{"id":19421,"date":"2025-01-17T13:11:26","date_gmt":"2025-01-17T12:11:26","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=19421"},"modified":"2025-01-17T13:11:26","modified_gmt":"2025-01-17T12:11:26","slug":"el-tribunal-supremo-rechaza-la-consideracion-del-desplazamiento-al-primer-y-ultimo-cliente-como-tiempo-de-trabajo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/el-tribunal-supremo-rechaza-la-consideracion-del-desplazamiento-al-primer-y-ultimo-cliente-como-tiempo-de-trabajo\/","title":{"rendered":"El Tribunal Supremo rechaza la consideraci\u00f3n del desplazamiento al primer y \u00faltimo cliente como tiempo de trabajo"},"content":{"rendered":"<p>La reciente Sentencia del Tribunal Supremo de 27 de noviembre de 2024, aclara uno de los debates m\u00e1s recurrentes en el \u00e1mbito laboral: \u00bfel tiempo de desplazamiento desde el domicilio del trabajador al primer cliente, y de regreso al final de la jornada, constituye tiempo de trabajo efectivo a efectos retributivos? La respuesta es negativa, seg\u00fan la sentencia del TS , y esta decisi\u00f3n tiene implicaciones directas para empresas y trabajadores.<\/p>\n<p>La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha resuelto que los desplazamientos de los trabajadores desde su domicilio al primer cliente, as\u00ed como desde el \u00faltimo cliente de regreso a su domicilio, no pueden considerarse tiempo de trabajo efectivo. Este fallo anula la decisi\u00f3n previa de la Audiencia Nacional, que hab\u00eda reconocido dichos desplazamientos como tiempo de trabajo para los empleados de TK Elevadores SLU.<\/p>\n<p>El Supremo establece que este tipo de traslados no cumple los requisitos definidos en el art\u00edculo 34.5 del Estatuto de los Trabajadores, que determina que el tiempo de trabajo efectivo implica:<\/p>\n<ol>\n<li>Permanencia en el lugar de trabajo.<\/li>\n<li>Disposici\u00f3n al empresario durante dicho tiempo.<\/li>\n<li>Realizaci\u00f3n de actividad laboral durante el per\u00edodo considerado.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Adem\u00e1s, el fallo se alinea con el criterio del Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea (TJUE), seg\u00fan el cual, salvo en circunstancias excepcionales, estos desplazamientos no forman parte del tiempo de trabajo a efectos de remuneraci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Implicaciones pr\u00e1cticas para las empresas<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Revisi\u00f3n de pol\u00edticas internas: Las empresas pueden confirmar que el tiempo de desplazamiento no es remunerado, salvo que existan acuerdos espec\u00edficos o excepciones derivadas de las caracter\u00edsticas particulares del puesto.<\/li>\n<li>Gesti\u00f3n de conflictos: Este pronunciamiento ofrece claridad jur\u00eddica para resolver reclamaciones relacionadas con la consideraci\u00f3n del tiempo de desplazamiento.<\/li>\n<li>Uniformidad en la interpretaci\u00f3n: Las empresas con centros distribuidos a nivel nacional pueden aplicar esta doctrina como criterio uniforme, reduciendo la disparidad en el tratamiento de sus trabajadores.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Aspectos clave para los trabajadores<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Este pronunciamiento no afecta a situaciones espec\u00edficas en las que el desplazamiento forma parte inherente de la actividad laboral, como en los casos de servicios prestados en localizaciones remotas o sin un centro de trabajo fijo.<\/li>\n<li>Es fundamental que los trabajadores conozcan las pol\u00edticas de la empresa respecto a estos tiempos y los convenios aplicables.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Atenci\u00f3n.<\/strong><em> La sentencia del Tribunal Supremo reafirma que los desplazamientos hacia el primer cliente y desde el \u00faltimo no constituyen tiempo de trabajo efectivo, salvo circunstancias excepcionales. Este fallo aclara una cuesti\u00f3n controvertida y refuerza la importancia de evaluar cada caso bajo el marco legal vigente.<\/em><\/p>\n<p>Ante cualquier duda o reclamaci\u00f3n laboral, recomendamos revisar los convenios aplicables y, si es necesario, solicitar asesoramiento profesional.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Un cordial saludo,<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La reciente Sentencia del Tribunal Supremo de 27 de noviembre de 2024, aclara uno de los debates m\u00e1s recurrentes en el \u00e1mbito laboral: \u00bfel tiempo de desplazamiento desde el domicilio del trabajador al primer cliente, y de regreso al final de la jornada, constituye tiempo de trabajo efectivo a efectos retributivos? 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