{"id":17433,"date":"2022-02-21T17:33:02","date_gmt":"2022-02-21T16:33:02","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=17433"},"modified":"2022-02-21T17:33:02","modified_gmt":"2022-02-21T16:33:02","slug":"el-plan-de-igualdad-sera-obligatorio-desde-el-7-de-marzo-para-empresas-de-mas-de-50-empleados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/el-plan-de-igualdad-sera-obligatorio-desde-el-7-de-marzo-para-empresas-de-mas-de-50-empleados\/","title":{"rendered":"El Plan de Igualdad ser\u00e1 obligatorio desde el 7 de marzo para empresas de m\u00e1s de 50 empleados"},"content":{"rendered":"<div class=\"wpb-content-wrapper\"><p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]Le recordamos que en el BOE del 7 de marzo de 2019 se public\u00f3 el Real Decreto-ley 6\/2019 de medidas urgentes para la garant\u00eda de la igualdad de trato y oportunidades en el empleo y la ocupaci\u00f3n, que inciden de forma directa en la igualdad entre mujeres y hombres, como por ejemplo extender la exigencia de redacci\u00f3n de los planes de igualdad a empresas de cincuenta o m\u00e1s trabajadores.<\/p>\n<p>La norma estableci\u00f3 un plazo de tres a\u00f1os para que las empresas de m\u00e1s de 50 trabajadores elaboren y apliquen un plan de igualdad (2022), dos a\u00f1os para las de entre 100 y 150 empleados (2021) y un a\u00f1o para aquellas cuya plantilla supere las 150 personas (2020).<\/p>\n<p>Entramos ahora en tiempo de descuento para cumplir con la obligaci\u00f3n de\u00a0<strong>registrar un Plan de Igualdad<\/strong>. Como hemos se\u00f1alado, esta obligaci\u00f3n se ha dado por tramos, llegando en este 2022 el \u00faltimo de ellos, con <strong>fecha l\u00edmite el 7 de marzo<\/strong>: para entonces, todas las empresas que superen la franja de <strong>una plantilla con m\u00e1s de 50 personas<\/strong>, tendr\u00e1n que haber elaborado su propio Plan y haberlo registrado en el REGCON (Registro de Convenios Colectivos).<\/p>\n<p>Los planes de igualdad son un conjunto ordenado de medidas que adoptan empresas y organizaciones para alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres y para eliminar la discriminaci\u00f3n por raz\u00f3n de sexo. Los planes de igualdad fijan los objetivos que se quieren alcanzar, las estrategias que se deben adoptar y las acciones concretas para conseguirlos, as\u00ed como sistemas eficaces de seguimiento y evaluaci\u00f3n de los objetivos propuestos y son obligatorios para determinadas empresas.<\/p>\n<p>La elaboraci\u00f3n de un\u00a0<strong>Plan de Igualdad<\/strong>, es un proceso de negociaci\u00f3n que inicia con la constituci\u00f3n de una Comisi\u00f3n, integrada por la Representaci\u00f3n Legal de los Trabajadores (RLT) y la representaci\u00f3n de la empresa.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\"><strong>Atenci\u00f3n. <\/strong><em>Le recordamos que el Plan de Igualdad <strong>ser\u00e1 obligatorio a partir del 7 de marzo de 2022 <\/strong>para las empresas que tengan entre 50 y 100 personas trabajadoras.<\/em><\/p>\n<p>Para elaborar el\u00a0<strong>Plan de Igualdad<\/strong>, el primer paso es realizar un diagn\u00f3stico de la situaci\u00f3n actual de la empresa, y a ser posible un an\u00e1lisis de su evoluci\u00f3n m\u00e1s reciente, con el objetivo de conocer cu\u00e1les son las buenas pr\u00e1cticas que pueden potenciarse y comunicarse dentro y fuera de la organizaci\u00f3n, y cu\u00e1les son las posibles \u00e1reas de mejora. En este diagn\u00f3stico se deben cubrir las siguientes materias: procesos de selecci\u00f3n y contrataci\u00f3n, clasificaci\u00f3n profesional, formaci\u00f3n, promoci\u00f3n profesional, condiciones de trabajo (incluida la auditor\u00eda salarial entre hombres y mujeres), ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral, la infrarrepresentaci\u00f3n femenina, retribuciones y la prevenci\u00f3n del acoso sexual y por raz\u00f3n de sexo.<\/p>\n<p>Una vez se haya hecho un diagn\u00f3stico exhaustivo, derivar\u00e1 de sus conclusiones un Plan de acci\u00f3n a realizar en un plazo m\u00e1ximo de 4 a\u00f1os, que cubrir\u00e1 las distintas \u00e1reas en las que se han detectado desequilibrios. Desde su puesta en marcha, se deber\u00e1 iniciar un proceso de seguimiento y evaluaci\u00f3n que permita evaluar el rendimiento de las acciones, y, en caso de ser necesario, realizar los ajustes pertinentes para lograr los objetivos estipulados dentro del plazo.<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 sanciones puede tener la empresa si no tiene hecho el plan de igualdad?<\/h2>\n<p>El incumplimiento del deber de elaborar y aplicar un Plan de Igualdad supone una infracci\u00f3n grave, sancionable con <strong>una multa de 626 a 6.250 euros<\/strong>. Por otro lado, cuando la obligaci\u00f3n de realizar el plan de igualdad sea por exigencia de la autoridad laboral (Inspecci\u00f3n de Trabajo) la normativa lo considera como falta muy grave y, en este caso, <strong>la sanci\u00f3n puede ser de 6.251 a 187.515 euros. <\/strong><\/p>\n<p>Adem\u00e1s de <strong>sanciones accesorias<\/strong> como las siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li>P\u00e9rdida autom\u00e1tica de las ayudas, bonificaciones y, en general, de los beneficios derivados de la aplicaci\u00f3n de los programas de empleo, con efectos desde la fecha en que se cometi\u00f3 la infracci\u00f3n, y<\/li>\n<li>Exclusi\u00f3n autom\u00e1tica del acceso a tales beneficios durante seis meses.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Adem\u00e1s, en virtud de la Ley de Contratos del Sector P\u00fablico, las empresas que no tengan un plan de igualdad o que no lo cumplan no podr\u00e1n contratar con la Administraci\u00f3n P\u00fablica.<\/p>\n<p>Por ende, instamos a las empresas a cumplir en plazo con esta obligaci\u00f3n legal, ya que por el contrario podr\u00edan enfrentarse a\u00a0multas econ\u00f3micas de hasta 187.515\u20ac o a una p\u00e9rdida autom\u00e1tica de ayudas, bonificaciones o beneficios de la aplicaci\u00f3n de los programas de empleo, entre otras sanciones. Pero, sobre todo, perder\u00edan la oportunidad de utilizar esta herramienta que son los Planes de Igualdad, como una palanca de cambio y una hoja de ruta estrat\u00e9gica que tendr\u00e1 un impacto positivo directo en su gesti\u00f3n de los RRHH, su comunicaci\u00f3n con los grupos de inter\u00e9s y su reputaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Madrid, a 21 de febrero de 2022<\/p>\n<p><strong>Afianza CSF,<\/strong>[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]Le recordamos que en el BOE del 7 de marzo de 2019 se public\u00f3 el Real Decreto-ley 6\/2019 de medidas urgentes para la garant\u00eda de la igualdad de trato y oportunidades en el empleo y la ocupaci\u00f3n, que inciden de forma directa en la igualdad entre mujeres y hombres, como por ejemplo extender la exigencia&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":13306,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[102],"class_list":["post-17433","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","tag-laboral-y-seguridad-social","category-1","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/17433","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=17433"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/17433\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/13306"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=17433"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=17433"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=17433"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}