{"id":1966,"date":"2013-12-09T11:36:32","date_gmt":"2013-12-09T10:36:32","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=1966"},"modified":"2017-08-21T16:59:34","modified_gmt":"2017-08-21T14:59:34","slug":"aproveche-los-incentivos-contratar-jovenes-desempleados-menores-treinta-anos-sin-experiencia-laboral-bien-esta-inferior-3-meses","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/aproveche-los-incentivos-contratar-jovenes-desempleados-menores-treinta-anos-sin-experiencia-laboral-bien-esta-inferior-3-meses\/","title":{"rendered":"Aproveche los incentivos por contratar a j\u00f3venes desempleados menores de treinta a\u00f1os sin experiencia laboral o bien si esta es inferior a 3 meses"},"content":{"rendered":"<h2>Primer empleo joven<\/h2>\n<p>Este nuevo g\u00e9nero de contrato que se ha aprobado por la Ley Ley 11\/2013, de veintiseis de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de est\u00edmulo del desarrollo y de la creaci\u00f3n de empleo, supone una buena opci\u00f3n alternativa a los tradicionales contratos temporales que se viene usando de forma frecuente, eludiendo el peligro de que no se pueda justificar la causa de temporalidad y que la sucesi\u00f3n de distintos contratos temporales asimismo pueda dar sitio a la conversi\u00f3n del trabajador en fijo.<br \/>\nAhora, las compa\u00f1\u00edas van a poder festejar contratos temporales con j\u00f3venes desempleados menores de treinta a\u00f1os que no tengan experiencia laboral o bien si esta es inferior a tres meses, a fin de estimular la adquisici\u00f3n de una primera experiencia profesional, y sin precisar justificar la temporalidad, bastando con se\u00f1alar como objeto de la contrataci\u00f3n \u201cadquisici\u00f3n de una primera experiencia profesional\u201d. De este modo va a quedar totalmente justificada la causa de la temporalidad, sin que exista peligro de que el contrato se considere indefinido.<br \/>\nRequisitos de los trabajadores<\/p>\n<p>J\u00f3venes desempleados anotados en la Oficina de Empleo, menor de treinta a\u00f1os o menor de treinta y cinco a\u00f1os si tiene reconocido un grado de discapacidad igual o bien superior al treinta y tres por ciento .<br \/>\nNo tener experiencia laboral o bien esta es inferior a 3 meses<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 peculiaridades debe cumplir el contrato?<br \/>\nHa de ser un contrato por tiempo determinado, conforme al art\u00edculo 15.1b) del Estatuto de los Trabajadores (ET), salvo:<br \/>\nLa duraci\u00f3n m\u00ednima del contrato va a ser de 3 meses y su duraci\u00f3n m\u00e1xima de seis meses, salvo lo preparado en Acuerdo Colectivo, no pudiendo sobrepasar de doce meses.<\/p>\n<p>Jornada a tiempo completo o bien parcial en un caso as\u00ed superior al setenta y cinco por ciento de la pertinente a un trabajador a tiempo equiparable.<br \/>\nAtenci\u00f3n. Se regulan como los contratos por circunstancias del mercado, acumulaci\u00f3n de labores o bien exceso de pedidos del art\u00edculo ciento cincuenta y uno b) del Estatuto de los Trabajadores, salvo lo siguiente:<\/p>\n<p>La causa del contrato es la adquisici\u00f3n de una primera experiencia profesional. Su duraci\u00f3n m\u00ednima es de tres meses y la m\u00e1xima de seis meses (a menos que se establezca una duraci\u00f3n superior por acuerdo colectivo sectorial, con un m\u00e1ximo de doce meses).<br \/>\nSe introduce la posibilidad de que, si el contrato se concierta por una duraci\u00f3n inferior a la m\u00e1xima legal o bien de manera convencional establecida, va a poder prorrogarse una vez a trav\u00e9s de pacto de las partes, sin que su duraci\u00f3n total pueda sobrepasar de la duraci\u00f3n m\u00e1xima establecida.<\/p>\n<p>El contrato se formalizar\u00e1 por escrito en el modelo pertinente y se comunicar\u00e1 al Servicio P\u00fablico de Empleo en el plazo de los diez d\u00edas siguientes a su concertaci\u00f3n.<br \/>\nRequisitos de la compa\u00f1\u00eda<\/p>\n<p>Empresas, incluyendo los trabajadores por cuenta propia o bien aut\u00f3noma.<br \/>\nPara poder acogerse a esta medida, las compa\u00f1\u00edas y aut\u00f3nomos, van a deber no haber adoptado, en los 6 meses precedentes a la celebraci\u00f3n del contrato, resoluciones extintivas improcedentes. Se refiere a las extinciones producidas desde el veinticuatro de febrero de dos mil trece, para cubrir aquellos puestos del mismo conjunto profesional que los perjudicados por la extinci\u00f3n y para exactamente el mismo centro o bien centros de trabajo.<br \/>\nEn el presunto de contratos de trabajo festejados con trabajadores para ser puestos a predisposici\u00f3n de empresas usuarias, la restricci\u00f3n establecida en el par\u00e1grafo precedente se comprender\u00e1 referida en cualquier caso a la compa\u00f1\u00eda usuaria.<br \/>\nDebe sostenerse el nivel de empleo alcanzado con la transformaci\u00f3n por lo menos 12 meses. En el caso de incumplimiento de esta obligaci\u00f3n se va a deber proceder al reintegro de los incentivos.<br \/>\nNo se considera infringida la obligaci\u00f3n de mantenimiento del empleo cuando el contrato se extinga por causas objetivas o bien por despido disciplinario cuando uno o bien otro sea declarado o bien reconocido procedente, la renuncia, muerte, jubilaci\u00f3n o bien incapacidad permanente total o bien absoluta o bien gran invalidez del trabajador o bien por expiraci\u00f3n del tiempo convenido o bien realizaci\u00f3n de la obra o bien ser vicio objeto del contrato, o bien por resoluci\u00f3n a lo largo del periodo de prueba.<\/p>\n<p>Incentivos<br \/>\nSi pasado el plazo m\u00ednimo de tres meses desde la celebraci\u00f3n se convierte en indefinido, con una jornada cuando menos del cincuenta por ciento de la pertinente a un trabajador a tiempo completo equiparable, van a tener derecho a una bonificaci\u00f3n en las cuotas empresariales a la Seguridad Social de quinientos euros\/a\u00f1o (cuarenta y uno con sesenta y siete euros\/mes), a lo largo de 3 a\u00f1os. Si el contrato se hubiese festejado con una mujer, la bonificaci\u00f3n por transformaci\u00f3n va a ser de setecientos euros\/a\u00f1o (cincuenta y ocho con treinta y tres euros\/mes).<\/p>\n<p>En el presunto de trabajadores con este contrato ocasional y puestos a predisposici\u00f3n de empresas usuarias, estas van a tener derecho a id\u00e9ntica bonificaci\u00f3n, cuando, sin soluci\u00f3n de continuidad concierten con dichos trabajadores un contrato indefinido, toda vez que hubiese pasado un plazo m\u00ednimo de tres meses desde la celebraci\u00f3n del contrato inicial.<br \/>\nPueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o bien aclaraci\u00f3n que puedan tener a este respecto.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Primer empleo joven Este nuevo g\u00e9nero de contrato que se ha aprobado por la Ley Ley 11\/2013, de veintiseis de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de est\u00edmulo del desarrollo y de la creaci\u00f3n de empleo, supone una buena opci\u00f3n alternativa a los tradicionales contratos temporales que se viene usando de forma frecuente,&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[102],"class_list":["post-1966","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-noticias","tag-laboral-y-seguridad-social","category-1","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1966","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1966"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1966\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1966"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1966"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1966"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}