{"id":19725,"date":"2025-07-09T16:44:13","date_gmt":"2025-07-09T14:44:13","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=19725"},"modified":"2025-07-09T16:44:13","modified_gmt":"2025-07-09T14:44:13","slug":"hacienda-niega-la-devolucion-de-iva-si-detecta-un-establecimiento-encubierto","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/hacienda-niega-la-devolucion-de-iva-si-detecta-un-establecimiento-encubierto\/","title":{"rendered":"Hacienda niega la devoluci\u00f3n de IVA si detecta un &#8220;establecimiento encubierto&#8221;"},"content":{"rendered":"<div class=\"summary\">\n<p>Aunque tu empresa est\u00e9 registrada en el extranjero, Hacienda podr\u00eda verte como &#8220;establecida&#8221; en Espa\u00f1a si tienes una filial que opera bajo tus \u00f3rdenes. Y eso cambia mucho las reglas del juego del IVA. No basta con que tu entidad est\u00e9 fuera de Espa\u00f1a: si una sociedad vinculada act\u00faa como tu sombra aqu\u00ed, la Agencia Tributaria te tratar\u00e1 como si operaras desde territorio nacional.<\/p>\n<\/div>\n<div class=\"content\">\n<p>En el complejo ecosistema fiscal europeo, hay veces que una palabra -como &#8220;establecimiento&#8221;- puede convertirse en una trampa. Y es que, cuando se trata de recuperar el IVA soportado en Espa\u00f1a por entidades extranjeras, no basta con no tener oficina f\u00edsica aqu\u00ed. A ojos de la Agencia Tributaria, lo que importa es c\u00f3mo act\u00faas. Y, sobre todo, si lo haces desde aqu\u00ed.<\/p>\n<p>La reciente resoluci\u00f3n del TEAC de 25 de abril de 2025 (RG 4903\/2024) lo deja cristalino: si operas en Espa\u00f1a a trav\u00e9s de una entidad vinculada que no tiene margen real de maniobra, se te puede considerar\u00a0<em>establecido<\/em>\u00a0y, por tanto, fuera del r\u00e9gimen especial de devoluci\u00f3n del IVA para no establecidos (art. 119 bis Ley del IVA).<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 ha pasado?<\/strong><\/p>\n<p>Una sociedad extranjera, TW RH, solicit\u00f3 la devoluci\u00f3n de m\u00e1s de 7,8 millones de euros de IVA por servicios de marketing y distribuci\u00f3n contratados en Espa\u00f1a. Lo hizo bajo el r\u00e9gimen previsto para empresarios no establecidos. Pero Hacienda neg\u00f3 la devoluci\u00f3n alegando que TW RH tiene en Espa\u00f1a un establecimiento permanente encarnado en su filial TW SL, desde la cual vende medicamentos.<\/p>\n<p>Y aqu\u00ed empieza lo interesante.<\/p>\n<p><strong>\u00bfPor qu\u00e9 Hacienda consider\u00f3 que TW RH estaba &#8220;establecida&#8221;?<\/strong><\/p>\n<p>El TEAC respalda la visi\u00f3n de la Administraci\u00f3n tras examinar con lupa el contrato entre TW RH y TW SL. Estas son las claves:<\/p>\n<ul>\n<li>TW SL no asume riesgos reales: vende productos solo cuando ya han sido pedidos, puede devolver los defectuosos o caducados, y apenas tiene inventario en propiedad.<\/li>\n<li>TW RH dirige la estrategia comercial, fija precios, gestiona la marca y decide cu\u00e1ndo lanzar o retirar productos.<\/li>\n<li>Los servicios log\u00edsticos los contrata TW SL, pero est\u00e1n controlados directamente por TW RH, que incluso firma los contratos con los operadores log\u00edsticos.<\/li>\n<li>TW RH forma al personal, suministra el material promocional y responde ante terceros por la actividad de TW SL.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Es decir, aunque sobre el papel TW SL era una distribuidora &#8220;independiente&#8221;, en la pr\u00e1ctica actuaba como un ap\u00e9ndice de su matriz. No ten\u00eda autonom\u00eda operativa. Y por tanto, sus medios eran utilizados por la matriz como si fuesen propios.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 dice el TEAC?<\/strong><\/p>\n<p>Que en estos casos, y siguiendo la doctrina del TJUE (Berlin Chemie, Cabot Plastics, Titanium&#8230;), no importa si los medios t\u00e9cnicos y humanos son de otra empresa, sino si se dispone de ellos como si fueran propios. Y eso se demostr\u00f3 con los contratos, la operativa real y la dependencia funcional entre ambas entidades.<\/p>\n<p>Por tanto, TW RH no pod\u00eda acogerse al r\u00e9gimen de devoluci\u00f3n para no establecidos, porque s\u00ed ten\u00eda un &#8220;establecimiento permanente&#8221; en Espa\u00f1a, con actividad econ\u00f3mica real.<\/p>\n<p><strong>A tener en cuenta:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Si tienes una filial en Espa\u00f1a y crees que act\u00faa con independencia, rev\u00edsalo. Lo que importa es la realidad, no solo el contrato.<\/li>\n<li>El control operativo, la asunci\u00f3n de riesgos y la dependencia funcional son indicadores clave para determinar si existe establecimiento permanente.<\/li>\n<li>Una planificaci\u00f3n fiscal deficiente puede llevarte a perder el derecho a recuperar el IVA soportado.<\/li>\n<li>No tener medios propios no te salva: si los utilizas como tuyos, aunque sean de otro, puedes considerarte establecido.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Un ejemplo pr\u00e1ctico<\/strong><\/p>\n<p>Imagina que gestionas una compa\u00f1\u00eda belga, PharmaBelgium SA, que vende productos sanitarios en Espa\u00f1a. Formalmente no tienes sede aqu\u00ed, pero:<\/p>\n<ul>\n<li>Has firmado un contrato con tu filial espa\u00f1ola, PharmaES SL, que se encarga de recibir los pedidos, enviar los productos (desde un almac\u00e9n que t\u00fa controlas) y gestionar la atenci\u00f3n al cliente.<\/li>\n<li>T\u00fa decides precios, promociones, formaci\u00f3n del equipo, campa\u00f1as de marketing.<\/li>\n<li>PharmaES SL solo paga cuando cobra, y t\u00fa asumes los productos devueltos, defectuosos o caducados.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Solicitas a la AEAT la devoluci\u00f3n del IVA soportado en facturas de proveedores espa\u00f1oles. Te responden con una denegaci\u00f3n, aduciendo que act\u00faas en Espa\u00f1a mediante establecimiento permanente.<\/p>\n<p>Tu defensa: &#8220;\u00a1Pero si yo no tengo sede aqu\u00ed!&#8221;<\/p>\n<p>La respuesta de Hacienda: &#8220;Usted tiene una estructura operativa completa en Espa\u00f1a a trav\u00e9s de su filial, que ejecuta sus directrices, con medios que usted controla. Opera aqu\u00ed como si tuviera sede.&#8221;<\/p>\n<p>Y pierdes el derecho a recuperar el IVA. Y todo por no haber ajustado adecuadamente el modelo de distribuci\u00f3n.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Un cordial saludo,<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Aunque tu empresa est\u00e9 registrada en el extranjero, Hacienda podr\u00eda verte como &#8220;establecida&#8221; en Espa\u00f1a si tienes una filial que opera bajo tus \u00f3rdenes. Y eso cambia mucho las reglas del juego del IVA. No basta con que tu entidad est\u00e9 fuera de Espa\u00f1a: si una sociedad vinculada act\u00faa como tu sombra aqu\u00ed, la Agencia&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":7,"featured_media":19726,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-19725","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","category-1","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/19725","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/7"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=19725"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/19725\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":19729,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/19725\/revisions\/19729"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/19726"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=19725"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=19725"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=19725"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}