{"id":12180,"date":"2017-11-06T09:16:31","date_gmt":"2017-11-06T08:16:31","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=12180\/"},"modified":"2017-11-06T10:41:31","modified_gmt":"2017-11-06T09:41:31","slug":"los-autonomos-podran-cotizar-solo-los-dias-esten-dados-alta-la-seguridad-social","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/los-autonomos-podran-cotizar-solo-los-dias-esten-dados-alta-la-seguridad-social\/","title":{"rendered":"Los Aut\u00f3nomos Podr\u00e1n Cotizar s\u00f3lo por los D\u00edas que Est\u00e9n Dados de Alta en la Seguridad Social"},"content":{"rendered":"<h2>Desde el 1 de enero de 2018 lo aut\u00f3nomos podr\u00e1n cotizar s\u00f3lo por los d\u00edas que est\u00e9n dados de alta en la Seguridad Social.<\/h2>\n<p>A partir del 1 de enero de 2018, la nueva Ley de Reforma de los aut\u00f3nomos introduce la posibilidad de afiliaci\u00f3n y hasta tres altas y bajas dentro de cada a\u00f1o natural con efectos a esas fechas, de forma que en esos meses solo pagar\u00e1n por d\u00edas trabajados, dividi\u00e9ndose la cuota fija mensual por 30. El resto de las altas o bajas dentro del a\u00f1o tendr\u00e1n efectos como antes, desde el primer d\u00eda del mes.<\/p>\n<p>Como ya le hemos venido informando, Ley 6\/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Aut\u00f3nomo, trae importantes novedades para los trabajadores por cuenta propia. Entre ellas, se establece que\u00a0s\u00f3lo se cotizar\u00e1n por los d\u00edas dados de alta dentro de un mes.<\/p>\n<p>Hasta ahora, el aut\u00f3nomo\u00a0<strong>ten\u00eda que abonar la cuota completa desde el primer d\u00eda del mes del alta y con independencia del n\u00famero de d\u00edas que estuviese trabajando<\/strong>\u00a0y, por tanto, dado de alta en la Seguridad Social. Es decir, si el aut\u00f3nomo estaba dado de alta durante 25 d\u00edas, abonaba los 275 euros que estar\u00eda obligado por la base m\u00ednima como si hubiese cotizado por 30 d\u00edas.<\/p>\n<p>Una de las reivindicaciones del sector durante muchos a\u00f1os ha sido la cotizaci\u00f3n por d\u00edas naturales en lugar de por meses completos. En consecuencia, la Ley ahora establece que la afiliaci\u00f3n y hasta tres altas \/bajas dentro de cada a\u00f1o natural tendr\u00e1n efectos desde el d\u00eda en que concurran los requisitos y condiciones determinantes de la inclusi\u00f3n al RETA o cese de la actividad respectivamente.<\/p>\n<p><strong>Atenci\u00f3n.<\/strong> El aut\u00f3nomo tan solo podr\u00e1 <strong>darse de alta y baja tres veces en el mismo ejercicio<\/strong><strong>\u00a0<\/strong>y, por tanto, tan solo ser\u00e1n tres veces en el a\u00f1o las que se den derecho a poder cotizar solo por los d\u00edas dados de alta.<\/p>\n<h3><strong>Afiliaci\u00f3n, altas y bajas desde el d\u00eda en que se inicie la actividad<\/strong><\/h3>\n<p>As\u00ed, con efectos desde el 01-01-2018, se modifica el Reglamento general sobre inscripci\u00f3n de empresas y afiliaci\u00f3n, altas, bajas y variaciones de datos de los trabajadores, aprobado por Real Decreto 84\/1996, de 25 de enero (RD 84\/1996), para establecer lo siguiente:<\/p>\n<p>1996. La afiliaci\u00f3n y hasta 3 altas dentro de cada a\u00f1o natural tienen efecto desde el d\u00eda en que concurran en la persona interesada los requisitos y las condiciones determinantes de su inclusi\u00f3n en el campo de aplicaci\u00f3n del RETA, siempre que se hayan solicitado en los t\u00e9rminos establecidos en el RD 84\/1996.<\/p>\n<p>Para el resto de las altas que, en su caso, se produzcan dentro de cada a\u00f1o natural se mantiene la regulaci\u00f3n anterior, de modo que tienen efectos desde el d\u00eda primero del mes natural en que se re\u00fanan los requisitos para la inclusi\u00f3n en el RETA. No obstante, las altas solicitadas fuera del plazo reglamentario tienen efecto desde el d\u00eda primero del mes natural en que se re\u00fanan los requisitos para la inclusi\u00f3n en el RETA.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, en los casos de afiliaci\u00f3n y alta de oficio en el RETA por la Tesorer\u00eda General de la Seguridad Social (TGSS), las mismas surten efectos desde el d\u00eda primero del mes natural en que resulte acreditada la concurrencia de los requisitos para la inclusi\u00f3n en el RETA.<\/p>\n<ol>\n<li>Cuando los trabajadores aut\u00f3nomos realicen simult\u00e1neamente dos o m\u00e1s actividades que den lugar a la inclusi\u00f3n en el RETA, el alta es \u00fanica, debiendo declararse todas las actividades en la solicitud de alta o, de producirse la pluriactividad despu\u00e9s de ella, mediante la correspondiente variaci\u00f3n de datos. En funci\u00f3n de las declaraciones, la TGSS ha de dar cuenta de las actividades desempe\u00f1adas en cada momento a la mutua colaboradora con la Seguridad Social con la que se haya formalizado la cobertura de la prestaci\u00f3n econ\u00f3mica por incapacidad temporal y, en su caso, de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.<\/li>\n<li>De igual modo, en cuanto a las bajas en el RETA y hasta 3 bajas dentro de cada a\u00f1o natural, las mismas tienen efectos desde el d\u00eda en que el trabajador aut\u00f3nomo haya cesado en la actividad determinante de su inclusi\u00f3n en el campo de aplicaci\u00f3n del RETA, siempre que se hayan solicitado en los t\u00e9rminos establecidos en el RD 84\/1996.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Para descargarse el documento de la publicaci\u00f3n <a href=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/Los-aut\u00f3nomos-podr\u00e1n-cotizar-solo-por-los-d\u00edas-que-est\u00e9n-dados-de-alta-en-la-Seguridad-Social-N\u00ba245.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">pulse aqu\u00ed.<\/a><\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Desde el 1 de enero de 2018 lo aut\u00f3nomos podr\u00e1n cotizar s\u00f3lo por los d\u00edas que est\u00e9n dados de alta en la Seguridad Social. A partir del 1 de enero de 2018, la nueva Ley de Reforma de los aut\u00f3nomos introduce la posibilidad de afiliaci\u00f3n y hasta tres altas y bajas dentro de cada a\u00f1o&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":12181,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[102],"class_list":["post-12180","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","tag-laboral-y-seguridad-social","category-1","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/12180","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=12180"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/12180\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media\/12181"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=12180"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=12180"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=12180"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}