{"id":13279,"date":"2019-02-19T17:57:02","date_gmt":"2019-02-19T16:57:02","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=13279\/"},"modified":"2019-02-19T17:59:45","modified_gmt":"2019-02-19T16:59:45","slug":"incentivos-y-bonificaciones-a-la-contratacion-en-2019","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/incentivos-y-bonificaciones-a-la-contratacion-en-2019\/","title":{"rendered":"Incentivos y Bonificaciones a la Contrataci\u00f3n en 2019"},"content":{"rendered":"<p>Como ya les informamos en su d\u00eda,\u00a0 una de las modificaciones m\u00e1s importes en el \u00e1mbito laboral con efectos de 1 de enero de 2019, que se incluyen en el Real Decreto-ley 28\/2018 ha sido la derogaci\u00f3n expresa de los incentivos a la contrataci\u00f3n y bonificaciones vinculadas a una tasa de desempleo superior al 15%.<\/p>\n<p>En concreto, <strong>han quedado derogados:<\/strong><\/p>\n<p><strong> El contrato indefinido de apoyo a emprendedores<\/strong><\/p>\n<p>Este contrato, que pod\u00edan firmar las empresas de menos de 50 empleados, ten\u00eda un per\u00edodo de prueba de un a\u00f1o y daba derecho a bonificaciones durante tres a\u00f1os y a deducciones en el Impuesto sobre Sociedades. En todo caso:<\/p>\n<ul>\n<li>Los contratos anteriores a 2019 son v\u00e1lidos y continuar\u00e1n rigi\u00e9ndose por la normativa aplicable en el momento de su firma. Por tanto, si ven\u00eda aplicando bonificaciones por este contrato, podr\u00e1 seguir haci\u00e9ndolo hasta que las agote. Adem\u00e1s, si no ha pasado un a\u00f1o desde su firma, podr\u00e1 rescindir el contrato por no superaci\u00f3n del per\u00edodo de prueba, aunque dicha extinci\u00f3n se produzca en 2019.<\/li>\n<li>La norma indica expresamente que tambi\u00e9n son v\u00e1lidos los contratos firmados entre el 15 de octubre (fecha en que las estad\u00edsticas situaron el paro por debajo del 15%) y el 31 de diciembre de 2018. Seg\u00fan la normativa que lo regulaba, este contrato s\u00f3lo se pod\u00eda firmar mientras el paro fuera inferior al 15%. Por ello, tras el 15 de octubre no se sab\u00eda con seguridad si el contrato a\u00fan se pod\u00eda firmar o no, cuesti\u00f3n que ahora ya ha quedado esclarecida.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong> Contratos de formaci\u00f3n y aprendizaje con personas de entre 25 y 30 a\u00f1os <\/strong><\/p>\n<p>Hasta el 31 de diciembre de 2018, el contrato en pr\u00e1cticas daba lugar a una bonificaci\u00f3n del 50% de la cuota empresarial por contingencias comunes.<\/p>\n<p><strong> Incentivos a la contrataci\u00f3n a tiempo parcial con vinculaci\u00f3n formativa<\/strong><\/p>\n<p>Este contrato se deb\u00eda firmar con desempleados menores de 30 a\u00f1os y ten\u00eda una bonificaci\u00f3n del 100% en la cuota por contingencias comunes durante un a\u00f1o (del 75% en empresas de 250 o m\u00e1s empleados).<\/p>\n<p><strong> La contrataci\u00f3n indefinida de un joven por microempresas y empresarios aut\u00f3nomos<\/strong><\/p>\n<p>Las empresas con nueve o menos trabajadores pod\u00edan firmar contratos fijos con desempleados menores de 30 a\u00f1os y aplicar una bonificaci\u00f3n del 100% en la cuota por contingencias comunes durante un a\u00f1o.<\/p>\n<p><strong> Los incentivos a la contrataci\u00f3n en nuevos proyectos de emprendimiento joven.<\/strong><\/p>\n<p>Los aut\u00f3nomos menores de 30 a\u00f1os y sin trabajadores ten\u00edan derecho a una reducci\u00f3n del 100% de las cuotas empresariales durante 12 meses al contratar por primera vez, de forma indefinida, a desempleados de 45 o m\u00e1s a\u00f1os.<\/p>\n<p><strong> El contrato al primer empleo joven <\/strong><\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se ha derogado el contrato temporal que se pod\u00eda firmar con desempleados menores de 30 a\u00f1os sin experiencia laboral, que daba derecho a una bonificaci\u00f3n si se transformaba en indefinido.<\/p>\n<p><strong> Los incentivos a los contratos en pr\u00e1cticas. <\/strong>Tambi\u00e9n se ha derogado<\/p>\n<p><strong> La ayuda de acompa\u00f1amiento de 430 euros destinada a j\u00f3venes de Garant\u00eda Juvenil sin estudios que formalicen un contrato de formaci\u00f3n. <\/strong>Tambi\u00e9n se ha derogado<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 incentivos siguen vigentes para 2019?<\/h2>\n<h3>J\u00f3venes menores de 30 a\u00f1os<\/h3>\n<p>El contrato para la formaci\u00f3n y el aprendizaje se convierte en la \u00fanica modalidad bonificada destinada a la contrataci\u00f3n de j\u00f3venes desempleados inscritos en la Oficina de empleo. Las empresas que formalicen contratos bajo esta modalidad se beneficiar\u00e1n de una bonificaci\u00f3n del 100% de los seguros sociales (si es una empresa con m\u00e1s de 250 trabajadores la bonificaci\u00f3n ser\u00e1 del 75%). Recibir\u00e1n una bonificaci\u00f3n adicional de entre 60 y 80 euros en concepto de tutorizaci\u00f3n del trabajador. Durante 3 a\u00f1os como m\u00e1ximo.<\/p>\n<p>El contrato para la formaci\u00f3n y el aprendizaje est\u00e1 destinado a j\u00f3venes menores de 25 a\u00f1os. Este contrato se formaliza a jornada completa, el 75% del total de la jornada ser\u00e1 para trabajar y el 25% para formarse (durante el segundo y tercer a\u00f1o de pr\u00f3rroga del total de la jornada el 85% ser\u00e1 para trabajar y el 15%de formaci\u00f3n). La formaci\u00f3n asociada a estos contratos es oficial y est\u00e1 100% bonificada. Proporcionar formaci\u00f3n al trabajador sobre su profesi\u00f3n es una obligaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Este tipo de contrato no exige mantenimiento del nivel de plantilla o del trabajador. El salario que perciben estos trabajadores ser\u00e1 el establecido en el convenio colectivo de aplicaci\u00f3n o el 75% del SMI en su defecto.<\/p>\n<h3>Conversi\u00f3n de contratos en indefinidos<\/h3>\n<ul>\n<li>Empresas de menos de 50 trabajadores; conversi\u00f3n de contratos en pr\u00e1cticas, de relevo y sustituci\u00f3n por jubilaci\u00f3n en indefinidos, bonificaci\u00f3n o reducci\u00f3n a las cuotas empresariales a la Seguridad Social de 500\u20ac o, si es mujer de 700\u20ac. Durante tres a\u00f1os.<\/li>\n<li>Conversi\u00f3n de contratos para la formaci\u00f3n y el aprendizaje en indefinidos, bonificaci\u00f3n o reducci\u00f3n a las cuotas empresariales a la Seguridad Social de 1.500\u20ac o, si es mujer 1.800\u20ac. Durante tres a\u00f1os.<\/li>\n<\/ul>\n<h3>Personas con discapacidad<\/h3>\n<p>Existen numerosas bonificaciones activas para contratar a personas con discapacidad reconocida. Estas bonificaciones, en funci\u00f3n de su perfil y tipo de contrato, son:<\/p>\n<ul>\n<li>Contrato indefinido o conversi\u00f3n a indefinido para menores de 45 a\u00f1os: bonificaci\u00f3n anual de 4.500 \u20ac o, si es mujer, 5.350 \u20ac. En caso de discapacidad severa, se aplicar\u00eda una bonificaci\u00f3n de 5.100 \u20ac \u20ac o, si es mujer, 5.950 \u20ac. Durante la vigencia del contrato.<\/li>\n<li>Contrato indefinido o conversi\u00f3n a indefinido para mayores de 45 a\u00f1os: bonificaci\u00f3n anual de 700 \u20ac \u20ac o, si tiene una discapacidad severa, 6,300\u20ac. Durante toda la vigencia.<\/li>\n<li>Contrato temporal de fomento del empleo para menores de 45 a\u00f1os: bonificaci\u00f3n anual de 3.500 o, si es mujer, 4.100 \u20ac. En caso de discapacidad severa, se aplicar\u00eda una bonificaci\u00f3n de 4.100\u20ac \u20ac o, si es mujer, 700 \u20ac. Durante toda la vigencia del contrato.<\/li>\n<li>Contrato temporal de fomento del empleo para mayores de 45 a\u00f1os: bonificaci\u00f3n anual de 100 \u20ac o, si es mujer, 4.700 \u20ac. En caso de discapacidad severa, se aplicar\u00eda una bonificaci\u00f3n de 4.700\u20ac o, si es mujer con discapacidad severa 5.300. Durante toda la vigencia del contrato.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Adem\u00e1s, existen bonificaciones del 100% de la cuota empresarial por todos los conceptos por la contrataci\u00f3n indefinida o temporal o conversi\u00f3n en indefinido de todos los contratos temporales por un Centro especial de empleo, y para contratos de interinidad con desempleados para sustituir a trabajadores con discapacidad en situaci\u00f3n de incapacidad temporal. Durante toda la vigencia del contrato.<\/p>\n<p>Los\u00a0 trabajadores con discapacidad reconocida, tambi\u00e9n pueden ser contratados mediante contratos formativos;\u00a0 contrato para la formaci\u00f3n y el aprendizaje, bonificaci\u00f3n\/reducci\u00f3n de las cuotas del empresario seg\u00fan la plantilla de la empresa, del 100% cuando la empresa cuente con menos de 250 trabajadores y del 75% cuando la empresa cuente con m\u00e1s de 250 trabajadores y contrato en pr\u00e1cticas, con una reducci\u00f3n en la cuota empresarial por contingencias comunes del 50%. No se\u00a0 aplica el l\u00edmite de edad en el supuesto de trabajadores con discapacidad.<\/p>\n<h3>Bonificaciones para colectivos en riesgo de exclusi\u00f3n y v\u00edctimas de diferentes circunstancias<\/h3>\n<p>Se mantienen las bonificaciones para colectivos en riesgo de exclusi\u00f3n, v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero, etc. \u00a0Por ejemplo:<\/p>\n<ul>\n<li>V\u00edctimas de trata de seres humanos, violencia de g\u00e9nero, y v\u00edctimas de terrorismo: bonificaci\u00f3n de 1.500 \u20ac si el contrato es indefinido, 600 \u20ac si es temporal.<\/li>\n<li>Trabajadores en riesgo de exclusi\u00f3n social: bonificaci\u00f3n de 600 \u20ac para contrato indefinidos, 500 \u20ac para contratos temporales y 650 \u20ac para conversiones de temporal a indefinido. Durante 4 a\u00f1os si es indefinido o, si es contrato temporal, durante toda la vigencia.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Adem\u00e1s existen otras bonificaciones\/reducciones, destinadas a colectivos espec\u00edficos por la actividad o el perfil del trabajador.<\/p>\n<p>Para m\u00e1s informaci\u00f3n vea la tabla resumen de bonificaciones del Servicio P\u00fablico de Empleo Estatal (SEPE):<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.sepe.es\/contenidos\/que_es_el_sepe\/publicaciones\/pdf\/pdf_empleo\/bonificaciones_reducciones.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">https:\/\/www.sepe.es\/contenidos\/que_es_el_sepe\/publicaciones\/pdf\/pdf_empleo\/bonificaciones_reducciones.pdf<\/a><\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Para descargarse el texto de la publicaci\u00f3n, <a href=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/Bonificaciones-contratacion-2019-304.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">pulse aqu\u00ed.<\/a><\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Como ya les informamos en su d\u00eda,\u00a0 una de las modificaciones m\u00e1s importes en el \u00e1mbito laboral con efectos de 1 de enero de 2019, que se incluyen en el Real Decreto-ley 28\/2018 ha sido la derogaci\u00f3n expresa de los incentivos a la contrataci\u00f3n y bonificaciones vinculadas a una tasa de desempleo superior al 15%.&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":10409,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[102],"class_list":["post-13279","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","tag-laboral-y-seguridad-social","category-1","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/13279","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=13279"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/13279\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media\/10409"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=13279"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=13279"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=13279"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}