{"id":20647,"date":"2026-05-13T14:52:48","date_gmt":"2026-05-13T12:52:48","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=20647"},"modified":"2026-05-13T14:52:48","modified_gmt":"2026-05-13T12:52:48","slug":"no-todo-ticket-activa-las-obligaciones-de-verifactu","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/no-todo-ticket-activa-las-obligaciones-de-verifactu\/","title":{"rendered":"No todo ticket activa las obligaciones de VERI*FACTU"},"content":{"rendered":"<div class=\"summary\">\n<p><strong>La pr\u00f3xima llegada para 2027 de VERI*FACTU (sistema de facturaci\u00f3n verificable impulsado por la Agencia Tributaria) ha disparado las dudas en peque\u00f1os comercios y actividades tradicionales donde todav\u00eda conviven cajas registradoras b\u00e1sicas, tickets simples y facturas hechas a mano. Se lo explicamos\u2026<\/strong><\/p>\n<\/div>\n<div class=\"content\">\n<p>La adaptaci\u00f3n a VERI*FACTU (sistema de facturaci\u00f3n verificable impulsado por la Agencia decidi\u00f3 ampliar los plazos previstos inicialmente. El Real Decreto-ley 15\/2025 ha dado algo m\u00e1s de margen a empresas y profesionales para adecuar sus sistemas inform\u00e1ticos de facturaci\u00f3n a las nuevas exigencias del Reglamento aprobado por el Real Decreto 1007\/2023.<\/p>\n<p>Con el nuevo calendario, las sociedades que presenten Impuesto sobre Sociedades deber\u00e1n tener sus sistemas adaptados antes del 1 de enero de 2027. En el caso del resto de aut\u00f3nomos y obligados tributarios, el plazo se ampl\u00eda hasta el 1 de julio de 2027.<\/p>\n<p>En la pr\u00e1ctica, esto significa que todav\u00eda existe un periodo transitorio y de pruebas. De hecho, durante este tiempo puede seguir utiliz\u00e1ndose otro sistema de facturaci\u00f3n distinto, incluso aunque se hayan realizado pruebas previas con modalidad VERI*FACTU.<\/p>\n<p>Y probablemente esta ampliaci\u00f3n era necesaria. Porque cuanto m\u00e1s se profundiza en la norma, m\u00e1s evidente resulta que no todas las actividades funcionan igual ni todas las formas de facturaci\u00f3n encajan f\u00e1cilmente dentro de un modelo completamente automatizado.<\/p>\n<p>Precisamente ah\u00ed es donde empiezan a aparecer muchas dudas en peque\u00f1os comercios, actividades tradicionales o negocios que siguen utilizando m\u00e9todos bastante b\u00e1sicos para documentar sus operaciones diarias.<\/p>\n<p><strong>Tickets y facturas manuscritas<\/strong><\/p>\n<p>En los \u00faltimos meses se hab\u00eda extendido una idea bastante simplificada. Se daba por hecho que cualquier negocio con tickets o caja registradora estaba obligado autom\u00e1ticamente a implantar un software adaptado a VERI*FACTU. Sin embargo, la realidad jur\u00eddica es bastante menos autom\u00e1tica de lo que parec\u00eda al principio.<\/p>\n<p>Lo verdaderamente importante no es solo emitir una factura o entregar un justificante al cliente. Lo que realmente analiza la normativa es si existe un sistema inform\u00e1tico que participe en el proceso de facturaci\u00f3n, almacenando, procesando, conservando o gestionando esa informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Y esto cambia bastante las cosas.<\/p>\n<p>Hay negocios peque\u00f1os donde todav\u00eda se realizan facturas manuales, incluso con hojas autocopiativas, especialmente cuando el cliente solicita una factura completa. En estos casos, si no existe realmente un sistema inform\u00e1tico de facturaci\u00f3n detr\u00e1s, la obligaci\u00f3n de adaptaci\u00f3n al Reglamento VERI*FACTU puede no resultar exigible en los mismos t\u00e9rminos.<\/p>\n<p>La Agencia Tributaria ha empezado a reconocer precisamente esta situaci\u00f3n en algunas consultas recientes (como por ejemplo, la Consulta Vinculante V0365-26), dejando claro que una factura manuscrita, por s\u00ed sola, no convierte autom\u00e1ticamente a un negocio en obligado a utilizar un sistema VERI*FACTU.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Atenci\u00f3n.<\/strong> El simple hecho de emitir facturas no significa necesariamente que exista obligaci\u00f3n de utilizar un software adaptado. La clave est\u00e1 en si interviene o no un sistema inform\u00e1tico de facturaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Ahora bien, aqu\u00ed aparece el verdadero problema pr\u00e1ctico. Muchos negocios creen que trabajan &#8220;de forma manual&#8221; cuando realmente ya utilizan herramientas que podr\u00edan entrar dentro del concepto de sistema inform\u00e1tico de facturaci\u00f3n. Y el concepto es mucho m\u00e1s amplio de lo que algunas personas imaginan.<\/p>\n<p>No estamos hablando \u00fanicamente de programas complejos de gesti\u00f3n empresarial. Tambi\u00e9n pueden entrar determinadas aplicaciones, TPV, cajas registradoras avanzadas o sistemas que almacenan operaciones, permiten recuperar registros o conservan informaci\u00f3n de facturaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Por eso, la diferencia entre estar obligado o no puede depender de peque\u00f1os detalles t\u00e9cnicos que muchas veces pasan desapercibidos en el d\u00eda a d\u00eda del negocio.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Atenci\u00f3n.<\/strong> Hay actividades que realizan facturas manuales, pero posteriormente introducen esos datos en programas de control interno, aplicaciones de caja o sistemas de gesti\u00f3n. En esos casos conviene revisar con cuidado si realmente existe ya un sistema inform\u00e1tico sometido al Reglamento.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Otro aspecto que est\u00e1 generando bastante confusi\u00f3n es el de los tickets de caja.<\/p>\n<p>Muchas personas dan por hecho que cualquier ticket equivale autom\u00e1ticamente a una factura simplificada. Y no siempre es as\u00ed.<\/p>\n<p>Existen cajas registradoras tradicionales que simplemente generan un justificante b\u00e1sico con fecha, hora e importe, pero sin cumplir todos los requisitos exigidos por el Reglamento de facturaci\u00f3n. Cuando eso ocurre, ese documento puede no tener realmente la consideraci\u00f3n legal de factura simplificada.<\/p>\n<p>Y esto tambi\u00e9n tiene consecuencias importantes respecto a VERI*FACTU.<\/p>\n<p>Porque si el documento emitido ni siquiera tiene naturaleza de factura conforme al Reglamento de obligaciones de facturaci\u00f3n, tampoco activa autom\u00e1ticamente las obligaciones previstas para los sistemas inform\u00e1ticos de facturaci\u00f3n.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Atenci\u00f3n.<\/strong> Muchos tickets utilizados en peque\u00f1os comercios no cumplen realmente los requisitos de una factura simplificada aunque el negocio piense que s\u00ed. Conviene revisar el contenido concreto del documento emitido.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Todo esto no significa, en ning\u00fan caso, que peque\u00f1os negocios, comercios o aut\u00f3nomos queden fuera del nuevo sistema de control fiscal. De hecho, Hacienda mantiene claramente la intenci\u00f3n de reforzar la trazabilidad y la inalterabilidad de la informaci\u00f3n de facturaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La filosof\u00eda del sistema es bastante clara. La Administraci\u00f3n quiere evitar manipulaciones posteriores, dobles contabilidades o eliminaci\u00f3n de operaciones sin dejar rastro.<\/p>\n<p>Por eso el foco cada vez est\u00e1 menos en el papel entregado al cliente y m\u00e1s en c\u00f3mo se generan, almacenan y conservan internamente los registros de facturaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Y ah\u00ed es donde muchos negocios deber\u00e1n analizar con calma qu\u00e9 herramientas utilizan realmente, aunque aparentemente parezcan sistemas muy sencillos o tradicionales.<\/p>\n<p>Porque una caja registradora b\u00e1sica no plantea el mismo escenario que un TPV conectado a software de gesti\u00f3n, ni una factura manuscrita tiene las mismas implicaciones que una aplicaci\u00f3n que conserva autom\u00e1ticamente hist\u00f3ricos, clientes o movimientos diarios.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Atenci\u00f3n.<\/strong> El hecho de estar en m\u00f3dulos o en recargo de equivalencia no excluye autom\u00e1ticamente de las obligaciones relacionadas con VERI*FACTU.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Aprovechar r\u00e9gimen transitorio para adaptarse<\/strong><\/p>\n<p>Lo razonable, en estos momentos, es aprovechar este periodo transitorio para revisar c\u00f3mo funciona realmente cada negocio antes de tomar decisiones precipitadas.<\/p>\n<p>En algunos casos ser\u00e1 suficiente con adaptar el software existente. En otros quiz\u00e1 convenga sustituir determinados sistemas. Y en determinadas actividades muy b\u00e1sicas o manuales puede que la situaci\u00f3n sea distinta de lo que inicialmente se hab\u00eda transmitido de forma generalizada.<\/p>\n<p>Lo importante ahora no es entrar en alarmismos ni asumir autom\u00e1ticamente que todas las actividades tienen exactamente las mismas obligaciones. Lo importante es revisar cada operativa concreta y entender que, en esta materia, peque\u00f1os detalles t\u00e9cnicos pueden cambiar completamente el escenario fiscal aplicable.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Un cordial saludo,<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La pr\u00f3xima llegada para 2027 de VERI*FACTU (sistema de facturaci\u00f3n verificable impulsado por la Agencia Tributaria) ha disparado las dudas en peque\u00f1os comercios y actividades tradicionales donde todav\u00eda conviven cajas registradoras b\u00e1sicas, tickets simples y facturas hechas a mano. 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