{"id":14698,"date":"2020-02-03T12:37:13","date_gmt":"2020-02-03T11:37:13","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=14698\/"},"modified":"2020-02-03T12:38:45","modified_gmt":"2020-02-03T11:38:45","slug":"hacienda-va-a-poner-foco-especial-este-ano-sobre-las-empresas-que-declaran-en-el-impuesto-sobre-sociedades-reiteradamente-bases-imponibles-negativas-pendientes-de-compensar-en-ejercicios-futuros-e","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/hacienda-va-a-poner-foco-especial-este-ano-sobre-las-empresas-que-declaran-en-el-impuesto-sobre-sociedades-reiteradamente-bases-imponibles-negativas-pendientes-de-compensar-en-ejercicios-futuros-e\/","title":{"rendered":"Hacienda va a poner foco especial este a\u00f1o sobre las empresas que declaran en el Impuesto sobre sociedades &#8220;reiteradamente&#8221; bases imponibles negativas pendientes de compensar en ejercicios futuros en el Plan de Control Tributario 2020"},"content":{"rendered":"<p>Entre las principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2020, Hacienda pondr\u00e1 el foco en los nuevos modelos de negocio altamente digitalizados, lanzar\u00e1 el borrador del IVA y la asistencia virtual, inspeccionar\u00e1 a un mayor n\u00famero de grandes patrimonios y aumentar\u00e1 las visitas a empresas. Adem\u00e1s se prev\u00e9 un plan especial de comprobaci\u00f3n de contribuyentes que en sus declaraciones del Impuesto sobre Sociedades presenten reiteradamente bases imponibles negativas pendientes de compensar en el futuro por el riesgo a una minoraci\u00f3n indebida de tributaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Como cada a\u00f1o, en el BOE del 28-01-2020 se ha publicado la Resoluci\u00f3n de 21 de enero de 2020, de la Direcci\u00f3n General de la Agencia Estatal de Administraci\u00f3n Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2020.<\/p>\n<p>La Agencia Tributaria pondr\u00e1 el foco en los nuevos modelos de negocio altamente digitalizados, lanzar\u00e1 el borrador del IVA y la asistencia virtual, inspeccionar\u00e1 a un mayor n\u00famero de grandes patrimonios, las visitas y personaciones e incorporar\u00e1 a m\u00e1s colectivos en el \u00e1mbito de la lucha contra la econom\u00eda sumergida, al tiempo que prestar\u00e1 atenci\u00f3n al posible acceso a la informaci\u00f3n cruzada disponible en las plataformas de venta por internet de bienes y servicios. Adem\u00e1s se prev\u00e9 un plan especial de comprobaci\u00f3n de contribuyentes que en sus declaraciones del Impuesto sobre Sociedades presenten reiteradamente bases imponibles negativas pendientes de compensar en el futuro por el riesgo a una minoraci\u00f3n indebida de tributaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Atenci\u00f3n.<\/strong> El plan incluye la tradicional <strong>comprobaci\u00f3n de bases imponibles negativas ya aplicadas,<\/strong> pero muy especialmente la revisi\u00f3n de aquellas que est\u00e1n pendientes de compensaci\u00f3n en a\u00f1os siguientes. El objetivo es verificar la existencia, exactitud y origen de los saldos negativos, teniendo en cuenta que estos saldos pueden en el futuro ser compensados por las empresas que los generaron o por otras que contin\u00faen su actividad.<\/p>\n<p>Estas medidas suponen las principales novedades del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2020, que tambi\u00e9n recoge actuaciones espec\u00edficas como la implantaci\u00f3n de un nuevo sistema inform\u00e1tico que permitir\u00e1 interactuar a los representantes y asesores de contribuyentes con la Inspecci\u00f3n, sin necesidad de desplazamientos, incluyendo conexi\u00f3n por v\u00eddeo, y en los grupos fiscales, adem\u00e1s de lo habitual, se pondr\u00e1 el foco en peque\u00f1os grupos que, en ciertos casos, generan bases negativas de forma reiterada<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se manifiesta que ya en 2019 se ha estado elaborando un <strong>Plan Estrat\u00e9gico de la AEAT<\/strong> (que todav\u00eda no conocemos) que recoger\u00e1 la orientaci\u00f3n del organismo para los pr\u00f3ximos a\u00f1os, incluyendo las principales l\u00edneas estrat\u00e9gicas en materia de asistencia, prevenci\u00f3n y control del fraude, as\u00ed como los indicadores que permitir\u00e1n evaluar su actuaci\u00f3n en el medio plazo.<\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n vamos a exponer un breve resumen de las principales medidas y actuaciones que se van a acometer en este ejercicio 2020 por parte de Agencia Estatal de Administraci\u00f3n Tributaria (AEAT).<\/p>\n<h2><strong>\u00a0Informaci\u00f3n y asistencia<\/strong><\/h2>\n<p>Se pretende dise\u00f1ar una estrategia de asistencia integral que consiga reducir las cargas administrativas a las que deben hacer frente los contribuyentes, favoreciendo el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias. Se va a priorizar el uso de las nuevas tecnolog\u00edas para el intercambio de informaci\u00f3n entre la Administraci\u00f3n y el contribuyente, frente a los medios tradicionales de asistencia presencial. Los medios telem\u00e1ticos agilizan los tr\u00e1mites y permiten un uso m\u00e1s eficiente de recursos materiales y humanos. En este sentido, se implantar\u00e1n las siguientes actuaciones:<\/p>\n<ul>\n<li>Creaci\u00f3n de las &#8220;Administraciones de Asistencia Digital Integral (ADIS); plataformas dirigidas a prestar servicios electr\u00f3nicos de informaci\u00f3n y asistencia mediante la utilizaci\u00f3n de canales de comunicaci\u00f3n virtuales. Se realizar\u00e1 una prueba piloto a partir del cuarto trimestre de 2020.<\/li>\n<li>Actualizaci\u00f3n del SII (Suministro Inmediato de Informaci\u00f3n) y nueva asistencia on-line en IVA a trav\u00e9s de un asistente virtual y mediante el uso de herramientas complementarias: localizador de las entregas de bienes y prestaciones de servicios; calificador inmobiliario para ITP, servicio de ayuda para arrendadores en el modelo 303; calculadora de plazos y modificaci\u00f3n de bases imponibles y otras rectificaciones; calculadora de plazos del SII; desarrollo del AVIVA (Asistente Virtual en IVA).<\/li>\n<li>Dise\u00f1o del &#8220;Asistente censal&#8221;, como ayuda para presentar el modelo 037<\/li>\n<li>Consolidaci\u00f3n de la aplicaci\u00f3n m\u00f3vil &#8221; Agencia Tributaria&#8221; para ofrecer servicios personalizados a los contribuyentes para que conozcan y cumplan sus obligaciones fiscales.<\/li>\n<li>Asistencia en la campa\u00f1a de Renta. Mejora del programa Renta Web con la modificaci\u00f3n del apartado correspondiente a rendimientos del capital inmobiliario. Se desglosan las partidas de gastos y los datos necesarios para el c\u00e1lculo de las amortizaciones.<\/li>\n<li>Se potenciar\u00e1n los avisos en el documento de datos fiscales del IRPF, incluyendo todas las fuentes de rentas, tanto nacionales como internacionales de las que se tenga conocimiento.<\/li>\n<li>Se consolidar\u00e1n las herramientas de an\u00e1lisis y control de las solicitudes de rectificaci\u00f3n de autoliquidaciones, para facilitar una tramitaci\u00f3n m\u00e1s \u00e1gil. En el Impuesto de Sociedades se introduce como novedad la posibilidad de presentar una solicitud utilizando el modelo de autoliquidaci\u00f3n del Impuesto.<\/li>\n<li>8.- Se pretende comunicar al contribuyente los datos fiscales del Impuesto de Sociedades y de IVA (PRE-303- Servicio de ayuda para cumplimentar el modelo 303 dirigido, en principio, a las empresas incluidas en el REDEME que no sean gran empresa, es decir, no tengan volumen de operaciones superior a 6.010.121 euros).<\/li>\n<\/ul>\n<h2><strong>Prevenci\u00f3n de los incumplimientos. Fomento del cumplimiento voluntario y prevenci\u00f3n del fraude<\/strong><\/h2>\n<ul>\n<li>Se prev\u00e9 una depuraci\u00f3n del censo (informaci\u00f3n comunicada mediante los modelos 036 y 037) con respecto a las sociedades inactivas que han sido abandonadas por sus administradores y socios sin proceder a su extinci\u00f3n y disoluci\u00f3n. Estas sociedades se utilizan a menudo para ocultar la verdadera titularidad de bienes y derechos, potenciando el fraude. Por ello se pretende:<\/li>\n<\/ul>\n<p>&#8211; El cierre de la p\u00e1gina del Registro Mercantil con posible revocaci\u00f3n del NIF e imposici\u00f3n de sanci\u00f3n por incumplimiento reiterado de obligaciones fiscales.<\/p>\n<p>&#8211; Control de riesgos cuando se da de alta como nuevo contribuyente una entidad controlada por sujetos con conductas tributarias reprochables en el pasado.<\/p>\n<p>&#8211; Controlar la correcta comunicaci\u00f3n de informaci\u00f3n por parte de las sociedades mercantiles en los modelos 036, 303, 322, 390, 220 y 200: ep\u00edgrafes de la actividad econ\u00f3mica, identificaci\u00f3n de socios o part\u00edcipes, administradores o domicilios en los que se desarrolla la actividad. Para ello se planean visitas anuales que incluir\u00e1n un m\u00f3dulo de control y verificaci\u00f3n censal.<\/p>\n<p>Estas medidas afectan, no solo a las sociedades mercantiles sino a otras formas jur\u00eddicas.<\/p>\n<ul>\n<li>Herramientas inform\u00e1ticas de depuraci\u00f3n de la creciente informaci\u00f3n que se obtiene por la colaboraci\u00f3n internacional (DAC 2, FATCA o CRS)<\/li>\n<li>Control por las Unidades de Intervenci\u00f3n en el \u00e1mbito de los Impuestos Especiales (IIEE) para asegurar el cumplimiento de las novedades normativas en cuanto a la obligaci\u00f3n de llevanza de libros de Contabilidad de Existencias.<\/li>\n<\/ul>\n<h2>\u00a0<strong>Investigaci\u00f3n y comprobaci\u00f3n del fraude tributario y aduanero<\/strong><\/h2>\n<ul>\n<li>Se verificar\u00e1 el cumplimiento de presentaci\u00f3n de autoliquidaciones y declaraciones informativas. El sistema de presentaci\u00f3n de declaraciones informativas, TGVI- on line y la generalizaci\u00f3n del formulario como sistema de presentaci\u00f3n, puesto en marcha en 2019, favorecer\u00e1 el incremento de la calidad de los datos proporcionados a la Agencia Tributaria. En el \u00e1mbito internacional, se consolidar\u00e1n los sistemas de intercambio de informaci\u00f3n con la Uni\u00f3n Europea y la OCDE.<\/li>\n<li>Se trabajar\u00e1 en la prevenci\u00f3n en materia de Aduanas e Impuestos Especiales: mejora de los mecanismos inform\u00e1ticos que permiten una mejor coordinaci\u00f3n con otros servicios de inspecci\u00f3n que act\u00faan en las aduanas. Implantaci\u00f3n del pre-despacho aduanero que permitir\u00e1 un control documental previo a la llegada de las mercanc\u00edas. Se anticipa el control con la elaboraci\u00f3n de una pre-declaraci\u00f3n aduanera que agilizar\u00e1 los tr\u00e1mites y reducir\u00e1 costes.<\/li>\n<li>Se realizar\u00e1n controles en los recintos aduaneros para garantizar la correcta liquidaci\u00f3n de los tributos y evitar la entrada de mercanc\u00edas potencialmente peligrosas.<\/li>\n<li>Con respecto a los Impuestos Espaciales, se controlar\u00e1n las existencias de productos en f\u00e1bricas, dep\u00f3sitos fiscales y almacenes fiscales. Tambi\u00e9n se comprobar\u00e1 el cumplimiento de las obligaciones normativas referentes a estos impuestos, como es la llevanza de los libros de Contabilidad de Existencias\u00a0 y materias primas a trav\u00e9s de la Sede Electr\u00f3nica de la Agencia Tributaria (Orden HAC\/998\/2019, de 23 de septiembre).<\/li>\n<li>En 2020 se insistir\u00e1 en el empleo de cartas informativas individuales comunicando a los contribuyentes dados que presentan dudas a la Administraci\u00f3n a partir de ciertos indicadores de riesgo.<\/li>\n<li>Se comprobar\u00e1n los datos de los contribuyentes que hayan consignado reiteradamente en sus declaraciones bases imponibles negativas a compensar y deducciones pendientes de aplicar en el Impuesto sobre Sociedades.<\/li>\n<li>Se investigar\u00e1n los cambios de domicilio falsos para conseguir una disminuci\u00f3n indebida de la contribuci\u00f3n fiscal.<\/li>\n<li>En 2020 se iniciar\u00e1 un sistema (que no estar\u00e1 consolidado hasta 2022) que permitir\u00e1 el seguimiento informatizado de las actuaciones de Inspecci\u00f3n para conocer las cantidades regularizadas y su relevancia cualitativa, algo que permitir\u00e1 perfilar nuevas acciones de control y planificaci\u00f3n en perfiles de riesgo de manera que se reduzcan los incumplimientos tributarios.<\/li>\n<li>La Agencia Tributaria redoblar\u00e1 sus esfuerzos en las l\u00edneas siguientes: implantaci\u00f3n de Libros Registro estructurados de manera predefinida que permitan una gesti\u00f3n m\u00e1s sencilla de las obligaciones tributarias; lucha contra el uso de sistemas de procesamiento, sobre todo en cajas registradoras, que permitan la ocultaci\u00f3n de ventas; atenci\u00f3n espec\u00edfica a la actividad de las plataformas de Internet dedicadas a la venta de bienes o servicios.<\/li>\n<li>Se reforzar\u00e1 el control de las grandes corporaciones internacionales para detectar pr\u00e1cticas de erosi\u00f3n fiscal (intercambio de informaci\u00f3n en el \u00e1mbito de la Uni\u00f3n Europea en virtud de la Directiva 2016\/881 del Consejo, de 25 de mayo de 2016 (DAC 4). Se implementar\u00e1 en todo el territorio de la UE la obligaci\u00f3n de declarar los mecanismos de planificaci\u00f3n agresiva y de t\u00e9cnicas de ocultaci\u00f3n de la titularidad real de rentas y activos, seg\u00fan la Directiva 2011\/16\/UE, del Consejo de 15 de febrero de 2011 (DAC 6). En el \u00e1mbito de la fiscalidad internacional se implementar\u00e1n medidas antielusi\u00f3n y medidas de control de precios de transferencia y operaciones transnacionales.<\/li>\n<li>Se evaluar\u00e1 el riesgo fiscal de las personas titulares de grandes patrimonios, los establecimientos permanentes, grupos fiscales y de entidades y la ocultaci\u00f3n de actividades empresariales o profesionales (actividades no declaradas y econom\u00eda sumergida) y el uso abusivo de sociedades (operaciones vinculadas).<\/li>\n<\/ul>\n<h2><strong>\u00a0Control del fraude en la fase recaudatoria<\/strong><\/h2>\n<ul>\n<li>Mejoras en la evaluaci\u00f3n del riesgo recaudatorio.<\/li>\n<li>Prevenci\u00f3n del delito contra la Hacienda p\u00fablica y contrabando. Se realizar\u00e1 especial vigilancia patrimonial de los deudores para evitar el vaciamiento patrimonial.<\/li>\n<li>Adopci\u00f3n de derivaciones de responsabilidad.<\/li>\n<li>Adopci\u00f3n de medidas cautelares.<\/li>\n<li>Presencia de los funcionarios de Recaudaci\u00f3n. Se potenciar\u00e1n las visitas a los deudores, tanto en locales de negocio como en aquellos otros en los que se precise previa autorizaci\u00f3n judicial.<\/li>\n<li>Seguimiento de las insolvencias aparentes, sobre todo en la creaci\u00f3n de sucesivas sociedades mercantiles que incumplen el pago de sus obligaciones tributarias corrientes. Detecci\u00f3n de deudores fallidos y rehabilitaci\u00f3n de cr\u00e9ditos declarados incobrables.<\/li>\n<li>Se pondr\u00e1 en marcha un mecanismo de cooperaci\u00f3n con otras Administraciones P\u00fablicas denominado Punto Neutro. Este mecanismo permitir\u00e1 cruzar los pagos de las Administraciones P\u00fablicas con las diligencias de embargo que ellas mismas pudieran dictar contra contribuyentes que fueran a la vez acreedores y deudores.<\/li>\n<li>Control de la deuda pendiente en periodo ejecutivo y de deudas suspendidas.<\/li>\n<li>Control de las garant\u00edas ofrecidas para la suspensi\u00f3n de la deuda y las aportadas en la solicitud de aplazamientos y fraccionamientos de pago.<\/li>\n<li>Impulsar el sistema electr\u00f3nico de subastas.<\/li>\n<\/ul>\n<h2><strong>Colaboraci\u00f3n entra la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Aut\u00f3nomas<\/strong><\/h2>\n<p>La Agencia Tributaria, en el marco de los acuerdos adoptados en el seno de Consejo Superior y de los Consejos Territoriales para la Direcci\u00f3n y Coordinaci\u00f3n de la Gesti\u00f3n Tributaria, potenciar\u00e1 los intercambios de informaci\u00f3n con trascendencia tributaria entre las Administraciones Tributarias del Estado y de las Comunidades Aut\u00f3nomas con la finalidad de incrementar la eficacia de la gesti\u00f3n tributaria, mejorar la asistencia a los contribuyentes y potenciar la lucha contra el fraude fiscal y la econom\u00eda sumergida.<\/p>\n<ul>\n<li>Se fomentar\u00e1 la transmisi\u00f3n peri\u00f3dica a la Agencia Tributaria de informaci\u00f3n contenida en los tributos cedidos gestionados por las Comunidades: ITPYAJD, Sucesiones y donaciones, tributos sobre el juego.<\/li>\n<li>Se informar\u00e1 sobre las familias numerosas y los grados de discapacidad a efectos del IRPF.<\/li>\n<li>Se comunicar\u00e1n los valores reales de transmisi\u00f3n de bienes y derechos en los impuestos cedidos a efectos de su repercusi\u00f3n en el IRPF y Sociedades.<\/li>\n<li>Se potenciar\u00e1 la remisi\u00f3n de informaci\u00f3n por parte de las Comunidades Aut\u00f3nomas sobre la constituci\u00f3n de rentas vitalicias, operaciones de disoluci\u00f3n de sociedades y de reducci\u00f3n de capital y pr\u00e9stamos entre particulares.<\/li>\n<li>Se cruzar\u00e1 la informaci\u00f3n sobre la titularidad de bienes y derechos, incluso los situados en el extranjero a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio y su relaci\u00f3n con el Impuesto sobre Sociedades.<\/li>\n<li>Se revisar\u00e1n las operaciones inmobiliarias a objeto de determinar su tributaci\u00f3n por IVA o por ITP.<\/li>\n<li>Se comprobar\u00e1n las operaciones societarias m\u00e1s relevantes no sujetas a ITPYAJD por haberse acogido al r\u00e9gimen fiscal especial del Cap\u00edtulo VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedad.<\/li>\n<li>Se verificar\u00e1 el cumplimiento de los requisitos para disfrutar de determinados beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el r\u00e9gimen fiscal de las cooperativas y los requisitos para el disfrute de la exenci\u00f3n o bonificaci\u00f3n del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte por adquisici\u00f3n de veh\u00edculos por minusv\u00e1lidos y familias numerosas.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Ver nota de prensa del Ministerio de Hacienda en relaci\u00f3n con estas Directrices del Plan Anual de Control Tributario 2020:<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.hacienda.gob.es\/Documentacion\/Publico\/GabineteMinistro\/Notas%20Prensa\/2020\/AEAT\/28-01-20%20NP%20Directrices%20Plan%20Control%20Tributario%202020.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">https:\/\/www.hacienda.gob.es\/Documentacion\/Publico\/GabineteMinistro\/Notas%20Prensa\/2020\/AEAT\/28-01-20%20NP%20Directrices%20Plan%20Control%20Tributario%202020.pdf<\/a><\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Para descargarse el documento de la publicaci\u00f3n,<a href=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/Plan-control-tributario-2020-bases-imponibles-negativas-impuesto-sobre-sociedades-347.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">pulse aqu\u00ed<\/a>.<\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas.<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Entre las principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2020, Hacienda pondr\u00e1 el foco en los nuevos modelos de negocio altamente digitalizados, lanzar\u00e1 el borrador del IVA y la asistencia virtual, inspeccionar\u00e1 a un mayor n\u00famero de grandes patrimonios y aumentar\u00e1 las visitas a empresas. 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