{"id":13652,"date":"2019-07-01T09:42:55","date_gmt":"2019-07-01T07:42:55","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=13652\/"},"modified":"2019-07-01T09:45:13","modified_gmt":"2019-07-01T07:45:13","slug":"hasta-el-30-de-junio-se-puede-suscribir-el-convenio-de-cuidadoras-y-cuidadores-no-profesionales-con-efectos-desde-el-1-de-abril","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/hasta-el-30-de-junio-se-puede-suscribir-el-convenio-de-cuidadoras-y-cuidadores-no-profesionales-con-efectos-desde-el-1-de-abril\/","title":{"rendered":"Hasta el 30 de Junio se puede Suscribir el Convenio de Cuidadoras y Cuidadores no Profesionales con Efectos desde el 1 de Abril"},"content":{"rendered":"<p>Le recordamos que dentro de las medidas impulsadas por el Real Decreto-ley 6\/2019, de 1 de marzo, con efectos de 1 de abril de 2019, se encuentra la recuperaci\u00f3n de la financiaci\u00f3n de las cuotas del convenio especial de los cuidadores no profesionales de las personas en situaci\u00f3n de dependencia a cargo de la Administraci\u00f3n General del Estado.<\/p>\n<h2>Plazo hasta el 30 de junio<\/h2>\n<p>Aquellas cuidadoras no profesionales de personas dependientes que tuvieran recogida su prestaci\u00f3n econ\u00f3mica antes del 1 de abril tienen hasta el 30 de junio para suscribir el convenio especial con el objetivo de que se les reconozcan las cotizaciones desde el mismo 1 de abril. Si no lo hacen, el convenio tendr\u00e1 efectos a partir de la fecha de su suscripci\u00f3n.<\/p>\n<p>Para las personas cuidadoras cuyo dependiente haya visto reconocida su prestaci\u00f3n a partir del 1 de abril, el convenio tendr\u00e1 efecto a partir de la fecha de ese reconocimiento, o bien, de la suscripci\u00f3n del mismo, en caso de no haber transcurrido 90 d\u00edas de la fecha de la concesi\u00f3n de la prestaci\u00f3n econ\u00f3mica.<\/p>\n<h3>Ventajas<\/h3>\n<p>La principal ventaja para las personas que cuidan a dependientes de forma no profesional -la mayor\u00eda mujeres- de suscribir un convenio especial con la Seguridad Social es que los a\u00f1os dedicados al cuidado de la persona dependiente, a menudo de su entorno familiar, se integran en su vida laboral y contribuyen a generar derecho a prestaciones como la de jubilaci\u00f3n la de incapacidad permanente.<\/p>\n<p>Esta medida recuper\u00f3 en su integridad el convenio especial ya previsto en el Real Decreto 615\/2007 por el que se regula la Seguridad Social de quienes cuidan de las personas en situaci\u00f3n de dependencia. Fue el Real Decreto 20\/2012 el que modific\u00f3 la naturaleza de este convenio, de tal forma que a partir de su plena puesta en marcha pasaron a ser las propias cuidadoras y cuidadores los obligados a asumir el coste de las cotizaciones a la Seguridad Social. De las cerca de 180.000 personas dedicadas a cuidados no profesionales (179.829) que ten\u00edan suscrito un convenio especial de estas caracter\u00edsticas en julio de 2012, descendi\u00f3 hasta los 7.304 en marzo de 2019.<\/p>\n<h3>C\u00f3mo suscribirlo<\/h3>\n<p>Este convenio especial est\u00e1 dirigido a las personas destinadas como cuidadoras no profesionales en el Programa Individual de Atenci\u00f3n, elaborado por los Servicios Sociales correspondientes al municipio de residencia de la persona que lo solicita. Para suscribirlo es necesario que quien desarrolla la actividad no est\u00e9 dada de alta en la Seguridad Social en ning\u00fan r\u00e9gimen a tiempo completo ni en el desempleo.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, quien recibe los cuidados tiene que tener reconocida la prestaci\u00f3n econ\u00f3mica de dependencia para dar opci\u00f3n a la persona que se ocupa de su cuidado a suscribir el convenio especial.<\/p>\n<p>La solicitud se debe presentar en las oficinas de la Tesorer\u00eda General de la Seguridad Social y en la sede electr\u00f3nica utilizando el servicio de \u00ab\u00a0Alta en Convenio Especial\u00a0\u00bb, siempre que se disponga de un certificado electr\u00f3nico. Hay que acompa\u00f1ar el formulario correspondiente con la resoluci\u00f3n de la prestaci\u00f3n econ\u00f3mica de la dependencia y el DNI tanto de la persona cuidadora no profesional como de la persona no dependiente.<\/p>\n<p>Si al suscribir el convenio, se opta por la base de cotizaci\u00f3n equivalente al tope m\u00ednimo del r\u00e9gimen general, el pago de la cuita ser\u00e1 sumida en su totalidad por la Administraci\u00f3n. Si quienes se dedican a los cuidados no profesionales opta por una base de cotizaci\u00f3n superior, la Administraci\u00f3n del Estado asume la cuota correspondiente a la base m\u00ednima de cotizaci\u00f3n y la persona que cuida paga por el resto, es decir, por la diferencia entre la base que haya elegido y la base m\u00ednima.<\/p>\n<p>En el caso de que la cuidadora o cuidador pase a ser titular de una pensi\u00f3n de jubilaci\u00f3n, incapacidad permanente de viudedaz o de favor familiar o cumpla los 65 a\u00f1os, tendr\u00e1 que dar de baja su convenio. Tambi\u00e9n se extingue el mismo cuando fallece la persona asistida, se deja de percibir la prestaci\u00f3n econ\u00f3mica para cuidados familiares o se dejan de prestar servicios como cuidador.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone wp-image-13653 size-full\" src=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/Imagen_2.png\" alt=\"\" width=\"583\" height=\"597\" title=\"\" srcset=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/Imagen_2.png 583w, https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/Imagen_2-293x300.png 293w\" sizes=\"auto, (max-width: 583px) 100vw, 583px\" \/><\/p>\n<p><em><strong>Fuente: Seguridad Social<\/strong><\/em><\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Para descargarse el texto de la publicaci\u00f3n, <a href=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/Convenio-cuidadores-y-cuidadoras-no-profesionales-321.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">pulse aqu\u00ed.<\/a><\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Le recordamos que dentro de las medidas impulsadas por el Real Decreto-ley 6\/2019, de 1 de marzo, con efectos de 1 de abril de 2019, se encuentra la recuperaci\u00f3n de la financiaci\u00f3n de las cuotas del convenio especial de los cuidadores no profesionales de las personas en situaci\u00f3n de dependencia a cargo de la Administraci\u00f3n&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":9810,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[102],"class_list":["post-13652","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","tag-laboral-y-seguridad-social","category-1","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/13652","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=13652"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/13652\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media\/9810"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=13652"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=13652"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=13652"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}