{"id":16846,"date":"2021-07-16T10:06:01","date_gmt":"2021-07-16T08:06:01","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=16846"},"modified":"2021-07-16T10:20:52","modified_gmt":"2021-07-16T08:20:52","slug":"el-supremo-fija-que-los-autonomos-pueden-deducirse-los-gastos-de-comidas-con-clientes-o-proveedores","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/el-supremo-fija-que-los-autonomos-pueden-deducirse-los-gastos-de-comidas-con-clientes-o-proveedores\/","title":{"rendered":"El Supremo fija que los aut\u00f3nomos pueden deducirse los gastos de comidas con clientes o proveedores"},"content":{"rendered":"<p>Le informamos que el Tribunal Supremo ha arrojado luz sobre una de las dudas m\u00e1s frecuentes a las que se enfrentan cada a\u00f1o miles de aut\u00f3nomos a la hora de poner en orden sus cuentas con Hacienda:\u00a0<strong>\u00bfson o no deducibles los gastos por las comidas de trabajo<\/strong>?<\/p>\n<p>Seg\u00fan la <a href=\"https:\/\/www.poderjudicial.es\/search\/AN\/openDocument\/fe3c5f48204289e3\/20210413\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">sentencia\u00a0458\/2021 de 30 de marzo de 2021<\/a> (N\u00ba de Recurso: 3454\/2019),\u00a0 que crea jurisprudencia, fechada en marzo pero que se ha dado ahora a conocer, los aut\u00f3nomos s\u00ed podr\u00e1n deducirse los gastos generados por estas comidas de trabajo con sus clientes.<\/p>\n<p>En esta sentencia el TS se posiciona\u00a0<strong>en contra del criterio de Hacienda<\/strong>, que, como norma general,<strong>\u00a0rechaza\u00a0cualquier deducci\u00f3n que no est\u00e9 directamente relacionada con el negocio y exige una estricta justificaci\u00f3n del gasto<\/strong>, lo que en la pr\u00e1ctica dejaba en manos del inspector que revisase las cuentas lo acertado o no de la deducci\u00f3n.<\/p>\n<p>Ahora, la sentencia aclara este concepto: \u00abSon deducibles los gastos que coloquialmente se conocen como atenciones a clientes o al propio personal y promocionales\u00bb. Detalla adem\u00e1s que aunque estos gastos \u00abno buscan una consecuci\u00f3n directa e inmediata de los mejores resultados\u00bb, s\u00ed que persiguen \u00abun resultado indirecto y de futuro\u00bb, por lo que considera que se \u00abhallan correlacionados con los ingresos<\/p>\n<p>Por tanto, a ra\u00edz de la sentencia del TS los aut\u00f3nomos ya tienen\u00a0derecho a\u00a0<strong>deducirse\u00a0cualquier gasto derivado de comidas, cenas o\u00a0incluso regalos, a clientes o proveedores sin necesidad de que esa acci\u00f3n de atenci\u00f3n tenga que derivar en un ingreso para el negocio justificado. <\/strong><\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\"><strong>Atenci\u00f3n. <\/strong>Ser\u00e1n deducibles aquellas disposiciones a t\u00edtulo gratuito realizadas por\u00a0relaciones p\u00fablicas con clientes o proveedores, las que con arreglo a los usos y costumbres se efect\u00faen con respecto al personal de la empresa y las realizadas para\u00a0promocionar, directa o indirectamente, la venta de bienes y prestaci\u00f3n de servicios, y todas aquellas que no comprendidas expresamente en esta enumeraci\u00f3n respondan a la misma estructura y est\u00e9n correlacionadas con la actividad empresarial dirigidas a\u00a0mejorar\u00a0el resultado empresarial, directa o indirectamente, de presente o de futuro, y siempre que no tengan como destinatarios a socios o part\u00edcipes.<\/p>\n<h2>\u00bfC\u00f3mo se justifican ahora los gastos de comidas de trabajo?<\/h2>\n<p>A partir de ahora, bastar\u00e1 con\u00a0tener una justificaci\u00f3n de los gastos\u00a0y de la relaci\u00f3n con el cliente para evitar problemas con Hacienda. Para que un gasto sea deducible tiene que estar directamente relacionado con un ingreso.<\/p>\n<p>De esta forma, ante cualquier inspecci\u00f3n, los negocios \u00fanicamente tendr\u00e1n que demostrarle al funcionario de la Administraci\u00f3n que la persona a que han invitado a comer, o a la que le han enviado un regalo,\u00a0es alguien que, o bien colabora en su actividad o bien con el que quieren iniciar un negocio, aunque luego no se acabe llevando a cabo. Y\u00a0estas demostraciones son tan simples como un email, un mensaje o WhatsApp, una llamada telef\u00f3nica o que su nombre aparezca en tu cartera de clientes habituales.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Madrid, a 16 de julio de 2021<\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Le informamos que el Tribunal Supremo ha arrojado luz sobre una de las dudas m\u00e1s frecuentes a las que se enfrentan cada a\u00f1o miles de aut\u00f3nomos a la hora de poner en orden sus cuentas con Hacienda:\u00a0\u00bfson o no deducibles los gastos por las comidas de trabajo? 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