{"id":17460,"date":"2022-02-24T12:02:16","date_gmt":"2022-02-24T11:02:16","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=17460"},"modified":"2022-02-24T12:02:16","modified_gmt":"2022-02-24T11:02:16","slug":"se-prorrogan-hasta-el-31-de-marzo-de-2022-los-erte-de-limitacion-e-impedimento-y-los-erte-etop-covid-19","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/se-prorrogan-hasta-el-31-de-marzo-de-2022-los-erte-de-limitacion-e-impedimento-y-los-erte-etop-covid-19\/","title":{"rendered":"Se prorrogan hasta el 31 de marzo de 2022 los ERTE de limitaci\u00f3n e impedimento y los ERTE ETOP COVID-19"},"content":{"rendered":"<div class=\"wpb-content-wrapper\"><p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]Le informamos que en el BOE del d\u00eda 23 de febrero, se ha publicado el <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2022\/02\/23\/pdfs\/BOE-A-2022-2849.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Real Decreto-ley 2\/2022, de 22 de febrero<\/a><em>, <\/em>que entre otras novedades, se adoptan medidas urgentes para la protecci\u00f3n de los trabajadores aut\u00f3nomos, para la transici\u00f3n hacia los mecanismos estructurales de defensa del empleo, y para la recuperaci\u00f3n econ\u00f3mica y social de la isla de La Palma, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y econ\u00f3mica, y que ha supuesto la\u00a0<strong>s\u00e9ptima pr\u00f3rroga de los ERTE COVID-19<\/strong>\u00a0<strong>hasta el 31 de marzo.<\/strong><\/p>\n<p>Se extiende los efectos de las medidas extraordinarias en materia de cotizaci\u00f3n y de protecci\u00f3n por desempleo, incluidas las medidas para personas con contrato fijo discontinuo o que realicen trabajos fijos y peri\u00f3dicos que se repitan en fechas ciertas, as\u00ed como las medidas complementarias asociadas a los Expedientes de Regulaci\u00f3n Temporal de Empleo (ERTE) relacionados con la COVID-19 hasta el 31 de marzo de 2022\u00a0facilitando, as\u00ed, una transici\u00f3n a las medidas estructurales previstas en el\u00a0Estatuto de los Trabajadores.<\/p>\n<h2>PRINCIPALES NOVEDADES<\/h2>\n<h3>1.Se prorrogan hasta el 31 de marzo de 2022 los ERTE de limitaci\u00f3n e impedimento y los ERTE ETOP COVID<\/h3>\n<p>Actualmente, los trabajadores en ERTE-COVID se sit\u00faan en torno a los 100.000, de los que la mitad trabajan a tiempo parcial, y apenas suponen el 0,6% de los afiliados.\u00a0Por sectores, el porcentaje de trabajadores que se mantienen en ERTE-COVID es menor del 8%, a excepci\u00f3n de las agencias de viajes, cuyo nivel se eleva al 28%.<\/p>\n<p>Se prorrogan hasta el 31 de marzo de 2022 los ERTE de limitaci\u00f3n e impedimento y los ERTE ETOP COVID y se mantienen los mecanismos de protecci\u00f3n vigentes como el contador a cero y la exenci\u00f3n de periodo de carencia, mecanismos que, a partir de ahora se aplicar\u00e1n con car\u00e1cter estructural a los ERTE de Fuerza Mayor previstos en la reforma laboral.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se prolonga un mes m\u00e1s la prestaci\u00f3n extraordinaria para las personas con contrato fijo discontinuo o que realicen trabajos fijos y peri\u00f3dicos que se repitan en fechas ciertas, as\u00ed como las medidas complementarias asociadas a los expedientes de regulaci\u00f3n temporal de empleo relacionados con la COVID-19.<\/p>\n<p><strong>1.1. \u00bfSer\u00e1 necesario solicitar una nueva pr\u00f3rroga?<\/strong><\/p>\n<p>En caso de encontrarse en situaci\u00f3n de ERTE COVID-19 a 28 de febrero, la pr\u00f3rroga ser\u00e1 autom\u00e1tica. No obstante, se reducir\u00e1n las exoneraciones.<\/p>\n<p><strong>1.2. \u00bfQu\u00e9 pasar\u00e1 a partir del 1 de abril de 2022?<\/strong><\/p>\n<p>Se aplicar\u00e1n las modalidades de ERTE (art. 47 y 47 bis del\u00a0ET) establecidas tras las modificaciones operadas por la\u00a0reforma laboral 2022.<\/p>\n<h3>2. \u00bfSe mantiene la cl\u00e1usula de salvaguarda de empleo y las condiciones de las prestaciones por desempleo asociadas a los ERTE?<\/h3>\n<p>S\u00ed. Se mantienen las prohibiciones de despedir, realizaci\u00f3n de horas extra, externalizaciones, etc., as\u00ed como la prestaci\u00f3n por desempleo sobre el 70% de la base reguladora.<\/p>\n<h2>Transici\u00f3n a los nuevos expedientes de regulaci\u00f3n temporal de empleo de los art\u00edculos 47 y 47 bis del\u00a0Estatuto de los Trabajadores\u00a0(vigentes desde 31\/12\/2022).<\/h2>\n<p>La D.A. 1.\u00aa concreta:<\/p>\n<p><em>\u00ab1. Los expedientes de regulaci\u00f3n temporal de empleo referidos en el art\u00edculo\u00a01 del Real Decreto-ley\u00a018\/2021, de\u00a028 de septiembre, y vigentes a la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley, se prorrogar\u00e1n autom\u00e1ticamente hasta el\u00a031 de marzo de\u00a02022.<\/em><\/p>\n<p><em>Asimismo, se prorrogar\u00e1n hasta el\u00a031 de marzo de\u00a02022 los expedientes de regulaci\u00f3n temporal de empleo vigentes a la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley y que hubiesen sido autorizados con base en lo dispuesto en los art\u00edculos\u00a02 y\u00a05.1 del Real Decreto-ley\u00a018\/2021, de\u00a028 de septiembre, incluidos los autorizados con arreglo a la disposici\u00f3n transitoria \u00fanica de la misma.<\/em><\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li><em> A los expedientes previstos en el apartado\u00a01 y a las personas trabajadoras afectadas por los mismos les seguir\u00e1n resultando de aplicaci\u00f3n las medidas previstas en el Real Decreto-ley\u00a018\/2021, de\u00a028 de septiembre, hasta el\u00a031 de marzo de\u00a02022, sin perjuicio de lo establecido en la disposici\u00f3n adicional segunda de este real decreto-ley.<\/em><\/li>\n<li><em> La pr\u00f3rroga de las medidas de protecci\u00f3n por desempleo del art\u00edculo\u00a07 del Real\u00a0Decreto-ley\u00a018\/2021, de\u00a028 de septiembre, se extender\u00e1 hasta el d\u00eda\u00a031 de marzo de\u00a02022\u00bb.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n<h2>Exoneraciones previstas\u00a0durante el mes marzo (D.A. 2.\u00aa)<\/h2>\n<p>Durante el mes marzo, por tanto, estar\u00e1 vigente un modelo similar al actual, con exoneraciones en las cotizaciones sociales del 90% en los casos de ERTE por impedimento y del 60% en los casos de empresas que acogidas a un ERTE COVID y desarrollen procesos de formaci\u00f3n y del 30% (empresas de menos de 10 trabajadores) y del 20% (m\u00e1s de 10 trabajadores) para aquellos supuestos en los que no se pongan en marcha planes de formaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\"><strong>Atenci\u00f3n.<\/strong>\u00a0Las <strong>exoneraciones de cuotas para las empresas a la Seguridad Social vigentes se reducen <\/strong>para este periodo de transici\u00f3n. De esta forma, se reducen\u00a0de un 80% al 60% donde hay planes de formaci\u00f3n; y, donde no hay planes pasan a 20% en empresas de 10 o m\u00e1s trabajadores y a 30% en el caso de 10 o menos trabajadores.\u00a0En los supuestos de\u00a0fuerza mayor, la exoneraci\u00f3n ser\u00e1 del 90%.<\/p>\n<h2>ERTE de mecanismo RED<\/h2>\n<p>El mes de transici\u00f3n tambi\u00e9n servir\u00e1 para dar respuesta a la petici\u00f3n de activaci\u00f3n del Mecanismo RED para el sector de las agencias de viaje.<\/p>\n<h3>1.Trabajadores aut\u00f3nomos<\/h3>\n<p>El primer grupo de estas ayudas tiene como objetivo facilitar la reactivaci\u00f3n de la actividad de los aut\u00f3nomos y, de forma an\u00e1loga a lo que se hizo a partir de octubre, se establecen\u00a0<strong>exoneraciones en las cotizaciones sociales durante los pr\u00f3ximos cuatro meses<\/strong>. En concreto, los trabajadores aut\u00f3nomos que ven\u00edan percibiendo hasta ahora las prestaciones extraordinarias asociadas a la pandemia del Real Decreto-ley 18\/2021, m\u00e1s de 110.000 personas, se les aplicar\u00e1 una exoneraci\u00f3n de su cotizaci\u00f3n a la Seguridad Social del 90% en marzo, del 75% en abril, del 50% en mayo y del 25% en junio.<\/p>\n<p>Para recibir estas exoneraciones en la cotizaci\u00f3n, los trabajadores aut\u00f3nomos deber\u00e1n permanecer en alta en el correspondiente r\u00e9gimen especial de la Seguridad Social <strong>hasta el 30 de junio de 2022.<\/strong><\/p>\n<p>La norma regula:<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0Exenci\u00f3n de la obligaci\u00f3n de cotizar a favor de los trabajadores aut\u00f3nomos que hayan percibido alguna modalidad de prestaci\u00f3n por cese de actividad al amparo de lo dispuesto en el\u00a0Real Decreto-ley 18\/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protecci\u00f3n del empleo, la recuperaci\u00f3n econ\u00f3mica y la mejora del mercado de trabajo.<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0Prestaci\u00f3n extraordinaria por cese de actividad para los trabajadores aut\u00f3nomos afectados por una suspensi\u00f3n temporal de toda la actividad como consecuencia de una resoluci\u00f3n de la autoridad competente como medida de contenci\u00f3n de la propagaci\u00f3n de la COVID-19.<\/p>\n<h3>2. Se prorroga el Plan MECUIDA hasta el 30 de junio<\/h3>\n<p>El Plan MECUIDA, que regula el derecho de adaptar y\/o reducir la jornada laboral de las personas trabajadoras para atender a los deberes de cuidado como consecuencia del COVID-19 extiende su vigencia hasta el 30 de junio.<\/p>\n<h3>3. Erupci\u00f3n volc\u00e1nica registrada en la zona de Cumbre Vieja en La Palma<\/h3>\n<p>Los ERTE autorizados a empresas afectadas por la erupci\u00f3n de Cumbre Vieja se transforman de forma autom\u00e1tica, en ERTE de Fuerza Mayor sin que las empresas tengan que tramitar nueva solicitud, <strong>hasta el 30 de junio de 2022.<\/strong><\/p>\n<p>Los aplazamientos y moratorias en el pago de las cuotas ( art. 10 del\u00a0Real Decreto-ley 20\/2021, de 5 de octubre), podr\u00e1n solicitarse, igualmente, con relaci\u00f3n al pago de las cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudaci\u00f3n conjunta, cuyo devengo tenga lugar entre los meses de febrero a mayo de 2022, en el caso de empresas, y entre los meses de marzo a junio de 2022, en el caso de trabajadores aut\u00f3nomos.<\/p>\n<p>Se regulan una serie de prestaciones extraordinarias:<\/p>\n<ul>\n<li>cese de actividad para los trabajadores aut\u00f3nomos que se vean obligados a cesar en la actividad como consecuencia directa de la erupci\u00f3n volc\u00e1nica registrada en la zona de Cumbre Vieja de La Palma.<\/li>\n<li>cese de actividad para los trabajadores aut\u00f3nomos afectados por una suspensi\u00f3n temporal de toda la actividad como consecuencia de los da\u00f1os ocasionados por las erupciones volc\u00e1nicas.<\/li>\n<li>cese de actividad para aquellos trabajadores aut\u00f3nomos que vean afectadas sus actividades como consecuencia de los da\u00f1os ocasionados por la erupci\u00f3n volc\u00e1nica registrada en la zona de Cumbre Vieja de La Palma.<\/li>\n<\/ul>\n<h3>4. Otras medidas<\/h3>\n<ul>\n<li><strong>Reducci\u00f3n de la jornada de trabajo por cuidado de hijos o personas sujetas a guarda con fines de adopci\u00f3n o acogida con car\u00e1cter permanente por c\u00e1ncer u otra enfermedad grave extinguida por cumplimiento de 18 a\u00f1os de edad:<\/strong>\u00a0las personas trabajadoras como los empleados y empleadas p\u00fablicos que hubieran disfrutado de una reducci\u00f3n de jornada para el cuidado, durante la hospitalizaci\u00f3n y tratamiento continuado, de un menor a su cargo afectado por c\u00e1ncer o por cualquier otra enfermedad grave y hayan visto extinguida dicha reducci\u00f3n de jornada por haber cumplido aqu\u00e9l dieciocho a\u00f1os de edad antes de la entrada en vigor de la\u00a0Ley 22\/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el a\u00f1o 2022, que elev\u00f3 el l\u00edmite de edad a 23 a\u00f1os, puedan volver a solicitar la reducci\u00f3n de jornada prevista.<\/li>\n<li><strong>Se extienden el plazo de determinadas medidas de protecci\u00f3n en situaciones de vulnerabilidad<\/strong>\u00a0en materia de vivienda establecidas en el\u00a0Real Decreto-ley 11\/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el \u00e1mbito social y econ\u00f3mico para hacer frente al COVID-19. En particular, se ampl\u00eda hasta el 30 de septiembre de 2022 la suspensi\u00f3n de los procedimientos y lanzamientos en los supuestos y de acuerdo con los tr\u00e1mites ya establecidos, as\u00ed como, en consecuencia, la posibilidad de solicitar, hasta el 31 de octubre de 2022, compensaci\u00f3n por parte del arrendador o propietario recogida en el\u00a0Real Decreto-ley 37\/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y econ\u00f3mica en el \u00e1mbito de la vivienda y en materia de transportes.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Madrid, a 24 de febrero de 2022<\/p>\n<p><strong>Afianza CSF,<\/strong>[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]Le informamos que en el BOE del d\u00eda 23 de febrero, se ha publicado el Real Decreto-ley 2\/2022, de 22 de febrero, que entre otras novedades, se adoptan medidas urgentes para la protecci\u00f3n de los trabajadores aut\u00f3nomos, para la transici\u00f3n hacia los mecanismos estructurales de defensa del empleo, y para la recuperaci\u00f3n econ\u00f3mica y social&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":14917,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[102],"class_list":["post-17460","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","tag-laboral-y-seguridad-social","category-1","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/17460","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=17460"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/17460\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/14917"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=17460"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=17460"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=17460"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}