{"id":17979,"date":"2022-12-13T15:45:49","date_gmt":"2022-12-13T14:45:49","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=17979"},"modified":"2022-12-13T15:45:49","modified_gmt":"2022-12-13T14:45:49","slug":"el-consejo-de-administracion-en-una-sociedad-limitada-como-funciona","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/el-consejo-de-administracion-en-una-sociedad-limitada-como-funciona\/","title":{"rendered":"El Consejo de Administraci\u00f3n en una Sociedad Limitada \u00bfC\u00f3mo funciona?"},"content":{"rendered":"<div class=\"wpb-content-wrapper\"><p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]El Consejo de Administraci\u00f3n gestiona y representa a la sociedad de forma colegiada. Su n\u00famero de miembros debe constar en los estatutos y no puede ser inferior a tres y no puede exceder de doce. El Consejo debe reunirse al menos una vez al trimestre y plasmar las discusiones y acuerdos tomados en actas firmadas por el presidente y el secretario.<\/p>\n<p>Si su sociedad ha crecido con la entrada de nuevos socios y, al haber m\u00e1s intereses en juego, est\u00e1n valorando gestionarla a trav\u00e9s de un Consejo de Administraci\u00f3n. Recuerde c\u00f3mo funciona esta figura y qu\u00e9 debe tener en cuenta.<\/p>\n<p>En la Ley de Sociedades de Capital se contempla la posibilidad de que los propios Estatutos Sociales determinen cu\u00e1l ser\u00e1 la forma del \u00f3rgano de administraci\u00f3n. Por esta raz\u00f3n, suele tenerse la duda de cu\u00e1ndo conviene elegir entre un Administrador \u00danico, Dos mancomunados o solidarios o bien, un Consejo de Administraci\u00f3n. En esa ocasi\u00f3n nos centraremos en esta \u00faltima opci\u00f3n y en sus ventajas.<\/p>\n<h2>Composici\u00f3n y actuaci\u00f3n del Consejo de Administraci\u00f3n de una SL<\/h2>\n<p>El Consejo de Administraci\u00f3n estar\u00e1 compuesto, como m\u00ednimo, por tres miembros con un m\u00e1ximo de hasta doce.<\/p>\n<p>Ser\u00e1 obligatorio que este tenga un presidente y un secretario, incluso siendo posible nombrar vicepresidente y vicesecretario para ayudar en las labores de gesti\u00f3n. Los dem\u00e1s integrantes del consejo ser\u00e1n los vocales.<\/p>\n<p>Es importante se\u00f1alar que todos los miembros del Consejo de Administraci\u00f3n asumen el mismo r\u00e9gimen que el de los administradores de la sociedad, motivo por el que les ser\u00e1n de aplicaci\u00f3n las disposiciones legales y estatutarias del r\u00e9gimen de los administradores, con todas sus obligaciones y derechos.<\/p>\n<p>Para la elecci\u00f3n de los miembros del consejo, es necesario que se celebre una votaci\u00f3n en la Junta General de Socios conforme a la ley y los estatutos.<\/p>\n<h2>Reuniones<\/h2>\n<p>El Consejo debe reunirse al menos una vez al trimestre y plasmar las discusiones y acuerdos tomados en actas firmadas por el presidente y el secretario.\u00a0 Incluya en los estatutos la posibilidad de celebrar reuniones por videoconferencia y adoptar acuerdos por escrito (sin sesi\u00f3n) para una mayor agilidad. Y evite impugnaciones cumpliendo siempre las formalidades legales:<\/p>\n<ul>\n<li><em>Convocatoria.<\/em>\u00a0El presidente es quien convoca al Consejo.\u00a0\u00a0Tambi\u00e9n pueden hacerlo 1\/3 de sus miembros si antes lo han solicitado al presidente y \u00e9ste no lo ha hecho, sin causa justificada, en el plazo de un mes.<\/li>\n<li><em>Constituci\u00f3n<\/em>\u00a0.En las SL, los estatutos fijan el n\u00famero de consejeros necesarios para la v\u00e1lida constituci\u00f3n del Consejo, siempre que alcancen, como m\u00ednimo, la mayor\u00eda de los vocales.<\/li>\n<li><em>Acuerdos<\/em>. En las SL se aplica la mayor\u00eda simple (m\u00e1s votos a favor que en contra), si bien los estatutos pueden indicar mayor\u00edas concretas.\u00a0 Es posible prever estatutariamente que en caso de empate se atribuya al presidente del Consejo un voto de calidad.<\/li>\n<\/ul>\n<h2>Delegaci\u00f3n de facultades<\/h2>\n<p>Para llevar a cabo las funciones ejecutivas del \u00f3rgano de administraci\u00f3n, resulta pr\u00e1ctico designar de entre los miembros del Consejo a uno o varios consejeros delegados:<\/p>\n<ul>\n<li>Deben establecer el alcance de la delegaci\u00f3n y si \u00e9sta es puntual o permanente.<\/li>\n<li>La delegaci\u00f3n permanente y la designaci\u00f3n de los consejeros delegados requieren el voto favorable de 2\/3 de los consejeros, y no producen efectos hasta su inscripci\u00f3n en el Registro.<\/li>\n<li>Algunas facultades del Consejo no se pueden delegar; por ejemplo, la formulaci\u00f3n de cuentas, el nombramiento y destituci\u00f3n de directivos que dependan directamente del Consejo, o la convocatoria de la junta general.<\/li>\n<\/ul>\n<h2>Contrato<\/h2>\n<p>Si designan un consejero delegado, es necesario firmar un contrato que deber\u00e1 ser aprobado por el Consejo por 2\/3 de sus miembros (el designado no puede asistir ni votar). Y si el cargo va a ser retribuido:<\/p>\n<ul>\n<li>Deben indicar todos los conceptos retribuibles, las posibles indemnizaciones en caso de cese, o las cantidades que la sociedad debe abonar en concepto de primas de seguro o contribuci\u00f3n a sistemas de ahorro.<\/li>\n<li>Es imprescindible especificar en los estatutos que el cargo es retribuido, determinar el sistema de remuneraci\u00f3n, y que la Junta de Socios apruebe el importe m\u00e1ximo de la remuneraci\u00f3n anual.\u00a0 De lo contrario, cualquier socio disconforme podr\u00eda exigir que el consejero delegado devolviera lo cobrado, y Hacienda considerar\u00eda que las cantidades percibidas no son un gasto deducible para la sociedad.<\/li>\n<\/ul>\n<h2>Ventajas del Consejo de Administraci\u00f3n<\/h2>\n<ul>\n<li>La principal ventaja que ofrece el Consejo de Administraci\u00f3n es la posibilidad de tomar decisiones con un proceso de discusi\u00f3n previo y que est\u00e9n consensuadas entre los consejeros.<\/li>\n<li>Tambi\u00e9n permite facilitar y agilizar la toma de acuerdos al no ser necesaria una unanimidad (como ocurre en el caso de los administradores mancomunados), adopt\u00e1ndose las decisiones por la mayor\u00eda absoluta de los consejeros asistentes a la sesi\u00f3n.<\/li>\n<li>Al mismo tiempo, permite que, en el caso de que nuevos socios entren a la sociedad, se pueda acordar una distribuci\u00f3n conjunta y proporcional de los puestos en el consejo, facilitando la participaci\u00f3n de todos en la gesti\u00f3n de la sociedad.<\/li>\n<li>El Consejo de Administraci\u00f3n es una f\u00f3rmula muy interesante para la gesti\u00f3n de la sociedad, especialmente cuando hay diversidad de socios o cuando la sociedad decide crecer. Adem\u00e1s, permite una gesti\u00f3n m\u00e1s transparente, manteniendo informados a todos los consejeros de todos los asuntos y siendo necesario su voto positivo para poder adoptar acuerdos y decisiones.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Madrid, a 13 de diciembre de 2022<\/p>\n<p><strong>Afianza CSF,<\/strong>[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]El Consejo de Administraci\u00f3n gestiona y representa a la sociedad de forma colegiada. Su n\u00famero de miembros debe constar en los estatutos y no puede ser inferior a tres y no puede exceder de doce. 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