{"id":13936,"date":"2019-11-22T11:55:40","date_gmt":"2019-11-22T10:55:40","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=13936\/"},"modified":"2019-11-22T12:05:12","modified_gmt":"2019-11-22T11:05:12","slug":"cuenta-atras-para-el-cierre-fiscal-y-contable-del-ejercicio-2019","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/cuenta-atras-para-el-cierre-fiscal-y-contable-del-ejercicio-2019\/","title":{"rendered":"Cuenta Atr\u00e1s para el Cierre Fiscal y Contable del Ejercicio 2019"},"content":{"rendered":"<p>Se acerca el final del a\u00f1o 2019 y sin duda tenemos que hacer revisi\u00f3n de nuestra fiscalidad y contabilidad al objeto de poder optimizar en la medida de lo posible nuestra factura con Hacienda.<\/p>\n<p>Ahora es el momento de aplicar y conocer adecuadamente la normativa fiscal del cierre fiscal y contable del a\u00f1o 2019, aprovechando las opciones que ofrecen los distintos impuestos, en es y de ael Impuesto sobre Sociedades y el IRPF para sociedades, empresario y profesionales.<\/p>\n<p>Por lo que se refiere al \u00e1mbito fiscal, a pesar de la falta de aprobaci\u00f3n de una Ley de Presupuestos Generales del Estado (para el a\u00f1o 2019 se ha prorrogado la Ley de Presupuestos de 2018) y la inestabilidad parlamentaria y formaci\u00f3n de Gobierno, en el ejercicio 2019 trae consigo una serie de modificaciones que afectan especialmente a los aut\u00f3nomos y empresas, como la pr\u00f3rroga para 2019 de los l\u00edmites establecidos en 2016-2018 para el r\u00e9gimen de estimaci\u00f3n objetiva (\u00ab\u00a0m\u00f3dulos\u00a0\u00bb) en el IRPF y para los reg\u00edmenes simplificado y de la agricultura, ganader\u00eda y pesca en el IVA, la ampliaci\u00f3n de la exenci\u00f3n de las prestaciones por maternidad y paternidad del IRPF a otros colectivos, la actualizaci\u00f3n de los valores catastrales, la pr\u00f3rroga de la vigencia del Impuesto sobre el Patrimonio para 2019, la modificaci\u00f3n del tipo de retenci\u00f3n aplicable a los rendimientos del capital mobiliario procedentes de la propiedad intelectual cuando el contribuyente no sea el autor y el tipo reducido del IVA para cine y teatros, etc&#8230; Adem\u00e1s, se ha aprobado una vez m\u00e1s el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 219, incluyendo entre las principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n, el control sobre grandes patrimonios, empresas \u00ab\u00a0fantasmas\u00a0\u00bb, ventas por Internet, tecnolog\u00edas Fintech y criptomodenadas. Tambi\u00e9n recoge actuaciones espec\u00edficas sobre las haciendas forales o los efectos del Brexit.<\/p>\n<p>Por otro lado, se ha publicado la Orden por la que se regula la llevanza de los libros registro en el Impuesto sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas (IRPF), en vigor a partir del 18 de julio de 2019 y de aplicaci\u00f3n a las anotaciones registrales correspondientes al ejercicio 2020 y siguientes, derogando su regulaci\u00f3n anterior contenida en la Orden de 4 de mayo de 1993 por la que se regula la forma de llevanza y el diligenciado de los libros-registros en el IRPF. Entre otras novedades, se introduce la necesidad de que, en las anotaciones en los libros registro de ventas e ingresos y de compras y gastos se haga constar el NIF de la contraparte de la operaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n debemos mencionar que en el mes de abril de 2019 Hacienda ha hecho p\u00fablica una nota en la que informa sobre su postura respecto a las denominadas \u00ab\u00a0sociedades interpuestas\u00a0\u00bb.<\/p>\n<p>Desde el punto de vista contable, hay que destacar un apreciable esfuerzo extra por parte del ICAC, que ha emitido un gran n\u00famero de consultas dirigidas a aclarar algunas de las cuestiones m\u00e1s complejas en la aplicaci\u00f3n de los Planes Generales de Contabilidad y se han aprobado determinadas Resoluciones por el ICAC. Destacamos tambi\u00e9n la aprobaci\u00f3n de la Circular 4\/2018, de 27 de septiembre, de la Comisi\u00f3n Nacional del Mercado de Valores, por la que se modifican la Circular 1\/2010, de 28 de julio, de informaci\u00f3n reservada de las entidades que prestan servicios de inversi\u00f3n y la Circular 7\/2008, de 26 de noviembre, sobre normas contables, cuentas anuales y estados de informaci\u00f3n reservada de las Empresas de servicios de inversi\u00f3n, Sociedades Gestoras de Instituciones de Inversi\u00f3n Colectiva y Sociedades Gestoras de Entidades de Capital-riesgo, el Real Decreto-ley 18\/2017, por el que se modifican el C\u00f3digo de Comercio, la Ley de Sociedades de Capital y la Ley de Auditor\u00eda de Cuentas, sobre la divulgaci\u00f3n de informaci\u00f3n no financiera o relacionada con la responsabilidad social corporativa de las Empresas, y la aprobaci\u00f3n de los nuevos reglamentos europeos de adopci\u00f3n y modificaci\u00f3n de normas internacionales de contabilidad (NIIF 4, 7, 12, 15 y 16), as\u00ed como el proyecto de Real Decreto por el que se modifican el Plan General de Contabilidad, con el objetivo de introducir los cambios necesarios para adaptar la norma de registro y valoraci\u00f3n 9\u00aa. \u00ab\u00a0Instrumentos financieros\u00a0\u00bb y la norma de registro y valoraci\u00f3n 14\u00aa. \u00ab\u00a0Ingresos por ventas y prestaci\u00f3n de servicios\u00a0\u00bb a la NIIF-UE 15, respectivamente. Tambi\u00e9n se ha publicado en el ICAC el Proyecto de Real Decreto para la aprobaci\u00f3n del Reglamento que desarrolla la Ley de Auditor\u00eda de Cuentas (LAC), cuyas modificaciones entrar\u00e1n en vigor, con car\u00e1cter general, a partir del pr\u00f3ximo 1 de julio, y la Resoluci\u00f3n sobre presentaci\u00f3n de instrumentos financieros y otros aspectos contables relacionados con la regulaci\u00f3n mercantil de las sociedades de capital.<\/p>\n<p>Todo ello sin perjuicio de que est\u00e1n pendientes de aprobarse a fecha de cierre de esta edici\u00f3n, algunos Proyectos de Ley y normas de desarrollo, y determinados Proyectos de \u00d3rdenes ministeriales, y de las novedades normativas establecidas por las respectivas Comunidades Aut\u00f3nomas y normativa foral del Pa\u00eds Vasco y Navarra, y que se deben tener en cuenta para los residentes fiscales en dichos territorios, como por ejemplo con relaci\u00f3n a las nuevas modificadas tarifas auton\u00f3micas y se se ha establecido nuevas deducciones o modificado algunas de las ya existentes.<\/p>\n<p>Le informamos que pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto con el objeto de ayudarles a realizar sus operaciones de cierre fiscal y contable con las m\u00e1ximas garant\u00edas y eficiencia.<\/p>\n<p>Si descarga el texto de la publicaci\u00f3n podr\u00e1 ver, de manera resumida, de cara al cierre del ejercicio, una serie de recomendaciones, todo ello sin perjuicio de las novedades normativas y particularidades propias aprobadas por las Comunidades Aut\u00f3nomas y que se deben tener en cuenta para los residentes fiscales en dichos territorios. Para hacerlo, <a href=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/Cuenta-atras-cierre-fiscal-contable-2019-338.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">pulse aqu\u00ed.<\/a><\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se acerca el final del a\u00f1o 2019 y sin duda tenemos que hacer revisi\u00f3n de nuestra fiscalidad y contabilidad al objeto de poder optimizar en la medida de lo posible nuestra factura con Hacienda. Ahora es el momento de aplicar y conocer adecuadamente la normativa fiscal del cierre fiscal y contable del a\u00f1o 2019, aprovechando&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":11518,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[91],"class_list":["post-13936","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","tag-fiscal-contable","category-1","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/13936","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=13936"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/13936\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media\/11518"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=13936"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=13936"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=13936"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}