{"id":6032,"date":"2015-09-14T15:54:39","date_gmt":"2015-09-14T13:54:39","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=6032"},"modified":"2017-08-21T17:37:16","modified_gmt":"2017-08-21T15:37:16","slug":"las-sociedades-civiles-con-objeto-mercantil-pasaran-a-tributar-por-el-impuesto-sobre-sociedades-a-partir-del-proximo-1-de-enero-de-2016","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/las-sociedades-civiles-con-objeto-mercantil-pasaran-a-tributar-por-el-impuesto-sobre-sociedades-a-partir-del-proximo-1-de-enero-de-2016\/","title":{"rendered":"Las Sociedades Civiles con Objeto Mercantil Pasar\u00e1n a Tributar por el Impuesto sobre Sociedades a Partir del Pr\u00f3ximo 1 de Enero de 2016"},"content":{"rendered":"<p>[:es]<\/p>\n<h2><\/h2>\n<h2>Desde dos mil dieciseis, las sociedades civiles con personalidad jur\u00eddica y objeto mercantil tributar\u00e1n en el Impuesto sobre Sociedades.<\/h2>\n<p>Sin embargo, se ha previsto legalmente un r\u00e9gimen transitorio que habilita la posibilidad de que los asociados de estas entidades fomenten la disoluci\u00f3n y liquidaci\u00f3n de exactamente las mismas a lo largo de los seis primeros meses de dos mil dieciseis, operaci\u00f3n a la que le dar\u00e1 un r\u00e9gimen de exenci\u00f3n fiscal o bien diferimiento de impuestos.<br \/>\nLes queremos recordad que las sociedades civiles con objeto mercantil pasan a ser impositores de Impuesto sobre Sociedades desde el pr\u00f3ximo enero de dos mil dieciseis y no van a tener la consideraci\u00f3n de impositor en el IRPF, estableci\u00e9ndose un r\u00e9gimen fiscal singular para la disoluci\u00f3n y liquidaci\u00f3n de sociedades civiles en las que concurran determinadas circunstancias.<br \/>\nDicha medida supone una novedad significativa en este g\u00e9nero de entidades en tanto que la tributaci\u00f3n actual que se aplica a exactamente las mismas se calcula en base al r\u00e9gimen de atribuci\u00f3n de rentas, o sea, se imputa en la declaraci\u00f3n de la Renta personal de cada uno de ellos de los asociados o bien participantes de la entidad el desempe\u00f1o que le toca en funci\u00f3n de su porcentaje de participaci\u00f3n o bien titularidad en la Sociedad Civil, no recayendo por lo tanto tributaci\u00f3n directa alguna sobre estas entidades.<br \/>\n2 son los requisitos a fin de que las sociedades civiles sean impositores del Impuesto sobre Sociedades:<br \/>\nA) Que tengan personalidad jur\u00eddica por hacer p\u00fablicos sus acuerdos.<br \/>\nCon este requisito lo que se pretende es expulsar del campo de la tributaci\u00f3n en el IRPF a las sociedades civiles con personalidad jur\u00eddica y objeto mercantil con la doble intenci\u00f3n, seg\u00fan lo que parece, de reducir de forma indirecta el campo de aplicaci\u00f3n del r\u00e9gimen de m\u00f3dulos del procedimiento de estimaci\u00f3n objetiva (m\u00f3dulos) y de eludir nichos de elusi\u00f3n contributiva.<\/p>\n<p>Una sociedad civil tiene personalidad jur\u00eddica si act\u00faa ante terceros en nombre propio (para esto es suficiente con que haya aportado un contrato de constituci\u00f3n ante Hacienda, a efectos de conseguir su CIF).<\/p>\n<p>B) Que tengan objeto mercantil.<br \/>\nTeniendo presente que hay determinadas sociedades civiles que tienen objeto mercantil, se ha decidido distinguir entre las sociedades civiles que no tengan objeto mercantil, las que proseguir\u00e1n tributando como hasta el momento en raz\u00f3n del r\u00e9gimen de atribuci\u00f3n de rentas, y las sociedades civiles que tengan objeto mercantil, que pasan a tener la consideraci\u00f3n de sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades y a tributar conforme con el r\u00e9gimen general de tributaci\u00f3n regulado en el convocado Impuesto.<br \/>\nTiene objeto mercantil si efect\u00faa actividades reguladas en el C\u00f3digo de Comercio. Por consiguiente, y siguiendo el criterio de Hacienda, de entrada (salvo nuevo criterio o bien modificaci\u00f3n legal) las sociedades civiles que efect\u00faan actividades profesionales, agr\u00edcolas o bien ganaderas no se ven perjudicadas.<br \/>\nEl legislador en el momento de establecer este requisito, no ha desarrollado esta cuesti\u00f3n. El tema es\u00b4ta en determinar qu\u00e9 se comprende por objeto mercantil. En cualquier caso, recordemos que el art\u00edculo el C\u00f3digo Comercio establece que:<br \/>\n\u201cNo se reputar\u00e1n mercantiles:<\/p>\n<p>Las compras de efectos destinados al consumo del comprador o bien de la persona por cuyo encargo se adquieren.<br \/>\nLas ventas que hicieren los due\u00f1os y los labradores o bien ganaderos de los frutos o bien productos de sus cosechas o bien ganados, o bien de las especies en las que les paguen las rentas.<br \/>\nLas venta que, de los objetos construidos o bien elaborados por los artesanos, hicieren estos en sus talleres.<br \/>\nLa reventa que haga cualquier persona no mercader del resto de los acopios que hizo para su consumo.\u201d<\/p>\n<p>Ahora bien, en la pr\u00f3xima reforma C\u00f3digo Mercantil se aborda esta cuesti\u00f3n y considerar\u00e1 asimismo mercantiles a las actividades profesionales, agr\u00edcolas o bien ganaderas.<br \/>\nR\u00e9gimen Transitorio<br \/>\nEn todo caso, se ha establecido un mecanismo singular para eludir que, a consecuencia del cambio, las rentas de las sociedades civiles tributen un par de veces. Tambi\u00e9n hay un r\u00e9gimen singular que facilita la disoluci\u00f3n de las entidades que no deseen aplicar este cambio.<br \/>\nATENCI\u00d3N. Se regula un r\u00e9gimen transitorio para la distribuci\u00f3n de beneficio y rentas conseguidas en la transmisi\u00f3n de participaciones de estas entidades, generados en ejercicios en los que tributaban por atribuci\u00f3n de rentas en el IRPF y que se reparten en periodos iniciados desde el uno-uno-dos mil dieciseis, distinguiendo entre las sociedades civiles que deb\u00edan llevar contabilidad conforme C\u00f3digo de Comercio en dos mil trece y dos mil catorce y las que no.<br \/>\nPueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o bien aclaraci\u00f3n que puedan tener a este respecto.<\/p>\n<p><span style=\"color: #000000;\"><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,\u00a0<\/strong><\/span><\/p>\n<p>[:]<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[:es] Desde dos mil dieciseis, las sociedades civiles con personalidad jur\u00eddica y objeto mercantil tributar\u00e1n en el Impuesto sobre Sociedades. Sin embargo, se ha previsto legalmente un r\u00e9gimen transitorio que habilita la posibilidad de que los asociados de estas entidades fomenten la disoluci\u00f3n y liquidaci\u00f3n de exactamente las mismas a lo largo de los seis&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":3054,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[91],"class_list":["post-6032","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","tag-fiscal-contable","category-1","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6032","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=6032"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6032\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3054"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=6032"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=6032"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=6032"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}