{"id":9772,"date":"2017-01-17T13:08:06","date_gmt":"2017-01-17T12:08:06","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=9772\/"},"modified":"2017-08-21T20:36:21","modified_gmt":"2017-08-21T18:36:21","slug":"reclame-los-gastos-constitucion-hipoteca","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/reclame-los-gastos-constitucion-hipoteca\/","title":{"rendered":"Reclame los Gastos de Constituci\u00f3n de su Hipoteca"},"content":{"rendered":"<div class=\"wpb-content-wrapper\"><p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]<\/p>\n<h2><\/h2>\n<h2>El Tribunal Supremo estima que es nula la cl\u00e1usula que impone al consumidor el pago de todos y cada uno de los gastos:<\/h2>\n<p>(los del notario, gestor\u00eda, tasaci\u00f3n de la residencia, Registro de la Propiedad, y los de actos jur\u00eddicos documentados\u2026) relacionados con la escritura de formalizaci\u00f3n de la hipoteca, lo que deja abierta la posibilidad de demandar, en su caso, a los usuarios que tengan o bien haya tenido un pr\u00e9stamo hipotecario, a pedir la devoluci\u00f3n de lo satisfecho.<br \/>\n\u00daltimamente se ha dado a conocer, y de la que se ha hecho eco\u00a0 diferentes medios, la sentencia del Tribunal Supremo de veintitres de diciembre de dos mil quince, que considera como jurisprudencia que son nulas las cl\u00e1usulas que imponen al consumidor todos y cada uno de los costos derivados de la concertaci\u00f3n del contrato a consecuencia de la intervenci\u00f3n notarial y registral y el pago de los tributos en los que el sujeto pasivo es el banco, como sucede en ciertos hechos imponibles del Impuesto de Actos Jur\u00eddicos Documentados.<br \/>\nEsta sentencia se ha dictado con relaci\u00f3n a el modelo de hipoteca usado por una entidad de finanzas (Banco Bilbao Vizcaya Argentaria). Sin embargo, este modelo es muy af\u00edn a los empleados por cualquier otra entidad, con lo que los razonamientos indicados van a poder aducirse en reclamaciones futuras.<br \/>\nAtenci\u00f3n. Esta sentencia del Tribunal Supremo ha sido seguida por otros Juzgados, como el de Granollers (Barna) y el de Oviedo; asimismo se han pronunciado las Audiencias Provinciales de Zaragoza y de Pontevedra.<br \/>\nLas entidades financieras acostumbran a incluir una cl\u00e1usula similar a esta:<br \/>\n\u201cSon de cuenta exclusiva de la parte prestataria todos y cada uno de los tributos, comisiones y gastos causados por la preparaci\u00f3n, formalizaci\u00f3n, subsanaci\u00f3n, tramitaci\u00f3n de escrituras, modificaci\u00f3n -incluyendo divisi\u00f3n, segregaci\u00f3n o bien cualquier cambio que suponga perturbaci\u00f3n de la garant\u00eda- y ejecuci\u00f3n de este contrato, y por los pagos y reintegros derivados del mismo, como por la constituci\u00f3n, conservaci\u00f3n y cancelaci\u00f3n de su garant\u00eda, siendo del mismo modo a su cargo las primas y dem\u00e1s gastos pertinentes al seguro de da\u00f1os, que la parte prestataria se fuerza a tener vigente\u2026\u201d.<br \/>\nEn relaci\u00f3n con dichas cl\u00e1usulas el Tribunal Supremo apunta que resulta atractiva la extensi\u00f3n de la cl\u00e1usula, que pretende atribuir al consumidor todos y cada uno de los costos derivados de la concertaci\u00f3n de un contrato, reemplazando y a veces infringiendo, reglas legales con previsiones diferentes a este respecto.<br \/>\nEl Tribunal Supremo estima que esta clase de cl\u00e1usulas producen un desequilibrio y, por lo tanto, se consideran exageradas conforme con el art\u00edculo ochenta y nueve de la Ley General para la Defensa de los Usuarios y Usuarios, que apunta que en cualquier caso tienen la consideraci\u00f3n de cl\u00e1usulas desmesuradas, la imposici\u00f3n al consumidor de los gastos de documentaci\u00f3n y tramitaci\u00f3n que por ley corresponda al empresario. Particularmente, en la compra y venta de viviendas:<br \/>\na) La estipulaci\u00f3n de que el consumidor tiene que cargar con los gastos derivados de la preparaci\u00f3n de la titulaci\u00f3n que por su naturaleza correspondan al empresario (obra nueva, propiedad horizontal, hipotecas para financiar su construcci\u00f3n o bien su divisi\u00f3n y cancelaci\u00f3n).<br \/>\nb) La estipulaci\u00f3n que fuerce al consumidor a subrogarse en la hipoteca del empresario o bien imponga penalizaciones en los presuntos de no subrogaci\u00f3n.<br \/>\nc) La estipulaci\u00f3n que imponga al consumidor el pago de tributos en los que el sujeto pasivo es el empresario.<br \/>\nd) La estipulaci\u00f3n que imponga al consumidor los gastos derivados del establecimiento de los accesos a los suministros generales de la residencia, cuando esta haya de ser entregada en condiciones de habitabilidad.<br \/>\nLos pagos cuestionados son los del notario, los de escritura del pr\u00e9stamo hipotecario en el Registro de la Propiedad, los de gestor\u00eda y los de actos jur\u00eddicos documentados, los que, como apunta el Tribunal Supremo, han de ser satisfechos por el banco.<br \/>\nSe trata de supuestos de nulidad de pleno derecho y, por consiguiente, resulta intrascendente que el contrato de pr\u00e9stamo se halle ya amortizado o bien no actual.<br \/>\nConforme nuestro ordenamiento jur\u00eddico las acciones de nulidad ejercitadas son imprescriptibles (no prescriben). Tan solo en caso de que su banco sea el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria si hay prescripci\u00f3n de la reclamaci\u00f3n de cuatro a\u00f1os (diciembre de dos mil veinte).<br \/>\nLe asistimos a examinar si puede aplicar en su caso espec\u00edfico los razonamientos usados por el Tribunal Supremo, siendo clave que exista esa cl\u00e1usula, que es desmesurada y nula, puesto que si no la hay puede comprenderse que hubo una negociaci\u00f3n entre la entidad y el usuario. Mas si no se acredita que la cl\u00e1usula se discutiera con el consumidor, se va a poder comprender que se impuso unilateralmente, y en un caso as\u00ed se puede demandar por considerarse nula.<br \/>\nPueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o bien aclaraci\u00f3n que puedan tener a este respecto.<\/p>\n<p>Para descargarse el texto de la publicaci\u00f3n,<a href=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/Reclame-los-gastos-de-constitucion-de-su-hipoteca-208.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\"> pulse aqu\u00ed.<\/a><\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong>[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column][vc_column_text] El Tribunal Supremo estima que es nula la cl\u00e1usula que impone al consumidor el pago de todos y cada uno de los gastos: (los del notario, gestor\u00eda, tasaci\u00f3n de la residencia, Registro de la Propiedad, y los de actos jur\u00eddicos documentados\u2026) relacionados con la escritura de formalizaci\u00f3n de la hipoteca, lo que deja abierta&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":9773,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[113],"class_list":["post-9772","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","tag-mercantil","category-1","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9772","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=9772"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9772\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/9773"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=9772"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=9772"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=9772"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}