{"id":19065,"date":"2024-03-12T15:44:03","date_gmt":"2024-03-12T14:44:03","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=19065"},"modified":"2024-03-12T15:44:03","modified_gmt":"2024-03-12T14:44:03","slug":"la-problematica-del-desequilibrio-patrimonial-como-causa-de-disolucion-de-una-sociedad-mercantil","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/la-problematica-del-desequilibrio-patrimonial-como-causa-de-disolucion-de-una-sociedad-mercantil\/","title":{"rendered":"LA PROBLEMATICA DEL DESEQUILIBRIO PATRIMONIAL COMO CAUSA DE DISOLUCION DE UNA SOCIEDAD MERCANTIL"},"content":{"rendered":"<p>Los administradores quedan como responsables solidarios de toda deuda posterior al momento de la causa de disoluci\u00f3n, aunque se trate de contratos anteriores a la existencia de la causa.<\/p>\n<p>El desequilibrio patrimonial es un problema real y recurrente de las sociedades mercantiles. Conviene recordar los deberes y la responsabilidad. Es decir, intentaremos explicar qu\u00e9 es, qu\u00e9 consecuencia tiene y como se arregla.<\/p>\n<p>La Ley de Sociedades de Capital es la norma que sanciona dicha situaci\u00f3n. En concreto, el desequilibrio patrimonial es causa de disoluci\u00f3n, siempre y cuando las p\u00e9rdidas del ejercicio dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social. Siempre y cuando no se solicite la declaraci\u00f3n de concurso. Es decir, si estamos en situaci\u00f3n de insolvencia, procede la solicitud de concurso voluntario.<\/p>\n<p>Tal y como ya sabr\u00e1 el lector, desequilibrio patrimonial e insolvencia no son lo mismo: la insolvencia es la imposibilidad de cumplir las obligaciones de forma puntual. (Ej: si pagamos las n\u00f3minas tarde, es un claro signo de insolvencia).<\/p>\n<p>El problema legal es que en el momento en que existe causa de disoluci\u00f3n, los administradores tienen el deber de convocar la junta general para que en dos meses se arregle el desequilibrio patrimonial, se disuelva la sociedad o se solicite el concurso de acreedores. Ojo porque cualquier socio puede pedirle al administrador la convocatoria para arreglar este extremo.<\/p>\n<p>Si la junta general no se convoca, o no se celebra o no se consiguen los acuerdos para solventar el problema, se debe solicitar la disoluci\u00f3n judicial al juzgado mercantil. Si los administradores no act\u00faan en consecuencia y de forma diligente, pasan a ser responsables solidarios, con su patrimonio personal, de las deudas desde la situaci\u00f3n de desequilibrio.<\/p>\n<p>Recordemos que los administradores quedan como responsables solidarios de toda deuda posterior al momento de la causa de disoluci\u00f3n, aunque se trate de contratos anteriores a la existencia de la causa. Adem\u00e1s, se trata de una responsabilidad que es objetiva. De ninguna manera se enjuiciar\u00e1 ni la buena ni la mala fe, ni el da\u00f1o causado, ni la conducta empleada: deben cumplir el mandato jur\u00eddico de la ley de sociedades de capital para arreglar la situaci\u00f3n o si no, son responsables.<\/p>\n<p>A mayor abundamiento, conviene tener en cuenta que se trata de una responsabilidad solidaria, es decir cualquier acreedor puede reclamar a cualquier administrador. Para el caso que se nombre nuevo administrador, el nuevo administrador tendr\u00e1 dos meses para arreglar de nuevo la situaci\u00f3n, desde que acepte el cargo.<\/p>\n<p>Un \u00faltimo aspecto a tener en cuenta es como arreglar el desequilibrio del que estamos hablando. Una de las soluciones es la ampliaci\u00f3n de capital a trav\u00e9s de aportaciones dinerarias: los socios deben poner dinero de su bolsillo para arreglar la situaci\u00f3n. Las aportaciones pueden ser no dinerarias, tambi\u00e9n.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se puede reducir el capital social, a pesar de que no puede ser por debajo del m\u00ednimo exigible. Otra soluci\u00f3n es la operaci\u00f3n acorde\u00f3n, es decir, reducir el capital social por debajo de la cifra m\u00ednima, y aumentarlo de forma simult\u00e1nea hasta la cifra m\u00ednima o m\u00e1s all\u00e1.<\/p>\n<p>En \u00faltima instancia, tambi\u00e9n es posible realizar un pr\u00e9stamo participativo a la sociedad, aunque esta \u00faltima operaci\u00f3n es mucho m\u00e1s infrecuente.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Madrid, a 12 de marzo de 2024<\/p>\n<p><strong>Afianza CSF,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los administradores quedan como responsables solidarios de toda deuda posterior al momento de la causa de disoluci\u00f3n, aunque se trate de contratos anteriores a la existencia de la causa. El desequilibrio patrimonial es un problema real y recurrente de las sociedades mercantiles. 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