{"id":18709,"date":"2023-09-27T09:22:20","date_gmt":"2023-09-27T07:22:20","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=18709"},"modified":"2023-09-27T09:22:20","modified_gmt":"2023-09-27T07:22:20","slug":"el-tribunal-de-justicia-de-la-union-europea-tjue-concede-una-indemnizacion-a-los-padres-que-han-reclamado-el-complemento-de-maternidad-en-su-pension","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/el-tribunal-de-justicia-de-la-union-europea-tjue-concede-una-indemnizacion-a-los-padres-que-han-reclamado-el-complemento-de-maternidad-en-su-pension\/","title":{"rendered":"EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNION EUROPEA (TJUE) CONCEDE UNA INDEMNIZACION A LOS PADRES QUE HAN RECLAMADO EL COMPLEMENTO DE MATERNIDAD EN SU PENSION"},"content":{"rendered":"<p>Seg\u00fan el TJUE, el criterio del INSS de denegar siempre el complemento de maternidad a los hombres y obligarlos a reclamar en v\u00eda judicial supone el derecho a una indemnizaci\u00f3n adicional por los da\u00f1os sufridos por el afectado.<\/p>\n<p>Le informamos que el Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea (TJUE), en su sentencia de 14 septiembre de 2023 (Asunto C-113\/2022), ha vuelto a respaldar el derecho de los padres de dos o m\u00e1s hijos a percibir el complemento de maternidad en sus pensiones y ha ordenado que todos aquellos que han acudido a los juzgados para defender su derecho a cobrar el suplemento sean indemnizados para compensar los perjuicios econ\u00f3micos ocasionados por ello.<\/p>\n<p><strong>Atenci\u00f3n<\/strong>. El TJUE vuelve a fallar contra la Seguridad Social espa\u00f1ola por el planteamiento discriminatorio del complemento de maternidad de las pensiones (de jubilaci\u00f3n, viudedad o incapacidad permanente), vigente desde el 1 de enero 2016 hasta el 3 de febrero 2021, para madres que tuvieran dos o m\u00e1s hijos (biol\u00f3gicos o adoptados).<\/p>\n<p>El 12 de diciembre de 2019 el TJUE declar\u00f3 que este complemento era discriminatorio y contrario a la Directiva europea de igualdad de trato, al excluir a los padres que se encontraban en una situaci\u00f3n comparable. Sin embargo, no fue hasta 2021, cuando Espa\u00f1a reform\u00f3 la normativa y convirti\u00f3 el antiguo complemento de maternidad por aportaci\u00f3n demogr\u00e1fica en el actual complemento de pensiones contributivas para la reducci\u00f3n de la brecha de g\u00e9nero, accesible tanto a madres como a padres. En el lapso de tiempo entre la sentencia y el cambio, numerosos padres jubilados reclamaron a la Seguridad Social el pago de ese complemento. En la mayor\u00eda de los casos, la Administraci\u00f3n rechaz\u00f3 la petici\u00f3n y los afectados se vieron obligados a exigir el cumplimiento de sus derechos por v\u00eda judicial<\/p>\n<p>En febrero de 2022, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) plante\u00f3 cuesti\u00f3n prejudicial ante el TJUE, a fin de que se pronuncie sobre si el criterio del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de denegar siempre el complemento de maternidad a los hombres y obligarlos a reclamar en v\u00eda judicial supone un incumplimiento administrativo, que, en s\u00ed mismo, constituir\u00eda una discriminaci\u00f3n por raz\u00f3n de sexo, en lugar de un incumplimiento normativo, tal y como defiende el INSS. En funci\u00f3n de esta respuesta, la Sala tambi\u00e9n solicit\u00f3 que el TJUE dictamine si procede indemnizar a los afectados por los da\u00f1os y perjuicios causados<\/p>\n<p>En este sentido, la Justicia Europea \u00a0ha ampliado su posici\u00f3n en relaci\u00f3n al reconocimiento del complemento a las pensiones para hombres, declarando que tambi\u00e9n tienen derecho a una compensaci\u00f3n adicional que repare completamente los perjuicios sufridos debido a la discriminaci\u00f3n de g\u00e9nero. Esto implica que los afectados deben buscar su derecho al complemento a trav\u00e9s de la v\u00eda judicial.<\/p>\n<p>Cuando el Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea (TJUE) declara una discriminaci\u00f3n contraria al Derecho de la Uni\u00f3n, las autoridades nacionales deben eliminarla y aplicar el mismo r\u00e9gimen a todas las personas afectadas. En este caso, la negaci\u00f3n del complemento de pensi\u00f3n a hombres genera una discriminaci\u00f3n adicional en t\u00e9rminos de procedimiento, ya que deben recurrir a la v\u00eda judicial.<\/p>\n<p>El reconocimiento retroactivo del derecho puede restablecer la igualdad en t\u00e9rminos materiales, pero no repara completamente los perjuicios sufridos. Por lo tanto, los afectados deben recibir una compensaci\u00f3n econ\u00f3mica adecuada para restaurar su situaci\u00f3n previa a la discriminaci\u00f3n y prevenir futuros da\u00f1os.<\/p>\n<p>La sentencia se\u00f1ala que, aunque corresponde al ordenamiento jur\u00eddico interno de Espa\u00f1a definir los procedimientos y cuant\u00edas de reparaci\u00f3n, se deben indemnizar los gastos justificados, as\u00ed como las costas y honorarios legales en los que incurra el afectado al hacer valer su derecho.<\/p>\n<p>En resumen, los padres que hayan tenido que reclamar judicialmente su complemento de pensi\u00f3n tienen derecho a una indemnizaci\u00f3n adicional.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Madrid, a 27 de septiembre de 2023<\/p>\n<p><strong>Afianza CSF,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Seg\u00fan el TJUE, el criterio del INSS de denegar siempre el complemento de maternidad a los hombres y obligarlos a reclamar en v\u00eda judicial supone el derecho a una indemnizaci\u00f3n adicional por los da\u00f1os sufridos por el afectado. 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