{"id":18033,"date":"2023-01-09T10:08:30","date_gmt":"2023-01-09T09:08:30","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=18033"},"modified":"2023-01-09T10:08:30","modified_gmt":"2023-01-09T09:08:30","slug":"novedades-en-el-ambito-laboral-del-real-decreto-ley-20-2022-de-medidas-de-respuesta-a-las-consecuencias-economicas-y-sociales-de-la-guerra-de-ucrania","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/novedades-en-el-ambito-laboral-del-real-decreto-ley-20-2022-de-medidas-de-respuesta-a-las-consecuencias-economicas-y-sociales-de-la-guerra-de-ucrania\/","title":{"rendered":"Novedades en el \u00e1mbito laboral del Real Decreto-ley 20\/2022 de medidas de respuesta a las consecuencias econ\u00f3micas y sociales de la Guerra de Ucrania"},"content":{"rendered":"<p>Entre otras novedades, se prorroga temporalmente el salario m\u00ednimo interprofesional (SMI) fijado para 2022, se produce el aumento del ingreso m\u00ednimo vital y pensiones no contributivas, y se seguir\u00e1 aplicando la regulaci\u00f3n para la modalidad de jubilaci\u00f3n parcial con simult\u00e1nea celebraci\u00f3n de contrato de relevo. Adem\u00e1s se prorrogan las medidas laborales (prohibici\u00f3n de despedir) vinculadas con el disfrute de ayudas p\u00fablicas relacionadas con el coste de la energ\u00eda.<\/p>\n<p>Le informamos que el 28 de diciembre de 2022 se ha publicado en el BOE el\u00a0Real Decreto-ley 20\/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias econ\u00f3micas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucci\u00f3n de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.<\/p>\n<p>La norma tiene como finalidad establecer un marco normativo espec\u00edfico para contener el alza de los precios y apoyar a los ciudadanos y empresas m\u00e1s afectados en el \u00e1mbito de la energ\u00eda, los alimentos, el transporte, la industria de gas intensiva, la estabilidad econ\u00f3mica y financiera y el escudo social.<\/p>\n<h2><strong>MEDIDAS LABORALES Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL<\/strong><\/h2>\n<p>Adquiere relevancia laboral esta norma porque, en primer lugar, prorroga temporalmente el salario m\u00ednimo interprofesional (SMI) fijado para 2022 por el Real Decreto 152\/2022.<\/p>\n<p>En segundo lugar, interesa este Real Decreto-ley 20\/2022 porque extiende hasta el 30 de junio de 2023 el per\u00edodo de vigencia de las medidas de apoyo p\u00fablico en el \u00e1mbito laboral frente a la crisis derivada de la invasi\u00f3n de Ucrania, que regulan el art. 44 RDL 6\/2022 y el art. 1.Diez RDL 11\/2022. Ello conlleva que, durante los pr\u00f3ximos meses, (i) las empresas beneficiarias de las ayudas directas contempladas en dicha regulaci\u00f3n seguir\u00e1n sin poder justificar despidos objetivos basados en el aumento de los costes energ\u00e9ticos; y (ii) que las empresas que se acojan a ERTEs por causas relacionadas con la invasi\u00f3n de Ucrania, y se hayan beneficiado de apoyo p\u00fablico, seguir\u00e1n sin poder utilizar estas causas para realizar despidos.<\/p>\n<p>Las principales <strong>medidas en materia laboral y de Seguridad Social<\/strong> que prev\u00e9 la norma son las siguientes:<\/p>\n<h3>1. Incremento extraordinario de las pensiones de jubilaci\u00f3n e invalidez del sistema de Seguridad Social, en su modalidad no contributiva y de la prestaci\u00f3n del ingreso m\u00ednimo vital<\/h3>\n<p>Se aplicar\u00e1 un incremento extraordinario a las pensiones de jubilaci\u00f3n e invalidez no contributivas, como al ingreso m\u00ednimo vital, desde el 1 de enero de 2023 y para todo el a\u00f1o, mediante el complemento del porcentaje que se deba aplicar a dichas prestaciones para su actualizaci\u00f3n de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023 hasta alcanzar un porcentaje total del 15%.<\/p>\n<h3>2. Pr\u00f3rroga de la regulaci\u00f3n de la modalidad de jubilaci\u00f3n parcial con simult\u00e1nea celebraci\u00f3n de un contrato de relevo vigente con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 27\/2011<\/h3>\n<p>Se modifica la Ley General de la Seguridad Social para establecer una pr\u00f3rroga de la regulaci\u00f3n para la modalidad de jubilaci\u00f3n parcial con simult\u00e1nea celebraci\u00f3n de un contrato de relevo, vigente con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 27\/2011, de 1 de agosto, de actualizaci\u00f3n, adecuaci\u00f3n y modernizaci\u00f3n del sistema de la Seguridad Social, a las pensiones causadas antes del 1 de enero de 2024. Asimismo, se establecen los requisitos para su acceso.<\/p>\n<h3>3. Pr\u00f3rroga de la vigencia del SMI para 2022<\/h3>\n<p>Hasta que se apruebe el Real Decreto que fijar\u00e1 el salario m\u00ednimo interprofesional para el a\u00f1o 2023, se prorroga la vigencia del SMI fijado para el a\u00f1o 2022.<\/p>\n<p>En concreto, durante las primeras semanas o los primeros meses de 2023, seguir\u00e1n siendo 33,33 \u20ac\/d\u00eda o 1.000 \u20ac\/mes el SMI, hasta que se apruebe el nuevo real decreto que fije el SMI para el a\u00f1o 2023.<\/p>\n<h3>4. Pr\u00f3rroga de las medidas laborales (prohibici\u00f3n de despedir) vinculadas con el disfrute de ayudas p\u00fablicas relacionadas con el coste de la energ\u00eda<\/h3>\n<p>Se prev\u00e9 que el aumento de los costes energ\u00e9ticos no podr\u00e1 constituir causa objetiva de despido hasta el 30 de junio de 2023, por parte de aquellas empresas beneficiarias de las ayudas directas previstas en la norma. El incumplimiento de esta obligaci\u00f3n conllevar\u00e1 el reintegro de la ayuda recibida. Asimismo, las empresas que se acojan a las medidas de reducci\u00f3n de jornada o suspensi\u00f3n de contratos reguladas en el art\u00edculo 47 del Estatuto de los Trabajadores por causas relacionadas con la invasi\u00f3n de Ucrania y que se beneficien de apoyo p\u00fablico no podr\u00e1n utilizar estas causas para realizar despidos.<\/p>\n<h3>5. Pr\u00f3rroga de las cuotas a la Seguridad Social<\/h3>\n<p>Dadas las dificultades que se derivan del actual contexto econ\u00f3mico, se prorroga, por un plazo de tres meses m\u00e1s, el r\u00e9gimen extraordinario de aplazamientos en el pago de cuotas de la Seguridad Social a que se refieren el art\u00edculo 2 RDL 4\/2022, de 15 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario por causa de la sequ\u00eda, el art\u00edculo 37 del Real Decreto-ley 6\/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias econ\u00f3micas y sociales de la guerra en Ucrania, y el art\u00edculo 28 del Real Decreto-ley 6\/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias econ\u00f3micas y sociales de la guerra en Ucrania (art. 82 RDL 20\/2022).<\/p>\n<h3>6. Jubilaci\u00f3n activa para los profesionales sanitarios<\/h3>\n<p>Para seguir incorporando facultativos y reforzar los servicios de atenci\u00f3n primaria, se aprueba la jubilaci\u00f3n activa mejorada, que va a permitir que profesionales sanitarios de atenci\u00f3n primaria, m\u00e9dicos de familia y pediatras en edad de jubilaci\u00f3n puedan continuar durante los pr\u00f3ximos 3 a\u00f1os compatibilizando el 75 % de su pensi\u00f3n con el servicio activo a tiempo completo o a media jornada.<\/p>\n<h3>7. Medidas de apoyo para afectados por el volc\u00e1n de La Palma<\/h3>\n<p>La norma aprobada incluye tambi\u00e9n diversas medidas para seguir ayudando a los ciudadanos y empresas afectados por la erupci\u00f3n del volc\u00e1n de La Palma. En concreto, se mantiene la moratoria de pr\u00e9stamos hipotecarios y no hipotecarios para los afectados que la hubieran solicitado, limitada a seis meses.<\/p>\n<p>Se prorrogan hasta el 30 de junio los Expedientes de Regulaci\u00f3n Temporal de Empleo (ERTEs) derivados de las situaciones de fuerza mayor provocadas por la erupci\u00f3n del volc\u00e1n, y se incluyen como posibles beneficiarios de las ayudas por da\u00f1os materiales en la vivienda habitual no solo a los propietarios sino a los titulares del usufructo sobre la vivienda.<\/p>\n<p>Se prorroga a su vez la prestaci\u00f3n para trabajadores aut\u00f3nomos hasta junio de 2023.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Madrid, a 9 de enero de 2023<\/p>\n<p><strong>Afianza CSF,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Entre otras novedades, se prorroga temporalmente el salario m\u00ednimo interprofesional (SMI) fijado para 2022, se produce el aumento del ingreso m\u00ednimo vital y pensiones no contributivas, y se seguir\u00e1 aplicando la regulaci\u00f3n para la modalidad de jubilaci\u00f3n parcial con simult\u00e1nea celebraci\u00f3n de contrato de relevo. 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