{"id":9837,"date":"2017-01-27T11:20:26","date_gmt":"2017-01-27T10:20:26","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=9837\/"},"modified":"2017-08-21T22:26:34","modified_gmt":"2017-08-21T20:26:34","slug":"desde-21-enero-2017-los-afectados-ya-pueden-reclamar-los-bancos-la-devolucion-las-clausulas-suelo-indebidas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/en\/desde-21-enero-2017-los-afectados-ya-pueden-reclamar-los-bancos-la-devolucion-las-clausulas-suelo-indebidas\/","title":{"rendered":"Desde el 21 de Enero de 2017, Los Afectados ya Pueden Reclamar a los Bancos la Devoluci\u00f3n de las Cl\u00e1usulas Suelo Indebidas"},"content":{"rendered":"<div class=\"wpb-content-wrapper\"><p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]<\/p>\n<h2><\/h2>\n<h2>Desde el 21 de enero de 2017, y tras la aprobaci\u00f3n por el Gobierno del R. D.-ley 1\/2017, de medidas urgentes de protecci\u00f3n de usuarios en materia de cl\u00e1usulas suelo:<\/h2>\n<p>Los perjudicados por exactamente las mismas ya cuentan con un cauce extrajudicial para solucionar, sencillamente, veloz y gratis, sus reclamaciones derivadas de las \u00faltimas sentencias judiciales, como la de veintiuno de diciembre de dos mil dieciseis del Tribunal de Justicia de la UE. El procedimiento va a ser obligatorio para la financiera cuando lo pida el usuario, y esta va a tener 3 meses para llegar a un pacto y solucionar las reclamaciones. Si bien la v\u00eda judicial siempre y en toda circunstancia est\u00e1 abierta, se trata de eludir el colapso de los Tribunales y dejar que todo el proceso se realice con las debidas garant\u00edas para el consumidor.<br \/>\nComo ya va a saber por diferentes medios, el Gobierno ha aprobado el R. D.-ley 1\/2017, de veinte de enero\u00a0-publicado en el BOE de veintiuno de enero de dos mil diecisiete y en vigor exactamente el mismo d\u00eda de su publicaci\u00f3n-, de\u00a0medidas urgentes de protecci\u00f3n de usuarios en materia de cl\u00e1usulas suelo, que establece una serie de medidas (a consecuencia de la sentencia de veintiuno de diciembre de dos mil dieciseis del Tribunal de Justicia de la UE, de las que notificamos en su d\u00eda, y que establece la retroactividad total en la devoluci\u00f3n de las cl\u00e1usulas suelo opacas de los contratos hipotecarios, y no solo desde la Sentencia del nueve de mayo de dos mil trece de Tribunal Supremo) que tienen por objeto facilitar la devoluci\u00f3n de las cantidades inapropiadamente satisfechas por el consumidor a las entidades financieras en aplicaci\u00f3n de ciertas cl\u00e1usulas suelo contenidas en contratos de pr\u00e9stamo o bien cr\u00e9dito garantizados con hipoteca inmobiliaria.<br \/>\nEn \u00e9l se establece un cauce extrajudicial para solucionar, sencillamente, veloz y gratis, las reclamaciones de los usuarios. El procedimiento va a ser obligatorio para la entidad cuando lo pida el cliente del servicio, y esta va a tener 3 meses para llegar a un pacto y solucionar las reclamaciones. Si bien la v\u00eda judicial siempre y en todo momento est\u00e1 abierta, se trata de eludir el colapso de los Tribunales y dejar que todo el proceso se haga con las debidas garant\u00edas para el consumidor.<br \/>\nLe explicamos ahora los puntos m\u00e1s relevantes que establece la regla<\/p>\n<p>Las medidas previstas en la regla se van a aplicar a los contratos de pr\u00e9stamo o bien cr\u00e9dito garantizados con hipoteca inmobiliaria que incluyan una cl\u00e1usula suelo cuyo prestatario sea un consumidor.<\/p>\n<p>Atenci\u00f3n. Se comprender\u00e1 por consumidor cualquier persona f\u00edsica que re\u00fana los requisitos previstos en el art\u00edculo tres del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Usuarios y Usuarios y otras leyes complementarias aprobado por R. D. Legislativo 1\/2007, de dieciseis de noviembre. En consecuencia \u201cla persona f\u00edsica que act\u00fae con un objetivo extra\u00f1o a su actividad comercial, empresarial, oficio o bien profesi\u00f3n\u201d. Son asimismo usuarios las personas jur\u00eddicas y las entidades sin personalidad jur\u00eddica que act\u00faen no lucrativo en un campo extra\u00f1o a una actividad comercial o bien empresarial. Se comprender\u00e1 por cl\u00e1usula suelo cualquier estipulaci\u00f3n incluida en un contrato de pr\u00e9stamo o bien cr\u00e9dito garantizados con hipoteca inmobiliaria a tipo variable, o bien para el tramo variable de otro g\u00e9nero de pr\u00e9stamo, que limite a la baja la variabilidad del g\u00e9nero de inter\u00e9s del contrato.<br \/>\nPor lo tanto, solo pueden acogerse a la regla usuarios y solamente con relaci\u00f3n a las cl\u00e1usulas suelo. Empresarios o bien aut\u00f3nomos que hayan concertado el pr\u00e9stamo para su negocio no pueden acogerse al mismo.<br \/>\nLa regla habilita al Gobierno para regular la extensi\u00f3n del campo de aplicaci\u00f3n a otros usuarios relacionados con el prestatario de contratos de pr\u00e9stamo o bien cr\u00e9dito garantizados con hipoteca inmobiliaria (como por poner un ejemplo, podr\u00eda ser el caso de los fiadores).<\/p>\n<p>El procedimiento extrajudicial es voluntario para el consumidor y obligatorio para los bancos cuando lo pida el cliente del servicio. Las financieras van a tener un mes para arrancar las medidas precisas para cumplir con este procedimiento extrajudicial (concluye el veintiuno de febrero de dos mil diecisiete). No obstante, las\u00a0reclamaciones pueden presentarse ya.<\/p>\n<p>Atenci\u00f3n.\u00a0 Los bancos van a deber poner a predisposici\u00f3n de sus clientes del servicio, en todas y cada una de las oficinas abiertas al p\u00fablico, como en sus p\u00e1ginas, la\u00a0informaci\u00f3n\u00a0que se especifica, relacionada con la eficaz ejecuci\u00f3n de esta regla. No incluye la obligaci\u00f3n de tener un modelo de formulario. Van a deber contar con de un\u00a0departamento o bien servicio especializado\u00a0que tenga por objeto atender las reclamaciones presentadas. Deben\u00a0asegurar que este sistema es conocido\u00a0por todos y cada uno de los usuarios con cl\u00e1usulas suelo en sus contratos. Asimismo notificar\u00e1n a sus clientes del servicio de que las devoluciones acordadas pueden producir\u00a0obligaciones fiscales. Y comunicar\u00e1n a la Hacienda la informaci\u00f3n relativa a las devoluciones acordadas.<\/p>\n<p>Se comienza esta v\u00eda cuando el consumidor presente la reclamaci\u00f3n a su entidad financiera. As\u00ed, las entidades financieras no tienen la obligaci\u00f3n de proponerlo. Va a tener\u00a0car\u00e1cter gratuitoentre el banco y el consumidor.<\/p>\n<p>Una vez recibida la reclamaci\u00f3n, la entidad puede admitirla o bien no (en el caso de no aceptarla la \u00fanica v\u00eda posible es la v\u00eda judicial). Si la acepta, va a deber remitir al consumidor el c\u00e1lculo del dinero a devolver, que incluye la cantidad pagada de m\u00e1s por la cl\u00e1usula suelo m\u00e1s los intereses legales de demora que correspondan.<\/p>\n<p>El consumidor debe manifestar si est\u00e1 conforme con la propuesta del banco. Si no est\u00e1 conforme, el usuario va a poder asistir a la justicia.<br \/>\nPor defecto, la devoluci\u00f3n de lo cobrado de m\u00e1s por las cl\u00e1usulas suelo va a ser en efectivo, mas existen otras opciones como que el usuario y el banco renegocien las condiciones de la hipoteca reduciendo la cuota mensual en un tanto por ciento o bien amortizando capital. Si prefiere la devoluci\u00f3n en efectivo, el banco se lo deber\u00e1 abonar en un plazo m\u00e1ximo de 3 meses desde la reclamaci\u00f3n inicial. Si las partes acuerdan otra f\u00f3rmula, la aceptaci\u00f3n por la parte del usuario va a ser manuscrita tras haber sido adecuadamente informado del valor econ\u00f3mico de la medida opci\u00f3n alternativa. Para esto tiene quince d\u00edas.<br \/>\nSi bien el consumidor haya terminado de abonar su hipoteca, puede acogerse al procedimiento extrajudicial para recobrar el dinero pagado de m\u00e1s en su instante toda vez que no haya precripto la acci\u00f3n.<br \/>\nSi ya se ha comenzado el procedimiento judicial, mas a\u00fan no ha sido resuelto, el consumidor puede acogerse al procedimiento extrajudicial. En un caso as\u00ed las dos partes pueden pedir la suspensi\u00f3n del procedimiento judicial.<br \/>\nSi el consumidor comienza el procedimiento judicial al no llegar a un pacto en la reclamaci\u00f3n extrajudicial y la sentencia que consigue es a nivel econ\u00f3mico m\u00e1s conveniente para \u00e9l, el banco va a ser condenado a abonar las costas. Si el cliente del servicio va de manera directa a los juzgados y la entidad financiera se allana ya antes del tr\u00e1mite de contestaci\u00f3n a la demanda, la entidad no va a ser condenada en costas: cada parte aceptar\u00e1 su una parte de los gastos judiciales.<br \/>\nSe prev\u00e9 una reducci\u00f3n substancial de los aranceles notariales y registrales derivados de los pactos a que puedan llegar las partes a consecuencia de este procedimiento extrajudicial.<br \/>\nPara las cantidades percibidas, se reforma la Ley del IRPF a fin de que, en el caso de devoluci\u00f3n de cantidades inapropiadamente cobradas por cl\u00e1usulas suelo, se garantice la neutralidad fiscal para el consumidor.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o bien aclaraci\u00f3n que puedan tener a este respecto.<\/p>\n<p>Para descargarse el texto de la publicaci\u00f3n,<a href=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/Los-afectados-ya-pueden-reclamar-a-los-bancos-la-devolucion-de-las-clausulas-suelo-indebidas-210.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\"> pulse aqu\u00ed.<\/a><\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong>[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column][vc_column_text] Desde el 21 de enero de 2017, y tras la aprobaci\u00f3n por el Gobierno del R. 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