{"id":15161,"date":"2020-04-13T13:08:31","date_gmt":"2020-04-13T11:08:31","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=15161\/"},"modified":"2020-04-13T13:20:29","modified_gmt":"2020-04-13T11:20:29","slug":"covid-19-incluida-en-el-plan-estatal-de-vivienda-la-ayuda-para-el-pago-del-alquiler-de-vivienda-a-arrendatarios-vulnerables-por-el-covid-19","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/covid-19-incluida-en-el-plan-estatal-de-vivienda-la-ayuda-para-el-pago-del-alquiler-de-vivienda-a-arrendatarios-vulnerables-por-el-covid-19\/","title":{"rendered":"COVID-19. Incluida en el Plan Estatal de Vivienda la ayuda para el pago del alquiler de vivienda a arrendatarios vulnerables por el COVID-19"},"content":{"rendered":"<p>Se conceden ayudas de hasta 900 euros al mes durante un plazo de seis meses, mediante adjudicaci\u00f3n directa y en los &#8220;supuestos de vulnerabilidad econ\u00f3mica y social sobrevenida a consecuencia del COVID-19&#8221;, que ser\u00e1n determinados por las comunidades aut\u00f3nomas. Son ayudas compatibles con cualquier otra ayuda al alquiler que viniere percibiendo la persona arrendataria siempre y cuando el total de las ayudas no supere el 100% del importe del alquiler correspondiente. Estas ayudas solo podr\u00e1n destinarse al pago de la renta del alquiler o en su caso y en la parte que corresponda a la amortizaci\u00f3n total o parcial del pr\u00e9stamo suscrito con cuyo importe se pag\u00f3 la renta del alquiler.<\/p>\n<p>Le informamos que en el BOE del d\u00eda 11 de abril se ha publicado <strong><em>Orden TMA\/336\/2020, de 9 de abril<\/em><\/strong>, por la que se incorpora, sustituye y modifican sendos programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, incorporando la <strong>nueva ayuda para el pago del alquiler de vivienda habitual a arrendatarios vulnerables sobrevenidos por el COVID-19.<\/strong><\/p>\n<p>En la Orden\u00a0 se incorpora tambi\u00e9n <strong>un programa de ayudas directas a las v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero<\/strong>, <strong>personas objeto de desahucio, sin hogar y especialmente vulnerables<\/strong>, as\u00ed como posibilita la adquisici\u00f3n viviendas con ayudas del Plan por la Administraciones y Entidades P\u00fablicas, con objeto de incrementar el parque p\u00fablico de viviendas<\/p>\n<p>Por otra parte, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ya ha ordenado adelantar, mediante una transferencia urgente, 346 millones de euros correspondientes a la anualidad 2020 del Plan Estatal de Vivienda a las Comunidades Aut\u00f3nomas. A continuaci\u00f3n, se transferir\u00e1n otros 100 millones de euros con el mismo objeto. De esta manera las Comunidades Aut\u00f3nomas disponen ya de recursos para atender todas estas ayudas.<\/p>\n<p>La Orden contempla:<\/p>\n<h2><strong>1) En relaci\u00f3n con el nuevo programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto econ\u00f3mico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual:<\/strong><\/h2>\n<ul>\n<li>Se incorpora este programa tras la aprobaci\u00f3n del Real Decreto-ley 11\/2020, de tal suerte que las comunidades aut\u00f3nomas y las ciudades de Ceuta y Melilla pueden ya disponer de los fondos comprometidos por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para los ejercicios 2020 y 2021, en los convenios de colaboraci\u00f3n para la ejecuci\u00f3n del Plan Estatal, para la concesi\u00f3n de estas ayudas.<\/li>\n<li>Se conceden ayudas de hasta 900 euros al mes durante un plazo de seis meses.<\/li>\n<li>Se conceder\u00e1 la ayuda mediante adjudicaci\u00f3n directa y en los &#8220;supuestos de vulnerabilidad econ\u00f3mica y social sobrevenida a consecuencia del COVID-19&#8221;, que ser\u00e1n determinados por las comunidades aut\u00f3nomas y las ciudades de Ceuta y Melilla. Entre estos supuestos estar\u00e1n siempre incluidos y, como m\u00ednimo, los definidos en el art\u00edculo 5 del RDL 11\/2020.<\/li>\n<li>Las Comunidades Aut\u00f3nomas y las ciudades de Ceuta y Melilla deber\u00e1n concretar el plazo (no pudiendo extenderse en ning\u00fan caso m\u00e1s all\u00e1 del 30 de septiembre de 2020) y forma de presentaci\u00f3n de solicitudes, mediante resoluci\u00f3n o acuerdo, que ser\u00e1 objeto de publicidad, a la mayor brevedad posible.<\/li>\n<li>Son ayudas compatibles con cualquier otra ayuda al alquiler que viniere percibiendo la persona arrendataria, incluso si fuera con cargo al propio Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, siempre y cuando el total de las ayudas no supere el 100% del importe del alquiler correspondiente. Son ayudas para atender a la vulnerabilidad sobrevenida por el COVID-19.<\/li>\n<li>Estas ayudas solo podr\u00e1n destinarse al pago de la renta del alquiler o en su caso y en la parte que corresponda a la amortizaci\u00f3n total o parcial del pr\u00e9stamo suscrito (ayudas transitorias de financiaci\u00f3n recogidas en el art\u00edculo 9 del RDL 11\/2020), con cuyo importe se pag\u00f3 la renta del alquiler.<\/li>\n<\/ul>\n<h2><strong>2) En relaci\u00f3n con el &#8220;programa de ayuda a las v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables&#8221;:<\/strong><\/h2>\n<ul>\n<li>Se trata de ayudas que podr\u00e1n adjudicarse de forma directa de hasta 900 euros al mes para la renta del alquiler y de hasta 200 euros adicionales para gastos de mantenimiento, comunidad y suministros b\u00e1sico.<\/li>\n<li>Aceleran una soluci\u00f3n habitacional para estas personas, cuya vulnerabilidad puede incluso acrecentarse por la pandemia del COVID-19, en viviendas de titularidad p\u00fablica. Si no existiera disponibilidad, se pueden aplicar en viviendas de titularidad privada.<\/li>\n<\/ul>\n<h2><strong>3) En relaci\u00f3n con la modificaci\u00f3n del &#8220;programa de fomento del parque de vivienda en alquiler&#8221;:<\/strong><\/h2>\n<ul>\n<li>Se posibilita la compra de viviendas por las Administraciones y Entidades P\u00fablicas para incrementar el parque p\u00fablico de viviendas, con ayudas de hasta 400 euros por metro cuadrado \u00fatil de vivienda y de hasta el 60% del coste de adquisici\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<h3><strong>Medidas urgentes para el pago de alquiler de la vivienda habitual<\/strong><\/h3>\n<p>El pasado 1 de abril se public\u00f3 en el BOE el Real Decreto Ley 11\/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el \u00e1mbito social y econ\u00f3mico para hacer frente al COVID-19, que incorpor\u00f3, entre otras, determinadas medidas para atender la problem\u00e1tica de aquellos arrendatarios que, como consecuencia del impacto social y econ\u00f3mico del COVID-19, tengan problemas para atender el pago del alquiler de su vivienda habitual.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, plante\u00f3 medidas como la suspensi\u00f3n del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional, la pr\u00f3rroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual, la moratoria de la deuda hipotecaria en determinados supuestos y la modificaci\u00f3n excepcional y transitoria de las condiciones contractuales de arrendamiento.<\/p>\n<p>As\u00ed mismo, aprob\u00f3 una l\u00ednea de avales para la cobertura por cuenta del Estado de la financiaci\u00f3n a arrendatarios en situaci\u00f3n de vulnerabilidad social y econ\u00f3mica, como consecuencia de la expansi\u00f3n del COVID-19.<\/p>\n<p>Adicionalmente y en relaci\u00f3n directa con el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, manda al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana a:<\/p>\n<ul>\n<li>Incorporar un nuevo programa de ayudas denominado &#8220;programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto econ\u00f3mico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual&#8221;.<\/li>\n<li>Sustituir el &#8220;programa de ayuda a las personas en situaci\u00f3n de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual&#8221; por un nuevo &#8220;programa de ayuda a las v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables&#8221;.<\/li>\n<li>Modificar el &#8220;programa de fomento del parque de vivienda en alquiler&#8221;.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Para descargarse el documento de la publicaci\u00f3n,<a href=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/COVID-19.Incluida-en-el-Plan-Estatal-de-Vivienda-la-ayuda-para-el-pago-del-alquiler-de-vivienda-a-arrendatarios-vulnerables-por-el-COVID-19.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">pulse aqu\u00ed.<\/a><\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas.<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se conceden ayudas de hasta 900 euros al mes durante un plazo de seis meses, mediante adjudicaci\u00f3n directa y en los &#8220;supuestos de vulnerabilidad econ\u00f3mica y social sobrevenida a consecuencia del COVID-19&#8221;, que ser\u00e1n determinados por las comunidades aut\u00f3nomas. 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