{"id":19358,"date":"2024-11-19T13:16:41","date_gmt":"2024-11-19T12:16:41","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=19358"},"modified":"2024-11-19T13:16:41","modified_gmt":"2024-11-19T12:16:41","slug":"real-decreto-ley-7-2024-nuevas-medidas-por-danos-de-la-dana-en-los-ambitos-administrativo-civil-y-mercantil","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/real-decreto-ley-7-2024-nuevas-medidas-por-danos-de-la-dana-en-los-ambitos-administrativo-civil-y-mercantil\/","title":{"rendered":"Real Decreto-ley 7\/2024: Nuevas medidas por da\u00f1os de la DANA en los \u00e1mbitos administrativo, civil y mercantil"},"content":{"rendered":"<p>Mediante el Real Decreto-ley 7\/2024, de 11 de noviembre, se han aprobado un conjunto de medidas extraordinarias con el fin de mitigar los efectos devastadores de la Depresi\u00f3n Aislada en Niveles Altos (DANA), que ha causado da\u00f1os significativos en distintos municipios de nuestro territorio entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. Publicado en el BOE del 12 de noviembre de 2024, esta norma entr\u00f3 en vigor el 13 de noviembre, y establece un marco de apoyo integral para personas f\u00edsicas, entidades p\u00fablicas y empresas afectadas, abarcando \u00e1reas clave como la energ\u00eda, la industria, el sector agrario, la vivienda, el agua, y la educaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En el BOE el d\u00eda 12 de noviembre, y <strong>con efectos desde el 13 de noviembre de 2024<\/strong>, se ha aprobado el Real Decreto-ley 7\/2024 por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucci\u00f3n y relanzamiento frente a los da\u00f1os causados por la Depresi\u00f3n Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.<\/p>\n<p>La establece un marco de apoyo integral para personas f\u00edsicas, entidades p\u00fablicas y empresas afectadas, abarcando \u00e1reas clave como la energ\u00eda, la industria, el sector agrario, la vivienda, el agua, y la educaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Las principales medidas incluyen:<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Flexibilizaci\u00f3n de contratos de suministro el\u00e9ctrico y de gas natural<\/strong>, con facilidades para suspender o modificar contratos sin coste hasta el 31 de diciembre de 2025.<\/li>\n<li><strong>Apoyo a la actividad industrial y al comercio internacional<\/strong>, mediante moratorias en pr\u00e9stamos industriales y ayudas espec\u00edficas para empresas afectadas en su participaci\u00f3n en ferias y eventos internacionales.<\/li>\n<li><strong>Subvenciones para el sector agrario<\/strong>, facilitando ayudas extraordinarias para explotaciones con p\u00e9rdidas superiores al 40% y apoyos para la recuperaci\u00f3n de infraestructuras agrarias.<\/li>\n<li><strong>Vivienda<\/strong>: asignaci\u00f3n de fondos para la adquisici\u00f3n de viviendas de emergencia, destinadas al realojo temporal de familias que hayan perdido su residencia habitual.<\/li>\n<li><strong>Inversiones en infraestructuras de abastecimiento y depuraci\u00f3n de agua<\/strong>, con exenciones en tasas y medidas para la gesti\u00f3n de residuos generados durante la recuperaci\u00f3n.<\/li>\n<li><strong>Medidas educativas<\/strong>, permitiendo ajustes en el calendario escolar y en los periodos formativos de la Formaci\u00f3n Profesional en zonas afectadas.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Estas disposiciones se aplicar\u00e1n de forma inmediata, con efectos hasta la finalizaci\u00f3n del a\u00f1o 2025 en muchos casos, y est\u00e1n dise\u00f1adas para proporcionar una respuesta r\u00e1pida y adaptada a las necesidades de recuperaci\u00f3n de cada sector<\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n, resumimos las principales previsiones de la norma en el \u00e1mbito <strong>administrativo, civil y mercantil. <\/strong><\/p>\n<p>Las medidas abarcan tanto a personas f\u00edsicas como a entidades p\u00fablicas y privadas, que hayan sufrido da\u00f1os directos o indirectos en sus bienes o derechos en estos municipios.<\/p>\n<p><strong>Medidas en materia energ\u00e9tica<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>Electricidad<\/strong>:\n<ul>\n<li>Los consumidores de electricidad en los municipios afectados pueden suspender temporalmente o modificar sus contratos de suministro hasta el 31 de diciembre de 2025 sin penalizaci\u00f3n. Esto incluye la posibilidad de ajustar la potencia contratada.<\/li>\n<li>Reactivaci\u00f3n y modificaciones de contratos tras la suspensi\u00f3n se har\u00e1n sin coste alguno, salvo en casos espec\u00edficos, como aumento de potencia.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li><strong>Gas natural<\/strong>:<\/li>\n<li>Los titulares de puntos de suministro en las \u00e1reas afectadas pueden modificar el caudal diario contratado o el escal\u00f3n de peaje hasta tres veces sin costo adicional, con efectos inmediatos desde la solicitud.<\/li>\n<li>Estas flexibilidades se aplican tambi\u00e9n en caso de cambios de titularidad, sin repercutir en el coste final al consumidor.<\/li>\n<li>En caso de interrupci\u00f3n del suministro el\u00e9ctrico o de gas, se permite la suspensi\u00f3n temporal de contratos, sin que ello implique cargos adicionales para los usuarios, facilitando la recuperaci\u00f3n del servicio sin penalizaciones.<\/li>\n<li>Hasta el 31 de diciembre de 2025, se garantiza el suministro de electricidad, gas, y agua en las viviendas habituales afectadas, con protecci\u00f3n ante cortes, salvo por razones de seguridad.<\/li>\n<li><strong>Suspensi\u00f3n de contratos<\/strong>:<\/li>\n<li><strong>Garant\u00eda de suministro<\/strong>:<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Medidas para apoyo industrial y comercio internacional<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>Apoyo a empresas industriales<\/strong>:\n<ul>\n<li>Las empresas afectadas con establecimientos industriales podr\u00e1n beneficiarse de una moratoria en el pago de cuotas de pr\u00e9stamos de programas industriales, incluyendo Reindustrializaci\u00f3n y Competitividad de Sectores Estrat\u00e9gicos, con un aplazamiento de 24 meses.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li><strong>Comercio internacional<\/strong>:<\/li>\n<li>ICEX facilitar\u00e1 la devoluci\u00f3n de cuotas a empresas que no puedan participar en ferias internacionales y otorgar\u00e1 ayudas para gastos no recuperables.<\/li>\n<li>Las empresas en municipios afectados est\u00e1n exentas de ciertas obligaciones temporales que conllevan los programas de ayudas industriales, incluyendo la utilizaci\u00f3n de bienes subvencionados para su fin espec\u00edfico, y se extienden los plazos de ejecuci\u00f3n de proyectos.<\/li>\n<li><strong>Obligaciones reducci\u00f3n<\/strong>:<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Medidas en el sector agrario<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>Ayudas directas<\/strong>:\n<ul>\n<li>Se concede una ayuda extraordinaria, bajo el sistema de &#8220;ayudas de minimis,&#8221; a explotaciones agrarias con p\u00e9rdidas superiores al 40% en producci\u00f3n o infraestructura. Esta ayuda es del 30% del ingreso agrario promedio y tiene un l\u00edmite de 25,000 euros por beneficiario.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li><strong>Restauraci\u00f3n de explotaciones agrarias<\/strong>:<\/li>\n<li>Se autoriza a TRAGSA a realizar labores de emergencia, como limpieza de terrenos, reparaci\u00f3n de muros, caminos de acceso, y sistemas de riego da\u00f1ados, con prioridad en su ejecuci\u00f3n.<\/li>\n<li>Ayudas especiales para la renovaci\u00f3n de maquinaria agr\u00edcola da\u00f1ada, gestionadas mediante un procedimiento extraordinario.<\/li>\n<li><strong>Maquinaria agr\u00edcola<\/strong>:<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Vivienda<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>Subvenciones para SEPES<\/strong>:\n<ul>\n<li>Entidad P\u00fablica Empresarial de Suelo (SEPES) recibir\u00e1 una subvenci\u00f3n directa de 25 millones de euros para adquirir viviendas destinadas a las familias afectadas por la p\u00e9rdida o da\u00f1o de sus hogares. Estas viviendas se alquilar\u00e1n a las familias con condiciones especiales, considerando periodos de carencia en el pago inicial del alquiler.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li><strong>Condiciones de acceso a las viviendas<\/strong>:<\/li>\n<li>Los afectados deber\u00e1n acreditar su residencia en las zonas afectadas y no contar con otra vivienda disponible en la provincia para optar a estos alojamientos temporales.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Abastecimiento y agua<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>Ayudas directas para infraestructura de agua<\/strong>:\n<ul>\n<li>Las entidades gestoras que ofrecen servicios de abastecimiento, saneamiento y depuraci\u00f3n en los municipios afectados podr\u00e1n solicitar ayudas para reparar y adecuar infraestructuras da\u00f1adas.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li><strong>Exenciones en tasas<\/strong>:<\/li>\n<li>Se exime el pago del canon de regulaci\u00f3n y la tarifa de uso del agua en las zonas afectadas, con una reducci\u00f3n del 20% para el a\u00f1o 2024 y del 100% para el 2025.<\/li>\n<li>Se suspenden ciertas regulaciones para facilitar la eliminaci\u00f3n de residuos en vertederos o instalaciones habilitadas temporalmente, mientras dure el proceso de recuperaci\u00f3n.<\/li>\n<li><strong>Gesti\u00f3n de residuos<\/strong>:<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Educaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>Flexibilizaci\u00f3n de calendario y ciclos formativos<\/strong>:\n<ul>\n<li>Los d\u00edas en que se mantenga la atenci\u00f3n al alumnado, ya sea presencial o virtual, ser\u00e1n considerados lectivos. Los periodos de suspensi\u00f3n de clases tambi\u00e9n ser\u00e1n computables, permitiendo adaptaciones del calendario escolar en centros educativos en zonas afectadas.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li><strong>Estancias formativas en empresas<\/strong>:<\/li>\n<li>En la Formaci\u00f3n Profesional, se permiten excepciones para el alumnado en las estancias en empresas, incluyendo la reducci\u00f3n de horas o la posibilidad de realizar estas pr\u00e1cticas en otras provincias o en actividades de voluntariado vinculadas a la recuperaci\u00f3n de la DANA.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Otras medidas adicionales<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>Propiedad industrial<\/strong>:\n<ul>\n<li>Exenciones en las tasas para solicitudes de derechos de propiedad industrial realizadas en los municipios afectados.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li><strong>Medidas de suelo y vivienda protegida<\/strong>:<\/li>\n<li>Creaci\u00f3n de un grupo de trabajo interadministrativo para agilizar la obtenci\u00f3n de suelos destinados a vivienda p\u00fablica en zonas afectadas.<\/li>\n<li>El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana habilitar\u00e1 ayudas para actualizar o ampliar los planes de acci\u00f3n local en municipios afectados, con un fondo de 10 millones de euros para identificar proyectos prioritarios.<\/li>\n<li><strong>Planes de acci\u00f3n local<\/strong>:<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Principales medidas del Real Decreto-ley 7\/2024<\/strong><\/p>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td><strong>Apartado<\/strong><\/td>\n<td><strong>Medida<\/strong><\/td>\n<td><strong>Novedades Principales<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td><strong>Objeto y \u00c1mbito de Aplicaci\u00f3n<\/strong><\/td>\n<td>Alcance de la norma<\/td>\n<td>Aplicaci\u00f3n de medidas para la recuperaci\u00f3n en municipios afectados por la DANA, incluyendo personas f\u00edsicas, entidades p\u00fablicas y privadas.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><strong>Energ\u00eda<\/strong><\/td>\n<td>Flexibilizaci\u00f3n de contratos<\/td>\n<td>Suspensi\u00f3n o modificaci\u00f3n de contratos de electricidad y gas natural hasta el 31 de diciembre de 2025 sin penalizaciones para afectados.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>&nbsp;<\/td>\n<td>Garant\u00eda de suministro<\/td>\n<td>Garant\u00eda de suministro de electricidad, gas y agua en viviendas afectadas, con protecci\u00f3n ante cortes.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><strong>Apoyo Industrial y Comercio Internacional<\/strong><\/td>\n<td>Moratoria en pr\u00e9stamos industriales<\/td>\n<td>Moratoria de 24 meses en el pago de cuotas de pr\u00e9stamos para empresas industriales en municipios afectados.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>&nbsp;<\/td>\n<td>Ayudas para comercio internacional<\/td>\n<td>ICEX devolver\u00e1 cuotas y otorgar\u00e1 ayudas para empresas que no puedan asistir a ferias internacionales.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><strong>Agricultura<\/strong><\/td>\n<td>Ayuda extraordinaria<\/td>\n<td>Subvenciones para explotaciones agrarias con p\u00e9rdidas superiores al 40%, con un l\u00edmite de hasta 25.000 euros por beneficiario.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>&nbsp;<\/td>\n<td>Restauraci\u00f3n de explotaciones<\/td>\n<td>TRAGSA realizar\u00e1 trabajos de limpieza y reparaci\u00f3n de infraestructuras agrarias da\u00f1adas.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>&nbsp;<\/td>\n<td>Renovaci\u00f3n de maquinaria agr\u00edcola<\/td>\n<td>Ayudas especiales para renovar maquinaria agr\u00edcola da\u00f1ada.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><strong>Vivienda<\/strong><\/td>\n<td>Subvenci\u00f3n a SEPES para viviendas<\/td>\n<td>SEPES recibe 25 millones de euros para adquirir viviendas de emergencia para afectados, que se arrendar\u00e1n en condiciones especiales.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>&nbsp;<\/td>\n<td>Acceso a viviendas de emergencia<\/td>\n<td>Requisitos para que afectados sin otra vivienda disponible accedan a alojamientos temporales.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><strong>Abastecimiento y Agua<\/strong><\/td>\n<td>Ayudas para infraestructuras de agua<\/td>\n<td>Ayudas para reparaci\u00f3n de infraestructuras de abastecimiento y depuraci\u00f3n en municipios afectados.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>&nbsp;<\/td>\n<td>Exenciones en tasas<\/td>\n<td>Reducci\u00f3n del canon de regulaci\u00f3n y tarifas de agua en zonas afectadas (20% en 2024, 100% en 2025).<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>&nbsp;<\/td>\n<td>Gesti\u00f3n de residuos<\/td>\n<td>Suspensi\u00f3n de regulaciones para facilitar la eliminaci\u00f3n de residuos mientras dure la recuperaci\u00f3n.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><strong>Educaci\u00f3n<\/strong><\/td>\n<td>Flexibilidad en calendario escolar<\/td>\n<td>D\u00edas lectivos computados tanto presenciales como virtuales; periodos de suspensi\u00f3n de clases tambi\u00e9n contar\u00e1n en centros afectados.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>&nbsp;<\/td>\n<td>Adaptaciones en FP<\/td>\n<td>Reducciones en las horas de pr\u00e1cticas, posibilidad de hacerlas en otras provincias o como voluntariado relacionado con la recuperaci\u00f3n.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><strong>Otras Medidas<\/strong><\/td>\n<td>Exenciones en propiedad industrial<\/td>\n<td>Exenciones en tasas para solicitudes de derechos de propiedad industrial en municipios afectados.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>&nbsp;<\/td>\n<td>Facilitaci\u00f3n de suelo<\/td>\n<td>Grupo interadministrativo para agilizar la obtenci\u00f3n de suelo destinado a vivienda p\u00fablica en \u00e1reas afectadas.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>&nbsp;<\/td>\n<td>Planes de Acci\u00f3n Local<\/td>\n<td>Fondos de 10 millones de euros para apoyar a municipios en la elaboraci\u00f3n de planes de acci\u00f3n prioritarios.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Un cordial saludo,<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Mediante el Real Decreto-ley 7\/2024, de 11 de noviembre, se han aprobado un conjunto de medidas extraordinarias con el fin de mitigar los efectos devastadores de la Depresi\u00f3n Aislada en Niveles Altos (DANA), que ha causado da\u00f1os significativos en distintos municipios de nuestro territorio entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":7698,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-19358","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","category-1","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/19358","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=19358"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/19358\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":19359,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/19358\/revisions\/19359"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/7698"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=19358"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=19358"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=19358"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}