{"id":14815,"date":"2020-02-21T09:54:33","date_gmt":"2020-02-21T08:54:33","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=14815\/"},"modified":"2020-02-21T10:02:28","modified_gmt":"2020-02-21T09:02:28","slug":"aprobados-los-proyectos-de-ley-de-los-impuestos-sobre-servicios-digitales-y-sobre-transacciones-financieras-tasas-google-y-tobin","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/aprobados-los-proyectos-de-ley-de-los-impuestos-sobre-servicios-digitales-y-sobre-transacciones-financieras-tasas-google-y-tobin\/","title":{"rendered":"Aprobados los Proyectos de Ley de los Impuestos sobre Servicios Digitales y sobre Transacciones Financieras (Tasas Google y Tobin)"},"content":{"rendered":"<p>El Consejo de Ministros del pasado 18-02-2020 ha aprobado la remisi\u00f3n a las Cortes Generales de los Proyectos de Ley que crean el Impuesto sobre las Transacciones Financieras \u201ctasa Tobin\u201d) y el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales (Tasa \u201cGoogle\u201d).<\/p>\n<p>Como ya le hemos ido informando, una de las medidas fiscales recogidas en el acuerdo program\u00e1tico del nuevo Gobierno, que el pasado 30 de diciembre se firm\u00f3 entre el PSOE y Unidas Podemos (documento de intenciones denominado \u00ab\u00a0Coalici\u00f3n Progresista\u00a0\u00bb) era la implantaci\u00f3n de nuevos tributos (las denominas \u00ab\u00a0Tasas Tobin y Google\u00a0\u00bb), que ya se presentaron en la anterior legislatura, pero su tramitaci\u00f3n no pudo completarse por la convocatoria de elecciones.<\/p>\n<p>Pues bien, ahora el Consejo de Ministros del pasado 18-02-2020 ha aprobado la remisi\u00f3n a las Cortes Generales de los <strong>Proyectos de Ley que crean el Impuesto sobre las Transacciones Financieras \u00ab\u00a0tasa Tobin\u00a0\u00bb) y el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales (Tasa \u00ab\u00a0Google\u00a0\u00bb)<\/strong>.<\/p>\n<p>Ambas figuras tributarias van en la l\u00ednea trazada por la Comisi\u00f3n Europea, y que tambi\u00e9n defienden otros organismos internacionales, para adecuar el sistema fiscal a las nuevas \u00e1reas de negocio digital y tambi\u00e9n a la realidad transfronteriza que implica la globalizaci\u00f3n y que no est\u00e1n bien reflejadas en el marco tributario actual. Estos dos nuevos tributos ya se presentaron en la anterior legislatura, pero su tramitaci\u00f3n no pudo completarse por la convocatoria de elecciones.<\/p>\n<h2><strong>Impuesto sobre Transacciones Financieras (\u00ab\u00a0Tasa Tobin\u00a0\u00bb)<\/strong><\/h2>\n<p>Se trata de un impuesto indirecto que grava con un 0,2% las operaciones de adquisici\u00f3n de acciones de sociedades espa\u00f1olas, con independencia de la residencia de los agentes que intervengan en las operaciones, siempre que sean empresas cotizadas y que el valor de capitalizaci\u00f3n burs\u00e1til de la sociedad sea superior a los 1.000 millones de euros. De esta forma, se evita que el Impuesto afecte a la compraventa de acciones de pymes.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el Impuesto no afecta al mercado primario, por lo que no tendr\u00e1 impacto en las empresas que salieran por primera vez a Bolsa. El sujeto pasivo es el intermediario financiero que transmita o ejecute la orden de adquisici\u00f3n.<\/p>\n<p>Entre las adquisiciones que estar\u00e1n exentas de dicho gravamen, destacan, adem\u00e1s de las operaciones del mercado primario, las necesarias para el funcionamiento de infraestructuras del mercado, las de reestructuraci\u00f3n empresarial, las que se realicen entre sociedades del mismo grupo y las cesiones de car\u00e1cter temporal.<\/p>\n<p>La liquidaci\u00f3n del Impuesto ser\u00e1 mensual y los contribuyentes deber\u00e1n presentar una declaraci\u00f3n anual. La estimaci\u00f3n de ingresos de este gravamen es de 850 millones de euros anuales.<\/p>\n<h2><strong>Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales (\u00ab\u00a0Tasa Google\u00a0\u00bb)<\/strong><\/h2>\n<p>El objetivo del Impuesto, de car\u00e1cter indirecto, es gravar servicios digitales en los que existe una contribuci\u00f3n esencial de los usuarios en el proceso de creaci\u00f3n de valor de la empresa que presta esos servicios, y a trav\u00e9s de los cuales la empresa monetiza esas contribuciones de los usuarios.<\/p>\n<p>El Impuesto afecta a aquellas empresas cuyo importe neto de su cifra de negocios supere los 750 millones de euros a nivel mundial y cuyos ingresos derivados de los servicios digitales afectados por el impuesto superen los tres millones de euros en Espa\u00f1a. Estos umbrales ayudan a garantizar que s\u00f3lo se grave a las grandes empresas y que las pymes no est\u00e9n afectadas por este tributo.<\/p>\n<p>El tipo de gravamen del Impuesto es del 3% y se aplica a tres conceptos: la prestaci\u00f3n de servicios de publicidad en l\u00ednea; servicios de intermediaci\u00f3n en l\u00ednea; y la venta de datos generados a partir de informaci\u00f3n proporcionada por el usuario.<\/p>\n<p>Quedan excluidas la venta de bienes o servicios entre los usuarios en el marco de un servicio de intermediaci\u00f3n en l\u00ednea; y las ventas de bienes o servicios contratados en l\u00ednea a trav\u00e9s de la web del proveedor de esos bienes o servicios en la que el proveedor no act\u00faa como intermediario.<\/p>\n<p>La recaudaci\u00f3n estimada es de 968 millones de euros y su liquidaci\u00f3n tendr\u00e1 una periodicidad trimestral. Sin embargo, de manera excepcional, este primer a\u00f1o el pago se efectuar\u00e1 a finales de 2020.<\/p>\n<p><em>Ser\u00e1 preciso esperar a la publicaci\u00f3n de los textos de los proyectos de ley para conocer su contenido (y sus posibles diferencias con los proyectos de ley presentados en la anterior legislatura) y a la tramitaci\u00f3n parlamentaria de ambos proyectos para conocer su evoluci\u00f3n.<\/em><\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas.<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Consejo de Ministros del pasado 18-02-2020 ha aprobado la remisi\u00f3n a las Cortes Generales de los Proyectos de Ley que crean el Impuesto sobre las Transacciones Financieras \u201ctasa Tobin\u201d) y el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales (Tasa \u201cGoogle\u201d). 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