{"id":17919,"date":"2022-11-10T15:26:49","date_gmt":"2022-11-10T14:26:49","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=17919"},"modified":"2022-11-10T15:26:49","modified_gmt":"2022-11-10T14:26:49","slug":"obligaciones-y-derechos-laborales-en-la-ley-de-garantia-integral-de-la-libertad-sexual","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/obligaciones-y-derechos-laborales-en-la-ley-de-garantia-integral-de-la-libertad-sexual\/","title":{"rendered":"Obligaciones y derechos laborales en la Ley de Garant\u00eda Integral de la Libertad Sexual"},"content":{"rendered":"<div class=\"wpb-content-wrapper\"><p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]Las empresas deben promover condiciones de trabajo que eviten la comisi\u00f3n de delitos y otras conductas contra la libertad sexual.<\/p>\n<p>El pasado 7 de octubre, entr\u00f3 en vigor la Ley Org\u00e1nica 10\/2022, de 6 de septiembre, de garant\u00eda integral de la libertad sexual, la famosa &#8220;Ley del s\u00ed es s\u00ed&#8221; que, independientemente de las novedades que incorpora en materia penal, incluye importantes obligaciones para las empresas y empresarios que es importante conocer.<\/p>\n<h2>Derechos y obligaciones en materia laboral<\/h2>\n<p>Respecto a su impacto en el \u00e1mbito laboral, se introducen importantes obligaciones para las empresas as\u00ed como la oportunidad de revisar y actualizar otras medidas ya existentes.<\/p>\n<p>En cuanto a los <strong>deberes de prevenci\u00f3n y sensibilizaci\u00f3n en el \u00e1mbito laboral<\/strong>, se impone a las empresas:<\/p>\n<ul>\n<li>Promover condiciones de trabajo que eviten la comisi\u00f3n de delitos y otras conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo, incidiendo especialmente en el acoso sexual y el acoso por raz\u00f3n de sexo,<\/li>\n<li>Arbitrar procedimientos espec\u00edficos para su prevenci\u00f3n y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido v\u00edctimas de estas conductas, incluyendo espec\u00edficamente las sufridas en el \u00e1mbito digital,<\/li>\n<li>Promover la sensibilizaci\u00f3n y ofrecer formaci\u00f3n para la protecci\u00f3n integral contra las violencias sexuales a todo el personal a su servicio<\/li>\n<li>Incluir en la valoraci\u00f3n de riesgos de los diferentes puestos de trabajo ocupados por trabajadoras la violencia sexual entre los riesgos laborales concurrentes, debiendo formar e informar de ello.<\/li>\n<li>Integrar la perspectiva de g\u00e9nero en los espacios de la empresa para que sean seguros y accesibles para todas las trabajadoras.<\/li>\n<li>Negociar con los representantes de los trabajadores la elaboraci\u00f3n y difusi\u00f3n de c\u00f3digos de buenas pr\u00e1cticas, la realizaci\u00f3n de campa\u00f1as informativas, protocolos de actuaci\u00f3n o acciones de formaci\u00f3n, as\u00ed como las labores de concienciaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Tambi\u00e9n, se regula una <strong>bonificaci\u00f3n del 100% de las cuotas empresariales<\/strong> a la Seguridad Social por contingencias comunes para las empresas que suscriban contratos de interinidad con personas desempleadas para sustituir a personas trabajadoras v\u00edctimas de violencia sexual.<\/p>\n<p><strong>Revisar los protocolos de acoso sexual. <\/strong>La Ley Org\u00e1nica 10\/2022 refuerza la importancia de revisar los protocolos de acoso sexual y acoso por raz\u00f3n de sexo de las empresas. Entre otras, como medida de prevenci\u00f3n frente a la posibilidad de las empresas de incurrir en responsabilidad penal por la comisi\u00f3n del delito de acoso sexual o de delitos contra la integridad moral en el trabajo cometidos en el seno de la empresa (incluso por falta de supervisi\u00f3n, en virtud del art\u00edculo 31 bis 1 b) C\u00f3digo Penal).<\/p>\n<h2>Derechos laborales y de Seguridad Social de las v\u00edctimas de violencias sexuales<\/h2>\n<p>La norma tambi\u00e9n incorpora una serie de\u00a0derechos laborales y de Seguridad Social de las v\u00edctimas de violencias sexuales,\u00a0equipar\u00e1ndolas a las v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero o de terrorismo. A estos efectos, se establecen una serie de modificaciones en el Estatuto de los Trabajadores (por ejemplo, a efectos de movilidad geogr\u00e1fica, suspensi\u00f3n de contratos, causa de extinci\u00f3n o causas de nulidad de los despidos) y en la Ley General de la Seguridad Social.<\/p>\n<p>En concreto la norma, ampl\u00eda los derechos de las personas trabajadoras consideradas v\u00edctimas de violencia sexual, entre otros, en materia de derecho a la reducci\u00f3n de jornada, adaptaci\u00f3n de jornada y movilidad geogr\u00e1fica y en la interpretaci\u00f3n de las ausencias o faltas de puntualidad al trabajo -equipar\u00e1ndolos a los derechos de las v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero.<\/p>\n<ul>\n<li>Podr\u00e1n acogerse a un programa espec\u00edfico de empleo para v\u00edctimas de violencias sexuales inscritas como demandantes de empleo, incluido en el marco de los planes anuales de empleo.<\/li>\n<li>Tendr\u00e1n derecho a la suspensi\u00f3n de la relaci\u00f3n laboral con reserva de puesto de trabajo. Esta suspensi\u00f3n no podr\u00e1 exceder de los seis meses de duraci\u00f3n pudiendo extenderse a los 18 meses en determinados supuestos. En este caso, la empresa disfrutar\u00e1 de bonificaciones en Seguridad Social para los contratos de interinidad con personas desempleadas que sustituyan a v\u00edctimas de violencia sexual. Igualmente podr\u00e1n solicitar la extinci\u00f3n del contrato de trabajo con derecho a la prestaci\u00f3n por desempleo.<\/li>\n<li>Tendr\u00e1n derecho a optar a la movilidad geogr\u00e1fica con recolocaci\u00f3n en otro centro de trabajo.<\/li>\n<li>Las faltas de puntualidad al trabajo o ausencias motivadas por la situaci\u00f3n f\u00edsica o psicol\u00f3gica derivada de una violencia sexual se considerar\u00e1n justificadas.<\/li>\n<li>El despido de la trabajadora v\u00edctima de violencia de g\u00e9nero o sexual con motivo de ejercer sus derechos es nulo.<\/li>\n<li>Tendr\u00e1n derecho a la reducci\u00f3n de la jornada de trabajo con disminuci\u00f3n proporcional del salario o a la reordenaci\u00f3n del tiempo de trabajo, a trav\u00e9s de la adaptaci\u00f3n del horario, de la aplicaci\u00f3n del horario flexible o de otras formas de ordenaci\u00f3n del tiempo de trabajo que se utilicen en la empresa.<\/li>\n<li>Podr\u00e1n realizar su trabajo total o parcialmente a distancia o a dejar de hacerlo si este fuera el sistema establecido, siempre en ambos casos que esta modalidad de prestaci\u00f3n de servicios sea compatible con el puesto y funciones desarrolladas por la persona.<\/li>\n<li>Optar\u00e1n a las ayudas econ\u00f3micas a las v\u00edctimas de violencias sexuales y a la Renta Activa de Inserci\u00f3n.<\/li>\n<li>Las trabajadoras aut\u00f3nomas podr\u00e1n cesar su actividad con derecho a la prestaci\u00f3n por cese de actividad.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Madrid, a 10 de noviembre de 2022<\/p>\n<p><strong>Afianza CSF,<\/strong>[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]Las empresas deben promover condiciones de trabajo que eviten la comisi\u00f3n de delitos y otras conductas contra la libertad sexual. 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