{"id":16140,"date":"2020-11-19T11:22:40","date_gmt":"2020-11-19T10:22:40","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=16140\/"},"modified":"2020-11-19T11:44:19","modified_gmt":"2020-11-19T10:44:19","slug":"aprobada-la-ampliacion-del-plazo-para-la-concesion-de-avales-ico-hasta-el-30-de-junio-de-2021","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/aprobada-la-ampliacion-del-plazo-para-la-concesion-de-avales-ico-hasta-el-30-de-junio-de-2021\/","title":{"rendered":"Aprobada la ampliaci\u00f3n del plazo para la concesi\u00f3n de avales ICO hasta el 30 de junio de 2021"},"content":{"rendered":"<p>Le informamos que en el BOE del d\u00eda 18 de noviembre se ha publicado el <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2020\/11\/18\/pdfs\/BOE-A-2020-14368.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">Real Decreto-ley 34\/2020 de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial<\/a> que introduce una serie de medidas relacionadas con los avales del Instituto de Cr\u00e9dito Oficial (ICO), con efectos desde el 19 de noviembre de 2020.<\/p>\n<p>En concreto se establecen las siguientes medidas:<\/p>\n<ul>\n<li>La <strong>ampliaci\u00f3n del plazo para la concesi\u00f3n<\/strong> de avales de las dos l\u00edneas en funcionamiento <strong>hasta el 30 de junio de 2021 <\/strong>y la extensi\u00f3n del <strong>plazo m\u00e1ximo para devolver los cr\u00e9ditos en tres a\u00f1os, hasta un m\u00e1ximo de ocho a\u00f1os<\/strong>, y <strong>del periodo de carencia hasta un m\u00e1ximo de 24 meses.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Debido a que la intenci\u00f3n del Gobierno es apoyar a las empresas solventes, los solicitantes no podr\u00e1n encontrarse en situaci\u00f3n de concurso de acreedores o su pr\u00e9stamo en mora.<\/p>\n<ul>\n<li>Las entidades bancarias deber\u00e1n <strong>responder a las solicitudes de ampliaci\u00f3n en un plazo m\u00e1ximo de 30 d\u00edas<\/strong>, no podr\u00e1n aumentar de forma injustificada el tipo de inter\u00e9s ni exigir la contrataci\u00f3n de productos vinculados y habr\u00e1n de mantener las l\u00edneas de circulante hasta el 30 de junio de 2021 para los clientes que cumplan los criterios de elegibilidad y cuenten con un pr\u00e9stamo avalado al amparo de alguna de las dos L\u00edneas de Avales de ICO.<\/li>\n<\/ul>\n<h3>El ICO podr\u00e1 acceder al CIRBE y rebajas de aranceles<\/h3>\n<p>Tambi\u00e9n se prev\u00e9 una rebaja del 50% en los aranceles notariales y registrales al registrar las operaciones de ampliaci\u00f3n y se autoriza al ICO a dirigirse directamente a la Central de Informaci\u00f3n de Riesgos del Banco de Espa\u00f1a (CIRBE) para agilizar la comprobaci\u00f3n de los impagados que le comuniquen las entidades financieras.<\/p>\n<p>El ICO ya tiene acceso al CIRBE, pero solo para la informaci\u00f3n de sus clientes directos. Con el cambio, podr\u00e1 solicitar informaci\u00f3n de clientes que est\u00e1n recibiendo financiaci\u00f3n avalada para consultar qu\u00e9 posiciones tienen en otros bancos.<\/p>\n<p>Para m\u00e1s informaci\u00f3n ver: <a href=\"https:\/\/www.ico.es\/web\/ico\/linea-avales-covid-19\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">L\u00edneas de Avales COVID-19<\/a><\/p>\n<h3>Medidas adicionales<\/h3>\n<p>Asimismo, para reforzar las medidas de apoyo a la liquidez y ampliar su alcance, podr\u00e1n beneficiarse de los avales de la L\u00ednea de 40.000 millones de euros para liquidez e inversi\u00f3n aprobada en julio <strong>los pagar\u00e9s incorporados al Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF)<\/strong>. De esta forma se fomenta el mantenimiento de las fuentes de liquidez proporcionadas por los mercados de capitales, como alternativa a la financiaci\u00f3n bancaria.<\/p>\n<p>Estas medidas son adicionales a las ya aprobadas en las \u00faltimas semanas por la Comisi\u00f3n Delegada del Gobierno para Asuntos Econ\u00f3micos para reforzar la solvencia y la financiaci\u00f3n empresarial, en particular para apoyar a las empresas exportadoras a trav\u00e9s de la Compa\u00f1\u00eda Espa\u00f1ola de Seguros de Cr\u00e9dito a la Exportaci\u00f3n (CESCE).<\/p>\n<p>En primer lugar, se ha creado una l\u00ednea extraordinaria de cobertura de cr\u00e9ditos de circulante dotada con 1.000 millones de euros, dando as\u00ed continuidad a la l\u00ednea del Real Decreto-ley 8\/2020, de 17 de marzo. En segundo lugar, se ha ampliado en 100 millones de euros la l\u00ednea especial de avales y circulante para PYME y empresas no cotizadas. Y, finalmente, se ha creado una nueva l\u00ednea de cobertura de avales para empresas cotizadas, por un importe de 1.000 millones de euros de euros y con vigencia temporal hasta diciembre de 2021.<\/p>\n<h3>Inversiones extranjeras<\/h3>\n<p>Tal y como ocurre desde el mes de marzo con las inversiones extranjeras procedentes de pa\u00edses extracomunitarios, a partir de ahora y hasta el pr\u00f3ximo 30 de junio las inversiones procedentes de la Uni\u00f3n Europea tambi\u00e9n requerir\u00e1n autorizaci\u00f3n previa del Gobierno. Se trata de inversiones que bien, se destinen a empresas cotizadas, o bien sean superiores a 500 millones y se dirijan a empresas estrat\u00e9gicas no cotizadas. Para el caso de las inversiones de origen extracomunitario, el control previo se mantiene &#8216;sine die&#8217;.<\/p>\n<p>De esta forma, el Gobierno suspender\u00e1 las operaciones cuando el inversor, extracomunitario o tambi\u00e9n comunitario, pase a ostentar una participaci\u00f3n igual o superior al 10% del capital social de una sociedad espa\u00f1ola que opere en un sector estrat\u00e9gico, o cuando debido a la operaci\u00f3n societaria, acto o negocio jur\u00eddico, se tome el control de la misma.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Madrid, a 19 de noviembre de 2020<\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Le informamos que en el BOE del d\u00eda 18 de noviembre se ha publicado el Real Decreto-ley 34\/2020 de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial que introduce una serie de medidas relacionadas con los avales del Instituto de Cr\u00e9dito Oficial (ICO), con efectos desde el 19 de noviembre de 2020. 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