{"id":13318,"date":"2019-03-15T13:38:29","date_gmt":"2019-03-15T12:38:29","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=13318\/"},"modified":"2019-03-15T13:53:24","modified_gmt":"2019-03-15T12:53:24","slug":"novedades-en-la-reformulacion-y-subsanacion-de-errores-en-las-cuentas-anuales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/novedades-en-la-reformulacion-y-subsanacion-de-errores-en-las-cuentas-anuales\/","title":{"rendered":"Novedades en la Reformulaci\u00f3n y Subsanaci\u00f3n de errores en las Cuentas Anuales"},"content":{"rendered":"<p>Entre las novedades que introduce la Resoluci\u00f3n de 5 de marzo de 2019, del instituto de Contabilidad y Auditor\u00eda de Cuentas (ICAC), por la que se desarrollan los criterios de presentaci\u00f3n de los instrumentos financieros y otros aspectos contables relacionados con la regulaci\u00f3n mercantil de las sociedades de capital, se encuentra el apartado referente a la reformulaci\u00f3n y subsanaci\u00f3n de errores en las Cuentas Anuales.<\/p>\n<h2>Reformulaci\u00f3n<\/h2>\n<p>En concreto, la Resoluci\u00f3n del ICAC\u00a0establece\u00a0 que si una vez formuladas las cuentas anuales del ejercicio los administradores acuerdan su reformulaci\u00f3n, en la memoria de las cuentas anuales se deber\u00e1 incluir toda la informaci\u00f3n significativa sobre los hechos que han motivado la revisi\u00f3n de las cuentas inicialmente formuladas, sin perjuicio de los cambios que se deban introducir en los restantes documentos que integran las cuentas anuales de acuerdo con la norma de registro y valoraci\u00f3n sobre hechos posteriores al cierre del ejercicio del Plan General de Contabilidad (PGC) o del Plan General de Contabilidad de Peque\u00f1as y Medianas Empresas (PGCPYMES).<\/p>\n<h2>Subsanaci\u00f3n de error contable<\/h2>\n<p>Tambi\u00e9n la Resoluci\u00f3n del ICAC, en el caso de la subsanaci\u00f3n de un error contable incurrido en un ejercicio anterior al que se refieran las cuentas anuales, establece que en todo caso se contabilizar\u00e1 en las cuentas anuales del ejercicio en que se advierta el error siguiendo la norma de registro y valoraci\u00f3n sobre cambios en criterios contables, errores y estimaciones contables del\u00a0 PGC o del PGCPYMES.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\"><strong>Atenci\u00f3n<\/strong>. Se entiende por errores las omisiones o inexactitudes en las cuentas anuales de ejercicios anteriores por no haber utilizado, o no haberlo hecho adecuadamente, informaci\u00f3n fiable que estaba disponible cuando se formularon y que la sociedad podr\u00eda haber obtenido y tenido en cuenta en la formulaci\u00f3n de dichas cuentas.<\/p>\n<h2>Entrada en vigor<\/h2>\n<p>La Resoluci\u00f3n del ICAC entr\u00f3 en vigor el d\u00eda 12 de Marzo de 2019 y ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n a las cuentas anuales de los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2020.<\/p>\n<p><strong>No obstante, las sociedades podr\u00e1n optar por aplicar la Resoluci\u00f3n del ICAC de forma retroactiva, de conformidad con lo dispuesto en la norma de registro y valoraci\u00f3n sobre cambios en criterios contables, errores y estimaciones contables del PGC y PGCPYMES. <\/strong><\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\"><strong>Atenci\u00f3n. <\/strong>La Resoluci\u00f3n ser\u00e1 de obligatorio cumplimiento para todas las sociedades de capital que aplican el Plan General de Contabilidad y el Plan General de Contabilidad de Peque\u00f1as y Medianas Empresas; si bien en el caso de las Sociedades Cooperativas aplicar\u00e1n los criterios regulados en la Orden EHA\/ 3360\/2010, de 21 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas, y, en ausencia de regulaci\u00f3n expresa, aplicar\u00e1n de forma subsidiaria los contenidos en esta resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong><em>En el caso de la subsanaci\u00f3n de un error contable incurrido en un ejercicio anterior al que se refieran las cuentas anuales, establece que en todo caso se contabilizar\u00e1 en las cuentas anuales del ejercicio en que se advierta el error siguiendo la norma de registro y valoraci\u00f3n sobre cambios en criterios contables, errores y estimaciones contables del\u00a0 PGC o del PGCPYMES.<\/em><\/strong><\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Para descargarse el texto de la publicaci\u00f3n, <a href=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/reformulacion-subsanacion-errores-cuentas-anuales-307.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">pulse aqu\u00ed.<\/a><\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Entre las novedades que introduce la Resoluci\u00f3n de 5 de marzo de 2019, del instituto de Contabilidad y Auditor\u00eda de Cuentas (ICAC), por la que se desarrollan los criterios de presentaci\u00f3n de los instrumentos financieros y otros aspectos contables relacionados con la regulaci\u00f3n mercantil de las sociedades de capital, se encuentra el apartado referente a&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":8921,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[113],"class_list":["post-13318","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","tag-mercantil","category-1","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/13318","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=13318"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/13318\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media\/8921"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=13318"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=13318"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=13318"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}