{"id":9525,"date":"2016-12-05T16:16:54","date_gmt":"2016-12-05T15:16:54","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=9525\/"},"modified":"2017-08-21T18:46:46","modified_gmt":"2017-08-21T16:46:46","slug":"encargados-personal-comite-empresa-debemos-saberque-garantias-laborales-tienen","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/encargados-personal-comite-empresa-debemos-saberque-garantias-laborales-tienen\/","title":{"rendered":"Encargados de Personal y Comit\u00e9 de Empresa \u00bfQu\u00e9 Debemos Saber?\u00bfQu\u00e9 Garant\u00edas Laborales Tienen?"},"content":{"rendered":"<div class=\"wpb-content-wrapper\"><p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]<\/p>\n<h2><\/h2>\n<h2>Entre otras muchas garant\u00edas laborales:<\/h2>\n<p>Tienen prioridad de permanencia en la compa\u00f1\u00eda en los presuntos de suspensi\u00f3n o bien extinci\u00f3n por causas tecnol\u00f3gicas o bien econ\u00f3micas y en los presuntos de movilidad geogr\u00e1fica por razones t\u00e9cnicas, organizativas o bien productivas; no ser despedido ni sancionado a lo largo del ejercicio de sus funciones ni en el a\u00f1o siguiente a la expiraci\u00f3n de su orden, si la sanci\u00f3n pretende fundamentarse en la acci\u00f3n del trabajador en el ejercicio de su representaci\u00f3n; contar con de un cr\u00e9dito de horas mensuales remuneradas, etc\u2026<br \/>\nComo sabemos, la participaci\u00f3n de los trabajadores, que forma un derecho laboral b\u00e1sico se puede realizar por medio de 2 canales de representaci\u00f3n: la unitaria o bien la sindical.<br \/>\nEl sistema de representaci\u00f3n unitaria est\u00e1 constituido por \u00f3rganos que son escogidos por todos y cada uno de los trabajadores de la empresa: encargados sindicales y secciones sindicales. El sistema de representaci\u00f3n sindical est\u00e1 constituido por \u00f3rganos sindicales a nivel de empresa: encargados de personal y comit\u00e9 de empresa.<br \/>\nAhora les vamos a informar de una serie de cuestiones en relaci\u00f3n con dichos \u00f3rganos sindicales que no debe olvidar.<br \/>\nEncargados de personal<br \/>\nForman la representaci\u00f3n de los trabajadores en la compa\u00f1\u00eda o bien centro de trabajo que tengan menos de cincuenta y m\u00e1s de diez trabajadores. Del mismo modo va a poder haber un encargado de personal en aquellas empresas o bien centros que cuenten entre seis y diez trabajadores, si de esta manera los decidiesen estos por mayor\u00eda.<br \/>\nLos encargados de personal van a poder ser: hasta treinta trabajadores, uno; de treinta y uno a cuarenta y nueve trabajadores, 3.<br \/>\nComit\u00e9s de empresa<br \/>\nEs el \u00f3rgano representativo y agremiado del conjunto de los trabajadores de la compa\u00f1\u00eda o bien centro de trabajo para la defensa de sus intereses, constituy\u00e9ndose en todos y cada centro de trabajo cuyo censo sea de cincuenta o bien m\u00e1s trabajadores.<br \/>\nEn empresas que tengan en exactamente la misma provincia o bien en ayuntamientos lindantes 2 o bien m\u00e1s centros de trabajo cuyos censos no alcancen los cincuenta trabajadores, mas en conjunto lo sumen, se formar\u00e1 un comit\u00e9 de empresa conjunto. \u00a0En el momento en que unos centros tengas cincuenta trabajadores y otros de exactamente la misma provincia no, en los primeros se formar\u00e1n comit\u00e9s de empresa propios y con todos y cada uno de los segundos se formar\u00e1 otro.<br \/>\nEl n\u00famero de componentes del comit\u00e9 de empresa en funci\u00f3n al n\u00famero de trabajadores:<\/p>\n<p>De cincuenta a cien trabajadores: 5.<br \/>\nDe ciento uno a doscientos cincuenta trabajadores: 9.<br \/>\nDe doscientos cincuenta y uno a quinientos trabajadores: 13.<br \/>\nDe quinientos uno a setecientos cincuenta trabajadores: diecisiete.<br \/>\nDe setecientos cincuenta y uno a mil trabajadores: 21.<br \/>\nDe cien de ahora en adelante, 2 por cada mil o bien fracci\u00f3n con un m\u00e1ximo de 75.<\/p>\n<p>Los comit\u00e9s de empresa o bien centro de trabajo escoger\u00e1n de entre sus miembros un presidente y un secretario del comit\u00e9 y realizar\u00e1n su reglamento de procedimiento, remitiendo copia del mismo a la autoridad laboral, a efectos de registro, y a la compa\u00f1\u00eda.<br \/>\nVa a poder acordarse en acuerdo colectivo la constituci\u00f3n y funcionamiento de un comit\u00e9 intercentros, con un m\u00e1ximo de trece miembros que van a tener las funciones que se prevean en el acuerdo colectivo que acuerde su creaci\u00f3n.<br \/>\n\u00bfQui\u00e9nes pueden fomentar elecciones a encargados de personal y miembros de comit\u00e9s de empresa?<\/p>\n<p>Las organizaciones sindicales m\u00e1s representativas.<br \/>\nLas que cuentes con un m\u00ednimo de un diez por ciento de representantes de la compa\u00f1\u00eda.<br \/>\nLos trabajadores del centro de trabajo por pacto mayoritario.<\/p>\n<p>\u00bfQui\u00e9nes pueden seleccionar a los encargados de personal y a los miembros del comit\u00e9 de empresa?<br \/>\nTodos y cada uno de los trabajadores nacionales o bien extranjeros de la compa\u00f1\u00eda o bien centros de trabajos mayores de dieciseis a\u00f1os y con una antig\u00fcedad en la compa\u00f1\u00eda de, por lo menos, un mes.<br \/>\n\u00bfQui\u00e9nes pueden ser escogidos encargados de personal o bien miembros del comit\u00e9 de empresa?<br \/>\nLos trabajadores nacionales o bien extranjeros que tengan dieciocho a\u00f1os cumplidos y una antig\u00fcedad en la compa\u00f1\u00eda de, cuando menos, seis meses, salvo en aquellas actividades en que, por movilidad de personal, se acuerde en acuerdo colectivo un plazo inferior, con el l\u00edmite m\u00e1ximo de tres meses de antig\u00fcedad.<br \/>\n\u00bfCu\u00e1l es la duraci\u00f3n de su orden?<br \/>\nVa a ser de cuatro a\u00f1os, entendi\u00e9ndose que se sostendr\u00e1n en funciones en el ejercicio de sus competencias y de sus garant\u00edas hasta tanto no se hubieran promovido y festejado nuevas elecciones.<br \/>\n\u00danicamente van a poder ser anulados los encargados de personal y miembros del comit\u00e9 a lo largo de su orden, por resoluci\u00f3n de los trabajadores que los hayan escogido, a trav\u00e9s de reuni\u00f3n convocada al efecto a instancia de una tercera parte, por lo menos, de los votantes y por mayor\u00eda absoluta de estos, a trav\u00e9s de sufragio personal, libre, directo y secreto. Sin embargo, esta revocaci\u00f3n no va a poder realizarse a lo largo de la tramitaci\u00f3n de un acuerdo colectivo, ni reconsiderarse hasta trascurridos, cuando menos, seis meses.<br \/>\nLas sustituciones, revocaciones, renuncias y extinciones de orden se comunicar\u00e1 a la Oficina p\u00fablica dependiente de la Autoridad Laboral y al empresario, public\u00e1ndose adem\u00e1s en el tabl\u00f3n de anuncios.<br \/>\nCompetencias<br \/>\nSon exactamente las mismas para los dos \u00f3rganos de representaci\u00f3n de personal.<br \/>\nEl comit\u00e9 de empresa est\u00e1 en su derecho a ser informado y consultado por el empresario sobre aquellas cuestiones que puedan afectar a los trabajadores, sobre la situaci\u00f3n de la compa\u00f1\u00eda y la evoluci\u00f3n del empleo en los t\u00e9rminos siguientes:<\/p>\n<p>Informaci\u00f3n trimestral sobre evoluci\u00f3n general del \u00e1mbito econ\u00f3mico, coyuntura econ\u00f3mica de la compa\u00f1\u00eda, evoluci\u00f3n reciente y probable de sus actividades, producci\u00f3n y ventas; previsiones de contrataci\u00f3n y sus modalidades; estad\u00edsticas sobre absentismo, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, estudios sobre medioambiente laboral y mecanismos de prevenci\u00f3n.<br \/>\nInformaci\u00f3n anual sobre aplicaci\u00f3n en la compa\u00f1\u00eda del derecho de igualdad de trato y de ocasiones entre mujeres y hombres con datos sobre proporcionalidad en los niveles diferentes profesionales y planes de igualdad, en su caso y sobre las medidas que se hubiesen adoptado para promover la igualdad de la compa\u00f1\u00eda.<br \/>\nCon la periodicidad que proceda, el comit\u00e9 de empresa va a tener derecho a conocer el c\u00f3mputo, las cuentas de resultados, la memoria y dem\u00e1s documentaci\u00f3n que se facilite a los asociados, en su caso; los modelos de contrato de trabajo que se empleen y los documentos relativos a la terminaci\u00f3n de la relaci\u00f3n laboral; las sanciones por faltas muy graves y a percibir la copia b\u00e1sica de los contratos y pr\u00f3rrogas y sus demandas en el plazo de diez d\u00edas.<br \/>\nVa a tener derecho a ser informado y consultado sobre todas y cada una de las resoluciones de la compa\u00f1\u00eda que pudiesen provocar cambios relevantes en la organizaci\u00f3n del trabajo y en los contratos de trabajo, como sobre la adopci\u00f3n de medidas precautorias, singularmente en casos de peligros para la utilizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El comit\u00e9 de empresa va a tener derecho a producir informe con car\u00e1cter anterior, y en un plazo m\u00e1ximo de quince d\u00edas desde el instante en que hayan sido pedidos y remitidas las informaciones pertinentes, en las pr\u00f3ximas cuestiones:<\/p>\n<p>Reestructuraciones de plantilla y ceses totales, terminantes, parciales o bien temporales.<br \/>\nReducciones de jornada.<br \/>\nTraslado total o bien parcial de instalaciones.<br \/>\nProcesos de fusi\u00f3n, absorci\u00f3n o bien modificaci\u00f3n del estatus jur\u00eddico de la compa\u00f1\u00eda que incida en el volumen de empleo.<br \/>\nPlanes de F.P..<br \/>\nSistemas de organizaci\u00f3n y control de trabajo.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de esto, el comit\u00e9 de empresa va a tener las pr\u00f3ximas competencias:<\/p>\n<p>Ejercer una tarea de vigilancia en el cumplimiento de las reglas laborales, de seguridad social y de empleo; condiciones de seguridad y salud en el trabajo; aplicaci\u00f3n del principio de igualdad de trato y de ocasiones entre mujeres y hombres.<br \/>\nParticipar en la administraci\u00f3n de obras sociales en beneficio de los trabajadores y sus familiares.<br \/>\nCooperar cuando se determine por acuerdo colectivo, con la direcci\u00f3n de la compa\u00f1\u00eda en el aumento de la productividad y en la puesta en marcha de medidas de conciliaci\u00f3n.<br \/>\nInformar a sus representados de los temas y temas que repercutan en las relaciones laborales.<\/p>\n<p>El comit\u00e9 de empresa, como \u00f3rgano agremiado, puede ejercer acciones administrativas o bien judiciales en todo lo tocante al campo de sus competencias, por resoluci\u00f3n mayoritaria de sus miembros.<br \/>\nLos miembros y especialistas que asistan al comit\u00e9 de empresa observar\u00e1n el deber de sigilo con respecto a la documentaci\u00f3n que se facilite con car\u00e1cter reservado.<br \/>\nGarant\u00edas laborales<br \/>\nLos miembros del comit\u00e9 de empresa y los encargados de personal, a salvo de lo que se disponga en los convenios colectivos, tienen por lo menos las pr\u00f3ximas garant\u00edas:<\/p>\n<p>Apertura de expediente contradictorio en el presunto de sanciones por faltas graves o bien muy graves, en el que va a ser o\u00eddos el interesado, el comit\u00e9 o bien el resto de los encargados de personal.<br \/>\nPrioridad de permanencia en la compa\u00f1\u00eda en los presuntos de suspensi\u00f3n o bien extinci\u00f3n por causas tecnol\u00f3gicas o bien econ\u00f3micas y en los presuntos de movilidad geogr\u00e1fica por razones t\u00e9cnicas, organizativas o bien productivas.<br \/>\nNo ser despedido ni sancionado a lo largo del ejercicio de sus funciones ni en el a\u00f1o siguiente a la expiraci\u00f3n de su orden, si la sanci\u00f3n pretende fundamentarse en la acci\u00f3n del trabajo en el ejercicio de su representaci\u00f3n.<br \/>\nExpresar con liberar sus creencias en las materias referentes a la esfera de su representaci\u00f3n, pudiendo publicar o bien repartir, sin alterar el normal desarrollo del trabajo, las publicaciones de inter\u00e9s laboral o bien social, comunic\u00e1ndolo a la compa\u00f1\u00eda.<br \/>\nContar con de un cr\u00e9dito de horas mensuales remuneradas, cada uno de ellos de los miembros del comit\u00e9 o bien encargados en todos y cada centro de trabajo, para el ejercicio de sus funciones de representaci\u00f3n, conforme con la pr\u00f3xima escala:<\/p>\n<p>Hasta cien trabajadores: quince horas por mes.<br \/>\nDe ciento uno a doscientos cincuenta trabajadores: veinte horas por mes.<br \/>\nDe doscientos cincuenta y uno a quinientos trabajadores: treinta horas por mes.<br \/>\nDe quinientos uno a setecientos cincuenta trabajadores: treinta y cinco horas por mes.<br \/>\nDe setecientos cincuenta y uno en adelante: cuarenta horas por mes.<br \/>\nVa a poder convenirse en acuerdo la acumulaci\u00f3n de horas de los diferentes miembros del comit\u00e9 de empresa y, en su caso, de los encargados de personal en uno o bien m\u00faltiples de sus componentes, sin exceder el m\u00e1ximo total, pudiendo quedar relevado o bien relevados del trabajo, sin perjuicio de su retribuci\u00f3n.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o bien aclaraci\u00f3n que puedan tener a este respecto.<\/p>\n<p>Para descargarse el texto de la publicaci\u00f3n,<a href=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/Delegados-de-personal-y-comite-de-empresa-que-debemos-saber-que-garantias-laborales-tienen-202.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\"> pulse aqu\u00ed.<\/a><\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong>[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column][vc_column_text] Entre otras muchas garant\u00edas laborales: Tienen prioridad de permanencia en la compa\u00f1\u00eda en los presuntos de suspensi\u00f3n o bien extinci\u00f3n por causas tecnol\u00f3gicas o bien econ\u00f3micas y en los presuntos de movilidad geogr\u00e1fica por razones t\u00e9cnicas, organizativas o bien productivas; 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