{"id":14098,"date":"2019-11-29T14:18:04","date_gmt":"2019-11-29T13:18:04","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=14098\/"},"modified":"2019-11-29T14:28:33","modified_gmt":"2019-11-29T13:28:33","slug":"que-derechos-tiene-el-trabajador-contratado-por-una-ett","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/que-derechos-tiene-el-trabajador-contratado-por-una-ett\/","title":{"rendered":"\u00bfQu\u00e9 Derechos Tiene el Trabajador Contratado por una ETT?"},"content":{"rendered":"<p>Durante el tiempo de prestaci\u00f3n de servicios en la empresa usuaria, el trabajador puesto a disposici\u00f3n tendr\u00e1 derecho a la aplicaci\u00f3n de las condiciones esenciales de trabajo y empleo (remuneraci\u00f3n, duraci\u00f3n de la jornada, horas extraordinarias, periodos de descanso, trabajo nocturno, vacaciones y d\u00edas festivos) que les corresponder\u00edan de haber sido contratados directamente por la empresa usuaria para ocupar el mismo puesto.<\/p>\n<p>Como ya sabr\u00e1, una Empresa de Trabajo Temporal o ETT es una compa\u00f1\u00eda que ofrece en el mercado laboral servicios de intermediaci\u00f3n a la empresa usuaria, es decir, otra compa\u00f1\u00eda. Estas \u00faltimas contratan a las empresas de trabajo temporal para que recluten a candidatos y, finalmente, el empleado prestar\u00e1 servicios a la empresa usuaria.<\/p>\n<p>Entre los tipos de contratos m\u00e1s habituales realizados por estas empresas, estar\u00edan los de interinidad, obra y servicios o los de circunstancias de la producci\u00f3n.<\/p>\n<p>Para las empresas, la ventaja fundamental de contar con una EETT es el ahorro de costes, especialmente al reclutar empleados, aunque tambi\u00e9n se destaca el ahorro de tiempo en la b\u00fasqueda y selecci\u00f3n de candidatos id\u00f3neos, as\u00ed como en las gestiones administrativas. .<\/p>\n<p>Cuando una empresa (denominada a estos efectos \u00ab\u00a0empresa usuaria\u00a0\u00bb) quiere contratar a un trabajador a trav\u00e9s de una ETT, debe firmar un <strong>contrato de puesta a disposici\u00f3n<\/strong> con la ETT. A partir de ah\u00ed, es la empresa de trabajo temporal la que firma un contrato de trabajo con la persona que trabajar\u00e1 para la empresa usuaria, persona que queda sometida al poder de direcci\u00f3n de esta \u00faltima.<\/p>\n<p>El hecho de que la ETT sea una empresa pero con un particular objeto social \u2010la contrataci\u00f3n de trabajadores para cederlos a las empresas usuarias\u2010, hace surgir en la misma dos tipos de relaciones laborales:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">A) La de los trabajadores contratados para prestar servicios exclusivamente bajo la direcci\u00f3n y control de la propia ETT.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">Estos trabajadores est\u00e1n ligados con la ETT por una relaci\u00f3n de trabajo com\u00fan, de acuerdo con cualquiera de las modalidades que sean legalmente admisibles; y respecto de los que la ETT ocupa la misma posici\u00f3n que cualquier empresario.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">B) La de los trabajadores contratados por la ETT, no para prestar servicios directamente en la misma, sino para ser puestos a disposici\u00f3n de la empresa usuaria, a cuyo poder de direcci\u00f3n quedar\u00e1n sometidos.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">Se origina as\u00ed una particular situaci\u00f3n en la que la ETT es jur\u00eddicamente el empresario contratante del trabajador, pero el empresario material es la empresa usuaria que ejercitar\u00e1 sobre el trabajador puesto a disposici\u00f3n los poderes de direcci\u00f3n correspondientes.<\/p>\n<p>Esta situaci\u00f3n origina una relaci\u00f3n triangular: la de la ETT con el trabajador que contrata para ser cedido a la usuaria; la de la empresa usuaria con el trabajador puesto a su disposici\u00f3n; y las relaciones entre la ETT y la empresa usuaria.<\/p>\n<h2>Pero\u00a0 \u00bfQu\u00e9 derechos tienen los trabajadores que son contratados por la ETT?<\/h2>\n<p>En primer lugar nos vamos a centrar en explicar los derechos del trabajador en la empresa usuaria, es decir, en la empresa en la que va a desempe\u00f1ar su trabajo:<\/p>\n<ul>\n<li>Al trabajador por ETT se le aplica el mismo convenio colectivo que al resto de la plantilla de la empresa usuaria.\u00a0 Esto es importante, porque significa que no puede haber discriminaciones entre los trabajadores contratados directamente por la empresa usuaria y los que contrata a trav\u00e9s de la ETT.\u00a0 Todos tienen derecho a las mismas condiciones esenciales, como pueden ser remuneraci\u00f3n, duraci\u00f3n de la jornada, horas extraordinarias, periodos de descanso, trabajo nocturno, d\u00edas festivos y vacaciones.\u00a0 Tampoco puede haber discriminaciones a la hora de permitirles la utilizaci\u00f3n de las instalaciones comunes (comedores, guarder\u00edas, \u00e1reas de descanso, medios de transporte, etc.).<\/li>\n<li>Derecho a la misma protecci\u00f3n en materia de seguridad y salud, protecci\u00f3n a las mujeres embarazadas, igualdad de trato y no discriminaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Derecho al mismo salario que los trabajadores de la empresa usuaria.\u00a0 Hay que recordar que la n\u00f3mina la paga la ETT, no la empresa usuaria. En algunos casos puede parecer que pagan m\u00e1s, porque en la n\u00f3mina se les incluye las pagas extras prorrateadas y las vacaciones.<\/li>\n<li>Derecho a las mismas cotizaciones a la Seguridad Social y desempleo.<\/li>\n<li>La empresa ETT no debe descontar al trabajador por la intermediaci\u00f3n ni otros servicios. Es decir, el empleado no debe cargar con ning\u00fan tipo de comisi\u00f3n.<\/li>\n<li>El trabajador que ha sido contratado por ETT tiene derecho a recibir la indemnizaci\u00f3n por fin de contrato que marca la ley cuando termina su trabajo en la empresa usuaria.\u00a0 En la mayor parte de los casos, cuando el contrato es por tiempo determinado (contrato temporal), la indemnizaci\u00f3n es la parte proporcional que corresponder\u00eda a 12 d\u00edas de salario por a\u00f1o trabajado.\u00a0 Por ejemplo, si el trabajador ha estado 3 meses en la ETT, le corresponde una indemnizaci\u00f3n de fin de contrato de sueldo equivalente a tres d\u00edas. La indemnizaci\u00f3n no se la paga la empresa usuaria, sino que tiene que abon\u00e1rsela la propia ETT.<\/li>\n<\/ul>\n<p>En segundo lugar, respecto a los derechos del trabajador en su relaci\u00f3n con la ETT, podemos destacar:<\/p>\n<ul>\n<li>La ETT es responsable del pago al trabajador del salario, mientras se encuentra cedido.<\/li>\n<li>La ETT tambi\u00e9n es responsable de cotizar por el trabajador a la Seguridad Social.<\/li>\n<li>El contrato laboral entre la ETT y el trabajador debe realizarse siempre por escrito. La ETT entregar\u00e1 una copia al trabajador y comunicar\u00e1 la contrataci\u00f3n a la oficina p\u00fablica de empleo.<\/li>\n<li>El contrato de duraci\u00f3n determinada entre trabajador y ETT , que normalmente coincide con el de puesta a disposici\u00f3n que ha firmado la ETT con la empresa usuaria, debe contener toda la informaci\u00f3n siguiente:<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Identificaci\u00f3n de la ETT (su n\u00famero de identificaci\u00f3n administrativa, datos de identificaci\u00f3n fiscal y de cotizaci\u00f3n a la seguridad social).<\/li>\n<li>Identificaci\u00f3n de la empresa usuaria (identificaci\u00f3n fiscal y cuenta de cotizaci\u00f3n en la Seguridad Social).<\/li>\n<li>Los datos de la persona empleada.<\/li>\n<li>Las caracter\u00edsticas del trabajo que va a desempe\u00f1ar la persona seleccionada.<\/li>\n<li>La raz\u00f3n por la que se realiza esa contrataci\u00f3n.<\/li>\n<li>El horario y el lugar donde se desarrollar\u00e1n las tareas convenidas.<\/li>\n<li>La retribuci\u00f3n econ\u00f3mica que se ha acordado.<\/li>\n<li>El convenio colectivo por el que se rigen la ETT y Convenio colectivo de la empresa usuaria.<\/li>\n<\/ul>\n<h3>Y en materia de prevenci\u00f3n de riesgos laborales:<\/h3>\n<ul>\n<li>Para la ejecuci\u00f3n del contrato de puesta a disposici\u00f3n, la Empresa de Trabajo Temporal deber\u00e1 contratar o asignar el servicio a un trabajador que re\u00fana o pueda reunir, en su caso, previa la formaci\u00f3n necesaria, los requisitos en materia de prevenci\u00f3n de riesgos laborales, asegur\u00e1ndose de su idoneidad al respecto.<\/li>\n<li>La Empresa de Trabajo Temporal deber\u00e1 asegurarse de que el trabajador, previamente a ser puesto a disposici\u00f3n de la empresa usuaria, posee la formaci\u00f3n te\u00f3rica y pr\u00e1ctica en materia preventiva necesaria para el puesto de trabajo a desempe\u00f1ar. En caso contrario, deber\u00e1 facilitarle dicha formaci\u00f3n con medios propios o concertados, con car\u00e1cter previo a la prestaci\u00f3n efectiva de los servicios. Esta formaci\u00f3n podr\u00e1 tambi\u00e9n ser impartida por la empresa usuaria con cargo a la Empresa de Trabajo Temporal, previo acuerdo escrito entre ambas empresas.<\/li>\n<li>La Empresa de Trabajo Temporal deber\u00e1 acreditar documentalmente a la empresa usuaria que el trabajador puesto a su disposici\u00f3n ha recibido las informaciones relativas a los riesgos y medidas preventivas, posee la formaci\u00f3n espec\u00edfica necesaria y cuenta con un estado de salud compatible con el puesto de trabajo a desempe\u00f1ar.<\/li>\n<li>Esta documentaci\u00f3n estar\u00e1 igualmente a disposici\u00f3n de los delegados de prevenci\u00f3n o, en su defecto, de los representantes legales de los trabajadores en la Empresa de Trabajo Temporal y de las personas u \u00f3rganos con competencia en materia preventiva en la misma.<\/li>\n<li>Los trabajadores puestos a disposici\u00f3n tienen derecho a la vigilancia peri\u00f3dica de su salud a cargo de la Empresa de Trabajo Temporal, teniendo en cuenta las caracter\u00edsticas del puesto de trabajo a desempe\u00f1ar, los resultados de la evaluaci\u00f3n de riesgos realizada por la empresa usuaria y cuanta informaci\u00f3n complementaria sea requerida por el m\u00e9dico responsable<\/li>\n<\/ul>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Para descargarse el texto de la publicaci\u00f3n, <a href=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/Derechos-trabajadores-de-ETT-339.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">pulse aqu\u00ed.<\/a><\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Durante el tiempo de prestaci\u00f3n de servicios en la empresa usuaria, el trabajador puesto a disposici\u00f3n tendr\u00e1 derecho a la aplicaci\u00f3n de las condiciones esenciales de trabajo y empleo (remuneraci\u00f3n, duraci\u00f3n de la jornada, horas extraordinarias, periodos de descanso, trabajo nocturno, vacaciones y d\u00edas festivos) que les corresponder\u00edan de haber sido contratados directamente por la&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":9392,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[102],"class_list":["post-14098","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","tag-laboral-y-seguridad-social","category-1","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/14098","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=14098"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/14098\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media\/9392"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=14098"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=14098"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=14098"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}