{"id":18004,"date":"2022-12-28T10:20:17","date_gmt":"2022-12-28T09:20:17","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=18004"},"modified":"2022-12-28T10:20:17","modified_gmt":"2022-12-28T09:20:17","slug":"ayudas-para-empresas-industriales-que-apliquen-la-jornada-laboral-de-4-dias","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/ayudas-para-empresas-industriales-que-apliquen-la-jornada-laboral-de-4-dias\/","title":{"rendered":"Ayudas para empresas industriales que apliquen la jornada laboral de 4 d\u00edas"},"content":{"rendered":"<div class=\"wpb-content-wrapper\"><p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]Le informamos que en el BOE del d\u00eda 12 de diciembre, se ha publicado Orden ICT\/1238\/2022, de 9 de diciembre, donde se regula el nuevo proyecto piloto impulsado por el Ministerio de Industria y Comercio, por el que las pymes que reduzcan durante 24 meses un 10% de la jornada laboral para un n\u00famero de trabajadores determinado seg\u00fan el tama\u00f1o de la empresa, sin bajar salarios, podr\u00e1n optar a ayudas de hasta 150.000 euros.<\/p>\n<p>En concreto, las peque\u00f1as y medianas empresas (pymes) que\u00a0<strong>apliquen una reducci\u00f3n m\u00ednima del 10% de la jornada laboral durante, al menos, dos a\u00f1os podr\u00e1n optar hasta 150.000 euros de\u00a0ayudas directas para cubrir los costes empresariales.\u00a0<\/strong>Esto supondr\u00e1 una semana laboral de 4 d\u00edas (32 horas) y\u00a0ligar el salario a la productividad y no al n\u00famero de horas trabajadas.<\/p>\n<p>En paralelo,\u00a0el proyecto tambi\u00e9n plantea la posibilidad de financiar los costes salariales de los trabajadores que se contraten para cubrir la reducci\u00f3n de la jornada laboral, los costes de formaci\u00f3n relativa a la optimizaci\u00f3n del tiempo de trabajo, los costes de colaboraciones externas o los costes de personal interno necesarios para el dise\u00f1o o redise\u00f1o de procesos.<\/p>\n<p>El plan beneficiar\u00e1 (en su primera fase) a unas 60 o 70 pymes y persigue una\u00a0mejorar la productividad, la conciliaci\u00f3n laboral, la igualdad de oportunidades y la salud f\u00edsica y mental de los trabajadores<\/p>\n<h2>Bases reguladoras y procedimiento de concesi\u00f3n<\/h2>\n<p>Las\u00a0bases reguladoras y el procedimiento de concesi\u00f3n y gesti\u00f3n de subvenciones\u00a0para concurrir a este proyecto piloto se regulan en la<strong>\u00a0Orden ICT\/1238\/2022, de 9 de diciembre, <\/strong>por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el impulso de la mejora de la productividad en peque\u00f1as y medianas empresas industriales a trav\u00e9s de proyectos piloto de reducci\u00f3n de la jornada laboral.<\/p>\n<p>El <strong>plazo de presentaci\u00f3n<\/strong> ser\u00e1 el que se establezca en la posterior convocatoria, siendo como m\u00e1ximo de dos meses desde la publicaci\u00f3n del extracto de la convocatoria en el BOE.<\/p>\n<h2>Contenido de los proyectos piloto de reducci\u00f3n de la jornada laboral<\/h2>\n<p>Los\u00a0proyectos piloto de innovaci\u00f3n en materia de organizaci\u00f3n empresarial\u00a0susceptibles de subvenci\u00f3n\u00a0deber\u00e1n tener, al menos, el siguiente contenido:<\/p>\n<ul>\n<li>Compromiso empresarial de reducci\u00f3n de la jornada laboral ordinaria a tiempo completo que refleje una reducci\u00f3n m\u00ednima del\u00a010 por ciento de la jornada en c\u00f3mputo semanal. Este compromiso se establecer\u00e1 para una duraci\u00f3n temporal m\u00ednima de dos a\u00f1os, computable desde la concesi\u00f3n de la ayuda, y afectar\u00e1 \u00fanicamente a personas trabajadoras con contrato indefinido a tiempo completo.<\/li>\n<li>Compromiso empresarial relativo a que la reducci\u00f3n de la jornada laboral ordinaria realizada en los t\u00e9rminos precedentes, en ning\u00fan caso afectar\u00e1 a las retribuciones salariales que legal o convencionalmente correspondiesen al\u00a0100% de la jornada laboral.<\/li>\n<li>Deber\u00e1 de garantizarse que el n\u00famero de mujeres participantes en el proyecto responda al porcentaje de distribuci\u00f3n de g\u00e9nero existente en la totalidad de la plantilla con contrato indefinido a tiempo completo, permiti\u00e9ndose una desviaci\u00f3n del\u00a010%. No obstante lo anterior, este porcentaje de mujeres participantes podr\u00e1 ser superior, pero no inferior.<\/li>\n<li>La propuesta del n\u00famero de personas trabajadoras participantes en el proyecto piloto realizada por la empresa debe afectar como m\u00ednimo a un porcentaje de la plantilla de la empresa o centro de trabajo, en los t\u00e9rminos que se determinan a continuaci\u00f3n, en funci\u00f3n del tama\u00f1o del mismo.\n<ul>\n<li>Empresas o centros de trabajo de hasta\u00a020 personas trabajadoras: al menos al\u00a030% de las personas trabajadoras.<\/li>\n<li>Empresas o centros de trabajo de entre\u00a021 y\u00a0249 personas trabajadoras: al menos al\u00a025% de las personas trabajadoras.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<p>Para el c\u00e1lculo del n\u00famero de personas trabajadoras de una empresa o centro de trabajo se tendr\u00e1 en cuenta la plantilla total de la misma a la fecha de presentaci\u00f3n de la solicitud de la ayuda, de acuerdo con las siguientes reglas:<\/p>\n<ol>\n<li>Computar\u00e1n todas las personas trabajadoras de la empresa cualquiera que sea la forma de contrataci\u00f3n laboral, incluidas las personas con contratos fijos discontinuos y con contratos de duraci\u00f3n determinada.<\/li>\n<li>Cada persona con contrato a tiempo parcial se computar\u00e1, con independencia del n\u00famero de horas de trabajo, como una persona m\u00e1s.<\/li>\n<\/ol>\n<p>iii. A este n\u00famero de personas deber\u00e1n sumarse los contratos de duraci\u00f3n determinada, cualquiera que sea su modalidad.<\/p>\n<ul>\n<li>Medidas organizativas o formativas para optimizar el tiempo de trabajo a implementar durante toda la duraci\u00f3n del proyecto piloto, que redunden en la mejora de la productividad de la empresa.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Indicadores que midan la mejora de la evoluci\u00f3n de la productividad del trabajo en la empresa o centro de trabajo que ser\u00e1n evaluados peri\u00f3dicamente.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Los proyectos piloto para la reducci\u00f3n de la jornada laboral deber\u00e1n ser objeto de acuerdo con la representaci\u00f3n legal de los trabajadores, con car\u00e1cter previo a la solicitud de la ayuda.<\/p>\n<p>La Orden fija\u00a0(anexo II) un\u00a0<strong>modelo de memoria<\/strong> del proyecto piloto.<\/p>\n<h2>Beneficiarios<\/h2>\n<p>Podr\u00e1n acogerse a las ayudas establecidas en esta orden las sociedades que tengan consideraci\u00f3n de peque\u00f1as y medianas empresas, con personalidad jur\u00eddica propia legalmente constituidas en Espa\u00f1a y debidamente inscritas en el registro correspondiente, que no formen parte del sector p\u00fablico y que desarrollen una actividad industrial.<\/p>\n<p>Quedan <strong>excluidas las entidades<\/strong> en quienes concurra alguna de las circunstancias:<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0 No estar al corriente de pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros pr\u00e9stamos o anticipos anteriormente concedidos con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.<\/p>\n<p>&#8211; Las que se encuentren sujetas a una orden de recuperaci\u00f3n pendiente tras una Decisi\u00f3n previa de la Comisi\u00f3n Europea que haya declarado una ayuda al beneficiario ilegal e incompatible con el mercado interior.<\/p>\n<p>&#8211; Las que se encuentren en crisis, seg\u00fan la definici\u00f3n establecida en el art\u00edculo\u00a02.18 del Reglamento (UE) n\u00famero 651\/2014 de la Comisi\u00f3n, de\u00a017 de junio de\u00a02014, o sus posibles modificaciones.<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 gastos ser\u00e1n subvencionables?<\/h2>\n<p>Tendr\u00e1n la consideraci\u00f3n de gastos subvencionables:<\/p>\n<ul>\n<li>Costes salariales del personal afectado por la reducci\u00f3n de la jornada laboral: gastos que debe soportar la empresa como consecuencia de la reducci\u00f3n de la jornada laboral durante el primer a\u00f1o, y que incluyen la parte proporcional de los costes brutos de empleo (sueldos y cotizaciones sociales) del personal de la empresa participante en el proyecto piloto y conforme a la descripci\u00f3n realizada en la solicitud y en la memoria del proyecto.<\/li>\n<li>Gastos de contrataci\u00f3n de los servicios de formaci\u00f3n relativa a la optimizaci\u00f3n del tiempo de trabajo de los trabajadores afectados a la implementaci\u00f3n del proyecto piloto.<\/li>\n<li>Gastos de contrataci\u00f3n de servicios externos de asesoramiento para el dise\u00f1o o redise\u00f1o de procesos afectados por el proyecto piloto y directamente vinculados a la producci\u00f3n de bienes y servicios de la empresa, o costes de personal implicado en esas mismas funciones.<\/li>\n<li>El gasto derivado del informe realizado por un auditor, inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, exigido en el art\u00edculo\u00a020.4 de la Orden, cuyo importe m\u00e1ximo subvencionable no podr\u00e1 exceder del\u00a01% de la totalidad del presupuesto subvencionable del proyecto.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Los gastos subvencionables del proyecto piloto\u00a0<strong>deber\u00e1n realizarse en el plazo de doce meses a contar desde el d\u00eda siguiente a la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n<\/strong>, excepto el gasto derivado del informe de auditor\u00eda, que podr\u00e1 realizarse dentro del plazo concedido para presentar la documentaci\u00f3n justificativa.<\/p>\n<p>La financiaci\u00f3n total a conceder en forma de subvenci\u00f3n ser\u00e1 como m\u00e1ximo del\u00a090 por ciento sobre el presupuesto financiable.\u00a0Por conceptos financiables, el importe de la ayuda a conceder en forma de subvenci\u00f3n, ser\u00e1 como m\u00e1ximo:<\/p>\n<ol>\n<li>Por costes de personal afectado por la reducci\u00f3n de la jornada laboral durante el primer a\u00f1o:<\/li>\n<\/ol>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td><strong>N.\u00ba\u00a0de empleados de la empresa<\/strong><\/td>\n<td><strong>Subvenci\u00f3n asignada<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Hasta 10 personas.<\/td>\n<td>90 % del gasto de personal soportado por la empresa como consecuencia de la reducci\u00f3n de la jornada durante el primer a\u00f1o.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre 11 y 52 personas.<\/td>\n<td>80 % del gasto de personal soportado por la empresa como consecuencia de la reducci\u00f3n de la jornada durante el primer a\u00f1o.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre 53 y 249 personas.<\/td>\n<td>75 % del gasto de personal soportado por la empresa como consecuencia de la reducci\u00f3n de la jornada durante el primer a\u00f1o.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>Se establece un l\u00edmite m\u00e1ximo subvencionable de\u00a0150.000 euros para gastos de personal afectado por reducci\u00f3n de jornada laboral.<\/p>\n<ol>\n<li>Por costes de formaci\u00f3n: hasta el 100% del gasto debidamente justificado.<\/li>\n<li>Por costes de colaboraciones externas y personal interno del art. 5.1.c) de la Orden ICT\/1238\/2022, de 9 de diciembre: hasta el 80% del gasto debidamente justificado.<\/li>\n<li>Por gastos de informe de auditor establecido en el art\u00edculo 20.4: hasta el 100% del gasto debidamente justificado, y teniendo en cuenta el l\u00edmite se\u00f1alado en el art\u00edculo 5.1.d).<\/li>\n<\/ol>\n<h2>Obligaciones<\/h2>\n<p>Junto a las generales (art. 14 de la\u00a0Ley 38\/2003, de 17 de noviembre), adicionalmente, se establecen las siguientes obligaciones para los beneficiarios:<\/p>\n<ul>\n<li>Realizar las actuaciones y adoptar el comportamiento que fundamenta la concesi\u00f3n de la ayuda.<\/li>\n<li>Acreditar, en los plazos estipulados, la realizaci\u00f3n de las actuaciones, as\u00ed como el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinaron la concesi\u00f3n de la ayuda.<\/li>\n<li>Colaborar con las actuaciones de comprobaci\u00f3n y control, aportando en cualquier momento que se solicite, cuanta documentaci\u00f3n le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.<\/li>\n<li>Asegurarse de que toda la informaci\u00f3n y documentos presentados, desde la solicitud hasta la justificaci\u00f3n, son ciertos y corresponden a una fiel expresi\u00f3n de la verdad.<\/li>\n<li>Conservar las facturas completas y todos los documentos acreditativos de las actuaciones objeto de ayuda y tenerlas a disposici\u00f3n de la Fundaci\u00f3n EOI, F.S.P, durante un periodo de cuatro a\u00f1os a contar desde el fin del per\u00edodo de justificaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Someterse a las actuaciones de comprobaci\u00f3n que la Fundaci\u00f3n EOI, F.S.P, estime oportuno, aportando cuanta informaci\u00f3n le sea requerida por \u00e9sta.<\/li>\n<li>Comunicar a la Fundaci\u00f3n EOI, F.S.P, cualquier alteraci\u00f3n o incidencia que afecte a las condiciones bajo las cuales se concedi\u00f3 la ayuda o la obtenci\u00f3n de cualquier otra financiaci\u00f3n p\u00fablica concurrente parcial o totalmente con los gastos subvencionables al amparo de esta orden.<\/li>\n<li>Acreditar en cualquier momento que se solicite, que se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social.<\/li>\n<li>Acreditar en cualquier momento que se solicite, el cumplimiento de obligaciones de presentaci\u00f3n de cuentas ante el Registro Mercantil.<\/li>\n<li>Prestar las actividades objeto de la subvenci\u00f3n desde centros de trabajo situados en Espa\u00f1a y mantenerlos, al menos, durante toda la duraci\u00f3n del proyecto piloto en los t\u00e9rminos indicados en el art\u00edculo 2.1 de la orden.<\/li>\n<li>En el caso de no poder ejecutar el proyecto piloto para el cual se concedi\u00f3 la ayuda, comunicar la renuncia a la ayuda solicitada en el momento en que se produzca la certeza de la no ejecuci\u00f3n y, en su caso, en el plazo m\u00e1ximo de dos meses desde la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n, procediendo a la devoluci\u00f3n voluntaria conforme con lo establecido en el art\u00edculo 90 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887\/2006, de 21 de julio, y abonando los intereses de demora.<\/li>\n<li>Declarar al \u00f3rgano concedente todas las ayudas de minimis [aquellas concedidas por los Estados miembros de la Uni\u00f3n Europea cuyo importe es inferior a 200.000 euros] recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso, tanto en el momento de la presentaci\u00f3n de la solicitud como durante la tramitaci\u00f3n del procedimiento.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Madrid, a 28 de diciembre de 2022<\/p>\n<p><strong>Afianza CSF,<\/strong>[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]Le informamos que en el BOE del d\u00eda 12 de diciembre, se ha publicado Orden ICT\/1238\/2022, de 9 de diciembre, donde se regula el nuevo proyecto piloto impulsado por el Ministerio de Industria y Comercio, por el que las pymes que reduzcan durante 24 meses un 10% de la jornada laboral para un n\u00famero 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