sometidos y tenemos que cumplir con el derecho de nuestro propio pa\u00eds (l\u00f3gico, \u00bfno?); pero, ojito, que este &#8220;en principio&#8221; significa que, desde la integraci\u00f3n de Espa\u00f1a en lo que antes era la CEE (Comunidad Econ\u00f3mica Europea) y ahora UE (Uni\u00f3n Europea), ciertas normas que dictan los \u00f3rganos de la UE tambi\u00e9n nos pueden <strong>afectar directamente<\/strong> como ciudadanos, para bien o para mal.<\/p>\n<p>\u00bfY ello por qu\u00e9? Porque la firma de la integraci\u00f3n en la entonces CEE (ahora UE), llevaba aparejada una serie de consecuencias desde el punto de vista legal, que a\u00fan hoy se mantienen y se seguir\u00e1n manteniendo mientras continuemos formando parte. No son unas consecuencias espec\u00edficas para Espa\u00f1a, sino que son las mismas para todos los estados integrados en la UE:<\/p>\n<ul>\n<li><strong><em>CESI\u00d3N DE SOBERAN\u00cdA<\/em><\/strong>: El estado que se integra cede competencias a favor de la organizaci\u00f3n europea; es decir, el estado admite que, en diversas materias,\u00a0 es la UE la que dicta las normas y que su papel (el del Estado) queda limitado a aplicarlas, bien directamente o bien incorpor\u00e1ndolas al derecho propio dictando leyes que recojan lo que dice la norma europea. Entre esas materias se incluyen algunas tan importantes como tributos, consumo, contratos\u00a0 p\u00fablicos, salud p\u00fablica, etc.<\/li>\n<li><strong><em>PRIMAC\u00cdA DEL DERECHO EUROPEO Y EFECTO DIRECTO<\/em><\/strong>: El derecho de la UE tiene preferencia sobre el derecho de cada estado, en caso de conflicto. Es decir, que si la norma europea dice &#8220;A&#8221; pero la norma del pa\u00eds dice &#8220;B&#8221;, ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n preferente lo que diga la normativa europea, de forma que los particulares (ciudadanos y empresas) pueden alegar e invocar directamente en su favor la norma europea, tanto ante los tribunales de su pa\u00eds como ante los tribunales de la UE.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Este &#8220;efecto directo&#8221; del derecho europeo tiene dos aspectos que vale la pena destacar:<\/p>\n<ul>\n<li>Un efecto directo <strong>VERTICAL<\/strong> que funciona en las relaciones entre los particulares y las diversas administraciones p\u00fablicas (p.ej., cuando una empresa licita para conseguir un contrato p\u00fablico o cuando una norma europea fija unos est\u00e1ndares medioambientales m\u00ednimos).<\/li>\n<li>Un efecto directo <strong>HORIZONTAL<\/strong> que interviene en las relaciones entre particulares, lo que significa que un particular puede hacer valer directamente una norma europea frente a otro particular (en este sentido, es muy relevante la normativa europea de protecci\u00f3n de los consumidores frente a las empresas).<\/li>\n<\/ul>\n<p>A modo de resumen se podr\u00eda decir que, aunque en este mundo globalizado y cada vez m\u00e1s polarizado entre grandes actores internacionales el papel exterior de la UE pueda ser discutible o criticable, lo cierto es que desde un punto de vista interno resulta innegable que ha tenido (y sigue teniendo) la virtud de haber armonizado los derechos y obligaciones de millones de ciudadanos con culturas sociales y pol\u00edticas muy diversas, elevando el nivel de protecci\u00f3n jur\u00eddica de muchos de ellos. Y este es un m\u00e9rito que en multitud de ocasiones pasa desapercibido<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Para descargarse el texto de la publicaci\u00f3n,<a href=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/Derecho-europeo-ciudadados-paises-miembros-UE-331.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"> pulse aqu\u00ed.<\/a><\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Derecho de la Uni\u00f3n Europea establece una serie de derechos individuales que se pueden invocar directamente ante los \u00f3rganos jurisdiccionales nacionales, tanto a nivel horizontal (entre personas) como vertical (entre las personas y el Estado). 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