{"id":17780,"date":"2022-09-07T09:50:04","date_gmt":"2022-09-07T07:50:04","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=17780"},"modified":"2022-09-14T12:43:47","modified_gmt":"2022-09-14T10:43:47","slug":"ya-esta-en-vigor-la-norma-europea-que-obliga-a-la-transparencia-salarial","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/ya-esta-en-vigor-la-norma-europea-que-obliga-a-la-transparencia-salarial\/","title":{"rendered":"Ya est\u00e1 en vigor la norma europea que obliga a la transparencia salarial"},"content":{"rendered":"<div class=\"wpb-content-wrapper\"><p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]Le inf\u00f3rmanos que el 11 de julio de 2022, se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Uni\u00f3n Europea (DOUE) la Directiva (UE) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a unas condiciones laborales transparentes. Supone la derogaci\u00f3n de la Directiva 91\/533\/CEE con efectos a partir del 1 de agosto de 2022. Tal y como se establece en el texto normativo, los derechos y obligaciones establecidos en la Directiva se aplicar\u00e1n a todas las relaciones de trabajo a m\u00e1s tardar el 1 de agosto de 2022.<\/p>\n<p>Pues bien, a partir de esa fecha, los sueldos deben ser p\u00fablicos y todos los aspirantes a un puesto de trabajo conocer\u00e1n el salario y las condiciones de la vacante a la que optan antes de pasar a una entrevista personal.<\/p>\n<h2>Obligaciones de informaci\u00f3n de las empresas<\/h2>\n<p>Los Estados miembros velar\u00e1n por que se exija a las empresas informar a los trabajadores sobre los elementos esenciales de su relaci\u00f3n laboral. En concreto, hay que informar a los empleados de los siguientes aspectos:<\/p>\n<ol>\n<li>la identidad de las partes de la relaci\u00f3n laboral;<\/li>\n<li>el lugar de trabajo. A falta de lugar de trabajo fijo o principal, el principio de que el trabajador est\u00e1 empleado en diferentes lugares o puede determinar libremente su lugar de trabajo, as\u00ed como la sede o, en su caso, el domicilio del empleador;<\/li>\n<li>cualquiera de los siguientes:\n<ol>\n<li>o bien el cargo, el grado y la naturaleza o categor\u00eda del trabajo para el que se ha empleado al trabajador<\/li>\n<li>o bien una breve caracterizaci\u00f3n o descripci\u00f3n del trabajo;<\/li>\n<\/ol>\n<\/li>\n<li>la fecha de comienzo de la relaci\u00f3n laboral;<\/li>\n<li>en caso de que se trate de una relaci\u00f3n laboral de duraci\u00f3n determinada: la fecha de finalizaci\u00f3n o la duraci\u00f3n prevista de dicha relaci\u00f3n laboral.<\/li>\n<li>en el caso de los trabajadores cedidos por empresas de trabajo temporal, la identidad de las empresas usuarias, si se conoce y tan pronto como se conozca.<\/li>\n<li>en su caso, la duraci\u00f3n y las condiciones del per\u00edodo de prueba;<\/li>\n<li>de haberlo, el derecho a formaci\u00f3n proporcionada por el empleador;<\/li>\n<li>la cantidad de vacaciones remuneradas a las que el trabajador tenga derecho o, si no es posible facilitar este dato en el momento de la entrega de la informaci\u00f3n, las modalidades de atribuci\u00f3n y de determinaci\u00f3n de dichas vacaciones;<\/li>\n<li>el procedimiento, que deben respetar el empleador y el trabajador, incluidos los requisitos formales y la duraci\u00f3n de los plazos de preaviso, en caso de terminaci\u00f3n de la relaci\u00f3n laboral o, si la duraci\u00f3n de los plazos de preaviso no puede indicarse en el momento de la entrega de la informaci\u00f3n, las modalidades de determinaci\u00f3n de dichos plazos de preaviso;<\/li>\n<li>la remuneraci\u00f3n, incluida la retribuci\u00f3n de base inicial, cualesquiera otros componentes, en su caso, indicados de forma separada, y la periodicidad y el m\u00e9todo de pago de la remuneraci\u00f3n a la que tenga derecho el trabajador;<\/li>\n<li>si el patr\u00f3n de trabajo es total o mayoritariamente previsible, la duraci\u00f3n de la jornada laboral ordinaria, diaria o semanal, del trabajador, as\u00ed como cualquier acuerdo relativo a las horas extraordinarias y su remuneraci\u00f3n y, en su caso, cualquier acuerdo sobre cambios de turno;<\/li>\n<li>si el patr\u00f3n de trabajo es total o mayoritariamente imprevisible, el empleador informar\u00e1 al trabajador sobre:\n<ol>\n<li>El principio de que el calendario de trabajo es variable, la cantidad de horas pagadas garantizadas y la remuneraci\u00f3n del trabajo realizado fuera de las horas garantizadas;<\/li>\n<li>Las horas y los d\u00edas de referencia en los cuales se puede exigir al trabajador que trabaje;<\/li>\n<li>El per\u00edodo m\u00ednimo de preaviso a que tiene derecho el trabajador antes del comienzo de la tarea y, en su caso, el plazo para la cancelaci\u00f3n de tareas asignadas.<\/li>\n<\/ol>\n<\/li>\n<li>todo convenio colectivo que regule las condiciones laborales del trabajador o, si se trata de convenios colectivos celebrados fuera de la empresa por instituciones u \u00f3rganos paritarios especiales, el nombre de la instituci\u00f3n o el \u00f3rgano paritario competente en cuyo seno se hayan celebrado dichos convenios;<\/li>\n<li>cuando sea responsabilidad del empleador, la identidad de las instituciones de seguridad social que reciben las cotizaciones sociales derivadas de la relaci\u00f3n laboral, as\u00ed como cualquier protecci\u00f3n en materia de seguridad social ofrecida por el empleador.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Pueden ponerse en contacto con nuestra <a href=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/asesoria-laboral-en-madrid\/\">asesor\u00eda laboral en Madrid<\/a> para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Madrid, a 7 de septiembre de 2022<\/p>\n<p><strong>Afianza CSF,<\/strong>[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]Le inf\u00f3rmanos que el 11 de julio de 2022, se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Uni\u00f3n Europea (DOUE) la Directiva (UE) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a unas condiciones laborales transparentes. 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