{"id":20782,"date":"2026-07-02T15:29:17","date_gmt":"2026-07-02T13:29:17","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=20782"},"modified":"2026-07-02T15:29:17","modified_gmt":"2026-07-02T13:29:17","slug":"las-empresas-con-ayudas-directas-no-podran-despedir-por-causas-ligadas-a-la-crisis-hasta-el-30-de-septiembre","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/las-empresas-con-ayudas-directas-no-podran-despedir-por-causas-ligadas-a-la-crisis-hasta-el-30-de-septiembre\/","title":{"rendered":"Las empresas con ayudas directas no podr\u00e1n despedir por causas ligadas a la crisis hasta el 30 de septiembre"},"content":{"rendered":"<div class=\"summary\">\n<p>El Gobierno ha decidido mantener hasta el 30 de septiembre de 2026 las limitaciones al despido para las empresas que se beneficien de determinadas ayudas directas aprobadas en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio. La medida pretende garantizar que el apoyo econ\u00f3mico p\u00fablico se traduzca en estabilidad laboral y mantenimiento del empleo.<\/p>\n<\/div>\n<div class=\"content\">\n<p>El pasado 30 de junio se public\u00f3 en el BOE el Real Decreto-ley 18\/2026, mediante el que el Gobierno extiende parte de las medidas aprobadas en marzo para paliar las consecuencias econ\u00f3micas derivadas de la crisis en Oriente Medio. En el \u00e1mbito laboral, la norma mantiene hasta el 30 de septiembre de 2026 diversas limitaciones relacionadas con el empleo y el acceso a ayudas p\u00fablicas.<\/p>\n<p>La filosof\u00eda que inspira estas medidas es clara: las empresas que reciban apoyo econ\u00f3mico extraordinario deber\u00e1n comprometerse a preservar el empleo y cumplir determinadas obligaciones organizativas.<\/p>\n<p><strong>Contin\u00faa el escudo social laboral<\/strong><\/p>\n<p>Aunque la situaci\u00f3n internacional ha experimentado cierta mejor\u00eda en las \u00faltimas semanas, el Ejecutivo considera que siguen existiendo riesgos relevantes derivados de la volatilidad energ\u00e9tica y del contexto geopol\u00edtico internacional. Por este motivo, mantiene temporalmente parte del denominado escudo social, si bien algunas medidas ir\u00e1n desapareciendo progresivamente a partir del mes de septiembre.<\/p>\n<p>El objetivo es seguir protegiendo tanto a los colectivos vulnerables como a determinados sectores econ\u00f3micos especialmente sensibles al incremento de los costes energ\u00e9ticos, entre ellos el transporte, la agricultura, la ganader\u00eda y la pesca.<\/p>\n<p><strong>Limitaci\u00f3n de despidos hasta el 30 de septiembre<\/strong><\/p>\n<p>La principal novedad laboral se recoge en el art\u00edculo 31 del Real Decreto-ley 18\/2026. Las empresas que reciban ayudas directas reguladas en esta norma no podr\u00e1n realizar despidos ni justificar extinciones contractuales por causas de fuerza mayor o por causas econ\u00f3micas, t\u00e9cnicas, organizativas o productivas derivadas de la situaci\u00f3n que motiva estas ayudas hasta el pr\u00f3ximo 30 de septiembre de 2026.<\/p>\n<p>La medida pretende evitar que las ayudas p\u00fablicas financien procesos de ajuste de plantilla relacionados precisamente con la crisis que ha dado origen a dichas ayudas.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Atenci\u00f3n.<\/strong>\u00a0 Antes de iniciar cualquier procedimiento extintivo conviene analizar si la empresa ha recibido ayudas afectadas por esta limitaci\u00f3n. \u00a0Resulta imprescindible valorar el origen real de las causas alegadas en un eventual despido. Se recomienda realizar un an\u00e1lisis jur\u00eddico previo antes de adoptar decisiones laborales.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Consecuencias del incumplimiento<\/strong><\/p>\n<p>La norma endurece significativamente las consecuencias para las empresas que incumplan estas restricciones. Por un lado, la empresa deber\u00e1 devolver las ayudas p\u00fablicas percibidas. Por otro, el despido efectuado podr\u00e1 ser declarado nulo, con las consecuencias legales y econ\u00f3micas que ello implica, entre ellas la readmisi\u00f3n obligatoria del trabajador y el abono de los salarios de tramitaci\u00f3n correspondientes.<\/p>\n<p><strong>Tambi\u00e9n afecta a los trabajadores fijos-discontinuos<\/strong><\/p>\n<p>La restricci\u00f3n no se limita \u00fanicamente al despido tradicional. La norma establece expresamente que las mismas causas vinculadas a la crisis no podr\u00e1n utilizarse para justificar ni la finalizaci\u00f3n del periodo de actividad ni la falta de llamamiento de trabajadores fijos-discontinuos hasta el 30 de septiembre de 2026.<\/p>\n<p>Con esta previsi\u00f3n se pretende evitar que las limitaciones puedan eludirse utilizando mecanismos distintos a la extinci\u00f3n formal del contrato.<\/p>\n<p><strong>Restricciones tambi\u00e9n para las cooperativas<\/strong><\/p>\n<p>Las cooperativas tampoco quedan al margen de estas limitaciones. Hasta el 30 de septiembre de 2026 sus asambleas generales no podr\u00e1n aprobar acuerdos que supongan la reducci\u00f3n definitiva de puestos de trabajo o modificaciones sustanciales en la proporci\u00f3n de cualificaciones profesionales cuando dichas decisiones se fundamenten en causas relacionadas con la situaci\u00f3n extraordinaria regulada en el real decreto-ley.<\/p>\n<p><strong>Los planes de movilidad sostenible cobran protagonismo<\/strong><\/p>\n<p>Otra novedad importante afecta a las empresas obligadas a disponer de un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo (PMST).<\/p>\n<p>Cuando una empresa beneficiaria de ayudas directas est\u00e9 obligada a contar con este plan y no cumpla dicha obligaci\u00f3n, deber\u00e1 reintegrar las ayudas recibidas. La norma vincula as\u00ed las ayudas p\u00fablicas con pol\u00edticas empresariales dirigidas a reducir la dependencia energ\u00e9tica y fomentar desplazamientos m\u00e1s sostenibles.<\/p>\n<p>Debe recordarse que la obligaci\u00f3n de negociar y elaborar estos planes se adelant\u00f3 mediante el Real Decreto-ley 7\/2026 y ser\u00e1 exigible a partir del 5 de diciembre de 2026 para las empresas afectadas.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Un cordial saludo,<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Gobierno ha decidido mantener hasta el 30 de septiembre de 2026 las limitaciones al despido para las empresas que se beneficien de determinadas ayudas directas aprobadas en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio. 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