{"id":17613,"date":"2022-05-12T09:44:12","date_gmt":"2022-05-12T07:44:12","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=17613"},"modified":"2022-05-12T09:44:12","modified_gmt":"2022-05-12T07:44:12","slug":"plan-general-de-actividades-preventivas-a-desarrollar-por-las-mutuas-durante-2022","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/plan-general-de-actividades-preventivas-a-desarrollar-por-las-mutuas-durante-2022\/","title":{"rendered":"Plan general de actividades preventivas a desarrollar por las mutuas durante 2022"},"content":{"rendered":"<div class=\"wpb-content-wrapper\"><p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]Le informamos que en el BOE del d\u00eda 7 de mayo se ha publicado la Resoluci\u00f3n de 29 de abril de 2022, que entr\u00f3 en vigor el d\u00eda 8 de mayo de 2022, donde se establece la planificaci\u00f3n general de las actividades preventivas de la Seguridad Social a desarrollar por las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social en sus planes de actividades del a\u00f1o 2022.<\/p>\n<p>Durante el a\u00f1o 2022 las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social desarrollar\u00e1n los programas de actividades preventivas de la Seguridad Social que se relacionan seguidamente:<\/p>\n<h2>1.Programa de asesoramiento t\u00e9cnico a PYMES y empresas de sectores preferentes<\/h2>\n<p>Comprende la realizaci\u00f3n de visitas y otras actuaciones de asesoramiento t\u00e9cnico a las empresas asociadas en las que concurran las circunstancias que se establecen en cada uno de los siguientes p\u00e1rrafos, para dispensarles asesoramiento t\u00e9cnico a los fines que asimismo se indican.<\/p>\n<ol>\n<li><strong>En las empresas de menos de 50 trabajadores<\/strong> cuya actividad se realice en las divisiones de actividad del anexo I de la Resoluci\u00f3n, que se corresponden con las de mayor n\u00famero de accidentes de trabajo con baja graves y mortales producidos en el a\u00f1o 2021, se analizar\u00e1n las causas que ocasionan la siniestralidad y se asesorar\u00e1 a la empresa para corregir las deficiencias que pudieran detectarse y sobre las herramientas disponibles para el desarrollo de la gesti\u00f3n preventiva. En su caso, y atendiendo a cu\u00e1l sea la evoluci\u00f3n de la pandemia provocada por el COVID-19, se llevar\u00e1n a cabo actuaciones de asesoramiento para promover la implantaci\u00f3n de las medidas preventivas establecidas por el Ministerio de Sanidad y las Comunidades Aut\u00f3nomas con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.<\/li>\n<li><strong>En las empresas que en 2021 hayan tenido un \u00edndice de accidentalidad propio superior al del a\u00f1o anterior o bien hayan presentado accidentes mortales o graves durante la jornada de trabajo<\/strong>, se analizar\u00e1n las causas que originaron la especial accidentalidad y se informar\u00e1 al empresario sobre los resultados del estudio realizado y las medidas que, en consecuencia, convendr\u00eda adoptar.<\/li>\n<li>En <strong>las empresas en las que en 2021 se hayan registrado enfermedades profesionales con baja causadas por los agentes y en los sectores de actividad<\/strong> relacionados en el anexo II, que se corresponden con aquellas en las que en dicho a\u00f1o se han superado los l\u00edmites de siniestralidad establecidos en el sistema de alerta del registro CEPROSS, se estudiar\u00e1n las posibles causas y agentes que motiven su determinaci\u00f3n como enfermedades y se informar\u00e1 a las empresas sobre los resultados del estudio.<\/li>\n<\/ol>\n<h2>2. Programa de asesoramiento a empresas o actividades concurrentes<\/h2>\n<p>En los centros de trabajo en los que <strong>concurran trabajadores de dos o m\u00e1s empresas, incluidas contratistas y subcontratistas, o trabajadores aut\u00f3nomos,<\/strong> alguna de cuyas empresas o alguno de cuyos trabajadores se encuentre asociada o adherido a la mutua colaboradora con la Seguridad Social, respectivamente, esta deber\u00e1 informar y asesorar a sus empresas y a sus trabajadores aut\u00f3nomos implicados sobre la aplicaci\u00f3n de los medios de coordinaci\u00f3n existentes para la prevenci\u00f3n de los riesgos\u00a0laborales, sin que la realizaci\u00f3n de estas actividades por la mutua pueda utilizarse como medio de captaci\u00f3n de empresas asociadas y trabajadores adheridos o servir de fundamento para el desarrollo de actividades de mediaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En su caso, y atendiendo a cu\u00e1l sea la evoluci\u00f3n de la pandemia provocada por el COVID-19, se llevar\u00e1n a cabo actuaciones de asesoramiento para promover la implantaci\u00f3n de las medidas preventivas establecidas por el Ministerio de Sanidad y las Comunidades Aut\u00f3nomas con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.<\/p>\n<h2>3. Programa de difusi\u00f3n del servicio de la Seguridad Social denominado \u00abPrevenci\u00f3n10.es\u00bb<\/h2>\n<p>Realizaci\u00f3n de <strong>jornadas entre las empresas asociadas de hasta 25 trabajadores y aut\u00f3nomos adheridos al objeto de informarles sobre las funcionalidades que ofrece el servicio \u00abPrevenci\u00f3n10.es\u00bb<\/strong>, que desarrolla programas y actividades preventivas comprendidas en la acci\u00f3n protectora de la Seguridad Social, y mostrarles su utilizaci\u00f3n, contempl\u00e1ndose en su contenido la inclusi\u00f3n, entre otras, de acciones de orientaci\u00f3n espec\u00edficas dirigidas a empresas asociadas y trabajadores aut\u00f3nomos adheridos, teniendo en cuenta, en su caso, las particularidades de los usuarios potenciales y efectivos del mencionado servicio.<\/p>\n<p>Las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social podr\u00e1n solicitar, para el desarrollo de esta actividad, la colaboraci\u00f3n del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, en su condici\u00f3n de \u00f3rgano al que la Secretar\u00eda de Estado de la Seguridad Social y Pensiones encarga la gesti\u00f3n directa del servicio. En caso de que este \u00faltimo carezca de disponibilidad de medios en los diferentes lugares y fechas, el programa se desarrollar\u00e1 directamente por el personal de la mutua.<\/p>\n<h2>4. Programa de asesoramiento en empresas de menos de 50 trabajadores para la adaptaci\u00f3n de puestos de trabajo y estructuras para la recolocaci\u00f3n de trabajadores accidentados o con patolog\u00edas de origen profesional<\/h2>\n<p>Este programa se desarrollar\u00e1 para las empresas pertenecientes a las divisiones y a los sectores de actividad contemplados en los anexos I y II de esta Resoluci\u00f3n.<\/p>\n<h2>5. Actuaciones para el control y, en su caso, reducci\u00f3n de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales<\/h2>\n<p>Las actuaciones enmarcadas en los programas de asesoramiento sobre el control de las causas de la incidencia de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales y el control y reducci\u00f3n de la alta siniestralidad ser\u00e1n llevadas a cabo prioritariamente en las empresas que desarrollen su actividad econ\u00f3mica en las divisiones y en los sectores de actividad que aparecen identificados en los anexos I y II, de modo que pueda disponerse de informaci\u00f3n que permita analizar el comportamiento experimentado por los accidentes y las enfermedades en aquellas empresas en los a\u00f1os 2022, 2023 y 2024.<\/p>\n<h2>6. Actividades de investigaci\u00f3n, desarrollo e innovaci\u00f3n para la reducci\u00f3n de las contingencias profesionales<\/h2>\n<p>Se incluir\u00e1n las actividades del tipo de las enunciadas en el art\u00edculo 2.2.c), p\u00e1rrafos 1.\u00ba, 2.\u00ba y 3.\u00ba, del\u00a0Real Decreto 860\/2018, de 13 de julio, por el que se regulan las actividades preventivas de la acci\u00f3n protectora de la Seguridad Social a realizar por las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, que pretendan realizar las mutuas, las cuales se especificar\u00e1n por las mutuas en los respectivos planes de actividades preventivas elaborados por cada una de ellas que se presenten para su aprobaci\u00f3n, en los que, en relaci\u00f3n con las actividades de elaboraci\u00f3n y difusi\u00f3n de c\u00f3digos de buenas pr\u00e1cticas, las mismas se dirigir\u00e1n, entre otros, a los siguientes \u00e1mbitos de actuaci\u00f3n:<\/p>\n<ol>\n<li>Sectores y actividades con mayor riesgo.<\/li>\n<li>Trastornos musculoesquel\u00e9ticos.<\/li>\n<li>Sustancias peligrosas.<\/li>\n<li>Trabajadores vulnerables y colectivos espec\u00edficos.<\/li>\n<li>Factores organizativos y psicosociales.<\/li>\n<li>Riesgos emergentes y nuevas tecnolog\u00edas.<\/li>\n<li>H\u00e1bitos saludables en el entorno\u00a0laboral.<\/li>\n<li>Peque\u00f1as y medianas empresas.<\/li>\n<li>Seguridad vial\u00a0laboral.<\/li>\n<li>Generaci\u00f3n de cultura preventiva.<\/li>\n<\/ol>\n<p>El primer trimestre del a\u00f1o\u00a02023, las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social deber\u00e1n facilitar a la Direcci\u00f3n General de Ordenaci\u00f3n de la Seguridad Social informaci\u00f3n detallada sobre la ejecuci\u00f3n del plan, que incluir\u00e1 informaci\u00f3n sobre el grado de ejecuci\u00f3n de cada uno de los programas y actividades incluidos en el plan, as\u00ed como sobre el coste de ejecuci\u00f3n de cada uno de ellos.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Madrid, a 12 de mayo de 2022<\/p>\n<p><strong>Afianza CSF,<\/strong>[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]Le informamos que en el BOE del d\u00eda 7 de mayo se ha publicado la Resoluci\u00f3n de 29 de abril de 2022, que entr\u00f3 en vigor el d\u00eda 8 de mayo de 2022, donde se establece la planificaci\u00f3n general de las actividades preventivas de la Seguridad Social a desarrollar por las mutuas colaboradoras con la&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":8989,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[102],"class_list":["post-17613","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","tag-laboral-y-seguridad-social","category-1","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/17613","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=17613"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/17613\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/8989"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=17613"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=17613"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=17613"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}