{"id":15634,"date":"2020-07-15T16:51:15","date_gmt":"2020-07-15T14:51:15","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=15634\/"},"modified":"2020-07-15T17:11:12","modified_gmt":"2020-07-15T15:11:12","slug":"el-registro-de-jornada-tambien-es-obligatorio-con-el-teletrabajo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/el-registro-de-jornada-tambien-es-obligatorio-con-el-teletrabajo\/","title":{"rendered":"El Registro de Jornada Tambi\u00e9n es Obligatorio con el Teletrabajo"},"content":{"rendered":"<p>Aseg\u00farese de que los empleados que hacen teletrabajo siguen registrando la jornada. Esta obligaci\u00f3n existe para todos sus trabajadores, con independencia de si realizan su actividad fuera del centro (comerciales, desplazados al extranjero, teletrabajadores\u2026) o en el centro de trabajo f\u00edsico.<\/p>\n<p>La crisis del coronavirus ha hecho que el teletrabajo est\u00e9 a la orden del d\u00eda, y que muchas empresas y trabajadores\/as recurran a esta modalidad para continuar con la actividad laboral, pero lo que antes representaba un porcentaje muy peque\u00f1o, cada vez est\u00e1 creciendo, y se pronostica que seguir\u00e1 haci\u00e9ndolo.<\/p>\n<p>El hecho de que los hogares se hayan convertido en las nuevas oficinas puede llevar a una relajaci\u00f3n de los sistemas de control de jornada. Sin embargo,\u00a0 las empresas siguen estando obligadas por ley a definir los turnos, respetar los descansos y registrar el desempe\u00f1o diario de todos los empleados, hora por hora.<\/p>\n<p>Los Tribunales ya han dejado claro que aunque se haya implementado el teletrabajo, todav\u00eda es obligatorio llevar un control del registro horario de sus trabajadores. La empresa es la \u00fanica encargada de organizar y registrar los turnos de trabajo y nunca puede trasladarse esa funci\u00f3n al propio empleado.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\"><strong>Atenci\u00f3n.<\/strong> Los trabajadores que est\u00e9n disfrutando del teletrabajo tienen los mismos derechos que los trabajadores presenciales; y por tanto tienen derecho a horarios determinados, a la intimidad, a no realizar horas extraordinarias, etc&#8230;<\/p>\n<h2>Registro de Jornada de trabajo<\/h2>\n<p>La empresa debe registrar la jornada del trabajador d\u00eda a d\u00eda, y totalizarla en el per\u00edodo correspondiente para abonar las retribuciones de los trabajadores, debiendo entregar copia del resumen al trabajador, junto con el recibo correspondiente.<\/p>\n<p>Si el trabajador es a tiempo parcial, la empresa debe realizar un registro diario de la jornada. La obligaci\u00f3n de la empresa con los trabajadores a tiempo completo de realizar un registro diario de la jornada s\u00f3lo permanece en el caso de que el trabajador realice horas extras.<\/p>\n<p>El derecho del teletrabajador a que la empresa respete los l\u00edmites de su jornada de trabajo y descansos permanece intacto, siendo responsabilidad de la empresa llevar a cabo la correspondiente prevenci\u00f3n de riesgos laborales. La empresa debe organizar la actividad del trabajador garantizando su descanso y cumplimiento de l\u00edmites y duraci\u00f3n de su jornada.<\/p>\n<h3>No olvide que&#8230;<\/h3>\n<ul>\n<li>Su empresa est\u00e1 obligada a registrar la jornada de sus empleados indicando la hora de inicio y de finalizaci\u00f3n de \u00e9sta. Si tiene empleados que hacen teletrabajo, siga cumpliendo con dicha obligaci\u00f3n de registro (aseg\u00farese de que sus empleados fichan).<\/li>\n<li>Esta obligaci\u00f3n existe para todos sus trabajadores, con independencia de si realizan su actividad fuera del centro (comerciales, desplazados al extranjero, teletrabajadores&#8230;) o en el centro de trabajo f\u00edsico.<\/li>\n<li>En caso de teletrabajo, puede controlar el tiempo real de trabajo con alg\u00fan programa inform\u00e1tico (hay aplicaciones que permiten al trabajador fichar a la entrada y a la salida de su jornada desde el ordenador o desde su tel\u00e9fono m\u00f3vil) o incluso con un documento manual firmado por los propios trabajadores.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Madrid, a 15 de julio de 2020<\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Aseg\u00farese de que los empleados que hacen teletrabajo siguen registrando la jornada. 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