{"id":9022,"date":"2016-09-19T09:03:14","date_gmt":"2016-09-19T07:03:14","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=9022"},"modified":"2017-08-21T21:06:12","modified_gmt":"2017-08-21T19:06:12","slug":"las-ventajas-autonomos-la-figura-del-emprendedor-responsabilidad-limitada","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/las-ventajas-autonomos-la-figura-del-emprendedor-responsabilidad-limitada\/","title":{"rendered":"Las Ventajas para Aut\u00f3nomos de la Figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada"},"content":{"rendered":"<div class=\"wpb-content-wrapper\"><p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]<\/p>\n<h2><\/h2>\n<h2>Merced a la figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada, el empresario o bien profesional individual no deber\u00e1 contestar con su patrimonio personal por las deudas generadas en su actividad.<\/h2>\n<p>No obstante, existen una serie de limitaciones y condiciones que debe conocer\u2026<br \/>\nPara el emprendedor que desea hacerlo solo y sin las dificultades de crear una sociedad, lo m\u00e1s frecuente es registrarse como empresario individual o bien aut\u00f3nomo. Una de las primordiales peculiaridades de esta figura es la de su responsabilidad ilimitada (su responsabilidad en frente de terceros es universal y responde con su patrimonio presente y futuro de las deudas contra\u00eddas en la actividad de la compa\u00f1\u00eda).<br \/>\nATENCI\u00d3N. El aut\u00f3nomo tiene una responsabilidad patrimonial universal, o sea, responde del cumplimiento de sus deudas con sus recursos, presentes y futuros, como establece el C\u00f3digo Civil. Esto significa en la pr\u00e1ctica, que muchos aut\u00f3nomos han visto embargados sus recursos, aun su residencia personal, para atender las deudas que contrajeron con distribuidores, entidades de finanzas o bien aun la Administraci\u00f3n. Si el aut\u00f3nomo empresario est\u00e1 casado, asimismo los recursos gananciales pueden verse perjudicados.<br \/>\nPuesto que bien, la Ley 14\/2013, de veintisiete de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalizaci\u00f3n introdujo un nuevo g\u00e9nero de aut\u00f3nomo, el Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL), cuya diferencia esencial con el \u201caut\u00f3nomo tradicional\u201d es la restricci\u00f3n de la responsabilidad bajo ciertas condiciones.<br \/>\nCon la aprobaci\u00f3n de la Ley de Emprendedores, entr\u00f3 en juego una nueva figura en torno al t\u00e9rmino de emprendedor que supuso una novedad en la administraci\u00f3n del peligro como empresario aut\u00f3nomo: el Emprendedor de Responsabilidad Limitada (\u201cERL\u201d).<br \/>\nDe esta forma, el aut\u00f3nomo no deber\u00e1 contestar con su patrimonio personal de las deudas contra\u00eddas en su actividad profesional o bien empresarial, eso s\u00ed, bajo ciertas condiciones. Esta restricci\u00f3n adquiere singular relevancia en la protecci\u00f3n de la residencia frecuente del emprendedor.<br \/>\nDe esta forma, el empresario es libre de formarse en \u201cERL\u201d, mas de escoger esta alternativa de manera voluntaria, debe cumplir con una serie de obligaciones que se establecen en la regla jur\u00eddica y con la meta de conservar las garant\u00edas de los acreedores.<br \/>\n\u00bfQui\u00e9n puede ser \u201cERL\u201d?<br \/>\nCualquier persona f\u00edsica (empresario o bien profesional) que, con restricci\u00f3n de responsabilidad bajo ciertas condiciones, efect\u00faa de forma frecuente, personal, directa, por cuenta propia y fuera del campo de direcci\u00f3n y organizaci\u00f3n de otra persona, una actividad econ\u00f3mica o bien profesional a t\u00edtulo rentable, con o bien sin trabajadores por cuenta extra\u00f1a a su cargo.<br \/>\nEs en consecuencia aplicable a todos y cada uno de los aut\u00f3nomos, tanto empresarios como profesionales. Y no es preciso que se trate de una actividad nueva, sino pueden acogerse a este r\u00e9gimen empresarios o bien profesionales que estuvieran ejercitando su actividad de antemano.<br \/>\n\u00bfQu\u00e9 ventajas logran con este r\u00e9gimen?<br \/>\nExcluir de la responsabilidad por deudas producidas por la actividad desarrollada la residencia frecuente del emprendedor, con la restricci\u00f3n de que su valor no supere los trescientos euros (cuatrocientos cincuenta en poblaciones de m\u00e1s de un mill\u00f3n de habitantes).<br \/>\n\u00bfResguarda al emprendedor frente a sus deudas?<br \/>\nNo, solo en frente de las que tengan origen en su actividad empresarial o bien profesional. No queda protegido por consiguiente respecto de las deudas \u201cparticulares\u201d o bien familiares, extra\u00f1as al campo empresarial o bien profesional.<br \/>\nPor salvedad, y esto es esencial, tampoco queda limitada su responsabilidad, si bien tengan origen en su actividad empresarial o bien profesional:<\/p>\n<p>Por las deudas contra\u00eddas de antemano a adquirir la condici\u00f3n formal de empresario de responsabilidad limitada (que tiene sitio a trav\u00e9s de su inscripci\u00f3n en el Registro Mercantil).<br \/>\nPor deudas tributarias o bien de la Seguridad Social.<\/p>\n<p>Y pierde este beneficio en el caso de haber actuado con fraude o bien negligencia grave en el cumplimiento de sus obligaciones con terceros, toda vez que de esta manera constare acreditado por sentencia firme o bien en concurso declarado culpable.<br \/>\nPeculiaridades primordiales a tomar en consideraci\u00f3n<\/p>\n<p>N\u00famero de asociados m\u00ednimos: 1<br \/>\nFiscalidad: IRPF, por los rendimientos de su actividad econ\u00f3mica.<br \/>\nEl emprendedor responde personalmente de todas y cada una de las obligaciones que contraiga la compa\u00f1\u00eda, excluy\u00e9ndose de exactamente las mismas la residencia frecuente (excluyendo las deudas de derecho p\u00fablico).<br \/>\nControl total de la compa\u00f1\u00eda por la parte del due\u00f1o, que dirige su administraci\u00f3n.<br \/>\nLa personalidad jur\u00eddica de la compa\u00f1\u00eda es exactamente la misma que la de su titular (empresario).<br \/>\nLa aportaci\u00f3n de capital a la compa\u00f1\u00eda, tanto en su calidad como en su cantidad, no tiene m\u00e1s limite que la voluntad del empresario. No se requiere un capital social m\u00ednimo.<br \/>\nEl emprendedor anotado va a deber hacer constar en su documentaci\u00f3n, con expresi\u00f3n de los datos registrales, su condici\u00f3n de \u201cEmprendedor de Responsabilidad Limitada\u201d o bien a trav\u00e9s de la adici\u00f3n a su nombre, apellidos y datos de identificaci\u00f3n fiscal las iniciales \u201cERL\u201d.<\/p>\n<p>Ventajas<\/p>\n<p>El empresario va a poder limitar su responsabilidad por las deudas derivadas del ejercicio de dicha actividad empresarial o bien profesional.<br \/>\nEs una forma empresarial ideal para el funcionamiento de empresas de muy reducido tama\u00f1o.<br \/>\nNo hay que efectuar ning\u00fan tr\u00e1mite de adquisici\u00f3n de la personalidad jur\u00eddica, mas s\u00ed es preciso anotar en el Registro Mercantil y en el Registro de la Propiedad la condici\u00f3n de Empresario de Responsabilidad Limitada se\u00f1alando los datos de la residencia frecuente que va a quedar excluida de la responsabilidad de la compa\u00f1\u00eda.<br \/>\nPuede resultar m\u00e1s asequible, puesto que no se crea persona jur\u00eddica diferente del propio empresario.<\/p>\n<p>Inconvenientes<\/p>\n<p>Es precisa la inscripci\u00f3n en el Registro Mercantil.<br \/>\nEl empresario responde con su patrimonio personal de las deudas generadas en su actividad, salvo su residencia frecuente bajo ciertas condiciones.<br \/>\nSi el empresario o bien empresaria est\u00e1n casados puede dar sitio a que sus actividades alcancen al otro c\u00f3nyuge, conforme la clase de bienes:<\/p>\n<p>Los recursos propios de los c\u00f3nyuges empresarios quedan obligados a los resultados de la actividad empresarial.<br \/>\nLos recursos gananciales pueden quedar obligados por expreso consentimiento o bien por presencia y permiso.<br \/>\nLos recursos privativos del c\u00f3nyuge del empresario pueden quedar obligados por expreso consentimiento en escritura p\u00fablica.<br \/>\nTributa por tipos m\u00e1s elevados cuanto mayor es su volumen de renta.<br \/>\nObligaci\u00f3n de realizar y depositar anualmente en el Registro Mercantil las cuentas anuales de la actividad.<br \/>\nEl tr\u00e1mite burocr\u00e1tico no es sencillo: el emprendedor tiene que comparecer ante notario para declarar formalmente en acta notarial su voluntad de adquirir la condici\u00f3n de emprendedor de responsabilidad limitada, se\u00f1alando la actividad empresarial o bien profesional que va a ejercerse o bien ejercita y la identificaci\u00f3n de su residencia frecuente. Adem\u00e1s de esto, va a deber hacer las inscripciones pertinentes en los Registros Mercantil y Registro de la Propiedad. De esta manera, quienes vayan a contratar con el aut\u00f3nomo \u201cprotegido\u201d, van a poder saber que la residencia de este quedar\u00eda a salvo de posibles reclamaciones.<br \/>\nVa a ser obligatoria la auditor\u00eda de las cuentas anuales del emprendedor y el dep\u00f3sito de exactamente las mismas en el Registro Mercantil.<\/p>\n<p>La Responsabilidad<br \/>\nEl empresario responde con su patrimonio personal de las deudas generadas en su actividad. Queda excluida su residencia frecuente siempre y cuando se cumplan las pr\u00f3ximas condiciones:<\/p>\n<p>El valor de la residencia no puede superar los trescientos euros (cuatrocientos cincuenta euros en poblaciones de m\u00e1s de un mill\u00f3n de habitantes). Esta valoraci\u00f3n se efect\u00faa de conformidad con la base imponible del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jur\u00eddicos Documentados en el instante de la inscripci\u00f3n en el Registro Mercantil.<br \/>\nEn el caso de residencias ubicadas en poblaci\u00f3n de m\u00e1s de un mill\u00f3n de habitantes se va a aplicar un factor del uno con cinco al valor del par\u00e1grafo precedente.<br \/>\nEn la inscripci\u00f3n del Registro Mercantil pertinente a su domicilio se se\u00f1alar\u00e1 el bien inmueble, propio o bien com\u00fan, que se pretende no quede obligado por las resultas del giro empresarial o bien profesional.<br \/>\nNo va a poder beneficiarse de la restricci\u00f3n de responsabilidad el deudor que hubiese actuado con fraude o bien negligencia grave en el cumplimiento de sus obligaciones con terceros, siempre y cuando de este modo conste por sentencia firme o bien en concurso declarado culpable.<br \/>\nA menos que los acreedores presten su permiso de manera expresa, sobrevivir\u00e1 la responsabilidad universal del deudor por las deudas contra\u00eddas de antemano a su inscripci\u00f3n en el Registro Mercantil como emprendedor individual de responsabilidad limitada.<br \/>\nPasados 7 meses desde el cierre del ejercicio social sin que se hayan depositado las cuentas anuales en el Registro Mercantil, el emprendedor va a perder el beneficio de la restricci\u00f3n de responsabilidad limitada con relaci\u00f3n a las deudas contra\u00eddas con posterioridad por fin de ese plazo. Recobrar\u00e1 el beneficio en el instante de la presentaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Matrimonio con separaci\u00f3n de recursos o bien gananciales<br \/>\nAsimismo se debe tomar en consideraci\u00f3n que, si el empresario o bien empresaria est\u00e1 casado, la responsabilidad puede lograr al c\u00f3nyuge, con lo que se debe comprobar el r\u00e9gimen de recursos del matrimonio, si son gananciales o bien hay separaci\u00f3n de recursos.<br \/>\nEn este sentido, es conveniente aclarar lo siguiente:<\/p>\n<p>Los recursos privativos del empresario quedan obligados a los resultado de la actividad empresarial.<br \/>\nLos recursos destinados al ejercicio de la actividad y los adquiridos a consecuencia de dicho ejercicio, responden en cualquier caso del resultado de la actividad empresarial.<br \/>\nEn el r\u00e9gimen de recursos gananciales, trat\u00e1ndose de recursos comunes del matrimonio, a fin de que estos queden obligados va a ser preciso el permiso de los dos c\u00f3nyuges. El permiso se alardea cuando se ejercita la actividad empresarial con conocimiento y sin oposici\u00f3n expresa del c\u00f3nyuge y asimismo cuando al casarse uno de los c\u00f3nyuges ejercitase la actividad y siguiese con ella sin oposici\u00f3n del otro.<br \/>\nLos recursos privativos del c\u00f3nyuge del empresario no quedan aprecios al ejercicio de la actividad empresarial, a menos que exista un expreso consentimiento de tal c\u00f3nyuge.<br \/>\nEn cualquier caso, el c\u00f3nyuge puede anular con libertad el permiso tanto expreso como supuesto.<br \/>\nEl empresario individual no tiene la obligaci\u00f3n de anotarse en el Registro Mercantil, si bien puede ser recomendable anotarse entre otras muchas razones para registrar los datos relativos al c\u00f3nyuge, el r\u00e9gimen econ\u00f3mico del matrimonio, las capitulaciones, como el permiso, la revocaci\u00f3n o bien oposici\u00f3n del c\u00f3nyuge a la afecci\u00f3n a la actividad empresarial de los recursos comunes o bien los privativos.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o bien aclaraci\u00f3n que puedan tener a este respecto.<\/p>\n<p>Para descargarse el texto de la publicaci\u00f3n, <a href=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/Las-ventajas-para-aut\u00f3nomos-de-la-figura-del-emprendedor-de-responsabilidad-limitada-191.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">pulse aqu\u00ed.<\/a><\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,\u00a0<\/strong>[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column][vc_column_text] Merced a la figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada, el empresario o bien profesional individual no deber\u00e1 contestar con su patrimonio personal por las deudas generadas en su actividad. 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