{"id":13860,"date":"2019-10-29T09:07:14","date_gmt":"2019-10-29T08:07:14","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=13860\/"},"modified":"2019-10-29T09:35:09","modified_gmt":"2019-10-29T08:35:09","slug":"ley-de-la-segunda-oportunidad-como-ayudar-a-las-personas-a-saldar-sus-deudas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/ley-de-la-segunda-oportunidad-como-ayudar-a-las-personas-a-saldar-sus-deudas\/","title":{"rendered":"Ley de la Segunda Oportunidad: C\u00f3mo Ayudar a las Personas a Saldar sus Deudas"},"content":{"rendered":"<p>Todos estamos sujetos a los avatares de la vida y a la posibilidad de sufrir un traspi\u00e9 econ\u00f3mico que nos ponga con el agua al cuello. Pero mientras que las empresas siempre han contado con un &#8220;salvavidas&#8221;, al poder acudir al concurso de acreedores y renegociar el pago de su deuda, los particulares no ten\u00edan ning\u00fan procedimiento legal similar para caso de bancarrota, al contrario de lo que ocurre en EEUU o en algunos pa\u00edses europeos.<\/p>\n<p>Pero tal panorama cambi\u00f3 en Espa\u00f1a con la aprobaci\u00f3n de la Ley 25\/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducci\u00f3n de la carga financiera y otras medidas de orden social (la conocida como &#8220;Ley de la Segunda oportunidad&#8221;).<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 hace la Ley de Segunda Oportunidad?<\/h2>\n<p>En el fondo, esta ley establece un <strong>proceso reglamentado<\/strong> y con asistencia judicial, que permite a un particular entrar en situaci\u00f3n de concurso, -como una empresa-, si se dan en su persona determinadas condiciones.<\/p>\n<p>Estas condiciones son b\u00e1sicamente las siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Acreditar que no se tiene patrimonio<\/strong> para hacer frente a las deudas o que \u00e9ste ya se ha liquidado.<\/li>\n<li>El total de las deudas a cancelar o renegociar no podr\u00e1 superar en ning\u00fan caso los <strong>5 millones de euros<\/strong>.<\/li>\n<li><strong>Buena fe<\/strong>. Es uno de los aspectos m\u00e1s importantes, -por pol\u00e9mico-, de toda la ley, por cuanto que el concepto de &#8220;buena fe&#8221; es muy laxo y puede ser interpretado de diversas maneras. Con el fin de intentar objetivar este concepto, para que el particular sea considerado deudor de buena fe, se exige el cumplimiento de varios requisitos. Entre ellos:<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Que, antes de acudir al concurso, haya intentado alcanzar un acuerdo extrajudicial con sus acreedores.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Que no haya sido declarado culpable en el concurso de acreedores. Es decir, que el juez no considere que su insolvencia ha sido provocada por el propio particular.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Que, en los diez a\u00f1os anteriores a la petici\u00f3n de concurso de acreedores, el deudor no haya sido beneficiado otra vez por la misma ley y que tampoco haya sido condenado por delitos contra el patrimonio, contra el orden socioecon\u00f3mico, de falsedad documental, contra la Hacienda P\u00fablica y la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Que, en los cuatro a\u00f1os anteriores a la petici\u00f3n del concurso, el emprendedor no haya rechazado una oferta de empleo &#8220;adecuada a su capacidad&#8221;. Este es un punto pol\u00e9mico, ya que la ley no detalla qu\u00e9 requisitos debe tener dicha oferta para considerarla &#8220;adecuada a la capacidad&#8221; del deudor.<\/li>\n<\/ul>\n<h2>\u00bfC\u00f3mo funciona la Ley de Segunda Oportunidad?<\/h2>\n<p>Como ya se ha indicado, establece un <strong>procedimiento<\/strong> pautado, que se desarrolla en dos fases consecutivas:<\/p>\n<ol>\n<li>La <strong>primera<\/strong>, es la fase de <strong>negociaci\u00f3n con los acreedores<\/strong> sobre la cantidad y la forma en que se devolver\u00e1 lo que se debe, respetando los m\u00ednimos necesarios para seguir con una vida digna. Como en el concurso de una empresa, se pueden negociar quitas y\/o esperas que permitan al particular afrontar sus deudas sin morir en el intento.<\/li>\n<li>En la <strong>segunda<\/strong> fase, -que se abre de no alcanzar ning\u00fan acuerdo-, interviene el <strong>Juez<\/strong>, quien determinar\u00e1 si es procedente la cancelaci\u00f3n, total o parcial, de la deuda. Aunque lo cierto es que las deudas no quedan canceladas definitivamente en ese momento, ya que se establece un plazo de 5 a\u00f1os de &#8220;espera&#8221; durante el cual los acreedores pueden pedir la revisi\u00f3n del proceso. De aqu\u00ed que la finalidad de la ley no sea tanto la exoneraci\u00f3n del pago de la deuda &#8220;porque s\u00ed&#8221;, sino su reestructuraci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<h2>\u00bfVale la Ley de Segunda Oportunidad para todo tipo de deudas?<\/h2>\n<p><strong>No<\/strong>, porque no todas las deudas podr\u00e1n ser exoneradas. Aqu\u00ed la ley excepciona expresamente dos clases de deudas:<\/p>\n<ul>\n<li>Los cr\u00e9ditos de derecho p\u00fablico (Hacienda, Seguridad Social, etc.).<\/li>\n<\/ul>\n<p>Aunque en este caso, lo cierto es que el Tribunal Supremo, en una reciente sentencia de 2 de julio de 2019, le ha enmendado la plana al legislador y ha corregido en parte esta flagrante disfunci\u00f3n, permitiendo que sea el Juez quien acuerde el fraccionamiento o, en su caso, la condonaci\u00f3n de parte de la deuda.<\/p>\n<ul>\n<li>Los cr\u00e9ditos por alimentos, derivados de un proceso matrimonial o civil, por el que se imponga una obligaci\u00f3n de prestar alimentos.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Para descargarse el texto de la publicaci\u00f3n, <a href=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/Ley-de-la-segunda-oportunidad-334.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">pulse aqu\u00ed.<\/a><\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Todos estamos sujetos a los avatares de la vida y a la posibilidad de sufrir un traspi\u00e9 econ\u00f3mico que nos ponga con el agua al cuello. 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