{"id":19324,"date":"2024-10-24T17:13:46","date_gmt":"2024-10-24T15:13:46","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=19324"},"modified":"2024-10-24T17:13:46","modified_gmt":"2024-10-24T15:13:46","slug":"tarifa-plana-para-autonomos-en-2024-2025","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/tarifa-plana-para-autonomos-en-2024-2025\/","title":{"rendered":"Tarifa plana para aut\u00f3nomos en 2024\/2025"},"content":{"rendered":"<p>La tarifa plana para aut\u00f3nomos es una medida que permite a los nuevos trabajadores por cuenta propia beneficiarse de una cuota mensual reducida de 80 euros durante los primeros 12 meses de actividad. Esta tarifa puede extenderse hasta 24 meses si los rendimientos netos del primer a\u00f1o no superan el Salario M\u00ednimo Interprofesional (SMI) vigente.<\/p>\n<p>Le recordamos que con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 13\/2022, de 26 de julio, por el que se estableci\u00f3 el nuevo sistema de cotizaci\u00f3n para aut\u00f3nom@s, se introdujo tambi\u00e9n una nueva tarifa plana, con una cuota fija de 80 euros al mes, que puede durar un a\u00f1o o ampliarse a dos.<\/p>\n<p><strong>Tarifa plana para nuevos aut\u00f3nomos<\/strong><\/p>\n<p>Durante el periodo 2023-2025, las personas que causen alta inicial en el R\u00e9gimen de aut\u00f3nomos podr\u00e1n solicitar la aplicaci\u00f3n de una cuota reducida (tarifa plana) de <strong>80 euros mensuales<\/strong> durante los <strong>primeros 12 meses<\/strong> de actividad. La <strong>solicitud se realizar\u00e1 en el momento de tramitar el alta.<\/strong><\/p>\n<p>Podr\u00e1n beneficiarse de estas condiciones:<\/p>\n<ul>\n<li>Las personas aut\u00f3nomas que no hayan estado dadas de alta en los dos a\u00f1os inmediatamente anteriores a la fecha de efecto de la nueva alta, o bien tres a\u00f1os, en caso de haber disfrutado previamente de esta deducci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Condiciones para ampliar la tarifa plana durante el segundo a\u00f1o<\/strong><\/p>\n<p>Una vez transcurridos los primeros 12 meses, aquellos aut\u00f3nomos cuyos rendimientos econ\u00f3micos netos no superen el SMI anual podr\u00e1n solicitar la extensi\u00f3n del beneficio durante otro a\u00f1o.<\/p>\n<p>El SMI en 2024 se establece en 1.323 euros mensuales prorrateados en 12 pagas (o 1.134 euros si se distribuye en 14 pagas), y ser\u00e1 la referencia para quienes iniciaron su actividad en 2023 y desean ampliar la tarifa plana. Adem\u00e1s, existen colectivos espec\u00edficos que pueden disfrutar de un periodo m\u00e1s largo de bonificaci\u00f3n, como aut\u00f3nomos con discapacidad, v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero o terrorismo, quienes pueden beneficiarse de esta tarifa reducida por 24 meses, con posibilidad de extenderla hasta 36 meses adicionales si sus ingresos se mantienen por debajo del SMI.<\/p>\n<p>Es importante tener en cuenta que las reducciones no aplican a familiares directos de aut\u00f3nomos que se integren al R\u00e9gimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia. Asimismo, los aut\u00f3nomos pueden optar por renunciar a la tarifa en cualquier momento, con efectos a partir del mes siguiente.<\/p>\n<p>Para los aut\u00f3nomos que ya eran beneficiarios de la antigua tarifa plana a finales de 2022, las condiciones se mantienen hasta completar el periodo establecido. Tambi\u00e9n se contemplan bonificaciones adicionales para aut\u00f3nomos en pluriactividad, aut\u00f3nomos discapacitados, v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero o terrorismo, aut\u00f3nomos societarios, y aquellos que se acojan a la &#8220;Cuota Cero&#8221; en comunidades como Madrid, Andaluc\u00eda y otras regiones.<\/p>\n<p>La continuidad de la tarifa plana est\u00e1 supeditada a que los aut\u00f3nomos mantengan ingresos por debajo del SMI vigente. El gobierno y los agentes sociales est\u00e1n negociando una subida del SMI para 2025, con la intenci\u00f3n de vincularlo al 60% del salario medio, lo que podr\u00eda impactar en el umbral para acceder a la tarifa. Esto afectar\u00eda tanto a los aut\u00f3nomos que se dieron de alta en 2024 como a aquellos que lo hicieron en 2023, quienes deben ajustar sus rendimientos seg\u00fan el SMI vigente en cada periodo.<\/p>\n<p>En caso de que un aut\u00f3nomo supere los ingresos permitidos mientras disfruta de la tarifa, la Tesorer\u00eda puede exigir la devoluci\u00f3n de las cuotas reducidas. Por ello, la Seguridad Social permite a los aut\u00f3nomos solicitar la renuncia a la tarifa si prev\u00e9n ingresos superiores al SMI en los siguientes 12 meses. Si no lo hacen, deber\u00e1n regularizar su situaci\u00f3n, abonando la diferencia en las cuotas, lo que podr\u00eda significar un recargo significativo.<\/p>\n<p>Por ejemplo, si un aut\u00f3nomo con rendimientos netos mensuales de 1.501 euros (por encima del SMI) disfruta de la tarifa durante el segundo a\u00f1o, deber\u00eda pagar 294 euros mensuales en lugar de los 80 euros iniciales. La diferencia acumulada, que asciende a 2.568 euros anuales, tendr\u00eda que ser regularizada en su declaraci\u00f3n de la renta. Por lo tanto, renunciar anticipadamente a la tarifa puede ser una estrategia para evitar pagos mayores o al menos minimizar el impacto econ\u00f3mico en el futuro.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Un cordial saludo,<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La tarifa plana para aut\u00f3nomos es una medida que permite a los nuevos trabajadores por cuenta propia beneficiarse de una cuota mensual reducida de 80 euros durante los primeros 12 meses de actividad. 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