{"id":17043,"date":"2021-10-15T13:46:31","date_gmt":"2021-10-15T11:46:31","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=17043"},"modified":"2021-10-15T13:46:31","modified_gmt":"2021-10-15T11:46:31","slug":"medidas-de-impulso-de-la-rehabilitacion-edificatoria-y-de-la-vivienda-social","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/medidas-de-impulso-de-la-rehabilitacion-edificatoria-y-de-la-vivienda-social\/","title":{"rendered":"Medidas de impulso de la rehabilitaci\u00f3n edificatoria y de la vivienda social"},"content":{"rendered":"<p>El d\u00eda 6 de octubre de 2021 entraron en vigor un paquete de <em>medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitaci\u00f3n edificatoria en el contexto del Plan de Recuperaci\u00f3n, Transformaci\u00f3n y Resiliencia.<\/em><\/p>\n<p>Nos referimos al Real Decreto-ley 19\/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitaci\u00f3n edificatoria en el contexto del Plan de Recuperaci\u00f3n, Transformaci\u00f3n y Resiliencia y al Real Decreto 853\/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitaci\u00f3n residencial y vivienda social del Plan de Recuperaci\u00f3n, Transformaci\u00f3n y Resiliencia.<\/p>\n<p>El\u00a0<strong>RD-Ley 19\/2021<\/strong>\u00a0trata de abordar la situaci\u00f3n de obsolescencia del parque inmobiliario espa\u00f1ol y las necesidades de rehabilitaci\u00f3n. Todo ello, en aplicaci\u00f3n de los fondos\u00a0<em>Next Generation<\/em>, articulados a trav\u00e9s del Plan de Recuperaci\u00f3n, Transformaci\u00f3n y Resiliencia. Las medidas m\u00e1s relevantes que contempla esta norma son las siguientes:<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Incentivos fiscales<\/strong>: se aprueban medidas fiscales para impulsar la eficiencia energ\u00e9tica de las viviendas.<\/li>\n<li><strong>Propiedad horizontal<\/strong>: se introducen modificaciones en la Ley 49\/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, para adaptar el r\u00e9gimen de adopci\u00f3n de acuerdos en las comunidades de propietarios de tal forma que puedan ser adoptados por mayor\u00eda simple los siguientes acuerdos:<\/li>\n<li>Realizaci\u00f3n de las obras de rehabilitaci\u00f3n que contribuyan a la mejora de la eficiencia energ\u00e9tica del edificio o la implantaci\u00f3n de fuentes de energ\u00eda renovable de uso com\u00fan;<\/li>\n<li>Solicitud de ayudas y subvenciones, mediante pr\u00e9stamos y cualquier otro tipo de financiaci\u00f3n para tales obras, siempre que su coste repercutido anualmente, una vez descontadas las subvenciones o ayudas p\u00fablicas y aplicada en su caso la financiaci\u00f3n, no supere la cuant\u00eda de nueve mensualidades ordinarias de gastos comunes.<\/li>\n<li><strong>Ley de Suelo y Rehabilitaci\u00f3n Urbana<\/strong>: se modifica el art\u00edculo 9 del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitaci\u00f3n Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 7\/2015, de 30 de octubre para facultar a las comunidades de propietarios, entre otros sujetos mencionados en dicho precepto, para actuar en el mercado inmobiliario con plena capacidad jur\u00eddica para todas las operaciones (incluidas las crediticias) relacionadas con el cumplimiento del deber de conservaci\u00f3n, rehabilitaci\u00f3n y mejora de los edificios, as\u00ed como para la participaci\u00f3n en la ejecuci\u00f3n de actuaciones de rehabilitaci\u00f3n y en las de regeneraci\u00f3n y renovaci\u00f3n urbanas que correspondan.<\/li>\n<li><strong>Avales:\u00a0<\/strong>se autoriza al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para que, mediante convenio con el Instituto de cr\u00e9dito oficial (ICO), por un plazo de hasta 20 a\u00f1os, se desarrolle una l\u00ednea de avales que ofrezcan cobertura parcial del Estado, para que las entidades de cr\u00e9dito puedan ofrecer financiaci\u00f3n, en forma de pr\u00e9stamo con un plazo de devoluci\u00f3n de hasta quince a\u00f1os. Y ello, con objeto de llevar a cabo obras de rehabilitaci\u00f3n que contribuyan a la mejora de la eficiencia energ\u00e9tica de los edificios de vivienda.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Por su parte, el\u00a0<strong>RD 853\/2021<\/strong>\u00a0tiene como objetivo activar en Espa\u00f1a un sector de la rehabilitaci\u00f3n que permita generar empleo y actividad en el corto plazo y que garantice un ritmo de renovaci\u00f3n sostenible del parque edificado en el medio y largo plazo.<\/p>\n<p>Todo ello se enmarca en el componente 2 del Plan de Recuperaci\u00f3n, Transformaci\u00f3n y Resiliencia de Espa\u00f1a, que pretende impulsar la implementaci\u00f3n de la Agenda Urbana Espa\u00f1ola, luchar contra la pobreza energ\u00e9tica, la descarbonizaci\u00f3n de la calefacci\u00f3n y la refrigeraci\u00f3n, generar el modelo de gesti\u00f3n del agente rehabilitador y contribuir a la digitalizaci\u00f3n del sector edificatorio, a la promoci\u00f3n de la vivienda en alquiler social y a la aceleraci\u00f3n del desarrollo y el uso de energ\u00edas renovables, para la mejora de la eficiencia energ\u00e9tica de los edificios.<\/p>\n<p>En este contexto, el RD 853\/2021 articula y regula los siguientes programas de ayuda que se encuadran espec\u00edficamente en dos de las inversiones del componente 2, la inversi\u00f3n C02.I01 \u00abPrograma de rehabilitaci\u00f3n para la recuperaci\u00f3n econ\u00f3mica y social en entornos residenciales\u00bb y la inversi\u00f3n C02.I02 \u00abPrograma de construcci\u00f3n de viviendas en alquiler social en edificios energ\u00e9ticamente eficientes\u00bb:<\/p>\n<ol>\n<li>Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitaci\u00f3n a nivel de barrio.<\/li>\n<li>Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitaci\u00f3n<\/li>\n<li>Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitaci\u00f3n a nivel de edificio.<\/li>\n<li>Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energ\u00e9tica en viviendas.<\/li>\n<li>Programa de ayuda a la elaboraci\u00f3n del libro del edificio existente para la rehabilitaci\u00f3n y la redacci\u00f3n de proyectos de rehabilitaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Programa de ayuda a la construcci\u00f3n de viviendas en alquiler social en edificios energ\u00e9ticamente eficientes.<\/li>\n<\/ol>\n<p>El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana transferir\u00e1 fondos a las comunidades aut\u00f3nomas y a las ciudades aut\u00f3nomas de Ceuta y Melilla, y ser\u00e1n estas quienes deber\u00e1n realizar sus propias convocatorias de ayudas, designando el \u00f3rgano competente para instruir y resolver su procedimiento de concesi\u00f3n y, en su caso, quienes deber\u00e1n establecer la reserva de presupuesto correspondiente para la realizaci\u00f3n por su parte de inversiones directas para la ejecuci\u00f3n de las actividades subvencionadas.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Madrid, a 15 de octubre de 2021<\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El d\u00eda 6 de octubre de 2021 entraron en vigor un paquete de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitaci\u00f3n edificatoria en el contexto del Plan de Recuperaci\u00f3n, Transformaci\u00f3n y Resiliencia. 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